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GEDIVER-IN La gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios y penitenciarios en España Informe final Grupo de Investigación ISOR Autoras del informe: Dra. Mar Griera, Dra. Gloria García-Romeral, Dra. Julia Martínez-Ariño, Anna Clot-Garrell cr.isor@uab.cat Universitat Autònoma de Barcelona Septiembre 2015 Este documento está sujeto a una licencia de uso Creative Commons. Se permite la reproducción total o parcial y la comunicación pública de la obra, siempre que no sea con finalidad comercial y siempre que se reconozca la autoría de la obra original. No se permite la creación de obras derivadas. 2 Índice Resumen ejecutivo GEDIVER-IN ..................................................................................................... 6 Elàp o e toà GEDIVE‘-IN ............................................................................................................. 13 Grupo de investigación ISOR .................................................................................................................. 13 Organización de la investigación ............................................................................................................ 13 Equipo investigador ............................................................................................................................ 13 Colaboradores científicos ................................................................................................................... 14 Agradecimientos ........................................................................................................................... 17 1. Introducción .............................................................................................................................. 18 1.1. Finalidad del proyecto GEDIVER-IN ................................................................................................ 18 1.2. Antecedentes y marco teórico........................................................................................................ 20 1.2.1. Las transformaciones en el campo religioso: entre la secularización y la diversidad religiosa ............................................................................................................................................................. 20 1.2.2. Las transformaciones en la gestión de la diversidad religiosa: el modelo de relación IglesiaEstado y la acomodación de las minorías .......................................................................................... 23 1.2.3. La acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y sanitarias ...... 24 1.3. Objetivos .......................................................................................................................................... 26 2. Diseño de la investigación y metodología ............................................................................... 27 2.1. Preguntas de investigación e hipótesis de trabajo ........................................................................ 28 2.2. Operacionalización y dimensiones de análisis ............................................................................... 29 2.3. Diseño de la investigación y criterios para la selección de los casos ............................................ 32 2.4. Técnicas de recogida de la información ......................................................................................... 36 2.5. Trabajo de campo ............................................................................................................................ 39 2.6. Técnicas de análisis de la información ........................................................................................... 40 3. Resultados ................................................................................................................................. 41 3.1. Marco legal e iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa ....................................... 42 3.1.1. Regulación legal ........................................................................................................................ 43 3.1.2. Medidas políticas ...................................................................................................................... 45 3.2. Centros penitenciarios .................................................................................................................... 48 3.2.1. Asistencia religiosa ................................................................................................................... 49 3.2.2. Espacios de culto ...................................................................................................................... 55 3.2.3. Acomodación de la práctica religiosa ...................................................................................... 60 3.3. Centros hospitalarios ....................................................................................................................... 68 3.3.1. Asistencia religiosa ................................................................................................................... 68 3.3.2. Espacios de culto ...................................................................................................................... 72 3.3.3. Acomodación de la práctica religiosa ...................................................................................... 76 3 3.4. Comparación entre ambas instituciones ........................................................................................ 79 3.5. Revisión de las hipótesis.................................................................................................................. 85 3.5.1. ¿Modelo pluralista o laicista? .................................................................................................. 85 3.5.2. La actitud de la Iglesia católica: ¿colaboración o resistencia? ............................................... 89 4. Conclusiones.............................................................................................................................. 95 4.1. Nuevos interrogantes y futuras líneas de investigación ................................................................ 98 5. Publicaciones y otros productos derivados del proyecto ..................................................... 102 6. Bibliografía ............................................................................................................................... 103 4 Índice de tablas y gráficos Ta laà :àDi e sio esàdeàa lisisàdelà o eptoà gestió àdeàlaàdi e sidadà eligiosa . ............... 30 Tabla 2. Operacionalización de las dimensiones de análisis. ...................................................... 31 Tabla 3. Centros de culto de minorías religiosas en Cataluña (2013) y Andalucía (2012). ....... 34 Tabla 4. Centros penitenciarios y hospitalarios seleccionados por comunidad autónoma. ..... 36 Tabla 5. Personas entrevistadas según el tipo de actor y el ámbito territorial. ........................ 40 Tabla 6. Cuadro para el análisis de la información. ..................................................................... 41 Tabla 7. Resumen de las principales medidas políticas adoptadas a nivel autonómico en los ámbitos penitenciario y hospitalario............................................................................................ 48 Tabla 8. Actores religiosos acreditados y su distribución en las prisiones españolas (2011)… 50 Tabla 9. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en prisiones. ........................................... 55 Tabla 10. Retos y respuestas espacios de culto en prisiones. .................................................... 60 Gráfico 1: Evolución del número de personas que solicitaron celebrar el Ramadán en los centros penitenciarios catalanes (2004-2012) ............................................................................ 63 Tabla 11. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en prisiones. .............................. 67 Tabla 12. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en hospitales. ....................................... 71 Tabla 13. Retos y respuestas espacios de culto en hospitales. .................................................. 75 Tabla 14. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en hospitales. ............................. 79 Tabla 15. Niveles e instrumentos legales de reconocimiento de las confesiones religiosas .... 86 5 Resumen ejecutivo GEDIVER-IN Sobre el proyecto GEDIVER-IN El proyecto de investigación GEDIVER-IN examina el impacto de las transformaciones en el mapa religioso en los hospitales y prisiones de Catalunya y Andalucía. El objetivo es comprender cómo se produce el encaje entre las minorías religiosas, la Iglesia católica y las instituciones públicas en un contexto de consolidación del proceso de secularización. En consonancia con los debates públicos y científicos sobre la temática, el proyecto GEDIVERIN reflexiona sobre el rol que juegan las religiones en la esfera pública de los países europeos, poniendo el énfasis en las tres cuestiones siguientes: (1) el papel de las minorías religiosas, especialmente el islam, en la esfera pública; (2) la presencia y rol de las iglesias históricas en un contexto de secularización avanzada; y (3) los procesos de negociación discursiva y práctica en torno al encaje de la diversidad religiosa en el marco de las instituciones públicas.. El proyecto GEDIVER-IN no nace en el vacío sino que entronca con la experiencia y la trayectoria investigadora del equipo ISOR en el estudio del fenómeno religioso en sus diversas y complejas formas, acepciones y manifestaciones. El proyecto ha sido financiado por el Ministerio de Innovación e Investigación, con referencia CSO-2010-21248, y se ha desarrollado durante el periodo 2010-14. Preguntas y objetivos de la investigación La investigación parte de la constatación de que en los últimos años se ha producido una transformación significativa del campo religioso. Por un lado, el proceso de secularización se afianza y las cifras de pertenencia y práctica religiosa continúan descendiendo gradualmente. Por otro lado, se produce una diversificación del mapa religioso y aumenta la relevancia y visibilidad pública de las minorías religiosas. Finalmente, las iglesias históricas redefinen su rol y configuran nuevas formas de intervención en la esfera pública. En este contexto, la gestión 6 de la diversidad cultural y religiosa gana centralidad y es incorporada en la agenda política de la mayoría de gobiernos occidentales. Fruto de este contexto nace la pregunta central que ha orientado la investigación a lo largo de estos cuatro años: ¿qué impacto tiene la transformación del escenario religioso en el funcionamiento de los hospitales y las cárceles en España? La voluntad es comprender cómo cristaliza el nuevo escenario de diversidad religiosa y secularización en estos dos tipos de institución, analizar cómo dichas instituciones responden a este nuevo contexto y examinar el papel de la Iglesia católica en esta nueva coyuntura. Metodología La investigación ha empleado una metodología de carácter cualitativo basada en un estudio de casos múltiple que ha incorporado centros penitenciarios y hospitalarios ubicados en dos territorios diferentes, Cataluña y Andalucía. La selección de los casos ha sido realizada con el interés de cubrir una amplia variedad de instituciones y casuísticas. El trabajo empírico ha combinado el examen crítico y sistemático del marco legal y político relativo a la gestión de la diversidad religiosa con una aproximación etnográfica, basada en entrevistas y observaciones. En total se han estudiado 8 cárceles y 8 hospitales repartidos entre Cataluña y Andalucía durante el periodo comprendido entre septiembre de 2011 y marzo de 2014. Se han realizado un total de 100 entrevistas: 53 para el ámbito penitenciario, 34 para el hospitalario y 13 a personas que, por una razón u otra, tienen relación con los dos ámbitos. Del total de las entrevistas, 47 se han realizado a personal religioso, 29 a personal de las instituciones, 10 a cargos políticos de los gobiernos catalán, andaluz y español y 6 a personal de ONGs que intervienen en este ámbito. Paralelamente, se han diseñado y realizado observaciones de carácter etnográfico en los centros que han permitido complementar y contrastar la información obtenida en las entrevistas. El trabajo de observación etnográfica ha implicado las siguientes actividades: a) observación pautada en los centros; b) la investigación también ha incluido la observación a los servicios c) en los centros penitenciarios se ha utilizado, también, la técnica de shadowing en prisión, consistente en 7 acompañar a los líderes religiosos en su visita y en todas sus actividades en el interior de recinto. Diversidad religiosa en las instituciones: nuevos retos y respuestas En el marco de esta investigación hemos agrupado los retos en materia de gestión de la diversidad religiosa en tres grandes ámbitos: la asistencia religiosa o espiritual, los espacios de culto y las prácticas religiosas. El primer ámbito, la asistencia religiosa y espiritual, es concebida como la visita y acompañamiento religioso / espiritual a las personas internas, la formación en materia religiosa, la celebración de actos de culto y la administración de los sacramentos. El derecho a la asistencia religiosa está garantizado legalmente en el ordenamiento jurídico internacional, europeo y español. Ahora bien, hospitales y prisiones han gestionado esta cuestión de forma diferente.  Las prisiones: asistencia religiosa a demanda. La petición de asistencia espiritual / religiosa de las personas internas que profesan una religión minoritaria se gestiona a partir de la solicitud individual y por escrito. A partir de la petición, el centro se pone en contacto con los representantes de la confesión religiosa en cuestión y después de un proceso de acreditación –realizado por el gobierno español o catalán– se permite la entrada a los ministros de culto.  Los hospitales: libre acceso y variabilidad institucional. El hecho de que los hospitales no sean instituciones cerradas hace que en la mayoría de casos los ministros de confesiones religiosas minoritarias provean atención espiritual o religiosa a los pacientes de forma privada y sin que el hospital intervenga. Generalmente es la persona hospitalizada o su familia que se ocupa de contactar con el ministro de culto, quien acude de manera puntual en el hospital para atender a un paciente determinado. Esto contrasta con la situación de la Iglesia católica, donde el cura tiene una vinculación estable y regular en el hospital, recibe una remuneración por su labor. 8 El segundo ámbito en el que emergen retos es el de los espacios de culto. Son las demandas que hacen referencia a la existencia y adecuación de un espacio físico en el que las personas internas puedan realizar sus prácticas religiosas y donde sea posible celebrar actos de culto. Históricamente, todos los centros penitenciarios y prácticamente todos los hospitales contaban con una capilla católica destinada al culto. En un contexto de secularización y de crecimiento de la diversidad, donde además la mayoría de hospitales y cárceles suelen tener problemas de espacio, la necesidad de destinar una sala para ubicar una capilla católica es a menudo puesta en duda. El tercer ámbito a tener en cuenta es el que hace referencia a los elementos de la práctica religiosa cotidiana de las personas internas que, de una manera u otra, interfieren en el funcionamiento habitual de prisiones u hospitales. Nos referimos al seguimiento de preceptos alimentarios por motivos religiosos, la presencia de símbolos y / o el uso de utensilios con un significado religioso, la indumentaria religiosa o la celebración de festividades, entre otros. De entre los numerosos retos existentes en este ámbito destaca la cuestión de la negativa a la transfusión de sangre por parte de los Testigos Cristianos de Jehová en los hospitales. Es esta cuestión la que, una vez tras otra, los profesionales sanitarios mencionan cuando se les cuestiona sobre los retos más urgentes o relevantes en este campo. Ahora bien, el estudio también ha detectado que en los últimos diez años ha habido avances importantes en esta cuestión y hoy son numerosos los hospitales que han implantado protocolos de actuación y mantienen un diálogo fluido con esta confesión religiosa. En el caso de las instituciones penitenciarias las cuestiones que emergen como retos de mayor envergadura son aquellas que, de una manera u otra, afectan el orden, las dinámicas internas y la rutina institucional. Son las grandes festividades religiosas y reuniones religiosas colectivas las que, por su propia naturaleza, se convierten en el ejemplo paradigmático del prototipo de retos que se perciben como más importantes por parte del personal ya que, según este mismo personal de los centros, son difíciles de conciliar con los protocolos de seguridad. En esta línea destaca la importancia que ha adquirido la celebración del Ramadán y la atención creciente que la administración penitenciaria presta a esta cuestión. Facilitar la celebración del Ramadán en prisión obliga a re-organizar las rutinas de la prisión y, generalmente, implica agrupar los internos musulmanes en una zona determinada, re9 organizar la cocina para poder preparar y consumir la harira y el resto de comida tradicional al anochecer, replantear las tareas de las personas que celebran el Ramadán así como facilitar la realización de oraciones colectivas Principales resultados Pluralismo asimétrico La investigación pone en evidencia la existencia de un sistema legal de acomodación de la diversidad religiosa basado en lo que hemos llamado pluralismo asimétrico. El ordenamiento jurídico garantiza el derecho a la libertad religiosa y de conciencia de toda la ciudadanía pero el sistema de reconocimiento y protección legal de los derechos varía en función del grupo al que se pertenece. A nivel práctico, las diferencias existentes son especialmente evidentes al comparar la situación de la Iglesia católica con la de las demás confesiones. El estudio ha permitido constatar que, tal y como Fernández Fernández (2008) pone de manifiesto, las diferencias se evidencian principalmente en los siguientes cuatro aspectos: a) la asistencia católica es estable y permanente en todas las prisiones y hospitales, mientras que la asistencia religiosa / espiritual de las otras confesiones está sometida a mayor variabilidad y a un alto grado de discrecionalidad por parte de los centros. b) el tipo de relación contractual y de reconocimiento mutuo entre la institución y la confesión religiosa es directa en el caso católico e inexistente o débil en los demás casos. Sólo en contadas ocasiones las instituciones penitenciarias u hospitalarias facilitan una relación contractual con los ministros de culto de las confesiones minoritarias. c) la legislación relativa a la asistencia religiosa a las minorías está poco detallada y da pie a situaciones ambiguas, mientras que la católica se encuentra bien delimitada. d) la asistencia católica disfruta de financiación mientras las otras confesiones no disponen de financiación o, si tienen, es con una dotación mucho menor. 10 Sin embargo, constatamos que el crecimiento de la diversidad religiosa no ha derivado en una limitación de los derechos de las organizaciones religiosas ni en la restricción de la presencia del catolicismo en las instituciones públicas, sino que, y siguiendo la tónica dominante en la mayoría de países europeos, se ha producido una extensión de los derechos a los grupos minoritarios. Al mismo tiempo, la desigualdad entre la Iglesia católica y demás confesiones a nivel de status jurídico, reconocimiento institucional y recursos aportados es, todavía, muy importante, lo que nos conduce, inevitablemente, a hablar de desigualdad estructural . Catolicismo banal Las diferencias entre la Iglesia católica y el resto de confesiones no se expresan tan solo en términos legales. La herencia monoconfesional católica impregna la cotidianidad de las instituciones a través de las rutinas, las costumbres y las dinámicas informales. En cierto modo, la hegemonía católica persiste y se reproduce a través de pequeños gestos que si bien pueden parecer banales no son triviales. Con la voluntad de comprender esta situación hemos a uñadoàelàte i oà atoli is oà a al à–que haciendo una adaptación del concepto de Michael Billig (1995) de nacionalismo banal enfatiza la importancia de los gestos sutiles y las rutinas dadas por supuesto en reforzar una posición de hegemonía. Aunque en un ámbito diferente, el catolicismo banal puede ser entendido de una manera similar. En el caso de España, a pesar de las declaraciones formales que afirman el carácter laico de las instituciones penitenciarias y hospitalarias, el catolicismo banal se hace presente en las rutinas de la institución respecto la entrada y la presencia de ministros de culto en estos contextos institucionales. En este sentido, afirmamos que el catolicismo banal naturaliza, desproblematiza y convierte en invisible la hegemonía católica a la vez que contribuye a reforzar la desigualdad estructural entre minorías religiosas y la Iglesia católica. Hospitales y prisiones: similitudes y diferencias La investigación muestra cómo la gestión de la diversidad religiosa en prisiones y en hospitales tiene muchos puntos de contacto y similitudes pero también existen diferencias relevantes entre ambas instituciones. En primer lugar, hemos detectado que los hospitales son mucho más reticentes ante el hecho religioso y la labor de las organizaciones religiosas 11 que las prisiones. En el marco de los hospitales, la mayoría de profesionales entrevistados perciben la religión como un asunto privado que pertenece a la esfera de la intimidad. Sólo reconocen un papel a la religión en aquellos ámbitos donde la medicina, por una razón u otra, no puede intervenir; como es el momento de la muerte o hacer frente a las situaciones en las que la medicina no tiene respuesta. Asimismo, son una excepción los hospitales que tienen una política proactiva de atención a la diversidad religiosa y que han institucionalizado medidas para atender las necesidades de las minorías. No sucede lo mismo en el marco de las instituciones penitenciarias. En este caso, la religión es, a menudo, percibida por el mismo personal penitenciario como una aliada de la institución. Por un lado, se considera un recurso personal para los internos para afrontar su vida, las rutinas en la cárcel y dar sentido a su situación. Son ampliamente conocidos los programas para atención a la drogadicción y a las toxicomanías impulsados por ONGs vinculadas con organizaciones religiosas. Ahora bien, también es un recurso social ya que los grupos religiosos tienen un papel crucial en la provisión de asistencia social tanto dentro de la prisión como cuando los internos salen de la institución. En un contexto de crisis económica y escasez donde las instituciones penitenciarias sufren recortes importantes, el papel social de las organizaciones religiosas puede tomar mayor relevancia. Nuevas formas de espiritualidad La investigación muestra que en los últimos años se ha producido la emergencia, el crecimiento y la institucionalización de nuevas formas de espiritualidad en el marco de los hospitales y las cárceles. Nos referimos, principalmente, a la expansión de la meditación, la filosofía budista, el yoga, el reiki o los cursos de pensamiento positivo, entre muchas otras prácticas. No todas estas actividades, terapias o técnicas tienen una vertiente espiritual ni son siempre practicadas con este afán pero sí que, en momentos determinados, pueden ofrecer espacios para la trascendencia espiritual. 12 Elàp o e toà GEDIVE‘-IN Grupo de investigación ISOR El proyecto GEDIVER-IN. La gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios y penitenciarios en España ha sido desarrollado por el equipo de investigación ISOR (Investigaciones en Sociología de la Religión) y dirigido por los profesores Joan Estruch y Mar Griera del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona. El grupo de investigación ISOR cuenta con una amplia trayectoria en el campo de la Sociología de la Religión. El grupo fue fundado en 1974 por el Dr. Joan Estruch y actualmente está dirigido por la Dra. Mar Griera. Desde 1998 se ha dedicado especialmente al estudio e investigación de la diversidad religiosa y sus implicaciones para la sociedad contemporánea. Organización de la investigación El proyecto GEDIVER-IN ha sido coordinado a partir del trabajo conjunto entre el equipo investigador y un grupo de colaboradores científicos que han ofrecido su asesoramiento en diferentes fases de la investigación. El equipo investigador presentó a los colaboradores científicos los avances del proyecto en dos seminarios de trabajo (celebrados en octubre de 2011 y noviembre de 2012) con el fin de enriquecer la investigación. Estas discusiones permitieron obtener valiosas aportaciones gracias a sus conocimientos especializados sobre cada uno de los ámbitos de estudio. Equipo investigador Dr. Joan Estruch, catedrático del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona. Fundador y director del grupo de investigación ISOR hasta su jubilación en julio de 2013. Dra. Mar Griera, profesora agregada interina del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona. Directora del grupo de investigación ISOR. 13 Dra. Julia Martínez-Ariño, investigadora post-doctoral en el Max Planck Institute for the Study of Religious and Ethnic Diversity (Göttingen, Alemania), miembro del grupo de investigación ISOR. Dra. Gloria García-Romeral, doctora en sociología, consultora del Máster de Análisis Político de la Universitat Oberta de Catalunya, miembro del grupo de investigación ISOR. Anna Clot-Garrell, investigadora predoctoral del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona, miembro del grupo de investigación ISOR. Maria Forteza, socióloga, miembro del grupo de investigación ISOR. Colaboradores científicos Rafael Briones, profesor titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada y director del proyecto "Censo y análisis de la presencia y actividades de grupos religiosos no católicos en la Comunidad Autónoma Andaluza". Manuela Cantón, profesora titular de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Sevilla, especialista en Antropología de la Religión, ha dirigido diversas investigaciones sobre las comunidades evangélicas. Josep Cid, profesor titular de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona, director del Grado y Máster en Criminología, director del grupo de investigación Criminología Aplicada a la Penología de la UAB. Maria Sagrario Esteban Lopez, asesora técnica de la Dirección General de Calidad, Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. Dra. Esther Fernández, profesora titular del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona, experta en sociología del catolicismo, miembro del grupo de investigación ISOR. Puerto García, responsable del área de Investigación, Desarrollo e Incidencia de la Fundación Pluralismo y Convivencia (Ministerio de Justicia) y Directora Técnica del Observatorio del 14 Pluralismo Religioso en España (Ministerio de Justicia, Federación Española de Municipios y Provincias y Fundación Pluralismo y Convivencia). Rita Gomes, técnico de proyectos del Área de Investigación, Desarrollo e Incidencia de la Fundación Pluralismo y Convivencia (Ministerio de Justicia) y técnico del Observatorio del Pluralismo Religioso en España (Ministerio de Justicia, Federación Española de Municipios y Provincias y Fundación Pluralismo y Convivencia). Agustí Iglesias,àso iólogo,àt i oàdeàlaàDi e ióàGe e alàd áfe sà‘eligiososàdeàlaàGe e alitatà de Catalunya. José Ignacio Rivera, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona, di e to à delà O se ato ioà delà “iste aà pe alà à losà De e hosà Hu a os à à espe ialistaà e à Derecho penal, política criminal y criminología. Kàtia Lurbe, investigadora de Assistance Publique – Hôpitaux de Paris. Miembro de "Educación y Salud", grupo de investigación del Instituto Francés de Educación en la École Normal de Lyon. Begoña Román, profesora de la Facultad de Filosofía de la Universitat de Barcelona, p eside taàdelàCo it àd Èti aàdeà“e eisà“o ialsàdeàCatalu a, vocal del Comitè de Bioètica de Catalunya. Óscar Salguero, doctor en antropología, investigador del proyecto "Censo y análisis de la presencia y actividades de grupos religiosos no católicos en la Comunidad Autónoma Andaluza" coordinado por Rafael Briones. Investigador en la Universidad de la Laguna y en la Fundación Pluralismo y Convivencia. Gemma Ubasart, doctora en Ciencia Política por la Universitat Autònoma de Barcelona, profesora de la Universitat de Girona, especialista en políticas públicas, derecho penal e instituciones penitenciarias. Julio Zino, antropólogo, técnico del Servei de Rehabilitació de la Direcció General de Serveis Penitenciaris del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Profesor asociado del Máster oficial en Antropología y Etnografía y del Máster en Criminología y Sociología15 Jurídico Penal de la Universitat de Barcelona. 16 Agradecimientos El proyecto GEDIVE‘-IN: La gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios y pe ite iarios e España (referencia CSO2010-21248) ha sido realizado gracias a la financiación del Plan Nacional de Investigación del Ministerio de Economía y Competitividad. Agradecemos la colaboración y participación de todas las personas que han hecho posible el desarrollo de esta investigación, en especial a aquellas que nos han facilitado el trabajo de campo –administraciones públicas, dirección y personal de las instituciones y miembros de las comunidades religiosas– y a las que nos han ayudado a comprender mejor este ámbito de estudio, especialmente los colaboradores científicos del proyecto. También queremos agradecer la colaboración del grupo de estudiantes que nos han acompañado en momentos concretos del trabajo de campo y especialmente a Marc Sant, Judith Orta Lorente, Laia Vidal y Gerard Tomàs. 17 1. Introducción El presente informe tiene como objetivo dar a conocer el proyecto de investigación GEDIVERIN así como explicar sus principales resultados y sugerir líneas de investigación futuras. De manera detallada se exponen, en primer lugar, los antecedentes teóricos y el diseño inicial del proyecto con el fin de ubicar al lector en el punto de partida de la investigación. A continuación se explica el trabajo de campo realizado para pasar después a la exposición de los resultados. Dada la complejidad del tema y la gran cantidad de datos recopilados, la presentación de los resultados se ha ordenado, en primer lugar, de acuerdo con el tipo de institución (prisiones y hospitales) y éstos a su vez han sido divididos, en segundo lugar, de acuerdo con las tres dimensiones de análisis principales del proyecto (asistencia religiosa, espacios de culto y práctica religiosa cotidiana). Posteriormente, ofrecemos un repaso a las hipótesis que planteamos al inicio del proyecto y cerramos con las principales conclusiones del proyecto, las líneas de investigación que se abren para el futuro, así como los principales productos que se han derivado de este proyecto. 1.1. Finalidad del proyecto GEDIVER-IN Pese a la pérdida de relevancia de las iglesias tradicionales, la religión continúa jugando hoy en día un papel muy importante en las sociedades europeas (Casanova, 2008; Davie, 2000, 2006). El crecimiento de las migraciones internacionales ha reavivado el rol de las religiones en el continente y ha contribuido a pluralizar el paisaje religioso europeo (Bastian y Messner, 2007). Fruto de este contexto, dos ideas básicas se generalizan. Primero, que la gestión de la diversidad cultural y religiosa emerge como elemento clave para la gobernanza de las sociedades contemporáneas y es incorporada en la agenda política de la mayoría de gobiernos occidentales (Beckford, 1999; Côté & Gunn, 2006; Hackett, 2005). Segundo, que pese a la creciente centralidad política del tema, el campo de la gestión de la diversidad religiosa aparece rodeado de incertidumbre (Bader, 2007; Torrekens, 2005) y con escasas 18 recetas de éxito. Habitualmente es percibido por las autoridades políticas como un conglomerado difuso de problemáticas que "amenazan con estallar" (Griera, 2009; Rath et al., 2001). En este contexto, la investigación sobre la gestión de la diversidad religiosa emerge como un campo de estudio fundamental y, a la vez, urgente para afrontar los retos de nuestro presente. La investigación que aquí se presenta se centra, precisamente, en estudiar las negociaciones que se producen en torno a la presencia de la religión y la diversidad religiosa en las instituciones públicas españolas. Más concretamente, el objetivo del estudio es analizar de forma paralela pero relacionada las siguientes cuestiones: (a) la emergencia de nuevos retos, necesidades y demandas derivadas del crecimiento de la diversidad religiosa y (b) las respuestas, estrategias y soluciones adoptadas por las instituciones públicas frente a este nuevo contexto. Con la intención de captar las complejidades y aprehender de forma contextualizada el objeto de estudio, el proyecto toma como casos de análisis dos instituciones de internamiento: centros penitenciarios y hospitalarios. Acotar el campo de análisis a contextos institucionales concretos permite una aproximación a la microsociología de los actores (De Galembert, 2007) y poder reconstruir con mayor precisión y exhaustividad las implicaciones asociadas a la gestión de la diversidad religiosa. Asimismo, la realización del trabajo de campo en Andalucía y Cataluña y la comparación entre ambas regiones permite detectar con mayor nitidez las variables más relevantes para comprender los procesos de gestión de la diversidad religiosa en las instituciones públicas. De manera concreta, la comparación territorial para el caso que nos ocupa permite, por un lado, sacar a la luz las diferentes configuraciones que adopta la diversidad religiosa en las instituciones públicas de cada una de las Comunidades Autónomas (CCAA) estudiadas y, por el otro, identificar los factores y condiciones del contexto que permiten explicar las similitudes y diferencias en la manera de negociar y gestionar esta diversidad religiosa. La finalidad de la investigación radica en arrojar luz sobre el impacto que genera la transformación del panorama religioso en el seno de las instituciones públicas, así como en ofrecer claves de comprensión para descifrar cómo se articulan los intereses, visiones y demandas de las minorías religiosas, la Iglesia católica y los que no se identifican con ninguna confesión religiosa en la España contemporánea. En definitiva, el proyecto pretende 19 contribuir al debate académico señalado por Ferrari (2008) y Casanova (2007, 2008) sobre el rol que juega(n) la(s) religión(es) en la esfera pública de los países europeos y la manera como los estados responden a la creciente diversificación religiosa de la población. Este debate pone en relación tres cuestiones distintas: (1) la discusión sobre el papel que se atribuye a las minorías religiosas y, especialmente, al islam, en la esfera pública; (2) el debate en relación al rol que se asigna a las iglesias históricas en el contexto de secularización avanzada; y, finalmente, y más significativo para el proyecto, (3) la manera como se produce la negociación discursiva y práctica en torno a la acomodación de la diversidad religiosa en el contexto de las instituciones públicas. Más allá del interés académico del proyecto, la investigación también pretende hacer visible la realidad vivida en el día a día de las instituciones y las experiencias concretas de atención a la diversidad religiosa desarrolladas en hospitales y prisiones. De este modo, podemos sacar a la luz pública ejemplos de buenas prácticas mediante las cuales la acomodación de la diversidad religiosa en las instituciones públicas no vaya en detrimento de la calidad de los servicios públicos ni de los derechos básicos de ciudadanía. 1.2. Antecedentes y marco teórico Tres campos de conocimiento interrelacionados nutren teóricamente la aproximación al objeto de estudio y justifican la pertinencia de las preguntas de análisis y las hipótesis del proyecto GEDIVER-IN, son los siguientes: a) la literatura sociológica en torno a las transformaciones en el campo religioso en la Europa occidental; b) los estudios sobre los cambios en la gestión política de la religión; c) la literatura especializada que analiza la acomodación de la diversidad religiosa en contextos institucionales específicos, como son las instituciones penitenciarias y sanitarias. 1.2.1. Las transformaciones en el campo religioso: entre la secularización y la diversidad religiosa El punto de partida de esta investigación es la constatación de que en los últimos años se ha producido una significativa transformación del panorama religioso en España. Por un lado, el 20 proceso de secularización se afianza y las cifras de pertenencia y práctica religiosa continúan descendiendo gradualmente (Bericat, 2008; Estruch, 1996; Pérez-Agote, 2007, 2012; PérezAgote y Santiago García 2005). Por otro lado, se produce un proceso de diversificación del mapa religioso español e incrementa la relevancia y visibilidad pública de las minorías religiosas (Briones et al., 2011; Díez de Velasco, 2008; Estruch et al., 2004; López García, 2007). La simultaneidad de estos dos procesos en un mismo territorio no es algo exclusivo del caso español; tanto la consolidación de la secularización como la diversificación del paisaje religioso es común a la mayoría de países de Europa (Davie, 2000). Sin embargo, en cada país europeo estos procesos adquieren unas particularidades específicas que los hacen únicos y singulares. En España el proceso de secularización ha sido más tardío pero también más rápido que en la mayoría de países europeos. La dictadura franquista "congeló artificialmente" el monopolio católico (Estruch, 1994, 1996), pero la llegada de la transición democrática aceleró el descenso de las cifras de pertenencia y práctica católica, proceso que ha seguido una tendencia creciente a lo largo de los últimos cuarenta años (Pérez-Agote 2007; 2012; PérezAgote y Santiago García 2005). La consolidación del proceso de secularización y la pérdida de relevancia social de la Iglesia católica han propiciado un replanteamiento del rol históricamente preponderante del catolicismo en la sociedad española. Un replanteamiento que ha generado la necesidad de renegociar el papel de la Iglesia católica en el seno de las instituciones públicas (ej. hospitales y prisiones), a la vez que ha suscitado la necesidad de repensar y contextualizar conceptos tales como la aconfesionalidad, la cooperación entre el Estado y la Iglesia o la libertad religiosa. La respuesta de la institución católica a este nuevo contexto no es homogénea ni monolítica y se sitúa en la encrucijada entre dos roles casi opuestos: o bien convertirse en un modelo de "minoría creativa" que vele por los valores éticos y sociales del cristianismo (Casanova, 1994; Díaz-Salazar, 2008), o bien fomentar un modelo de catolicismo identitario más propenso a generar una identidad de resistencia (Castells, 1998; Minkenberg, 2007; Pace, 2007). Ahora bien, en las situaciones cotidianas generalmente ambos roles se superponen e incluso compiten entre sí. Profundizar en el análisis de la actitud y el rol que juega la Iglesia católica en contextos concretos y definidos – como los que propone esta investigación– resulta clave para avanzar en la comprensión de las transformaciones del campo religioso en la modernidad tardía. 21 En relación con el proceso de diversificación religiosa, es necesario poner de manifiesto, de entrada, que no se trata de un fenómeno completamente nuevo. Las minorías religiosas han jugado un papel relevante en la historia de España a pesar de que han sido reiteradamente víctimas de persecución, exclusión y estigmatización. Asimismo, la transición democrática facilitó el crecimiento de las minorías religiosas. La difusión de las religiones orientales y la apertura de numerosos centros budistas e hinduistas, la venida de numerosos misioneros protestantes y la creación de los primeros oratorios islámicos, entre otros, vigorizó la diversificación del mapa religioso español (Estruch et al. 2004; Rozenberg, 1996). Sin embargo, y a pesar de este notable crecimiento, las minorías religiosas fueron, en gran parte, invisibles en la esfera pública durante la década de los ochenta y principios de los noventa. A pesar de la creación de un marco legal respetuoso con la diversidad, las necesidades de las minorías fueron escasamente tomadas en cuenta en la gestión cotidiana de las instituciones públicas (Moreras, 2002; Motilla, 2003). Sin embargo, la llegada del siglo XXI viene marcada por un crecimiento exponencial de la inmigración internacional, que se convierte en la piedra angular de la visibilización de la diversidad religiosa y de la consolidación del pluralismo religioso en España. En pocos años, los flujos migratorios con destino a España se han incrementado notablemente. Mientras que en 1998 la población nacida en el extranjero representaba el 2,95% del total de la población española, esta cifra pasó a representar el 14,15% en 2011 (INE, 2012). Las minorías religiosas ganan presencia pública y visibilidad (Martínez-Ariño et al., 2011). Prueba de ello son los datos referentes al número de lugares de culto de las minorías religiosas incluidos en el Directorio de lugares de culto del Observatorio del Pluralismo Religioso en España. En junio de 2014 se contaban un total de 6.187, de los cuales 3.549 (57,4%) pertenecían a las iglesias evangélicas, 1.312 (21,2%) a las comunidades islámicas, 702 (11,3%) a los Testigos de Jehová, 177 (2,9%) a las iglesias ortodoxas y 136 (2,2%) al budismo. El resto se divide entre grupos más pequeños como son el Judaísmo, el Sijismo o los Bahá'ís y Mormones. El incremento de las comunidades religiosas minoritarias en el contexto español se produce en paralelo a un proceso de recrudecimiento de las identidades religiosas a nivel mundial que pasan a convertirse en un vector clave de la movilización por el reconocimiento no exento de tensiones y consecuencias no esperadas (Modood et al. 2006). Todos estos cambios generan nuevos retos y desafíos para la acomodación de la diversidad religiosa. 22 En definitiva, el campo religioso se encuentra sumido en un proceso de profundas transformaciones, principalmente ocasionadas por los procesos simultáneos de secularización y diversificación de la sociedad. Ahora bien, en el análisis del campo religioso también conviene tener en cuenta otros factores como la emergencia de nuevas formas de religiosidad que trascienden las categorías tradicionales (Briones, 2009; Díaz-Salazar et al, 1994; Griera y Urgell, 2002; Mardones, 1999), la creciente presencia pública de las asociaciones de ateos o el auge de las iniciativas de diálogo interreligioso (Griera, 2012; Itçaina y Burchianti, 2007), entre otras cuestiones. 1.2.2. Las transformaciones en la gestión de la diversidad religiosa: el modelo de relación Iglesia-Estado y la acomodación de las minorías En segundo lugar, esta investigación deriva de las consideraciones sobre la relevancia que adquiere la gestión de la diversidad religiosa en las sociedades contemporáneas. Tal y como Minkenberg (2007: 900) pone de manifiesto, "la pluralización y creciente heterogeneidad del mapa religioso comporta un aumento del número e intensidad de los conflictos en la intersección entre política y religión que desafían el funcionamiento de la democracia". Las cuestiones religiosas entran en la agenda política de los gobiernos occidentales y se produce una reconfiguración de los sistemas tradicionales de regulación de la religión (Bader, 2007; Koenig, 2005). Al analizar las transformaciones en el campo de la gestión política de la religión conviene tener presentes tres cuestiones. Por un lado, es importante tomar en consideración que el proceso histórico de configuración del modelo de relación Iglesia-Estado constituye la matriz a partir de la cual se produce la acomodación de las minorías religiosas en la actualidad (Davie, 2000). En este sentido, las distintas respuestas políticas actuales de los gobiernos europeos frente a la diversificación religiosa están en gran medida condicionadas –o se pueden explicar– por el papel otorgado en cada país a nivel simbólico y legal a la iglesia mayoritaria (Bader, 2007; Fetzer y Soper, 2005; Soper y Fetzer, 2003). Po àot oàlado,à o oà aàseàhaà e io adoà à o oàpo eàdeà a ifiestoàDa ieà :à ,à lasà iglesias históricas pierden relevancia precisamente en el mismo momento en que llega un ú e oà e ie teàdeà ue osàg uposà eligiosos .àEsteàfe ó e oàge e aàu contexto favorable 23 para la modificación y adaptación de los modelos de gestión de la diversidad religiosa. Estas modificaciones pueden potenciar un modelo laicista –es decir, de limitación del rol de las religiones en la esfera pública–, un modelo pluralista –o de reconocimiento de la diversidad religiosa– o un modelo monopolista –de privilegio de una religión por encima de las otras (Bader, 2007). La literatura especializada indica que en la actualidad existe una cierta convergencia europea hacia el favorecimiento del modelo pluralista (Koenig, 2007), si bien hay excepciones y no existe aún consenso sobre la dirección y las variables de la t a sfo a ió à Bade ,à .à E à esteà se tido,à Fe a ià :à à afi aà ueà ... à losà sistemas tradicionales de relación entre los estados y lo religioso no funcionan de forma fluida; tras un periodo de relativa estabilidad han entrado en una fase de transición. La dirección de este cambio es bastante clara, pero resulta difícil precisar sus posibles esultados . Finalmente, para comprender cómo se produce la gestión de la diversidad religiosa en la actualidad es imprescindible ir más allá de la mera descripción de los regímenes legales de regulación Iglesia-Estado-minorías religiosas (Bader, 2007; Campiche, 2007; Maussen, 2007). Como exponen Beckford y Gilliat-Ray (1998), Davie (1999) y de Galembert (2001), para comprender cómo se desarrolla la gestión de la diversidad religiosa en la práctica resulta esencial entender los procesos de contextualización, interpretación e implementación del marco legal en espacios delimitados y concretos, como pueden ser las prisiones y hospitales. 1.2.3. La acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y sanitarias Es en las instituciones públicas de internamiento, tales como prisiones y hospitales, con a a te ísti asà e a asà alà tipoà idealà deà i stitu ió à total à desa olladoà po à E i gà Goff a à (1970), donde la transformación del campo religioso se hace más evidente. Las instituciones con rasgos totales u absorbentes tienen un interés sociológico particular para el estudio del he hoà eligiosoàdadoà ueà ep ese ta àu à hí idoàso ial,àe àpa teà o u idadà eside ialà àe à pa teà o ga iza ió à fo al à Goff a ,à :à .à E à o se ue ia,à so à luga esà do deà laà redefinición de los modelos de gestión cristaliza en un proceso cotidiano y complejo de administración de demandas, servicios y celebraciones religiosas, sobre todo fruto de la 24 negociación entre el papel de la Iglesia católica y las minorías religiosas. En este sentido, como indican Beckford y Gilliat-Ray, estas instituciones se convierten en espacios e àlosà ueà todos los desafíos, conflictos y negociaciones de una sociedad multicultural pueden o se a seàe à i iatu a à :à . El proceso de acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y hospitalarias es, por tanto, el núcleo duro del objeto de estudio. Abordarlo implica tener en cuenta tres aspectos diferentes. En primer lugar, la gestión de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones engloba múltiples elementos con implicaciones diferentes. Por ello es importante analizar cada uno de ellos por separado y posteriormente abordarlos de manera conjunta para así identificar las posibles relaciones entre sí. Los elementos principales a tener en cuenta son: a) la asistencia religiosa individual y la celebración de servicios religiosos colectivos, entre los que destacan las principales festividades de cada tradición religiosa; b) los requerimientos de espacios para la celebración de actividades religiosas; y c) el ajuste entre el cumplimiento de preceptos y la práctica religiosa y el funcionamiento diario de los centros. En segundo lugar, la gestión de la diversidad religiosa en las instituciones públicas españolas no se puede desvincular del marco legal. Así, la regulación jurídica de la diversidad religiosa en España está conformada principalmente por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa 7/1980, los Acuerdos entre la Santa Sede y el Gobierno español (1979) y los Acuerdos de Cooperación con tres minorías religiosas (1992). Sin embargo, si bien es importante tener en cuenta el marco legal, es aún más relevante observar cómo éste se adapta y se resignifica en contextos concretos. El modelo de gestión de la diversidad religiosa se configura lentamente a partir de las respuestas dadas a una multitud de interrogantes que surgen a pequeña escala. Entre ellos destacan los siguientes: ¿Cuáles son las demandas de las minorías religiosas consideradas legítimas? ¿A qué minorías religiosas se tiene que permitir ofrecer asistencia religiosa en hospitales y prisiones? ¿Quién tiene que sufragar los gastos de la asistencia religiosa? Analizar las respuestas dadas a estas preguntas en contextos concretos es imprescindible para avanzar en el conocimiento sobre la gestión de la diversidad religiosa. En tercer lugar, como indican Beckford y Gilliat-Ray (1998) y Joly y Beckford (2006), es clave analizar cómo se producen las relaciones entre los distintos actores implicados. En este 25 sentido, por ejemplo, una investigación realizada en las prisiones del Reino Unido puso de manifiesto que la Iglesia Anglicana era un actor crucial en los procesos de gestión de la diversidad religiosa actuando como "broker" y "facilitador" en nombre de las minorías religiosas (Beckford y Gilliat, 1998). Es decir, la relación entre las minorías religiosas y la institución se encontraba mediada por el rol de los capellanes anglicanos. Asimismo, también es importante tener en cuenta el papel que juegan los profesionales de estas instituciones. En este sentido, no sólo resulta crucial conocer cómo los mandos directivos enfocan las cuestiones vinculadas con la diversidad religiosa en cada uno de los centros, sino también cómo el personal aborda las situaciones concretas que se le plantean en el día a día de su trabajo en la institución. Precisamente son estas personas las encargadas de negociar de manera cotidiana el ajuste entre las demandas de las personas internas con las normas y funcionamiento de cada institución y el marco legal vigente. En definitiva, como señala Beckford (1999), una de las ironías de la secularización es precisamente que la religión no pasa necesariamente a ser una cuestión sencilla, sino que puede ser aún más controvertida. Por este motivo, analizar los procesos de negociación y gestión de la diversidad religiosa resulta esencial para comprender cómo se desarrollan nuevos modelos de encaje entre las minorías religiosas, la Iglesia católica y las instituciones públicas en este siglo XXI. 1.3. Objetivos La diversidad religiosa se ha incorporado a la agenda política de la mayoría de países occidentales. En España, el crecimiento de la inmigración ha conllevado un proceso de diversificación religiosa que ha generado nuevos retos en la construcción de una sociedad inclusiva y respetuosa con las distintas opciones religiosas. Las razones por las que se considera pertinente esta investigación son dos: por un lado, la necesidad de profundizar en el conocimiento sobre la presencia y rol de la religión en general, y las minorías religiosas en particular, en las instituciones públicas; por otro lado, la necesidad de conocer, analizar y diagnosticar el alcance, los efectos y las consecuencias de las acciones políticas en relación con la acomodación de las minorías religiosas en las instituciones públicas. Enumeramos a continuación los principales objetivos de esta investigación. 26 2. Diseño de la investigación y metodología Desde su inicio, esta investigación fue planteada partiendo de un enfoque cualitativo que permitiera realizar una incursión en profundidad en los diferentes aspectos que envuelven la gestión de la diversidad religiosa. Adoptando el estudio de casos como diseño de investigación, este estudio realiza un examen detallado de cada uno de los centros seleccionados y de las negociaciones y tensiones que surgen en su día a día. El objetivo del análisis es comprender los significados que las personas otorgan a las realidades que viven. De este modo es posible profundizar en el conocimiento y explicación de las transformaciones acaecidas en las instituciones públicas en los últimos años. 27 2.1. Preguntas de investigación e hipótesis de trabajo A partir de la argumentación presentada en los anteriores apartados se formuló la siguiente pregunta de investigación: Esta pregunta, de carácter general, se concretó en las siguientes cuestiones específicas:  ¿Qué consecuencias tiene el aumento de la diversidad religiosa de la población interna en el funcionamiento cotidiano de los centros penitenciarios y hospitalarios?  ¿Cuáles son los retos que plantea a estos dos tipos de instituciones públicas (los centros hospitalarios y penitenciarios) el aumento de la diversidad religiosa en la sociedad española?  ¿Cuáles son las principales estrategias de acomodación que se están implementando en estas instituciones y cuál es la orientación de las mismas?  ¿Existen diferencias significativas en la gestión de la diversidad religiosa en función del tipo de institución pública? ¿A qué se deben estas diferencias?  ¿Existen diferencias significativas en la gestión de la diversidad religiosa en cada una de las Comunidades Autónomas que son objeto de estudio? ¿Qué factores las explican? ● ¿Cómo afronta la Iglesia católica la pérdida del monopolio en las instituciones 28 públicas españolas? ¿Cuál es su actitud ante la creciente presencia de minorías religiosas? A partir de estas cuestiones, se plantearon dos hipótesis de trabajo, la primera referente al modelo de gestión de la diversidad religiosa y la segunda a la actitud de la Iglesia católica ante la desmonopolización de las instituciones públicas: 2.2. Operacionalización y dimensiones de análisis El salto de la formulación teórica de las hipótesis de esta investigación al análisis de la realidad empírica se realizó a partir de la operacionalización del concepto de gestión y acomodación de la diversidad religiosa en instituciones públicas. Esta formulación general se concretó en tres dimensiones de análisis: la asistencia religiosa, los espacios de culto y la práctica religiosa. A continuación se explican con mayor detalle. 29 Tabla 1: Di e sio es de a álisis del o epto gestió de la diversidad religiosa . DIMENSIÓN DESCRIPCIÓN 1. Asistencia religiosa Atención religiosa y espiritual a nivel individual y colectivo de personas internadas en prisiones y hospitales. 2. Espacios de culto Infraestructuras disponibles para el desarrollo de la práctica religiosa, adecuación de un espacio físico destinado al culto dentro de las instituciones y decoración y simbología de dicho espacio. 3. Práctica religiosa Ajustes realizados para encajar la práctica religiosa cotidiana y las festividades con el funcionamiento de las instituciones. Fuente: Elaboración propia. Asistencia religiosa y espiritual. Tomando como referencia para su definición el modelo católico detallado en los acuerdos concordatarios de 1979 y el contenido de los acuerdos de cooperación de 1992 (firmados entre el Estado y las federaciones de entidades judías, musulmanas y protestantes), se entiende por asistencia religiosa aquellas actividades desarrolladas por los representantes religiosos dentro del ámbito hospitalario y penitenciario (entre otros) para dar respuesta a las necesidades del personal y población usuaria de los centros. Las principales actividades comprendidas son: la visita a personas enfermas o reclusas, la celebración de actos de culto, la administración de los sacramentos (en el caso que proceda) y, en definitiva, el acompañamiento y asesoramiento a nivel espiritual tanto de las personas internas como de sus familiares y la plantilla de los centros. Espacios para el culto. La segunda dimensión de análisis se refiere a la existencia y adecuación de un espacio físico en el que las personas internas o ingresadas puedan realizar sus prácticas religiosas y donde sea posible la celebración de actos de culto dentro de los recintos hospitalario y penitenciario. Además de tomar en consideración la existencia de un espacio, la operacionalización de esta dimensión también comprende la configuración arquitectónica de estos espacios, el mobiliario y decoración disponibles, la presencia de símbolos religiosos y la distribución de los usos de este espacio entre los diferentes grupos religiosos. El análisis de los aspectos materiales y espaciales de la religión resulta clave para entender el modo en que su presencia es negociada en el contexto de las instituciones públicas. Asimismo, permite entender mejor las relaciones de poder existentes tanto entre los diferentes grupos religiosos como entre los grupos religiosos y la institución secular. 30 Ajuste entre la práctica religiosa cotidiana y el funcionamiento de hospitales y prisiones. En la cotidianeidad de las personas internas en hospitales y prisiones hay elementos de la práctica religiosa que pueden hacerse presentes de manera visible en el funcionamiento habitual de ambas instituciones. En este sentido, este estudio toma en consideración la posibilidad y condiciones del desarrollo de los siguientes aspectos: el seguimiento de preceptos alimentarios por motivos religiosos, el uso de símbolos religiosos o de indumentaria con un significado religioso y el desarrollo de los rituales y prácticas religiosas vinculadas al momento del nacimiento y de la muerte de las personas dentro de estas instituciones. En este punto resulta de especial relevancia conocer no sólo las respuestas que las instituciones ofrecen para satisfacer las demandas, sino también los discursos que las enmarcan. Para poder llevar a cabo la recogida de la información empírica en torno a las anteriores dimensiones y para su posterior análisis se tomaron en consideración diferentes indicadores, expuestos en la tabla 2. Tabla 2. Operacionalización de las dimensiones de análisis. DIMENSIÓN INDICADORES Posibilidad de los internos de recibir asistencia religiosa y condiciones para ello Ministros de culto con autorización para acceder a las instituciones, condiciones requeridas y tipo de vínculo con la institución (estable, temporal, contractual, etc.) Asistencia religiosa Existencia de un espacio dentro de la institución, capacidad de acción y participación en el funcionamiento de la institución Existencia y tipos de financiación de los ministros de culto Tipos de actividades incluidas en la asistencia religiosa (atención individual, rituales colectivos, formación) y condiciones para realizarlas Reconocimiento institucional y simbólico de la institución hacia los ministros de culto Existencia de lugares de culto Uso pluriconfesional (o no) del lugar de culto Espacios de culto Existencia de símbolos religiosos y decoración de los espacios Gestión de los usos de los espacios para actividades religiosas Denominación del espacio (capilla, oratorio, sala multiconfesional, etc.) 31 Posibilidad de llevar a cabo y de celebrar las principales festividades religiosas Posi ilidadàdeàte e àa esoàaà ate ialà eligiosoà Bi lia,àCo ,à u ifijos,à osa ios… à Posibilidad de recibir alimentación de acuerdo con los preceptos religiosos Encaje práctica religiosa funcionamiento de la institución Posibilidad de utilizar indumentaria de carácter religioso Posibilidad de llevar a cabo rituales de paso, como por ejemplo el momento del nacimiento y de la defunción Presencia de símbolos religiosos en los edificios Incompatibilidad entre tratamientos médicos y preceptos religiosos Fuente: Elaboración propia. 2.3. Diseño de la investigación y criterios para la selección de los casos La investigación, a partir de un diseño de estudio de caso, se centra en el estudio de la gestión de la diversidad religiosa en instituciones públicas. El diseño basado en el estudio de asoàseà o side aà o oà elàestudioài te si oàdeàu aàu idadà o àelào jeti oàdeà o p e de à u à g upoà sà g a deà deà u idadesà si ila es à Ge i g,à : 342). En este diseño1 se han considerado dos casos de estudio, los centros hospitalarios y penitenciarios. En estos dos tipos de instituciones públicas se han seleccionado, en un mismo momento temporal, diferentes unidades introduciendo en el análisis una variación territorial al realizarse el estudio en dos contextos territoriales diferentes: las comunidades autónomas de Andalucía y Cataluña. Por tanto, para cada caso (centros hospitalarios y centros penitenciarios) se han seleccionado diferentes unidades, considerándose para el análisis un total de 8 centros penitenciarios (2 en Andalucía, 6 en Cataluña) y 5 centros hospitalarios (2 en Andalucía y 3 en Cataluña). Si bien los centros penitenciarios y hospitalarios presentan diferencias notables en una aproximación más detallada, los dos casos comparten una serie de características comunes que justifican su comparación. En primer lugar, podemos destacar como rasgo común el hecho de ser instituciones públicas que implican una situación de internamiento, si bien 1 Sería lo que Gerring (2004) denomina e su tipología co o estudio c oss-sectio al , e el ue se a aliza e un mismo momento temporal diferentes unidades incorporando una variación espacial. 32 adoptan formas muy diferentes (diferente nivel de cierre y aislamiento y de contacto con personas del exterior de la institución, entre otros aspectos). En segundo lugar, a pesar de tener objetivos diferentes, el internamiento supone en ambos casos una separación de los entornos habituales de las personas, la dificultad de desarrollar una vida con normalidad y la dependencia de otras personas para llevar a cabo las actividades cotidianas. También la forma de organización y gestión política de las dos instituciones es sustancialmente diferente. Mientras los centros penitenciarios (salvo en el caso de Cataluña, que cuenta con las competencias ejecutivas) se rigen de manera centralizada a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, la gestión hospitalaria se encuentra descentralizada a nivel de las consejerías de salud de las comunidades autónomas. Aún más, los centros hospitalarios a nivel individual gozan de una mayor autonomía que los centros penitenciarios. A nivel territorial, el objeto de estudio se ha delimitado espacialmente a dos contextos concretos donde se ha llevado a cabo el trabajo de campo: las comunidades autónomas de Andalucía y Cataluña. La elección de estos dos territorios responde a los siguientes criterios: En primer lugar, se trata de dos CCAA con un tamaño de población grande para asegurar la existencia de una mayor diversidad cultural y religiosa. En segundo lugar, ambas son regiones con una amplia diversidad religiosa en la composición de su población. Los siguientes datos, referidos al número de centros de culto de las minorías religiosas en cada una de ellas así lo demuestran. 33 Tabla 3. Centros de culto de minorías religiosas en Cataluña (2013) y Andalucía (2012). TRADICIÓN RELIGIOSA CATALUÑA (2013) ANDALUCÍA (2012) Iglesias Evangélicas 657 504 Islam 231 180 Testigos de Jehová 126 130 Budismo 66 14 Hinduismo 28 3 Iglesias Ortodoxas 52 16 Adventistas 23 11 Mormones 13 31 FeàBaha í 12 1 Sijismo 9 - Taoísmo 5 - Judaísmo 4 4 Otros 31 5 TOTAL 1257 899 Fuente: Base de datos de centros de culto de las minorías religiosas de Cataluña (ISOR-DGAR, 2013) y Directorio de lugares de culto (Observatorio del Pluralismo Religioso en España, 2012). En segundo lugar, son comunidades autónomas con patrones religiosos distintos. Por lo que respecta a la asistencia e identificación religiosa así como a la práctica institucionalizada, Cataluña representa uno de los territorios con índices de secularización más elevados, a diferencia de Andalucía (Pérez-Agote, 2012). Evidencia de ello son los datos de matriculación de alumnos en la asignatura de religión facilitados por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte (2012). En el nivel de educación primaria, un 88,2% del total de alumnos y alumnas cursó la asignatura de religión católica para el curso 2011-12, mientras que la cifra en Cataluña desciende a un 39,8%. Estas diferencias también son evidentes en la Educación Secundaria Obligatoria, donde los datos son 66,1% y 33% respectivamente. 34 Como tercer criterio, se tomó en consideración que ambas cuentan con un elevado número de población reclusa (16.174 en el caso de Andalucía y 10.497 en Cataluña en diciembre de 2011, lo que supone respectivamente un 15% y un 23% sobre el total de la población reclusa en España (INE, 2011). En cuarto lugar, son comunidades que cuentan con un número de centros penitenciarios considerable que permitiera un cierto margen de maniobra en la selección de los centros. Andalucía cuenta con 12 centros penitenciarios y Cataluña con 14. Entre las dos representan el 33% sobre el total de centros penitenciarios de España. Por último, se trata de CCAA con sistemas penitenciarios y sanitarios diferentes, lo que permite su comparación. Dado que Cataluña es la única comunidad autónoma que tiene transferidas las competencias ejecutivas en materia penitenciaria y que cuenta, por tanto, con un modelo penitenciario diferente al del resto de España, y dado que el sistema sanitario varía entre todas las CCAA, la elección de los territorios debía incluir por defecto el caso catalán y otra comunidad que compartiera algunas características. Por lo que respecta a la selección de los diferentes centros en los que se ha llevado a cabo el estudio, se han tomado en consideración los siguientes criterios muestrales: Centros hospitalarios: ser centros de titularidad pública, estar ubicados en ciudades con una importante presencia de diversidad religiosa y tomar en consideración ciudades de diferentes tamaños. Centros penitenciarios: el número de personas internas, la concentración de diversidad religiosa (apreciable en el número y variedad de ministros de culto autorizados para prestar el servicio de asistencia religiosa), ser centros de régimen interno (prevención y cumplimiento) y el año de apertura. 35 Tabla 4. Centros penitenciarios y hospitalarios seleccionados por comunidad autónoma. DIMENSIÓN CATALUÑA ANDALUCÍA TOTAL Hospitales 5 2 7 Prisiones 6 2 8 Total 11 4 15 Fuente: Elaboración propia. El conjunto final de centros hospitalarios y penitenciarios seleccionados como unidades para el estudio de cada caso no pretende ser una muestra estadísticamente representativa del total de centros de cada una de las dos CCAA, pero sí que abarca instituciones con situaciones comunes al conjunto de ambas instituciones públicas. De este modo se obtiene una imagen amplia de las distintas situaciones que se encuentran en los dos tipos de institución. 2.4. Técnicas de recogida de la información La investigación empírica ha adoptado un diseño metodológico de carácter cualitativo de acuerdo con los objetivos planteados. Este tipo de enfoque permite una aproximación a la complejidad y matices de las instituciones estudiadas. Además posibilita situar críticamente los marcos legales y políticos con las prácticas cotidianas de cada centro. La naturaleza cualitativa del estudio ha facilitado la flexibilidad y a su vez sistematización del proceso de investigación, muy arraigado en los entornos locales pero a su vez en diálogo con los trabajos y literatura internacionales. Por consiguiente, la generalización y representación deriva del tratamiento minucioso de los datos (Coffey y Atkinson, 2003), es decir, del examen intensivo de realidades empíricas informado por marcos teóricos que trascienden la particularidad y especificidad y que facilitan su comparación. Para la recogida de la información se ha seguido una estrategia metodológica basada en la triangulación de diferentes técnicas de recogida de la información: el análisis documental, la entrevista semiestructurada, la observación etnográfica pautada y la técnica de shadowing. La combinación de diferentes técnicas permite captar las consistencias e inconsistencias existentes en el campo y los diferentes puntos de vista y perspectivas de los distintos actores 36 implicados. Análisis documental: revisión de diferentes materiales relacionados con la gestión y acomodación de la diversidad religiosa, como por ejemplo: legislación, jurisprudencia, medidas políticas, circulares institucionales de prisiones y hospitales, normativas internas de las diferentes instituciones, etc. El objetivo de esta revisión era conocer el marco legal y los reglamentos que encuadran el encaje de las minorías religiosas en instituciones públicas de internamiento que hasta hace unas décadas funcionaban en lo que a aspectos religiosos se refiere según la lógica y pautas del catolicismo. Del mismo modo, también se ha analizado material recogido en las diferentes instituciones con información referente al servicio de asistencia religiosa, así como también el material producido por algunos grupos religiosos para su uso en el entorno de los hospitales y las prisiones. Entrevistas semiestructuradas a responsables políticos y técnicos: se han realizado entrevistas a personas con cargos de responsabilidad política y técnica en la administración pública, tanto en el ámbito sanitario como en el penitenciario. Estas entrevistas resultan de especial relevancia para conocer las principales líneas de trabajo desarrolladas desde la administración en relación con la presencia de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones. Se ha entrevistado a personas de cada uno de los dos ámbitos (hospitalario y penitenciario) en cada una de las dos comunidades autónomas, así como también a nivel nacional. También se han realizado entrevistas con cargos políticos y técnicos en la gestión de la diversidad religiosa a nivel general, más allá de los ámbitos hospitalario y penitenciario. Entrevistas semiestructuradas con personal de los centros: se han llevado a cabo entrevistas con diferentes cargos directivos y trabajadores y trabajadoras de las instituciones seleccionadas para esta investigación, que han aportado información valiosa sobre el funcionamiento cotidiano de éstas en relación con la presencia de la diversidad religiosa. La información recogida ha permitido complementar aquella facilitada por los cargos políticos y técnicos sobre experiencias vividas en los diferentes centros. Más concretamente, aunque no en todos los casos haya sido posible realizarlas, se solicitó entrevistar a los siguientes actores de cada ámbito: ● Centros hospitalarios: director/a o gerente, personal responsable de ingreso y 37 atención al paciente/usuarios, director/a de enfermería, director/a médico/a y miembros del comité de bioética o ética asistencial. ● Centros penitenciarios: director/a de la prisión, subdirector/a de tratamiento, responsable de relaciones con las instituciones sociales, personal de los equipos técnicos de tratamiento (trabajadores/as sociales, educadores/as, etc.) y funcionariado (en general). Entrevistas semiestructuradas a representantes de los grupos religiosos: se han entrevistado a representantes de diferentes tradiciones religiosas a nivel nacional y autonómico para conocer y recoger sus percepciones en torno al tratamiento de lo religioso en las instituciones hospitalarias y penitenciarias. Las entrevistas a los representantes religiosos han permitido conocer sus demandas y necesidades y ha facilitado el acceso a otros informantes clave, como son las personas religiosas encargadas de proveer asistencia religiosa en los centros seleccionados. Entrevistas semiestructuradas a las personas encargadas de la asistencia religiosa en los centros: se ha entrevistado a personas de las diferentes tradiciones religiosas encargadas de ofrecer asistencia religiosa en los hospitales y prisiones seleccionados con el objetivo de conocer el día a día y las situaciones concretas que se desarrollan en estos centros en torno a la gestión de la diversidad religiosa. En este grupo se encuentran también personas pertenecientes a la rama social de las diferentes organizaciones religiosas (ONGs de carácter religioso, principalmente). Observación pautada: se ha llevado a cabo observaciones pautadas de los diferentes espacios físicos que son objeto de análisis, especialmente aquellos que dentro de las instituciones estudiadas están destinados a la celebración de actividades religiosas. Se ha prestado atención no sólo a su diseño arquitectónico, sino también al proceso de construcción y renovación de dichos espacios, a su decoración, denominación, simbología y toda información relativa a su financiación, mantenimiento, gestión y uso por parte de los diferentes grupos religiosos, personal de los centros u otros actores. Shadowing: en el caso de los centros penitenciarios la observación ha incluido la técnica del 38 shadowing2, que consistió en acompañar a los líderes religiosos en sus visitas a la prisión y en todas sus actividades en el interior del recinto. Esta técnica, ya utilizada por Gilliat-Ray (2011) en el marco de su investigación sobre los actores musulmanes en hospitales ingleses, permitió captar con mayor detalle las sutilezas, matices y complejidad de la figura y trabajo de estas personas en cada uno de los casos. 2.5. Trabajo de campo El trabajo de campo se llevó a cabo entre el mes de septiembre de 2011 y el mes de febrero de 2014. En el caso de los centros penitenciarios el acceso fue facilitado por el Ministerio de Justicia y el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, que valoraron positivamente la investigación y emitieron las autorizaciones necesarias para que las investigadoras pudieran acceder a las prisiones para la realización del trabajo de campo. En el caso de los centros hospitalarios se negoció el acceso y realización del trabajo de campo de manera individual con la dirección de cada hospital. La propuesta fue sometida al análisis de los comités de ética de la investigación o las direcciones de los centros. Las mayores reticencias a participar en el estudio por parte de algunos centros hospitalarios supusieron una dilatación del proceso de autorización para acceder a los centros y un retraso del trabajo de campo en relación con la planificación inicial. El trabajo de campo se realizó en dos fases. En una primera (septiembre 2011 - octubre 2012) se estudiaron en profundidad cuatro centros hospitalarios (dos en Cataluña y dos en Andalucía) y seis centros penitenciarios (dos en Andalucía y cuatro en Cataluña). Esta primera etapa del trabajo de campo permitió realizar un primer diagnóstico de la situación, así como también identificar aspectos de gran relevancia no tenidos en cuenta en la formulación inicial del proyecto. Posteriormente, tras un primer análisis del material recogido, se amplió el trabajo de campo a otros centros penitenciarios y hospitalarios de Cataluña para profundizar en cuestiones 2 La téc ica de shado i g i plica po pa te del i estigado el segui de ce ca a u sujeto du a te un período de tiempo para investigar lo que la gente realmente hace durante su vida cotidiana, no lo que se espera en función de su rol. Como resultado se obtiene una descripción densa de sus comportamientos, opiniones, acciones y explicaciones de esas accio es (Quinlan, 2008: 1480). 39 concretas que resaltaron en la primera fase del análisis: diseño y uso de los espacios de culto, la celebración del Ramadán o la presencia de otras expresiones de religiosidad diferentes de las tradicionales. Entre marzo de 2013 y abril de 2014 se realizó esta segunda fase del trabajo de campo con la observación de tres centros hospitalarios y dos centros penitenciarios en Cataluña, todos ellos de régimen interno (tanto de carácter preventivo como de cumplimiento) con la intención de contrastar los datos y ampliar la información recogida en la primera fase del trabajo de campo. En total, desde el inicio de la investigación en septiembre de 2011, se realizaron 100 entrevistas con una duración que oscila entre 45 y 120 minutos. Todas ellas, salvo contadas excepciones, fueron grabadas, previo consentimiento oral de la persona entrevistada, y transcritas de manera literal. Los diarios de campo de las observaciones y los diferentes documentos recogidos durante el trabajo de campo también entraron a formar parte del material empírico para el análisis. Tabla 5. Personas entrevistadas según el tipo de actor y el ámbito territorial. CATALUÑA ANDALUCÍA ÁMBITO ESTATAL TOTAL Actores políticos / técnicos 7 - 4 11 Cargos directivos y personal instituciones 18 13 - 31 Actores religiosos / ONGs religiosas 23 26 3 52 Otros actores 6 - - 6 TOTAL 54 39 7 100 Fuente: Elaboración propia. 2.6. Técnicas de análisis de la información Se realizó un análisis de contenido o análisis temático de todo el material empírico recopilado. El material de campo se organizó y codificó de acuerdo con las tres dimensiones de análisis: la asistencia religiosa, los espacios de culto y la adecuación entre la práctica 40 religiosa y el funcionamiento de la institución. Esta estrategia de análisis queda recogida en la tabla 6, que ordena la información en un primer lugar de carácter descriptivo, un segundo bloque que analiza las situaciones en clave de desigualdad entre confesiones religiosas, un tercer bloque que hace referencia a las respuestas que desde las instituciones públicas se están desarrollando para gestionar esta diversidad y, finalmente, se recogen aquellas situaciones concretas o retos que quedan sin resolver en la actualidad en las instituciones estudiadas. Tabla 6. Cuadro para el análisis de la información. SITUACIONES NUEVAS SITUACIONES DESIGUALDAD ESTRATEGIAS DE ACOMODACIÓN RETOS Y NECESIDADES Asistencia religiosa Espacios de culto Adecuación prácticafuncionamiento institucional Fuente: Elaboración propia. 3. Resultados La investigación ha puesto de manifiesto que la realidad en torno a la gestión de la diversidad religiosa en las instituciones públicas españolas dista de ser simple e unívoca. Al contrario, la experiencia durante estos 4 años de proyecto evidencia la existencia de una multiplicidad de situaciones y condiciones específicas de cada institución y territorio que difícilmente pueden ampararse bajo un único paraguas. Así, la variabilidad territorial, institucional y la distancia entre la normativa legal y la realidad de los centros impiden hablar, como también argumentan otros autores (Bowen et al., 2014; Astor, 2014), de un único modelo nacional de gestión de la diversidad religiosa. Como los siguientes apartados demuestran, son numerosos 41 los aspectos a tener en cuenta a la hora de analizar el modo en que las instituciones públicas y las personas que en ellas interactúan negocian la presencia de la religión y la diversidad religiosa. Así, además del marco legal y de las medidas políticas que regulan este campo, no pueden obviarse factores como el margen de maniobra de los cargos directivos de los centros y su actitud personal y sensibilidad hacia la religión y las minorías religiosas, la permeabilidad o impermeabilidad de una determinada institución ante la presencia de actores religiosos, los diferenciales de poder entre los distintos grupos religiosos, la legitimidad y reconocimiento institucional de que gozan los representantes de la Iglesia católica en la mayoría de los centros o su actitud hacia la presencia de los representantes de las minorías religiosas, entre muchos otros. La cantidad y complejidad de la información recopilada durante los 4 años de proyecto obligan a presentar de forma sintética y comprimida los principales resultados obtenidos. Para ello, el presente apartado se divide en cinco subapartados, a su vez divididos en diferentes secciones. En primer lugar se recogen de forma resumida las líneas generales del marco legal y político que regula la presencia de la religión en las instituciones públicas españolas. El segundo y tercer subapartados entran en mayor detalle en cada una de las dos instituciones analizadas poniendo de manifiesto los principales retos y respuestas identificadas en torno a las tres dimensiones de análisis (asistencia religiosa, espacios de culto y práctica religiosa cotidiana). Seguidamente se presenta de manera somera la comparación entre los principales hallazgos en cada una de las instituciones, subrayando las principales similitudes y diferencias. Por último, se realiza un repaso a las hipótesis de trabajo a la luz de los principales resultados expuestos. 3.1. Marco legal e iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa El primero de los ámbitos de análisis considerado en esta investigación es el marco legal y las iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa a nivel estatal, autonómico y local. El estudio de este marco general permite conocer cómo el estado regula la presencia de la religión en las instituciones públicas. Asimismo, permite observar cómo ha evolucionado esta regulación en las últimas décadas y cuáles son los momentos más destacables del cambio. Tomar en consideración el marco legal resultó de gran relevancia para conocer los pilares 42 sobre los que se asienta la gestión de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones e identificar las inconsistencias y carencias en su implementación real. 3.1.1. Regulación legal La regulación de las relaciones entre comunidades religiosas y estado y, en particular, la legislación en torno a la presencia de la religión en las instituciones públicas españolas, comprende textos de distinto alcance. Desde la aprobación de la Constitución de 1978 a la actualidad, diversas leyes, acuerdos, decretos e instrucciones establecen los contornos de la presencia y rol públicos de las comunidades religiosas, especialmente en el contexto de los centros hospitalarios y penitenciarios. El análisis de este marco legal pone en evidencia la existencia de una evolución en relación a la regulación de la religión y de la acomodación de la diversidad religiosa en las instituciones públicas españolas. La tendencia general es la evolución de un enfoque monopolista a uno pluralista. Durante la dictadura franquista, a través del Concordato entre el Gobierno español y la Santa Sede de 1953, se estableció un modelo de integración orgánica (Martín Sánchez, 2008: 80). La Iglesia católica gozaba de una posición hegemónica en la que los sacerdotes o personal religioso encargados de la asistencia religiosa gozaban del estatuto de funcionarios. La Transición democrática supuso un punto de inflexión, lo que Hall y Taylor (1996) de o i a à iti alà ju tu e ,à à elà i i ioà delà desa olloà deà u à ue oà odelo.à áà t a sà delà análisis del marco legal se identificaron tres fases en la construcción de esta nueva aproximación a la diversidad religiosa. La primera fase, de reconocimiento de los derechos de libertad religiosa, se inicia con la Constitución española de 1978 y la Ley de Libertad Religiosa de 1980. Estos dos textos establecen el marco legal de protección de la libertad religiosa a nivel individual y colectivo. Los acuerdos concordatarios de 1979 entre el Gobierno español y la Santa Sede definen el rol deàlaàIglesiaà atóli aàe àelà ue oàsiste aàde o ti o.àE àesteàse tidoàelàestadoà econoce y garantiza el ejercicio del derecho a la asistencia religiosa de los ciudadanos internados en establecimientos penitenciarios, hospitales, sanatorios, orfanatos y centros similares, tanto p i adosà o oà pú li os à Co o datoà ,à a tí uloà IV .à Losà t rminos de la provisión de la asistencia religiosa establecidos en el acuerdo concordatario se desarrollan a través de 43 diferentes instrumentos legales que concretan, entre otros, la obligación del gobierno de pagar un salario a los responsables de la asistencia religiosa así como el número de capellanes en función del número de camas en cada hospital (Moreno Antón, 2006). En esta primera fase de desarrollo, en relación a otras tradiciones religiosas, la Ley de Libertad ‘eligiosaà LOL‘à / à esta le eà ueà toda persona tiene derecho a recibir asistencia eligiosaàdeàsuàp opiaà o fesió à á t.à . à àelàestadoàtie eàlaào liga ió àdeàasegu a à ueà todo ciudadano disponga de este derecho. La segunda fase del desarrollo legal, que se plasma en la firma en 1992 de los acuerdos de cooperación entre el Gobierno español y las federaciones de entidades musulmanas, judías y protestantes, supone una apertura del modelo y la extensión del reconocimiento a otras tradiciones religiosas. Los acuerdos de cooperación garantizan, entre otros, el derecho a los miembros de estas tres minorías a la asistencia religiosa en instituciones públicas. En el caso del acuerdo de cooperación con la Comisión Islámica de España (CIE) se contempla la financiación de los imames que trabajen en prisión, pero en el momento de su firma no se concretaron protocolos específicos para la implementación de los acuerdos ni una dotación económica que hiciera posible su desarrollo. Los cambios producidos durante estas dos primeras fases fueron motivados por el deseo de democratizar el país y de reconciliarse con el pasado, pero no estaban directamente destinados a la acomodación de las minorías religiosas presentes en el territorio (Moreras, 2002; Rozenberg, 1996). La firma de los acuerdos de cooperación responde a la voluntad de conmemorar el quinto centenario de la expulsión de judíos y musulmanes de la península ibérica y el deseo de compensar simbólicamente a estas dos comunidades (Rozenberg, 1996). A partir de 2004 se inicia una tercera fase en el desarrollo del sistema legal, que se caracteriza por la aprobación de regulaciones específicas en materia de asistencia religiosa en prisiones. Ejemplo de ello son el Real Decreto 710/2006, la Instrucción 6/2007 sobre la atención pastoral en prisiones y la Instrucción catalana 1/2005 sobre el derecho a recibir asistencia religiosa en prisiones. Estas iniciativas a nivel legal vienen motivadas en parte por el aumento de la diversidad religiosa en la sociedad española, especialmente significativo en el caso de las comunidades islámicas y protestantes, que ha generado nuevos retos a las 44 instituciones públicas. El nuevo escenario, junto con la mayor atención social y mediática tras los atentados del 11S y 11M, explican el creciente interés por la gestión de la diversidad religiosa que se incorpora a partir de este momento a la agenda política. En el caso de los hospitales no se produce un desarrollo de instrumentos similares relativos a la provisión de la asistencia religiosa, siendo una de las diferencias más importantes entre estas dos instituciones a tener en cuenta en el análisis comparativo. Así, más allá de los acuerdos concordatarios y los subsecuentes acuerdos específicos entre las diferentes diócesis de la Iglesia católica y los departamentos de salud autonómicos, la Ley de Libertad Religiosa y los acuerdos de cooperación de 1992, no existen otros textos legales destinados a regular la presencia de la diversidad religiosa en el contexto hospitalario. 3.1.2. Medidas políticas El análisis del marco general que regula la religión en España incluyó, además de las leyes, aquellas medidas políticas dirigidas a gestionar la diversidad religiosa en ámbitos concretos. Si bien su diseño es reciente y su implementación en muchos casos todavía incipiente, algunas de ellas son significativas. A nivel estatal es destacable la creación en 2004 de la Fundación Pluralismo y Convivencia, dependiente del Ministerio de Justicia, cuyo objetivo principal es promover la acomodación de la diversidad religiosa y gestionar las relaciones entre el Estado y las minorías religiosas. En relación a la gestión de la diversidad religiosa en instituciones públicas, la principal iniciativa que se ha promovido desde la Fundación ha sido la edición y publicación de guías con recomendaciones sobre la asistencia religiosa en hospitales (2011) y prisiones (actualmente en preparación), así como el fomento de la creación de salas multi-religiosas (Díez de 45 Velasco, 2011). Estas guías de recomendaciones tienen como objetivo favorecer la acomodación de la diversidad religiosa mediante la provisión de información a las diferentes administraciones y autoridades públicas encargadas de su gestión. La Fundación ha realizado un importante trabajo de difusión del marco legal y de buenas prácticas en esta área, a través de su página web3 y de la celebración de jornadas de formación, seminarios y otros actos públicos. En resumen, la Fundación Pluralismo y Convivencia se ha convertido en uno de los exponentes de este nuevo enfoque público de aproximación y gestión de las minorías religiosas. En la visibilización y acomodación de las minorías religiosas destaca a nivel regional el rol de la Generalitat de Catalunya (Griera, 2009). En el año 2000, y a pesar de no tener atribuidas competencias directas, el Gobierno catalán creó la Secretaria de Relació amb les Confessions Religioses, actual Di e ióàGe e alàd áfe sà‘eligiososà DGá‘ ,à o i ti doseàasíàe àelàp i e à órgano autonómico dedicado exclusivamente a cuestiones religiosas (García-Romeral y Griera, 2011). Las competencias en esta materia pertenecen a la Administración del Estado pero desde la DGAR se ha promovido el establecimiento de relaciones de cooperación con diferentes grupos religiosos, incluidas las minorías religiosas, y la implementación de acciones políticas dirigidas a la gestión de la diversidad religiosa en áreas que son competencias de su administración (como, por ejemplo, el sistema educativo, el sanitario y el penitenciario). En el caso de la asistencia religiosa en hospitales y prisiones, el Gobierno catalán ha desarrollado las siguientes medidas: ● Firma de acuerdos marco y convenios de colaboración con representantes católicos, musulmanes, judíos, protestantes, iglesia de filadelfia,à à hu a istasà se ula es ,à aportando financiación a católicos, musulmanes y protestantes para cubrir los gastos derivados de la provisión de la asistencia religiosa (en el caso de las minorías religiosas, estos gastos no cubren los salarios, como sí ocurre en el caso de los capellanes católicos). ● Financiación para la formación del personal de los centros penitenciarios sobre diversidad religiosa a través de la Asociación UNESCO para el Diálogo Interreligioso. 3 La Fundación Pluralismo y Convivencia impulsó en 2011 la creación del Observatorio del Pluralismo Religioso en España, como instrumento de transferencia de conocimiento y de soporte a la gestión pública de la diversidad religiosa. http://www.observatorioreligion.es/ 46 ● Publicación de guías de buenas prácticas sobre acomodación de la diversidad religiosa en hospitales (2005) y prisiones (2011). ● Convenio de colaboración con el GTER (Grup de Treball Estable de les Religions) para organizar anualmente actividades interreligiosas en centros penitenciarios, así como otras iniciativas concretas (como llevar literatura religiosa a las prisiones). La Junta de Andalucía no ha desarrollado una acción política tan activa en relación con la gobernanza de los asuntos religiosos como ha ocurrido en el caso catalán. En el ámbito penitenciario, en Andalucía, como en el resto de España, excepto Cataluña que tiene competencias transferidas, el gobierno central es el responsable de la gestión. En el caso de los hospitales, la Junta de Andalucía ha delegado la gestión de las cuestiones religiosas a los actores locales, como pueden ser los directores o juntas de dirección de cada centro. Ahora bien, a pesar de no haber adoptado un rol tan destacado como en el caso catalán, el Gobierno andaluz ha desarrollado iniciativas concretas que es importante tener en cuenta:  Firma del Convenio entre la Consejería y la representación de los obispos de Andalucía para la asistencia religiosa católica en los centros hospitalarios de la Red  Pública Integrada de Andalucía en 1986. Firma en 2006 del Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Andalucía y el Consejo Evangélico Autonómico de Andalucía, el cual, entre otros aspectos, recoge un apartado sobre salud en el que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) se compromete a emitir acreditaciones a pastores y pastoras, diáconos y diaconisas válidos en todos los  hospitales y centros de asistencia del SAS para la asistencia religiosa. Edición pionera de un documento con recomendaciones para todos los hospitales para elaborar protocolos de atención sanitaria a aquellas personas que rechazan la terapia con sangre o hemoderivados (mayoritariamente Testigos de Jehová) en 2011. 47 Tabla 7. Resumen de las principales medidas políticas adoptadas a nivel autonómico en los ámbitos penitenciario y hospitalario. ANDALUCÍA PRISIONES CATALUÑA Gestión centralizada por parte del Ministerio de Justicia:   Convenio Conferencia Episcopal Española (1985) Convenio Comisión Islámica de España (2007) Acuerdo marco sobre asistencia católica (1987) y Convenio Conferència Episcopal Tarraconense (2008) Convenio de colaboración Consell Islàmic Cultural de Cataluña (2008 y 2012, 2014, 2015) Acuerdo marco sobre asistencia evangélica (1995) y Convenio Consell Evangèlic de Catalunya (2009, 2012, 2014, 2015) Guía de atención a la diversidad (2011) Acuerdo UNESCOCAT (2011) Acuerdo GTER (2009) HOSPITALES Convenio Consejería de Asuntos Sociales y Obispos de las diócesis de Andalucía (1986) Convenio Iglesia católica (1986) Guía de atención a la diversidad religiosa (2005) Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Andalucía y el Consejo Evangélico Autonómico de Andalucía (2006) Documento protocolo atención a personas que rechazan tratamientos con sangre y hemoderivados (2011 Fuente: Elaboración propia. 3.2. Centros penitenciarios La institución penitenciaria provee un escenario de especial interés para analizar el modo en que el estado aborda las cuestiones vinculadas con la diversidad religiosa. Al tratarse de una institución en la cual las personas se encuentran bajo la tutela del estado, éste es el principal responsable a la hora de cubrir las necesidades básicas de los presos. En el ámbito religioso, también la propia institución es la responsable de asegurar que la libertad religiosa de los presos es respetada y el cumplimiento de sus derechos se materializa. Esta particularidad de la institución penitenciaria, y en especial su carácter cerrado, tiene implicaciones en el 48 tratamiento de la diversidad religiosa que, como se muestra más adelante, la diferencian de la institución hospitalaria. A continuación se presentan los principales resultados para cada una de las dimensiones de análisis definidas: la asistencia religiosa, la existencia de lugares de culto y acomodación de la práctica religiosa en el funcionamiento cotidiano de la institución penitenciaria. Haciendo un énfasis especial en los retos y respuestas que se plantean en las instituciones penitenciarias estudiadas, este apartado ofrece una aproximación general al modo en que éstas gestionan en el día a día las demandas en materia religiosa. Al mismo tiempo, analizar estas respuestas, o su ausencia, también permite poner de manifiesto algunos aspectos que pasan desapercibidos a simple vista porque se encuentran totalmente normalizados, pero que resultan de gran interés a la hora de entender las acciones y discursos analizados. 3.2.1. Asistencia religiosa El aumento del número de personas internas de origen extranjero en los centros penitenciarios ha supuesto también un aumento de la diversidad religiosa dentro de estas instituciones. No es posible disponer de información sistematizada sobre la afiliación religiosa en España, pero los datos de la encuesta realizada por Gallego et al. (2010) en los centros penitenciarios españoles muestra la importancia de la asistencia religiosa en estas instituciones. De esta manera, casi un tercio (29,5%) de la población penitenciaria encuestada señaló que había solicitado alguna vez este servicio. También esta diversificación de la población penitenciaria se hace evidente en la diversificación del perfil religioso del personal que asiste a los centros penitenciarios a proporcionar asistencia religiosa. El aumento en la diversidad en el interior de las prisiones ha propiciado un aumento de las demandas de ministros de culto de diferentes tradiciones religiosas, estableciéndose por parte de la administración penitenciaria un procedimiento de acreditación formal de este personal como voluntariado religioso. Durante el desarrollo del trabajo de campo se ha puesto de manifiesto cómo actualmente en los centros penitenciarios la asistencia religiosa a las personas católicas y a las pertenecientes a las minorías religiosas está garantizada, previa solicitud a la dirección del centro (Martínez-Ariño et al., 2015). Ahora bien, como se muestra más adelante, las condiciones bajo las cuales se 49 desarrolla esta provisión varían entre centros y entre grupos religiosos. Tabla 8. Actores religiosos acreditados y su distribución en las prisiones españolas (2011). ACTORES RELIGIOSOS AUTORIZADOS PRISIONES CON ACTORES RELIGIOSOS (SOBRE UN TOTAL DE 80 PRISIONES) % DE PRISIONES CON ACTORES RELIGIOSOS Católicos 318 80 100 Musulmanes 24 23 28,7 Protestantes 268 50 62,5 Adventistas 15 7 8,7 Ortodoxos 21 19 23,7 Testigos de Jehová 245 42 52,5 Judíos 1 1 1,2 Budistas 1 1 1,2 Fuente: Martínez-Ariño et al. (2015). Como muestra la Tabla 8, además de la Iglesia católica, que cuenta con presencia en la totalidad de los centros penitenciarios españoles, hay acreditados como voluntarios para proporcionar asistencia religiosa un número importante de ministros y voluntarios de diferentes minorías religiosas. Los representantes de las Iglesias protestantes y Testigos de Jehová están presentes en más del 50 % de las prisiones españolas, mientras que menos del 30 % de los centros son atendidos por un imán o un miembro de las iglesia ortodoxas. Otras religiones minoritarias, como el judaísmo o el budismo, tienen una presencia testimonial. Lo anterior muestra la ruptura del tradicional monopolio de la Iglesia católica como única tradición religiosa presente en la institución penitenciaria, ofreciéndose a los internos un mayor número de servicios y posibilidades de asistencia religiosa acorde a sus creencias. A continuación se apuntan las diferencias generales y principales entre grupos religiosos en la forma de proveer la asistencia religiosa según la confesión religiosa, las vías de financiación de la asistencia religiosa, los procedimientos y requisitos necesarios para su desarrollo y, especialmente, la legitimidad que se atribuye a unos y otros grupos. Estos aspectos varían de 50 manera sustancial entre grupos religiosos tanto a nivel material como simbólico. Asimismo, no es posible señalar una única pauta de funcionamiento para todos los centros estudiados, dado que cada uno presenta situaciones específicas que lo distinguen del resto. No obstante, sí es posible indicar algunos de los aspectos comunes y significativos observados. Financiación: herencia histórica y autosuficiencia La asistencia religiosa católica, tal y como está establecido en los acuerdos concordatarios con la Santa Sede de 1979, recibe una asignación de los presupuestos del Estado español que cubre la totalidad del servicio. Esto posibilita que tradicionalmente el servicio de asistencia religioso esté integrado orgánicamente en el funcionamiento normal de la institución, siendo frecuente la presencia diaria del capellán católico en el centro penitenciario. Los grupos religiosos minoritarios no reciben una financiación por proporcionar el servicio de asistencia religiosa en las instituciones penitenciarias pública equiparable a la católica. El acuerdo de 2007 entre el estado y la Comisión Islámica de España sufraga una parte de este servicio, así como los dos acuerdos existentes entre el Gobierno catalán y el Consell Evangèlic de Catalunya –firmado por primera vez en 1995 y que se ha ido renovando con ligeras modificaciones- y el Consell Islàmic i Cultural de Catalunya –el primer convenio fue firmado en 2008 y se ha ido renovando regularmente. La aportación presupuestaria de la Generalitat de Catalunya ha sido variable en los últimos años, siendo siempre mayor la aportación a la Iglesia Católica, menor la de los grupos protestantes y aún más menor la que reciben las comunidades islámicas. Ahora bien, la asistencia religiosa de las confesiones minoritarias es financiada mayoritariamente por los propios grupos y organizaciones religiosas que realizan esta labor de manera voluntaria, normalmente sin recibir ningún tipo de compensación. Las diferencias en las vías financiación se traducen al mismo tiempo en desigualdades respecto a la frecuencia y accesibilidad del servicio por parte de las personas reclusas dentro de la institución. De esta manera, mientras los capellanes católicos pueden visitar a diario el centro penitenciario y tienen la posibilidad de dedicarse en la mayoría de los casos de manera exclusiva a la atención a los internos, los ministros religiosos de las confesiones minoritarias deben compaginar su actividad laboral principal con la visita voluntaria (entre 1 día a la semana o cada 15 días en el caso de aquellos centros que implican un mayor 51 desplazamiento) al centro penitenciario. Además, a las restricciones presupuestarias que asumen los grupos minoritarios, se le suma la existencia de diferentes tarjetas acreditativas a las que acceden los capellanes católicos y el resto de ministros de culto. Así, mientras en una pa teà i po ta teà deà losà e t osà losà p i e osà tie e à ta jetasà espe ífi asà deà apell ,à losà i ist osàdeàlasà i o íasà ue ta à o àta jetasàdeà olu ta iosà eligiosos ,à ueàe ào asio esà dan acceso a menos espacios de los centros, limitando en algunos casos el acceso al servicio de asistencia religiosa en determinados módulos. Las desigualdades en el acceso a la financiación destinada a la prestación del servicio de asistencia religiosa es uno de los puntos que generan mayor malestar entre los grupos minoritarios, en especial aquellos que se encuentran mejor organizados y tienen una mayor conciencia de sus derechos (como es el caso de los protestantes). Para ellos, esta situación es una muestra del trato y consideración desigual recibida por parte de la administración y debería ser uno de los puntos a mejorar. Diferentes requisitos y puertas de acceso a la institución El procedimiento y los requisitos necesarios para el desarrollo del servicio de asistencia religiosa también son diferentes en función de la confesión religiosa, si bien a nivel formal la regulación es la misma. En una parte importante de los centros estudiados, los capellanes católicos cuentan con una acreditación distinta al resto de actores religiosos para acceder al centro penitenciario. Esta condición especial en la que se encuentran los capellanes, junto con aspectos menos obvios, como es la familiaridad con una buena parte del personal de los centros, reduce los controles de seguridad, los requisitos y el tiempo necesario para acceder al recinto. En el caso de los ministros de las minorías religiosas, como se ha señalado anteriormente, se ha establecido un sistema de autorización formal y acceden al centro penitenciario en condición de visitantes (con una autorización puntual) o como voluntarios – en algunos casos se les pide que acrediten haber realizado un curso de formación, con una autorización que reciben del Ministerio de Justicia o del Departament de Justícia de la Generalitat y que es renovado anualmente. Si bien los capellanes también deben renovar su acreditación anualmente, su presencia a menudo diaria en los centros facilita el procedimiento, que se realiza casi de manera automática. 52 La libertad de movimiento es otro elemento de diferenciación entre los diferentes representantes religiosos, ya que en la mayoría de los centros analizados el capellán católico tiene acceso a todos los módulos de la prisión, incluido el módulo de aislamiento o primer grado, a diferencia del resto de representantes religiosos, que tienen limitado el acceso a unas áreas determinadas del recinto. Ahora bien, esta cuestión no parece levantar demasiada controversia entre los miembros de las minorías, quienes asumen que las restricciones de movimiento a las que se ven sometidos son razonables puesto que responden a las medidas de seguridad de los centros. El acceso de las personas presas a su ministro de culto En función de la organización interna de cada centro penitenciario varían las vías de las que disponen los internos para solicitar el servicio de asistencia religiosa. La práctica habitual consiste en que los mediadores o personal del centro, con el fin de controlar las entradas y salidas de cada módulo, organicen listas con los internos que previamente soliciten por escrito mediante instancia a la dirección del centro el servicio de asistencia religiosa. Este sistema de control acostumbra a ser menos rígido para el caso de la Iglesia católica, permitiéndose que el capellán pase personalmente por los módulos a buscar a los internos e incluso que en algunos casos, aunque se controla la asistencia, no sea necesario haberse apuntado con anterioridad para poder acceder al servicio católico. En el caso de las minorías, algunos centros también permiten a los ministros de culto o asistentes acceder a los módulos para tener acceso a los internos, si bien en estos casos existen restricciones y un mayor control. Como en muchos otros aspectos, la forma en que las personas presas acceden a sus ministros de culto y a las actividades religiosas que se celebran varía de manera sustancial de un centro a otro. Resulta importante constatar que esta cuestión depende, notablemente, de la predisposición del equipo directivo y personal del centro hacia las cuestiones religiosas. Asimismo, en función de las relaciones de confianza que se generen entre la institución, los ministros de culto y los voluntarios, el acceso de estos últimos será más sencillo o requerirá de procedimientos formales más complejos. No obstante, la principal desigualdad entre la Iglesia católica y las minorías radica en aquellas 53 cuestiones más informales, como son la familiaridad y confianza en el trato que, por ejemplo, convierten al capellán católico en un actor clave dentro de las instituciones, mientras los agentes pastorales de las minorías continúan siendo percibidos como actores externos, a os à à u aà p ese iaà uedaà est i gidaà aà laà p esta ió à deà u à se i ioà u à o etoà à limitado en el tiempo. Es destacable, además, el rol clave que aún hoy en día juega el capellán católico en las prisiones; a la vez que deviene cómplice de los internos tiene también un vínculo importante con la institución, lo que le convierte en una figura funcional para ambos grupos (presos y personal de la prisión) en tanto que mediador. La mayor experiencia, capacidad de relación y control de los códigos culturales dentro de la institución suponen una ventaja para el capellán católico respecto a la relación que mantienen el resto de representantes religiosos con la institución penitenciaria. Estas diferencias se ponen también de manifiesto en el desconocimiento que muestran algunos de los equipos de dirección, al ser, por ejemplo, incapaces de enumerar los grupos religiosos minoritarios que acceden al centro penitenciario. En definitiva, más allá de las regulaciones y reglamentos que rigen la vida cotidiana de los centros penitenciarios y que influyen de manera significativa en la forma como la asistencia religiosa es organizada y financiada, no pueden obviarse todos aquellos gestos y aspectos menos evidentes a la hora de estudiar la gestión de la diversidad religiosa en estas instituciones. Las relaciones personales entre los diferentes actores que intervienen en la vida de las prisiones, la confianza y desconfianza hacia determinadas tradiciones religiosas, influidas aquéllas por el conocimiento, desconocimiento y estereotipos reinantes, así como el peso del legado católico en la mayoría de los centros estudiados son claves para entender las negociaciones cotidianas entre la institución y los grupos religiosos, por un lado, y entre los propios grupos religiosos, por el otro. Dicho de otro modo, para entender cómo se articulan la secularización y la diversificación religiosa en el contexto penitenciario es imprescindible indagar en los aspectos menos visibles que también intervienen de manera significativa. A modo de resumen El acceso a un ministro de culto de la confesión religiosa propia es uno de los derechos de libertad religiosa reconocidos a todas 54 las personas residentes en España, independientemente de su situación legal. Las prisiones tienen la obligación de garantizar su cumplimiento real y por ello deben facilitar los medios necesarios para que todo persona privada de libertad que lo solicite pueda recibir la asistencia religiosa de la confesión elegida. Para dar respuesta a las demandas de la población reclusa, los sistemas penitenciarios español y catalán han establecido una serie de procedimientos formales de acreditación para los ministros de culto y voluntarios. Si bien de este modo se garantiza el acceso a la asistencia religiosa, los capellanes católicos continúan disfrutando de un estatus especial respecto al resto de ministros de culto, sobre todo en lo que respecta a la financiación y los aspectos informales de las relaciones personales de confianza con el personal de los centros. Tabla 9. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en prisiones. RETOS RESPUESTAS Aumento demandas de asistencia religiosa no católica Instancia a la dirección del centro para solicitar la asistencia Selección y autorización de los ministros de culto Procedimiento de acreditación formal (Ministerio de Justicia y Generalitat de Catalunya) Financiación de la asistencia religiosa Financiación desigual regida por los acuerdos estado-grupos religiosos Posibilidad de acceder a los presos Acreditaciones con distintas restricciones a la libertad de movimiento Fuente: Elaboración propia. 3.2.2. Espacios de culto Históricamente, los centros penitenciarios en España han contado en el interior de sus instalaciones con capillas católicas donde se celebraban las actividades religiosas como la misa semanal. Estos espacios físicos eran la muestra más visible del monopolio religioso y del modelo de integración orgánica de la Iglesia católica en la institución. Las transformaciones jurídicas y sociales que se han sucedido desde la Transición democrática han ido poco a poco calando y modificando los espacios físicos reservados para las actividades religiosas en los centros penitenciarios. Estos cambios a nivel social y jurídico, unido a las demandas de algunos grupos religiosos minoritarios, de manera particular de los protestantes dada su 55 arraigo histórico, ha puesto en evidencia la falta de espacio dentro de las prisiones para que las personas detenidas pertenecientes a diferentes confesiones puedan desarrollar sus actividades religiosas con plena normalidad. Cuatro respuestas ante la falta de espacios para el culto Éste constituye uno de los principales retos a los que se enfrentan las instituciones penitenciarias a la hora de dar respuesta a las demandas religiosas de la población reclusa. La sobreocupación de la mayoría de centros, la gran variedad de actividades que en ellos se organizan y la ausencia en muchos de ellos de espacios reservados exclusivamente para la celebración de actividades religiosas ha obligado a las instituciones a buscar y adoptar distintas soluciones. Se han identificado diferentes estrategias para dar respuesta a las nuevas necesidades en relación con los espacios destinados a actividades religiosas dentro de las prisiones. Destacan cuatro tipos de organización de los espacios: a) las capillas tradicionales, b) las capillas convertibles, c) los espacios multiusos y d) los espacios de silencio. La primera respuesta es una de inmovilidad, que denominamos como apillas tradi io ales .à Aunque es minoritaria, en algunos de los centros más antiguos todavía se pueden encontrar capillas católicas que no han sufrido ninguna transformación y cuyo uso está dedicado exclusivamente a la celebración de servicios católicos. Estos espacios, en claro retroceso, podrían considerarse reminiscencias del pasado en el que existía una integración orgánica entre la Iglesia católica y la institución penitenciaria. No obstante, la mayoría de casos en los que la tradicional capilla católica continúa existiendo e àlasàp isio esàe t a àe àelà odeloà ueàhe osàde o i adoà capillas convertibles .àE àesteà sentido, es habitual que las tradicionales capillas católicas hayan sido transformadas en espacios de usos múltiples o de uso compartido con otras confesiones religiosas. En algunos casos se ha optado por convertir su mobiliario en móvil, lo que permite adaptarlas a las necesidades y requerimientos de otras confesiones. En otras ocasiones la alternativa adoptada ha consistido en introducir una barrera física, como por ejemplo un biombo tapando el altar católico, cuando la sala es utilizada por otros grupos religiosos. Pero este cambio en los usos del espacio no comporta necesariamente la sustitución del mobiliario o la 56 eliminación de los símbolos religiosos católicos. Ante esta situación, los grupos religiosos minoritarios suelen mostrar una alta capacidad de adaptación a las condiciones de la institución y, en caso de no contar con otra opción, realizan sus actividades de espaldas a los símbolos religiosos. En aquellos centros donde no había capilla o un espacio reservado para las actividades religiosas los grupos religiosos utilizan espacios polivalentes, aulas, despachos, teatros u otros espacios del centro, como las instalaciones deportivas, para sus oraciones y celebraciones. En esosà asos,à ueà he osà de o i adoà odeloà deà espa ios ultiusos , algunos ministros y representantes religiosos han optado por llevar sus propios símbolos religiosos con ellos o guardarlos en un armario dentro del centro penitenciario para no tener que transportarlos (y pasar las medidas de seguridad) en cada visita. Estos casos, en los que el espacio multiusos es empleado también para otro tipo de actividades de tipo secular, son un claro ejemplo de la pérdida de la presencia física de la religión en la institución penitenciaria. Se trata de una de los signos más visibles de la secularización de este tipo de instituciones. En el caso de Cataluña, en los centros penitenciarios de nueva construcción se ha promovido a partir del año 2000 la creación de los denominados espa ios de sile io .à“eàt ataàdeàsalas construidas con la finalidad de ser neutras en términos religiosos, sin ningún tipo de simbología, destinadas a las actividades religiosas y por tanto, compartidas por las diferentes confesiones presentes en el centro. Sin embargo, el trabajo de campo ha permitido constatar que en la práctica el uso de estos espacios varía sustancialmente según la realidad de cada centro. Así, mientras en algunos de los centros estos espacios cumplen la función para la que fueron diseñados y los grupos religiosos se reúnen en ellos, en otros casos la situación es muy diferente. En ocasiones, su limitado tamaño y ubicación, a menudo cerca de lugares de paso, ruidosos o muy transitados, han motivado que sean utilizados para otro tipo de actividades, mientras que las actividades religiosas son realizadas en aulas u otros espacios del centro. Por otro lado, la variedad de grupos religiosos que visitan algunos centros penitenciarios pone en evidencia la dificultad de compaginar sus necesidades en un único espacio, poniendo en cuestión que ésta sea la solución más apropiada para todos los centros. Por otro lado, de acuerdo con los análisis de Gilliat-Ray (2005), cabría cuestionar si su diseño no acaba correspondiéndose, aunque de manera sutil, con el diseño de las capillas católicas. Si bien el mobiliario se puede desplazar de acuerdo con las necesidades, la existencia de un conjunto 57 de filas de sillas ubicadas frente a una mesa central recuerda claramente a la estructura de una capilla. En resumen, aunque los resultados del trabajo de campo ponen de manifiesto que no existe una política coordinada de gestión de los espacios de culto en las instituciones penitenciarias, todas lasà espuestas,à sal oà laà deà lasà capillas tradicionales ,à tie e à e à o ú à elà i à encaminadas hacia la progresiva eliminación de un espacio exclusivo para la realización de las actividades religiosas católicas. Así, la transformación de algunas capillas en espacios multiusos, las modificaciones realizadas en el mobiliario y decoración o la utilización de espacios seculares para las celebraciones religiosas ponen de manifiesto la pérdida de la presencia de espacios exclusivos de uso católico y, en términos generales, de la presencia física de la religión. De igual modo, el trabajo de campo muestra que son excepcionales los casos en que se puede encontrar un espacio aconfesional con un diseño y decoración neutral e àt i osà eligiososà o oàesàelà asoàdeàlosà espa iosàdeàsile io . La permanencia de los símbolos católicos A pesar de la variedad de transformaciones en los espacios destinados a las actividades religiosas en los centros penitenciarios, las minorías religiosas subrayan la permanencia de símbolos religiosos católicos, tanto en los espacios dedicados al culto como en otros espacios de las instalaciones. La fuerza de estos símbolos e imágenes radica en el hecho de ser considerados algo tradicional y no religioso, lo que los hace invisibles a primera vista. De este modo, su presencia no es cuestionada, sino que es considerada como algo dado por supuesto. Así, mientras en ocasiones se ha optado por su eliminación completa de las instalaciones de los centros, como sucede en la mayoría de centros catalanes analizados, en otros la tendencia es a mantenerlos (como es el caso de los dos centros analizados en Andalucía) o convertirlos en símbolos móviles. Esta última situación da lugar a lo que o side a osà eligió à deà uitaà à po ,à e à elà se tidoà deà ueà laà p ti a y simbología son versátiles y se adaptan a las condiciones concretas de cada momento. Al final, la discrecionalidad de la dirección del centro y la actitud de la Iglesia católica y la capacidad de presionar de las minorías a nivel de cada centro es lo que marca la respuesta dada en cada caso. 58 Adaptación a los espacios Las personas encargadas de ofrecer la asistencia religiosa en prisiones señalan que en ocasiones las condiciones de los espacios en los que ésta se desarrolla no son las adecuadas. Así, si bien en general la actitud mayoritaria es de acomodación a las condiciones particulares y especiales de la prisión, la comodidad y calidez de los espacios dedicados a las actividades religiosas son puestas en cuestión. Las respuestas a estas necesidades provienen en general de los propios grupos religiosos, que introducen símbolos y objetos religiosos, así como también plantas e instrumentos musicales, para generar un ambiente más acogedor. La distribución del uso de los espacios destinados al culto entre los diferentes grupos religiosos y también de acuerdo con las necesidades de espacios para actividades no religiosas, como programas de rehabilitación o de formación, también supone un reto para las prisiones y los grupos religiosos que ofrecen asistencia religiosa en ellas. Ante estas incompatibilidades, la tendencia es a relegar las actividades religiosas a los fines de semana, cuando las actividades seculares finalizan. Esto ocurre sobre todo con las actividades colectivas como son los servicios religiosos colectivos, ya que la asistencia individual se mantiene en algunos centros también en los días entre semana. Generalmente los centros elaboran un horario en el que, de acuerdo con las demandas y disponibilidades de los diferentes representantes religiosos y la presencia de personal del centro de fin de semana, se distribuyen los diversos espacios disponibles. A modo de resumen La presencia espacial de la religión en las prisiones es el signo más visible de las controversias y negociaciones en torno a la secularización de las instituciones y la diversificación de la población. Las capillas católicas han atravesado importantes procesos de transformación en la línea de reducir significativamente la simbología y usos religiosos, por un lado y, por el otro, han pasado a ser empleadas por un abanico de grupos religiosos más amplio. Las prisiones en España han adoptado estrategias diversas a la hora de dar respuesta a las carencias de espacio para las actividades religiosas, lo que indica que no existe una única política en este ámbito. Los grupos religiosos manifiestan la existencia de carencias con relación a las condiciones y disponibilidad de estos espacios, lo que pone de manifiesto el 59 lugar secundario al cual ha sido desplazada la religión en las instituciones tras la secularización del estado. No obstante, la presencia inadvertida en algunos centros de símbolos católicos indica que el legado heredado de la anterior integración orgánica entre Iglesia católica e instituciones estatales sigue todavía vivo. Tabla 10. Retos y respuestas espacios de culto en prisiones. RETOS RESPUESTAS Capillas tradicionales Necesidad de espacios para actividades religiosas de diferentes grupos Capillas convertibles Espacios multiusos Espacios de silencio Retirada de símbolos católicos Permanencia del legado católico en diferentes espacios de los centros Permanencia de símbolos católicos Condiciones e incomodidad de los espacios dedicados al culto Objetos y símbolos de los propios grupos religiosos para generar un ambiente más acogedor Distribución de los espacios y horarios de uso entre las distintas actividades programadas Símbolos católicos móviles Programación de actividades religiosas los fines de semana Elaboración de horarios para la distribución de los usos de los espacios Fuente: Elaboración propia. 3.2.3. Acomodación de la práctica religiosa El ajuste entre la práctica religiosa diaria y el funcionamiento cotidiano de los centros penitenciarios es una dimensión cuyo análisis empírico resulta complejo debido al amplio número de prácticas que incluye y al elevado margen de acción del que dispone cada centro. Ante cuestiones como las grandes celebraciones religiosas, la celebración de rituales o la alimentación según preceptos religiosos las instituciones ofrecen en general una respuesta de mínimos que se basa en la resolución de las demandas caso por caso. Al mismo tiempo, se observa una actitud de indiferencia que tiende a minimizar o invisibilizar aquellas necesidades religiosas que pueden generar mayores desafíos a la institución. En cambio, no 60 existen respuestas generalizables a todos los centros, por lo que resulta crucial identificar los matices y diferencias que caracterizan a cada uno de ellos. Las celebraciones religiosas colectivas y el reto de la seguridad El primero de los aspectos que es considerado un reto para las instituciones, según las personas entrevistadas, pero también para los representantes y voluntarios de los diferentes grupos religiosos, son las celebraciones religiosas colectivas. Para la dirección y personal de los centros, las celebraciones religiosas suponen un desafío puesto que, según las entrevistas, existen dificultades a la hora de conciliarlas con los protocolos de seguridad de los centros. Los argumentos que se utilizan para justificar las reticencias hacia las celebraciones religiosas son que la concentración de internos durante estos eventos implica la necesidad de controlar a la multitud, lo que supone un esfuerzo a la institución en términos de medios personales y organización. Las personas entrevistadas coinciden en señalar sus reticencias ante una situación en la que pueden coincidir en el mismo espacio internos con incompatibilidades a nivel personal que pueden dificultar el desarrollo de la celebración y el control de la misma por parte de los funcionarios o personal de seguridad encargado del centro. Sin embargo, el trabajo de campo también pone en evidencia que las principales festividades católicas como la Navidad, la Pascua o la semana de la Merced, patrona de la institución penitenciaria, son integradas y promovidas institucionalmente, aunque éstas pueden implicar también la participación de un número significativo de personas. La habitual presencia de las autoridades penitenciarias en estas celebraciones católicas es una muestra de la permanencia de dinámicas derivadas de la anterior integración entre la Iglesia católica y la institución penitenciaria. Esta tolerancia institucional selectiva hacia las celebraciones masivas puede entenderse como el resultado de la familiaridad y proximidad a una tradición religiosa determinada por parte de la dirección y el personal de los centros. Al mismo tiempo, el hecho de que rara vez las mismas autoridades participen en las celebraciones más importantes de las minorías religiosas refuerza la percepción de desigualdad entre los grupos minoritarios y la Iglesia católica. En Cataluña, las reticencias van más allá de las grandes celebraciones y no se contempla la posibilidad de realizar la oración islámica de manera comunitaria y gestionada por los propios 61 internos dentro del centro penitenciario. Las personas internas pueden recibir la visita del imam así como asistir a la sesión programada semanal o quincenalmente, pero el rezo tiene que realizarse de manera individual en la celda. Esta negativa es justificada por parte de las autoridades, en primer lugar, en términos pragmáticos por una incompatibilidad con el horario habitual de los centros. La oración comunitaria islámica se realiza tradicionalmente el viernes, cuando las personas internas están trabajando, por lo que su celebración implicaría modificar este tipo de actividades (talleres, actividades formativas, jornada de trabajo, etc.). Los internos católicos y evangélicos sí que celebran semanalmente en el interior de la prisión la oración comunitaria, pero al tener lugar el sábado o el domingo la interferencia con las actividades programadas por el centro es considerada menor. En segundo lugar, la negativa a la oración comunitaria islámica se debe también a motivos de seguridad y al deseo de que en caso de celebrarse, ésta sea conducida por los imames reconocidos y autorizados por el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Sin embargo, por el momento, esta situación no es factible dado que el personal religioso autorizado, perteneciente al Consell Islàmic i Cultural de Catalunya (CICC), no tiene disponibilidad para asistir los viernes a dirigir la oración en los centros penitenciarios, ya que al no tener dedicación exclusiva a la asistencia religiosa en prisiones debe atender la oración comunitaria en su mezquita. La celebración del Ramadán: el mayor reto para la institución Sin duda el reto más importante con el que se han encontrado las instituciones penitenciarias en cuanto a la acomodación de una práctica de las minorías religiosas ha sido la gestión del Ramadán. En la celebración del Ramadán, uno de los cinco pilares 4 en los que se sustenta la práctica islámica y una de las celebraciones más importantes del islam, confluyen aspectos relativos tanto a la cuestión de las celebraciones religiosas colectivas como de alimentación. El acomodo de esta práctica religiosa tiene importantes implicaciones para los centros penitenciarios ya que las prisiones organizan sus actividades en torno a los horarios de las comidas, siendo precisamente éste el cambio más significativo que en términos prácticos 4 La fe islámica se basa en cinco preceptos fundamentales de obligado cumplimiento para las personas practicantes: la profesión de fé (Shahada), la oración cinco veces al día (Salat), el ayuno durante las horas de sol del mes de Ramadán, la peregrinación a la Meca una vez en la vida (Hajj) y la limosna (Zakat). 62 supone el seguimiento del Ramadán5. Por otro lado, la importante presencia numérica de población de origen musulmán hace que esta celebración adquiera una dimensión significativa en algunos centros. Según los datos disponibles para las prisiones catalanas, referentes al número de personas que solicitaron formalmente seguir su celebración, esta práctica experimentó un aumento sostenido desde el año 2004, en el que se inició la recogida de datos (ausencia de datos en 2005), hasta el año 2009, a partir del que éstos se estabilizaron. Gráfico 1: Evolución del número de personas que solicitaron celebrar el Ramadán en los centros penitenciarios catalanes (2004-2012) Fuente: Elaboración propia a partir de datos Departament de Justícia Generalitat de Catalunya. No obstante, es importante señalar que, según los datos provistos por la administración penitenciaria catalana, esta cifra nunca superó el 32% del total de detenidos en un centro, salvo en el caso de una prisión de jóvenes, donde la mayor proporción de internos de origen magrebí la hizo aumentar hasta un 45% en 2006. En el caso de las prisiones de mujeres, la 5 Durante el mes de Ramadán se realiza un ayuno (sawn en árabe) que implica la prohibición de que entre nada en el cuerpo de la persona musulmana durante las horas de sol siempre y cuando este esté sano y en plenas facultades de consciencia. Esto se traduce en la abstención de comer, beber, fumar y tener relaciones sexuales desde el alba hasta la puesta de sol (Bramon, 2002). 63 cifra es muy inferior, no superando en ningún caso el 3% del total de mujeres detenidas. Como respuesta a esta nueva realidad, en la última década los centros penitenciarios han prestado cada vez más atención a las prescripciones de esta celebración. Una de las muestras más evidentes de ello es la propia recolección de datos por parte de la administración penitenciaria catalana, la cual, por otro lado, parece haber realizado un mayor esfuerzo al respecto. Con antelación al mes de la celebración, los gerentes de los centros de esta comunidad autónoma reorganizan los horarios de las comidas y la distribución de la población interna musulmana que desea celebrarlo. De este modo, se les agrupa intentando que compartan celda y posibilitando que puedan llevar la comida para romper el ayuno conjuntamente al ponerse el sol. En algún centro, se designa a un interno musulmán en cada módulo como responsable para establecer la comunicación entre la dirección y los internos que están siguiendo el mes de ayuno. En otros centros analizados, se intenta que haya internos musulmanes en la cocina para preparar los alimentos típicos de esta celebración, como es la harira, sopa típica marroquí. Además, en algunos casos se autoriza, después de obtener el correspondiente certificado de higiene alimentaria, que asociaciones islámicas y el Consulado de Marruecos introduzcan en las prisiones los dulces típicos para la ruptura colectiva del ayuno del Ramadán (Idu Al-Fitr). En términos generales se puede afirmar que se ha desarrollado poco a poco una manera más formal de gestionar esta gran celebración. Las direcciones de los centros son conscientes de la llegada del mes de Ramadán y conocen mejor sus implicaciones. Al mismo tiempo, las propias comunidades islámicas también han adquirido un mayor conocimiento del funcionamiento y requerimientos de los centros, lo que también facilita la organización. En definitiva, y en especial para el caso de las prisiones ubicadas en Cataluña, se ha producido una institucionalización de la gestión del Ramadán en los últimos años. Esto no quiere decir, no obstante, que todas las demandas se encuentren cubiertas en todos los centros o que no exista improvisación. La gran variedad de respuestas indica que las direcciones de los centros y la administración penitenciaria se encuentran todavía ante dudas e inquietudes que resuelven a partir de respuestas de ensayo-error. 64 La celebración de los ritos de paso: permitida, pero no fomentada Dentro de los centros penitenciarios es posible celebrar también algunos ritos de paso de diferentes tradiciones religiosas, siendo los más habituales los matrimonios y bautizos. La institución facilita el espacio y la autorización para que los representantes religiosos puedan entrar en el centro con el material necesario para la celebración. En ocasiones, también se autoriza a familiares u otras personas cercanas el acceso al centro penitenciario durante el momento de la celebración. Aún así, este tipo de rituales, especialmente los matrimonios, son desincentivados dentro del centro penitenciario, tanto por parte de los capellanes católicos como por los representantes de las minorías religiosas y la propia institución. Los representantes religiosos entrevistados manifiestan que intentan disuadir, o derivar hacia la celebración civil, a aquellas personas internas que muestran su deseo de celebrar el rito religioso dentro del centro penitenciario. Esta reticencia se debe en el caso de los matrimonios a que los representantes religiosos consideran poco estables y duraderas las uniones dentro del centro penitenciario, por lo que no son partidarios de su celebración e instan a los internos a esperar a la obtención de la libertad. En el caso de los bautizos los representantes católicos y de otras confesiones prefieren mayoritariamente también que se celebren fuera del centro penitenciario por considerar un espacio poco acogedor e incómodo para llevar a cabo la celebración. En esta misma línea se sitúa el personal de los centros, si bien en el caso de que el interno quiera llevar adelante la celebración tienen obligación de autorizarla. Alimentación y preceptos religiosos La demanda de menús adaptados en función de prescripciones religiosas supone un nuevo reto para instituciones que, como los centros penitenciarios, estaban acostumbradas a alojar a una población homogénea a nivel religioso. Así, la presencia de personas de diferentes tradiciones religiosas ha puesto en cuestión la tradicional composición de los menús y junto con el Reglamento de Prisiones de 1996, obliga a la institución a tomar medidas para garantizar que las personas internas pueden cumplir sus obligaciones religiosas vinculadas con la alimentación. 65 Según las entrevistas realizadas, la principal demanda relacionada con la alimentación es la proveniente de personas musulmanas que solicitan comer de acuerdo con las prescripciones de su religión. En respuesta a estas demandas, la mayoría de los centros ha optado por una respuesta de mínimos que no supone una reformulación de los menús. Así, las respuestas más comunes consisten en la oferta del ya existente menú vegetariano o la completa eliminación de la carne de cerdo del menú. No se ha tenido constancia de otros cambios en la composición de los menús por motivos religiosos. Más allá de los cambios reales introducidos en la composición de los menús, resulta interesante también indagar en las representaciones y discursos empleados en torno a la cuestión de la alimentación y de las restricciones por motivos religiosos. Así, para los miembros de algunas direcciones de prisiones, las necesidades de los internos musulmanes han tenido un impacto importante en la organización interna de los centros, repercutiendo en la composición general de los menús ofrecidos. Sus demandas son vistas con una cierta suspicacia puesto que son interpretadas como deseos caprichosos . Sin embargo, es destacable constatar cómo demandas similares procedentes de la tradición católica con frecuencia reciben respuesta sin ningún tipo de cuestionamiento, al tratarse de prácticas que forman parte de la dinámica institucional y de la tradición cultural de una buena parte de los responsables de los centros. Es el caso, por ejemplo, de una de las prisiones estudiadas en la que por iniciativa propia la dirección optó por eliminar temporalmente la carne del menú para cumplir con la tradición de la Cuaresma, anticipándose así a que existiera una demanda por parte de los internos o del capellán católico. Éste último es un claro ejemplo de lo que Irene Becci (2015) denomina neutralización institucional del cristianismo. Uso de símbolos religiosos personales: un asunto poco controvertido El uso de símbolos religiosos de carácter personal es otro de los aspectos que para algunas personas creyentes y practicantes de una religión puede tener un significado especial y resultar importante. De manera generalizada, el uso de vestimenta y símbolos religiosos de carácter personal dentro de las prisiones no parece suponer un aspecto controvertido. Siempre sujeto a los requerimientos de seguridad estimados por la dirección de los centros y los reglamentos vigentes, la utilización de símbolos y vestimenta con significado religioso está 66 permitido. Se trata en la mayoría de los casos de pequeños símbolos incorporados en el cuerpo o de imágenes que decoran las celdas de los presos. En el caso de las prisiones de mujeres, el uso del pañuelo islámico, la práctica que algunas personas entrevistadas nombran como la que podría generar alguna controversia, resulta anecdótico y por tanto hasta el momento no ha generado ninguna discusión significativa. A modo de resumen A grandes rasgos, el trabajo de campo permitió identificar una tendencia a resolver las cuestiones relacionadas con la acomodación de la práctica religiosa en el día a día de las instituciones penitenciarias bajo una lógica de mínimos. Más concretamente, resulta común que las demandas de los internos se resuelvan caso por caso de acuerdo con las condiciones concretas de cada centro. Así, no fue posible identificar pautas generalizadas encaminadas a guiar las respuestas de los centros, salvo en el caso de la celebración del Ramadán en Cataluña, donde el trabajo conjunto entre el Departament de Justícia y la Direcció General d áfe sà ‘eligiososà haà ge e adoà u aà se ieà deà i di a io esà o u esà aà todosà losà e t osà penitenciarios. En general, la ausencia de directrices concretas atribuye una mayor discrecionalidad a la actuación de los directivos y profesionales de los centros al mismo tiempo que evidencia la permanencia de ciertas inercias católicas del pasado y una mayor sospecha hacia las celebraciones islámicas. Tabla 11. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en prisiones. RETOS RESPUESTAS Organización de celebraciones religiosas colectivas y conciliación con la seguridad del centro, la población penitenciaria y el funcionariado Listas de internos (selección) Prescripciones alimentarias Respuesta de mínimos en la adaptación de menús (eliminación del cerdo o menús vegetarianos) Celebración del mes del Ramadán (horarios, alimentación, ruptura del ayuno al final del mes) Registro del número de internos que solicitan celebrar el Ramadán, reorganización temporal de horarios de comidas, alimentos especiales, reagrupación temporal de internos por celdas Celebración de los ritos de paso principales (principalmente bautizos y bodas) Permitida la celebración de ritos de paso y autorización de personas externas Limitación del aforo permitido Planificación con antelación 67 Utilización de símbolos religiosos personales Autorización de símbolos religiosos personales, salvo los que impidan la identificación y los que no cumplan los requisitos de seguridad Fuente: Elaboración propia. 3.3. Centros hospitalarios Se presentan a continuación los resultados del análisis de la gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios a partir de las tres dimensiones utilizadas para sistematizar la información de los centros penitenciarios: la asistencia religiosa, la presencia de espacios de culto y la acomodación de la práctica religiosa en la actividad cotidiana de los centros hospitalarios. 3.3.1. Asistencia religiosa Como en el caso de los centros penitenciarios, el crecimiento de la población de origen extranjero que visita o es ingresada en establecimientos hospitalarios ha aumentado en los últimos años. No se dispone de datos exhaustivos, pero el personal sanitario entrevistado tanto en Andalucía como en Cataluña constata este aumento y visibilización de la diversidad cultural y religiosa. No obstante, aunque en el marco hospitalario se reconoce la importancia del respeto a la libertad religiosa, las cuestiones relacionadas con la religión son generalmente poco visibles y consideradas como un asunto secundario por parte de la institución. Desde la gran mayoría de hospitales se percibe que las cuestiones religiosas generan poca conflictividad y que normalmente se encuentran cubiertas por los mismos pacientes a través de los familiares o de su propia comunidad religiosa. Sin embargo, cuando los pacientes solicitan algún servicio de asistencia religiosa, estas demandas suelen canalizarse a través del personal de enfermería de las distintas plantas que habitualmente destina una persona a encargarse de gestionarla. En algunos centros se ofrece información de los servicios religiosos en la guía del usuario o se incluyen las necesidades espirituales como parte del formulario y la entrevista personal de ingreso pero la forma de exposición es variable. Algunos hospitales anuncian un servicio religioso que no sólo incluye la asistencia católica sino también la amplia gama de posibilidades de asistencia por parte de diversos grupos religiosos. Otros, sin embargo, no explicitan en su servicio religioso la pluralidad 68 religiosa y tan sólo especifican la asistencia del capellán católico del hospital. A pesar de las diferencias entre los distintos hospitales, podemos trazar a grandes rasgos como se organiza la asistencia religiosa en los hospitales. Una presencia permanente: herencia histórica y catolicismo En el caso católico, el contacto con el responsable de la asistencia religiosa católica se realiza y gestiona a través del mismo hospital que tiene un capellán asignado con un dispositivo de búsqueda (un busca) facilitado por el propio centro hospitalario en ocasiones o usualmente con un teléfono de contacto directo a través del que se encuentra disponible las 24 horas del dúa. La asistencia religiosa católica se encuentra regulada a través de los acuerdos concordatarios de 1979 con la Santa Sede y financiada mediante fondos públicos procedentes de los presupuestos del Estado, como establece esta legislación. Esta financiación pública garantiza la presencia de capellanes católicos en todos los hospitales públicos y establece el personal católico que corresponde a cada centro hospitalario según el número de camas del mismo. Actualmente, aunque el capellán continúa teniendo una presencia estable y destacada en el interior de los centros hospitalarios, siendo muchas veces percibido como una persona más del personal de plantilla y con funciones que van más allá de las atribuidas formalmente en el marco legal (vínculos con tareas sociales o la participación informal en los comités de ética asistencial), la tendencia mayoritaria se dirige hacia su menor presencia física en la institución, manteniendo su disponibilidad bajo demanda. Una presencia intermitente: diversidad religiosa emergente En contraste con el caso católico, la presencia formal de ministros y voluntarios religiosos pertenecientes a las minorías religiosas es prácticamente anecdótica en todos los hospitales y extremadamente escasa su acreditación formal por parte de la institución. Y es que a diferencia de los centros penitenciarios, el carácter abierto de la institución hospitalaria permite el libre acceso de las personas encargadas de asistir las necesidades religiosas y espirituales a las personas ingresadas. En las últimas dos décadas, con el aumento de la población extranjera, se han hecho más presentes dentro de los hospitales algunas 69 cuestiones relacionadas con las minorías religiosas. En el caso de provisión de la asistencia religiosa para los pacientes que forman parte de alguna minoría religiosa, el trabajo de campo pone de manifiesto un cierto desconocimiento por parte del personal sanitario de cómo se organiza y gestiona este servicio. Al mismo tiempo se ha podido constatar a través de las entrevistas con el personal de los centros hospitalarios cómo este personal tiene dificultades en la identificación de los ministros de culto, siendo relativamente común la confusión entre diferentes grupos. A diferencia de la asistencia religiosa católica, las minorías religiosas no cuentan con financiación pública que cubra los gastos derivados de la asistencia religiosa en centros hospitalarios. Las diferentes comunidades autofinancian su actividad o la realizan a través del trabajo voluntario de los miembros. Asimismo, la organización de la asistencia religiosa de las minorías funciona al margen de los cauces institucionales. Son pocos los centros que disponen de un contacto directo con los responsables de las minorías. Desde los centros hospitalarios mayoritariamente se considera que no es la institución sino las redes familiares y las comunidades religiosas las principales proveedoras de este servicio y las demandas de los pacientes se canalizan a través de los propios familiares sin que intervenga la institución. Sin embargo, en algunos centros son los capellanes católicos los encargados de atender estas demandas de asistencia religiosa de otras confesiones religiosas y buscar a la persona adecuada que pueda ofrecerla. En ocasiones particulares, ciertas instituciones hospitalarias han empezado a mantener vínculos más formales y convenios con ministros de culto de minorías pero son aún casos excepcionales. Conviene, por tanto, resaltar la existencia de importantes diferencias en el grado de formalización de la relación entre la institución y los representantes de las minorías religiosas entre unos centros hospitalarios y otros. Por ejemplo, en determinados casos los pastores evangélicos han establecido un servicio de asistencia más regular y la institución ha ofrecido un reconocimiento simbólico al facilitarles el uso de una bata e identificación especial. Asimismo, en el caso de los musulmanes, en algunos centros disponen de un teléfono de contacto directo con imames, iniciativa que surgió principalmente a raíz de dudas relacionadas con cuestiones culturales, más que religiosas. Sin embargo, en la mayoría de los hospitales, los representantes religiosos de las minorías religiosas acuden al centro de manera privada y discreta en el horario de visitas sin que exista una autorización o supervisión por parte de la institución. 70 En este sentido, los representantes de las minorías religiosas perciben que existe un doble rasero en la aplicación de la legislación en comparación con la Iglesia católica, sobre todo los grupos evangélicos que, con un mayor arraigo histórico, son los más críticos ante lo que consideran un trato desigual por parte de la institución. Si bien la normativa de protección de datos regula el acceso y contacto con los pacientes mediante la demanda previa y explícita de sus servicios, en la práctica esta restricción es más laxa para los capellanes católicos aunque hemos encontrado variaciones entre los centros y según el capellán. Esta general permisividad contrasta con la desconfianza y sospecha de proselitismo que a menudo generan las actividades y presencia de otros grupos religiosos, sobre todo los evangélicos, que son la minoría que gana terreno en el reconocimiento formal de servicio de asistencia religiosa no católica en algunos hospitales. Cuidados paliativos: un espacio atento a la religiosidad Finalmente, cabe destacar cómo la asistencia religiosa, así como las cuestiones religiosas y espirituales en general, cobran una mayor importancia en ámbito de los cuidados paliativos. Sin embargo, ésta asistencia se conceptualiza hoy por hoy casi en exclusiva desde de una perspectiva católica que se concreta en la presencia del capellán. No obstante, el trabajo de campo y las entrevistas con grupos de minorías religiosas pone en evidencia cómo la confesión evangélica, sobre todo en el caso catalán, tiene un especial interés en trabajar esta cuestión. Tabla 12. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en hospitales. RETOS Demandas de asistencia religiosa por parte de los internos Selección y autorización de los ministros de culto RESPUESTAS Desequilibrio entre la respuesta institucional e individual Procedimiento de acreditación formal y discrecionalidad respecto ministros de culto presentes informalmente 71 Libertad/Restricciones de movimiento de los ministros de culto Financiación de la asistencia religiosa Desigualdades en los accesos y espacios permitidos realizar visitas Desigualdades en la financiación de la asistencia religiosa Fuente: Elaboración propia. A modo de resumen En los centros hospitalarios las cuestiones relacionadas con la religión son generalmente poco visibles y consideradas como un asunto secundario por parte de la institución. En general no se considera un aspecto conflictivo y las demandas por parte de los pacientes se cubren en su mayoría de manera privada a través de familiares o de la comunidad religiosa de pertenencia. Existen considerables diferencias entre la asistencia religiosa católica, que se encuentra institucionalizada y goza de financiación, y la del resto de confesiones religiosas, que depende más de la voluntad de cada centro. En la mayoría de los casos los representantes de las minorías religiosas acceden a los hospitales como visitas particulares bajo de demanda de familiares o miembros de sus comunidades religiosas. Los cuidados paliativos son un ámbito donde la dimensión espiritual del individuo cobra una mayor importancia. 3.3.2. Espacios de culto Como en el caso de los centros penitenciarios, los centros hospitalarios en España han contado históricamente con capillas católicas. La estrecha vinculación entre Iglesia católica y la institución pública ha dejado huella hasta hoy a pesar de las transformaciones del escenario religioso y la diversificación del bagaje religioso de la población. Si bien en el caso de prisiones se hace evidente la falta de espacio, en el caso de hospitales pueden identificarse cuatro tipos de respuestas ante una posible reconfiguración de la denominación, diseño y uso de los espacios destinados a los cultos religiosos. 72 Cuatro respuestas ante la reconfiguración de los espacios de culto Los acuerdos concordatarios firmados por el Estado español con la Santa Sede en 1979 y el hecho de que la cuestión religiosa sea considerada secundaria han dado lugar a que muchos centros no hayan realizado ningún tipo de adaptación, renovación o redistribución del diseño de los espacios de culto existentes, manteniéndose intactas las capillas católicas como los únicos espacios para las celebraciones religiosas. Esta tendencia encontrada en muchos centros no se ha traducido tampoco en una alteración de la manera de denominar e indicar el espacio de culto, un espacio reservado exclusivamente, aunque sea de manera simbólica, al capellán y población católica. Algunos centros, sin embargo, han introducido pequeñas modificaciones. Es el caso de los centros que han modificado el nombre de este espacio sustituyendo la denominación de apilla àpo àu àt i oà sà eut alà o oàesàelàdeà o ato io . No obstante, esta adaptación no ha ido acompañada de un rediseño del espacio y se ha mantenido la arquitectura de la capilla. Estas pequeñas alteraciones formales en algunos casos han implicado, por iniciativa del propio capellán, ceder ocasionalmente el espacio a otros grupos religiosos como los evangélicos y anunciar sus servicios religiosos. Una tercera respuesta, claramente excepcional, ha sido la reconversión de las antiguas capillas católicas en espacios multiconfesionales . En este caso, la antigua capilla ha pasado aàde o i a seà espa ioà ulti o fesio al à ,àsià ie àseàhaà a te idoàlaàa uite tu aà atóli a,à se han incorporado pequeñas modificaciones atentas a la diversidad, como por ejemplo un armario donde las minorías pueden guardar el material que utilizan. En cuarto lugar, en los centros de creación más reciente se ha optado por sustituir la antigua capilla por la creación de nuevos espacios ulti o fesio ales ,à espa iosà deà sile ioà oà reflexión en la línea de incorporar la dimensión religiosa y espiritual en un sentido más amplio dentro de una visión integral del paciente. Esta respuesta ha dado lugar a espacios muy heterogéneos: desde destinar una habitación vacía, a crear un espacio más cálido y respetuoso con las distintas minorías religiosas incluyendo objetos y diversa simbología. No obstante, la vigencia de los acuerdos concordatarios y los convenios específicos sobre asistencia católica en hospitales ha dificultado la búsqueda de la neutralidad en términos de 73 ausencia de simbología católica por parte de los hospitales. La neutralidad promovida desde ciertos sectores católicos ha sido en términos de movilidad más que una ausencia de símbolos y mobiliario. Este ha sido sobretodo el caso de ciertos capellanes intentando compaginar la visión del hospital con la del obispado. En este sentido, es habitual encontrar símbolos religiosos católicos en estas nuevas salas, como por ejemplo un altar (con ruedas) o un crucifijo (móvil). Y es que en la toma de decisiones y proceso de remodelación de estos espacios de culto el capellán católico sigue ejerciendo un papel destacado a diferencia de las minorías religiosas, que no han sido directamente partícipes de este proceso de diseño integrador. En su conjunto, por consiguiente, puede afirmarse que, respecto a estas cuatro respuestas observadas y tomando el continuum propuesto por Wendy Cadge (2012) en la descripción y análisis de los hospitales americanos, la denominación y diseño de los espacios de culto en los centros hospitalarios se han mantenido muy ligados a la tradición católica. La investigación ha puesto de manifiesto que, como en el caso de las prisiones, en los hospitales no existe una política única y generalizada de gestión de los espacios dedicados al culto y las actividades religiosas en general. En cambio, como elemento característico de los hospitales destaca el hecho que frente a medidas incipientes de mayor apertura a la diversidad religiosa, permanecen en la mayoría de los hospitales las tradicionales capillas de uso exclusivamente católico. Estos espacios son el legado de la previa integración orgánica entre Iglesia católica y estado, pero también la evidencia de que en la actualidad la asistencia religiosa católica cuenta con un mayor apoyo institucional real y simbólico que el resto de grupos religiosos. Antiguos, ausentes o emergentes: los usos de los espacios de culto Más allá de las contadas adaptaciones y remodelaciones del espacio, se pone en evidencia que estas tienen pocas consecuencias prácticas ya que estos espacios continúan utilizándose casi exclusivamente para la celebración de ceremonias católicas. Por su parte, los representantes de los grupos religiosos minoritarios, aunque consideran positivamente esta iniciativa, a excepción de los grupos evangélicos, la mayoría dice no hacer uso de ellos. La práctica y asistencia religiosa se continúa realizando de manera individual en las 74 habitaciones, ya que con frecuencia son consideradas por algunos grupos como espacios más acogedores para oraciones y rituales. De hecho, durante el trabajo de campo, determinados grupos, como es el caso de los musulmanes, han manifestado su deseo de no compartir espacio con otras confesiones religiosas a pesar de que teóricamente cumpla con los requisitos que serían deseables para ellos, como puede ser el contar con una piedra que indique la orientación a la Meca. Este hecho representaría un ejemplo de las consecuencias no deseadas de una gestión atenta a la diversidad. Es decir, que la adopción de medidas específicas para dar respuesta a los desafíos que se plantean en las instituciones no siempre se traduce en los resultados esperados. Ello puede, en ocasiones, ser consecuencia del escaso espacio de participación concedido a los grupos minoritarios o de la falta de interés por su parte de participar en tales procesos. Los profesionales sanitarios también coinciden en señalar que estos espacios son infrautilizados por parte de las minorías religiosas a pesar de las modificaciones que se han incorporando en algunos hospitales. Al mismo tiempo se ha observado, como también apunta la socióloga americana Wendy Cadge (2012), que la remodelaciones de los espacios de culto hacia salas multiconfesionales ha dado lugar a nuevos usos de dichos espacios como espacios de silencio y meditación desvinculados de cualquier tradición religiosa. Tenemos constancia de que familiares de personas ingresadas o incluso miembros del personal del centro utiliza con esta finalidad las salas de culto. Sin embargo, no disponemos de datos exhaustivos para cuantificar este uso emergente. Tabla 13. Retos y respuestas espacios de culto en hospitales. RETOS RESPUESTAS Espacios religiosos Escasas o tímidas transformaciones para garantizar la neutralidad en un nuevo escenario de diversidad Condiciones de los espacios de culto Mantenimiento de símbolos católicos Distribución de los horarios Programación de actividades religiosas los fines de semana y horas libres Nuevos usos desligados de confesiones religiosas Fuente: Elaboración propia. 75 A modo de resumen Históricamente, y como recoge el acuerdo firmado con el Vaticano, todos los centros hospitalarios españoles disponen de una capilla católica. Actualmente estos lugares de culto continúan siendo mayoritariamente de uso exclusivamente católico, aunque algunos centros han ido introduciendo paulatinas modificaciones (cambio de denominación, uso de mobiliario móvil, etc.) para dar respuesta al aumento de la diversidad religiosa. 3.3.3. Acomodación de la práctica religiosa A pesar de que el tiempo de ingreso hospitalario ha ido disminuyendo, en los hospitales aún tienen lugar prácticas religiosas como las celebraciones, los rituales o el seguimiento de preceptos alimentarios que se hacían presentes en el análisis de los centros penitenciarios. Las respuestas en el caso de los centros hospitalarios se encuentran muy marcadas por el grado conflictividad o por si son prácticas que entran en contradicción con criterios asistenciales, es decir, si van más allá del ámbito propiamente religioso. Si no comportan otras dificultades, la tendencia general es mantener u obviar estás cuestiones. Las celebraciones religiosas colectivas: tradición La celebración de manera regular, semanalmente, de ceremonias de culto católicas es quizás uno de los elementos anteriormente señalados que recibe menos atención, pero se pone de manifiesto en el trabajo de campo. Estas celebraciones son generalmente poco numerosas y atendidas mayoritariamente por miembros externos del hospital, feligreses de la parroquia local, más que por pacientes del hospital o familiares. Aunque es aún excepcional, algunos hospitales permiten la celebración de cultos evangélicos, siendo estas las únicas celebraciones religiosas más allá de las católicas que se llevan a cabo en centros hospitalarios de manera colectiva. Testigos de Jehová y tratamientos con sangre y hemoderivados: el mayor reto para la institución En la acomodación de la práctica religiosa en el funcionamiento cotidiano de los centros 76 hospitalarios, la cuestión que ha generado mayor controversia y ha recibido una mayor atención a nivel institucional es la negación de los Testigos de Jehová a recibir tratamientos con sangre y hemoderivados. Este es un tema que ha sido muy trabajado tanto desde los centros hospitalarios, que han creado protocolos de actuación, como a través de las propias comunidades de Testigos de Jehová que en algunos casos han facilitado materiales de trabajo a los centros, ejerciendo presión y reivindicando lo que ellos consideran un derecho. Desde lasà o u idadesàseàhaàp o o idoàlaà ea ió àdeàlosà o it sàdeàe la eà o àlosàhospitales ,à grupos de Testigos de Jehová que intentan mediar entre el paciente y el centro hospitalario en casos de conflicto. Actualmente se trata de una cuestión que está totalmente protocolizada, por lo que se ha reducido la conflictividad tratándose como casos relativamente normalizados ante los que la institución y el personal sanitario cuentan con un protocolo de actuación. Ahora bien, la presencia de menores continúa generando gran controversia y en estos casos es la justicia quien interviene en la decisión final. Para los Testigos de Jehová continúa existiendo una situación de discrecionalidad y un doble rasero por parte de la institución hospitalaria, ya que consideran que otras prácticas que pueden ser controvertidas a nivel de principios morales, como es el caso del aborto, se proporciona una alternativa desde la sanidad pública, derivando a un centro privado la intervención. Al mismo tiempo, medidas como el testamento vital o el documento de voluntades anticipadas, elaborado en el marco de la Ley de Autonomía del Enfermo, son valorados muy positivamente por parte de los representantes de la comunidad como un gran avance que facilita expresar con claridad el deseo de no recibir una transfusión o cualquier otro tratamiento con hemoderivados. Más aún, los propios comités de enlace con los hospitales han generado un documento propio, laà ta jetaà deà i st u io esà p e ias , en el que cada persona en caso de encontrarse inconsciente u incapacitada para tomar decisiones en materia de salud, especifica las instrucciones de no administrar sangre haciendo referencia explícita al testamento vital registrado oficialmente en caso de ser necesaria la verificación de esta voluntad. Otros retos presentes A parte de la negación a recibir tratamientos, ciertos hospitales han manifestado la negativa 77 de algunas personas musulmanas a ser sometidas a una operación quirúrgica durante el mes sagrado del Ramadán. Son casos excepcionales pero que el personal sanitario destaca respecto a las dificultades de programación y reorganización de intervenciones por motivos religiosos. Otros temas relacionados con la práctica cotidiana tienen una presencia anecdótica. Es el caso, por ejemplo, de las circuncisiones por motivos religiosos, que no acostumbran a realizarse a través de la sanidad pública, ya que se incluyen en su cartera de servicios, realizándose de manera privada por especialistas de la comunidad religiosa o en centros médicos privados. Respecto al momento de la muerte, a menudo las familias solicitan llevar a cabo algunas prácticas justo después de fallecer la persona enferma. Si estas no implican la manipulación del cadáver (lavado ritual, unción, etc.) se realizan en la intimidad de la habitación del hospital. Si no, se desarrollan en el tanatorio, donde el servicio funerario suele tener un espacio habilitado para este tipo de prácticas. En el caso de los símbolos religiosos normalmente los pacientes pueden tener en la habitación, como objetos personales, símbolos religiosos siempre y cuando no sean de grandes dimensiones y no impidan el normal funcionamiento de las actividades sanitarias. Este tipo de objetos y símbolos son autorizados en la medida en que su impacto negativo, es a ojos de los profesionales, nulo y, en cambio, pueden proporcionar bienestar y tranquilidad a quienes los utilizan. Alimentación y preceptos religiosos Finalmente, un último aspecto destacado es respecto al seguimiento de preceptos alimentarios durante la estancia del paciente en el hospital. Estos casos reciben desde la institución la misma consideración que las alergias alimentarias o la necesidad de dietas específicas fijadas por motivos médicos. Existen menús alternativos que consisten si ple e teà e à laà op ió à egeta ia aà oà si à e do ,à si à se à u à e úà ueà puedaà se à considerado específicamente kosher (judío) o halal (permitido por la tradición islámica). Por parte de la institución, está cuestión no presenta problemas y es percibida como un aspecto menor. 78 Tabla 14. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en hospitales. RETOS RESPUESTAS Celebraciones religiosas Permitidas en el espacio de culto Rechazo tratamientos con sangre y hemoderivados por parte de los Testigos de Jehová Protocolización y documento de voluntades anticipadas Prescripciones dietéticas Variedad de dietas inherente a los hospitales Ritos Son permitidos Símbolos religiosos personales Son permitidos Fuente: Elaboración propia A modo de resumen La práctica religiosa cotidiana de los pacientes no es considerada un aspecto conflictivo por parte de los centros, excepto en aquellos casos que entra en contradicción con el tratamiento o práctica sanitaria. El caso más destacado en este sentido es la negación por parte de los miembros de los Testigos de Jehová a recibir tratamientos con sangre o hemoderivados. Actualmente todos los hospitales disponen de un protocolo que regula cómo proceder ante la negación de un paciente a este tipo de tratamientos alegando motivos religiosos, siendo un proceso incorporado en la lógica de la institución y que únicamente requiere de intervención judicial en caso de que sean menores las personas involucradas. El resto de prácticas religiosas, como la celebración de ritos de paso, actividades de culto, prescripciones alimentarias o tenencia de símbolos religiosos, son permitidos siempre y cuando no sean obstáculo para el desarrollo del tratamiento o la actividad de los profesionales. 3.4. Comparación entre ambas instituciones Una vez presentados por separado los resultados de centros hospitalarios y centros penitenciarios trazando los paralelismos entre ambos tipos de instituciones públicas que implican el internamiento y estancia de personas durante un periodo de tiempo variable, cabe destacar que entre ellas existen también importantes diferencias en lo que respecta a la 79 gestión de la diversidad religiosa. De entrada, el hecho de tratarse de instituciones con temporalidades y espacialidades muy diferentes genera al mismo tiempo necesidades muy distintas y respuestas deudoras de estas especificidades institucionales. Así, por ejemplo, los centros penitenciarios albergan una población más estable que los hospitales. En las prisiones, los periodos de internamiento son mucho más prolongados y los familiares o la comunidad religiosa propia difícilmente pueden satisfacer las necesidades religiosas y espirituales de los internos de manera autónoma. En este sentido, la institución es la única garante y gestora del cumplimiento de los derechos de asistencia religiosa. Por el contrario, en los hospitales el carácter abierto de la institución permite un mayor margen de maniobra del entorno más cercano de los pacientes a la hora de proveer y gestionar la asistencia religiosa. Es decir, en el caso de los hospitales el acceso de personas ajenas a la institución sin ningún tipo de autorización resulta mucho más fácil, lo que posibilita que sea el propio entorno social de las personas ingresadas el que se encargue de manera autónoma de organizar la asistencia a sus seres queridos. Ahora bien, éste es sobre todo el caso de las personas de las minorías religiosas, y no tanto el de la Iglesia católica, que cuenta con apoyo institucional para ofrecer sus servicios a las personas ingresadas. Por otro lado, en relación con la existencia y gestión de los espacios dedicados al culto, si bien la ausencia de una política general es una constante tanto en el ámbito penitenciario como en el hospitalario, existen diferencias significativas entre ambos contextos institucionales. Así, la limitación de espacios disponibles para las actividades religiosas en ambas instituciones encuentra diferentes respuestas: mientras en los centros penitenciarios de manera general se ha optado por reformular los espacios dedicados a usos religiosos de modo que cubran las necesidades de otras actividades seculares y de otros grupos religiosos, en la mayoría de los hospitales la capilla católica continúa manteniendo su carácter exclusivo religioso y católico. Sólo en contadas ocasiones son utilizadas las capillas católicas de los centros hospitalarios por otros grupos religiosos o destinadas a la celebración de actividades no religiosas, como pueden ser reuniones del personal;à à laà o st u ió à deà espa iosà ulti o fessio ales à es aún anecdótica si bien una tendencia levemente creciente. En definitiva, la observación en los centros penitenciarios pone en evidencia la existencia de una mayor apertura, intencional o no, a la diversidad religiosa en términos de espacios, así como también una mayor conciencia por parte de la Iglesia católica de las necesidades del resto de 80 grupos religiosos. Por el contrario, en los centros hospitalarios se evidencia una menor conciencia en torno a presencia de grupos religiosos minoritarios y el dominio católico y exclusividad del uso de los espacios continúa siendo mucho más evidente. A ello se suma, además, que en el caso de los hospitales es habitual que las personas pertenecientes a las minorías con frecuencia consideren más acogedora la propia habitación para realizar las oraciones y rituales deseados, por lo que no suelen realizar demandas de espacios específicos. Finalmente, también existen diferencias notables en el nivel de ajuste entre el funcionamiento de las instituciones y la práctica religiosa cotidiana de las personas internas o ingresadas en estas dos instituciones. En el caso de las prisiones al estar privadas de libertad es la institución la responsable y encargada de gestionar y proveer todos los aspectos de la vida de las personas internas. Por este motivo, resulta más sencillo identificar una actividad más proactiva por parte de los centros penitenciaros en relación a estas cuestiones a diferencia de los hospitales, donde hay una mayor apertura y flexibilidad en el régimen de ingreso de los pacientes. De esta manera, en el caso de las prisiones, la propia institución es la principal y única garante del respeto al derecho de libertad religiosa y, por tanto, se encuentra sujeta a una mayor exigencia de responder a las demandas de los usuarios. Por el contrario, en los hospitales, en caso de necesidad es de nuevo el propio entorno social el que con frecuencia satisface esas demandas. Al mismo tiempo, la mayor duración de las estancias también favorece que sea en los centros penitenciaros donde surgen un número mayor de necesidades y demandas relacionadas con cuestiones religiosas. Así, por ejemplo, mientras que en las prisiones, aunque como hemos visto sean desincentivados por parte de la institución y las propias comunidades religiosas en el caso de celebrarse en su interior, la dirección gestiona la organización de los rituales de paso de manera conjunta con el grupo religioso en cuestión. En el caso de los hospitales, estas celebraciones tienden a externalizarse y a desarrollarse bien en los tanatorios en el caso de las defunciones, bien en las comunidades religiosas de pertenencia, en el caso de rituales asociados con el nacimiento. Por tanto, según se pone de manifiesto en el trabajo de campo realizado, en el ámbito hospitalario estas necesidades pasan más desapercibidas o son prácticamente inexistentes. 81 Pueden identificarse diversos factores externos e internos que ayudan a explicar las diferencias en la acomodación de la diversidad religiosa en ambas instituciones: Factores explicativos externos Un primer factor explicativo de las diferencias en la acomodación de las minorías religiosas de carácter externo se asocia a la repercusión que tuvo el atentado terrorista de 2004 en la gestión de la diversidad religiosa en el contexto carcelario. El 11M amplió las preocupaciones de seguridad con respecto a la religión y alentó la implementación de mecanismos para garantizar los derechos religiosos de los internos en los centros penitenciarios. El atentado generó una gran preocupación a nivel político y de las fuerzas de seguridad así como un creciente interés por el respeto, pero también control, de los derechos de los internos especialmente en relación a las personas musulmanas. En este contexto se consideró que era mejor anticiparse para evitar posibles problemas adoptándose una actitud proactiva en este ámbito. Esta lógica es lo que ha llevado a las instituciones penitenciarias a desarrollar iniciativas como la financiación pública de los imames y a organizar el servicio de asistencia religiosa islámica en prisiones. Esta actitud proactiva puede generar algunas situaciones peculiares en las que el personal de las instituciones penitenciarias puede acabar traspasando los límites de su función, interviniendo y posicionándose en aspectos estrictamente religiosos. Como ejemplo de este tipo de situaciones, destaca, como el trabajo de campo puso de manifiesto, que durante la celebración del Ramadán en algunos centros penitenciarios el personal funcionario controlaba el seguimiento del ayuno de las personas musulmanas que habían solicitado celebrarlo. Esta función de control tenía en algunos casos como consecuencia que el personal funcionario se mostrara crítico e incluso reprochara a aquellas personas que optaban por abandonar la práctica del ayuno antes de la finalización del mes sagrado de Ramadán. Otro de los elementos externos a tener en cuenta a la hora de explicar las diferencias en el enfoque y tratamiento de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones es el perfil de la población que alberga cada una de estas instituciones. Así, mientras en el caso de las prisiones existe una mayor diversidad religiosa, sobre todo como consecuencia de la elevada presencia de personas internas de origen extranjero, en el caso de los hospitales el perfil es 82 menos diverso, puesto que la población inmigrante tiene una edad media joven y, por tanto, su presencia en estas instituciones es menor. Esta diferencia en el perfil de la población implica una menor demanda de asistencia religiosa de personas pertenecientes a las minorías religiosas que en el caso de hospitales. Será interesante ver si la respuesta de los hospitales variará con el envejecimiento de la población de origen extranjero y la previsible diversificación religiosa de la población usuaria de los servicios. Finalmente, a partir del trabajo de campo se ha podido evidenciar un tercer factor externo que también puede dar cuenta de las diferencias entre hospitales y prisiones en la gestión y acomodación de la diversidad religiosa. Se trata de la orientación ideológica de los miembros de la Iglesia católica que trabajan en estos dos tipos de instituciones. Así, mientras en el caso de las prisiones los capellanes católicos suelen adoptar en términos generales una actitud más progresista, también en relación con la diversificación religiosa de la población, en los hospitales se ha observado una menor conciencia de la diversidad y mayor resistencia a la pérdida del monopolio. En el caso de los centros hospitalarios se observa que los representantes de la Iglesia católica tienen una visión más conservadora de la religión y más relacionada con la celebración de sacramentos que en el caso de las prisiones, donde las celebraciones y tipo de actividades religiosas se adaptan a las necesidades de la población y las condiciones específicas de cada centro. Sin embargo, el contexto hospitalario también está lleno de matices y a pesar de esta tendencia general más conservadora muy ligada al cumplimiento de los acuerdos concordatarios, el nuevo escenario de diversidad ha llevado a algunos capellanes, sobre todo en los hospitales de nueva construcción, a conciliar, a diferentes niveles según cada caso, estos acuerdos con la voluntad de adecuar los espacios a la pluralidad religiosa exigida por la administración del hospital. Factores explicativos internos Por otra parte, también deben considerarse diversos factores internos que explican las diferencias en la gestión de las cuestiones religiosas en ambas instituciones. En este sentido, uno de los factores que afecta a la gestión de la diversidad religiosa es que los centros penitenciarios son una de las instituciones públicas menos privatizadas en España. Como institución total, en términos de Goffman (1961), el Estado es el responsable de garantizar los 83 derechos de las personas internas, que en este caso no tienen otra manera de acceder a la asistencia religiosa. En el sistema penitenciario se han previsto, estructurado y organizado todos aquellos aspectos relacionados con las cuestiones religiosas. Las prisiones son instituciones de internamiento herméticas, lo que obliga a la creación y seguimiento estricto de los procedimientos establecidos. Éste sería el caso de la necesidad de acreditación formal de las personas encargadas de prestar la asistencia religiosa en los centros y de la prestación de asistencia religiosa que se encuentra también institucionalmente regulada, planificada e implementada. Hay poco espacio para la espontaneidad y para incorporar innovaciones procedentes de fuera de la institución. Por el contrario, los hospitales, incluso públicos, comparten rasgos de las instituciones privadas y más a menudo son atravesados por lógicas neoliberales. Por lo tanto, los derechos religiosos son percibidos a través de esta misma lógica, lo que ha favorecido la aparición de lo que se ha llamado un modelo de acceso libre . Este modelo delega parte de la responsabilidad de la prestación de la asistencia religiosa no católica a las familias de los pacientes, que a menudo se ven obligadas a buscar sus propios ministros de culto. Sin embargo, la lógica neoliberal de los hospitales también favorece la aparición de "emprendedores" que luchan por los derechos de las minorías. Los centros hospitalarios son mucho más permeables a este tipo de iniciativas externas que las prisiones. El funcionamiento de los hospitales anima a la materialización de ciertas excepciones que pueden llegar a ser más igualitarias e inclusivas; experiencias promovidas por un miembro del personal, un paciente o alguien vinculado de una u otra forma con el hospital. Sin embargo, e à losà asosà e à ueà oà ha à u à e p e dedo à ueà lu heà oà eleà po à losà de e hosà deà lasà minorías, la situación con respecto a la acomodación de la diversidad religiosa es más deficiente en estas instituciones que en los centros penitenciarios. Por último, un segundo factor interno inherente a las propias instituciones, y a tener en cuenta a la hora de buscar explicaciones a las diferencias entre ambas, es la función social y las expectativas depositadas en ellas. En este sentido, las prisiones y su función explícita de control y rehabilitación gozan de menor prestigio y legitimidad social que los hospitales, cuya función de atención, cuidado y cura de los pacientes goza de una gran valoración social. Por tanto, los esfuerzos realizados por parte de las instituciones penitenciarias para dar respuestas más activas e inclusivas en términos religiosos pueden también entenderse como una estrategia por potenciar y hacer visible una cara más amable de la institución donde está 84 presente el respeto a los derechos de las personas internas y la legitimación social de la propia institución. 3.5. Revisión de las hipótesis 3.5.1. ¿Modelo pluralista o laicista? Hipótesis 1: El modelo de acomodación de la diversidad religiosa que se está desarrollando en las instituciones públicas españolas tiende hacia una gestión pluralista. Es decir, se dirige no tanto hacia la eliminación de la religión de estos ámbitos, como a la incorporación de nuevos elementos de diferentes minorías religiosas que tienen actualmente una mayor presencia pública. Pluralismo asimétrico o desigual El crecimiento de la diversidad religiosa no ha derivado en una limitación de los derechos de las organizaciones religiosas ni en la restricción de la presencia del catolicismo en las instituciones públicas, sino que, y siguiendo la tónica dominante en la mayoría de países europeos, se ha producido una "extensión de los privilegios a un número cada vez mayor de confesiones religiosas" (Enyedi 2003: 219). De este modo, los resultados obtenidos en la investigación llevada a cabo confirman la primera hipótesis. El crecimiento de las minorías religiosas y la secularización del estado y de la sociedad española en términos generales ha conllevado la construcción de un modelo de gestión de tipo pluralista. Sin embargo, es importante destacar que no se puede hablar de modelo de gestión como una entidad homogénea y coherente ya que se aprecian diferencias considerables entre lo que propugna el marco legal, las políticas públicas impulsadas por el gobierno y las acciones que se llevan a cabo en cada contexto institucional. Por un lado, a nivel legal, se constata la creación de un sistema de pluralismo asimétrico basado en un mecanismo de cooperación selectiva con las organizaciones religiosas, un sistema de trato desigual hacia las confesiones religiosas. De este modo, la investigación pone en evidencia la existencia de un sistema legal de acomodación de la diversidad religiosa 85 basado en lo que hemos denominado pluralismo asimétrico. El ordenamiento jurídico garantiza el derecho a la libertad religiosa y de conciencia de toda la ciudadanía pero el sistema de reconocimiento y protección legal de los derechos varía en función del grupo religioso al que se pertenece. Es decir, desde la Transición democrática hasta nuestros días se ha establecido un sistema jerárquico organizado a partir de cuatro niveles diferentes de reconocimiento que, articulados a partir de instrumentos jurídicos distintos, atribuyen mayor o menor protección a los derechos individuales y colectivos en materia religiosa. Tabla 15. Niveles e instrumentos legales de reconocimiento de las confesiones religiosas NIVELES DE CONFESIONES RELIGIOSAS INSTRUMENTO LEGAL RECONOCIMIENTO Primer nivel de Iglesia Católica Acuerdos concordatarios con rango de Tratado Internacional (1979) reconocimiento Segundo nivel de Protestantismo, Judaísmo e Islam Acuerdos de Cooperación con rango de Ley Orgánica (1992) reconocimiento Tercer nivel de Iglesia de Jesucristo de los Santos Reconocimiento jurídico de notorio reconocimiento de los Últimos Días (2004), arraigo Testigos de Jehová (2006), Budismo (2007), Iglesia Ortodoxa (2010) Cuarto nivel de Las otras confesiones religiosas reconocimiento (Hinduismo, Taoísmo, Cienciología, Registro de Entidades Religiosas etc.) Fuente: Elaboración propia. A nivel práctico, las diferencias existentes son especialmente evidentes al comparar la situación de la Iglesia católica con la de las demás confesiones. El estudio ha permitido constatar que, tal y como Fernández Fernández (2008) pone de manifiesto, las diferencias se evidencian principalmente en los siguientes cuatro aspectos: 86 A. La asistencia católica es estable y permanente en todos los centros penitenciarios y hospitalarios analizados, mientras que la asistencia religiosa y espiritual de las otras confesiones está sometida a una mayor variabilidad así como a un elevado grado de discrecionalidad por parte de la dirección de los centros. B. El tipo de relación contractual y de reconocimiento mutuo entre la institución y la confesión religiosa es directa en el caso católico e inexistente o débil en los demás casos. Sólo en contadas ocasiones las instituciones penitenciarias y hospitalarias facilitan una relación contractual con los ministros de culto de las confesiones minoritarias. C. La legislación relativa a la asistencia religiosa de las minorías es poco detallada y da pie a situaciones ambiguas, mientras que la católica se encuentra bien delimitada, especificando incluso el número de capellanes correspondientes de acuerdo con el número de camas existentes. D. La asistencia católica disfruta de financiación estatal mientras que las otras confesiones no disponen de tales fondos o, en aquellos casos en los que cuentan con financiación pública, la dotación es mucho menor. En este sentido, a modo de ejemplo, es pertinente destacar que mientras la partida presupuestaria dedicada a la prestación de la asistencia católica en prisiones en 2010 ascendió a 777.940 euros, según datos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a la Comisión Islámica de España en el mismo año y para la misma finalidad (SGIP, 2010) se le adjudicaron 8.648 euros, y al resto de confesiones nada. Prag atis o, dere hos hu a os apro i a ió aso por aso En los últimos años, desde las instituciones gubernamentales, y especialmente desde la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Generalitat de Catalunya y desde la Fundación Pluralismo y Convivencia del Ministerio de Justicia, se ha potenciado un sistema de gobernanza de la diversidad más inclusiva y encaminada a normalizar la presencia de las minorías religiosas en la vida pública y en el marco de instituciones como los hospitales y las prisiones. En esta línea, se han publicado guías de buenas prácticas, se ha potenciado la 87 formación de los profesionales en esta temática y se ha facilitado la financiación de algunas actividades organizadas por las minorías, entre otras cuestiones. Sin embargo, la desigualdad entre la Iglesia católica y demás confesiones a nivel de status jurídico, reconocimiento institucional y recursos aportados es, todavía, muy importante. Ello conduce, inevitablemente, a hablar de 'desigualdad estructural' entre la Iglesia católica y el resto de organizaciones religiosas en cuanto el reconocimiento y la protección y salvaguarda de los derechos de libertad religiosa. Situar el caso español en perspectiva comparada muestra similitudes con el caso británico, descrito por Beckford y Gilliat-Ray (1998) en su análisis de los centros penitenciarios. En ambos países las prisiones han formalizado los procesos de atención religiosa a los internos independientemente de su confesión religiosa. De la misma manera, si bien aun tímidamente, en los dos casos el estado ha comenzado a financiar la atención religiosa de confesiones distintas a la mayoritaria y ha creado protocolos para facilitar la creación y acondicionamiento de espacios comunes multiconfesionales o interconfesionales para desarrollar las prácticas religiosas. En ambos países, además, las autoridades de los centros penitenciarios y hospitalarios muestran un cierto interés y preocupación por esta cuestión – elemento, por ejemplo, que no tiene parangón en Francia (Joly y Beckford, 2006). Es importante mencionar también que existe un discurso compartido por el personal directivo de las diferentes prisiones y hospitales que enfatiza que la gestión de la diversidad religiosa responde a la necesidad de garantizar el derecho a la libertad religiosa sin alterar, sustancialmente, el funcionamiento ordinario de los centros. Esta actitud pragmática frente a la tensión entre la voluntad universalista de los servicios públicos y los intereses particulares ep ese tadosàe àlasàde a dasà eligiosasàdeàlosài te osà oi ideà o àlaà filosofíaàp ti a à que según Zapata-Barrero orienta la política sobre inmigración en España, la cual no se basa e à u aà ideaà p e o e ida,à si oà so eà lasà p egu tasà à lasà espuestasà ueà ge e aà laà p opiaà p ti aàdeàgo e a ilidadàdeàlaài ig a ió à :à .àEsteàhe hoàesà la a e teà isi leàalà analizar el marco discursivo-ideológico que orienta la gestión pública en esta área. Así, mientras el multiculturalismo es la ideología empleada por las autoridades británicas para justificar su modelo y el laicismo en Francia, en el caso español es el discurso de los derechos constitucionales y la consideración práctica de hacer compatibles los distintos intereses en juego lo que configura el marco normativo-discursivo de referencia. Esta voluntad pragmática 88 favorece la estrategia de la negociación entre los actores y, por lo tanto, facilita la acomodación de las diferencias en el seno de las instituciones. Sin embargo, simultáneamente, la ausencia de una narrativa ideológica clara de referencia junto con el peso histórico del confesionalismo español abren la puerta a una mayor discrecionalidad y disparidad en la forma como las distintas instituciones públicas responden a las nuevas situaciones que se les plantean. Es decir, la adopción de una lógica pragmática de acomodación constituye un arma de doble filo: si bien puede facilitar la consecución de acuerdos, también abre la puerta a la perpetuación del catolicismo banal (Griera y ClotGarrell, 2015) y a los mecanismos informales e invisibles de discriminación. Esta cuestión nos conduce a la segunda hipótesis que analiza el papel de la Iglesia católica en este nuevo escenario. 3.5.2. La actitud de la Iglesia católica: ¿colaboración o resistencia? Hipótesis 2: La presencia de minorías religiosas en las instituciones públicas, como es el caso de los hospitales y prisiones, pone en cuestión el monopolio del que gozaba tradicionalmente la Iglesia Católica. En este sentido, ésta opone una cierta resistencia a la pérdida de espacios y de presencia en estas instituciones. Heterogeneidad La revisión de esta segunda hipótesis permite analizar la actitud adoptada por la Iglesia católica ante la secularización y desmonopolización de las instituciones públicas españolas. La primera observación más relevante es constatar la ausencia de una postura única y coherente al respecto. Las circunstancias concretas de cada contexto institucional así como la actitud y personalidad de cada actor dotan de gran complejidad al asunto y muestran la necesidad de no considerar a la Iglesia católica como una institución monolítica. Resulta clarificador poner el caso español en perspectiva comparada. Tomando de nuevo la investigación de Beckford y Gilliat-Ray (1998) como referencia, si comparamos el caso español con el inglés observamos que en ambos territorios la iglesia mayoritaria –la anglicana en el caso británico y la católica en el español– goza de una posición privilegiada en el seno de las instituciones penitenciarias y hospitalarias. Esta posición dominante se explica en el 89 caso británico por la lógica del establishment y en el caso español como consecuencia de una tradición de monopolio religioso, que fue especialmente visible en las instituciones analizadas (Fernández Fernández, 2008) y que está arraigada en su funcionamiento cotidiano, como muestran los resultados del trabajo etnográfico realizado. Beckford y Gilliat-Ray afirman que la Iglesia anglicana justifica públicamente su posición todavía dominante en las instituciones de internamiento dado su rol de bróker o intermediaria entre las minorías religiosas y el estado. En el caso español, en cambio, la posición central de la Iglesia católica se justifica frecuentemente con la idea de que el catolicismo es una tradición histórica bien arraigada en la sociedad española que hay que conservar. Ahora bien, por lo que respecta a su relación con las minorías religiosas, el análisis del rol de la Iglesia católica en el seno de los centros penitenciarios y hospitalarios en España evidencia, en cambio, la ausencia de una estrategia común y homogénea. Los resultados del trabajo de campo muestran que la actitud, las prácticas y el discurso de los actores católicos frente a las minorías religiosas varía y es contingente a cada contexto concreto, tal y como pone de relieve un representante p otesta te:à todoàdepe deàta i àdelà apell .àá uíàte e osàu oà ueàesàu àa igoà íoà à entonces en el centro él a veces pide cosas y lo hace por nosotros, pero si al capellán no le interesa, no quiere contacto con nosotros, pues, todo funciona así, a base de relaciones à (entrevista, 13/12/2011). Otro ejemplo de la importancia de las personalidad de cada actor se encuentra en el caso de un capellán católico que se enfrentó (sin éxito) a la dirección del hospital en el que trabajaba y al obispado de su zona para que se creara un oratorio ecuménico que diera cabida a un público no exclusivamente católico (entrevista, 30/10/2012). En los mismos discursos de los capellanes católicos se aprecia esta actitud contradictoria que, de acuerdo con Itçaina (2006), se puede afirmar que oscila entre el se ti ie toà o pasi oàpo àlosà a gi ados à àlaàp eo upa ió àpo àlaàaparición de un rival (Galembert, .à Mie t asà u oà deà losà apella esà seà efie eà aà u aà o fa ula ió à e t eà p otesta tesà à atóli os à pa aà o segui à u aà ejo aà e à laà p isió ,à alà is oà tie poà afi aà ueà haà ha idoà u à oo à ha iaà elà espetoà delà isla à à todoà eso en detrimento de otras eligio es à e t e ista,à / / . Además, la antigüedad de los grupos religiosos minoritarios en un determinado contexto puede favorecer el establecimiento de contactos más frecuentes con los representantes de la Iglesia católica y ello desembocar en una mejor 90 relación. Estos resultados contradicen ligeramente la segunda hipótesis, que afirmaba que la Iglesia católica opone resistencia activa a la pérdida del monopolio religioso del que gozaba en el pasado. El trabajo de campo permite constatar que no hay una actitud de rechazo generalizado hacia las minorías religiosas. Dada su menor capacidad organizativa y debilidad numérica, estos grupos difícilmente son percibidos por la Iglesia católica como amenazas reales para su preponderancia entre la población. En este sentido, es más perceptible la resistencia de la Iglesia católica hacia las autoridades políticas y administrativas que, en o asio es,à so à pe i idasà o oà p opulso asà deà u aà políti aà lai izado a , que no hacia las otras confesiones religiosas. Ejemplos de ello son las medidas legales adoptadas para garantizar la autonomía y protección de datos de los pacientes, que introducen obstáculos en el trabajo de los capellanes; o casos más simples como el hecho de que personal médico arranque carteles de información sobre el servicio de asistencia católica o que los funcionarios de prisiones no siempre se muestren amables a la hora de facilitar el acceso de los actores religiosos en los centros. De este modo, resulta ser más importante la lógica de oposición entre las autoridades públicas seculares y la Iglesia católica que entre esta última y las minorías. Son las medidas secularizadoras del estado –como la limitación de los espacios para uso exclusivo del culto en el marco de las instituciones– las que son percibidas como un ataque y contestadas con una resistencia explícita. Un técnico de la administración penitenciaria mencionaba: e ide te e teàlaàIglesiaà atóli aà a a,à a aà u ho.àOàsea,à o side aà ueàtie eàde e hosà adquiridosà àleà uestaà u hoàdesp e de seàdeàesoà¿ o? à E t e ista,à / / .àE àesteà sentido, es en esta dinámica de relación entre la Iglesia y el estado donde existen diferencias sustantivas entre Inglaterra y España. En Inglaterra, la mayor parte de los ministros de culto son funcionarios del estado y su labor como organizadores de la asistencia religiosa de las minorías les es adjudicada y reconocida por parte de las autoridades públicas (Wilkie-Buckley, 2008). En el caso español, y a pesar de que en momentos concretos un capellán puede actuar como mediador entre las instituciones y las minorías religiosas, esta figura no está investida con esta responsabilidad por parte de las autoridades políticas, ni tampoco tiene actualmente la categoría laboral de los funcionarios. Es decir, la lógica del establishment en Inglaterra genera una relación simbiótica entre el estado y la iglesia que en ningún caso es 91 trasladable al modelo de cooperación español. Catolicismo banal Las diferencias y desigualdades en el trato y condiciones entre la Iglesia católica y demás confesiones en el seno de hospitales y prisiones se expresan, principalmente, en los gestos simbólicos y las dinámicas informales. De este modo, la cotidianidad de las instituciones está imbuida de la herencia monoconfesional católica que se perpetúa a través de las rutinas y las costumbres. De una forma casi dada por supuesto, la hegemonía católica persiste y se reproduce a través de pequeños gestos que, si bien pueden parecer banales, no son triviales. Nos referimos, por ejemplo, a las celebraciones de la Merced (patrona de Instituciones Penitenciarias) o Navidad en los centros penitenciarios, la existencia de símbolos católicos como una virgen o una cruz en recintos institucionales o el hecho de conceder indultos a un número determinado de presos durante la Semana Santa, entre muchos otros ejemplos. A menudo se alega que todas estas cuestiones son, simplemente, tradiciones que persisten por inercia pero que hoy no tienen connotaciones religiosas ni afán de discriminación hacia el resto de confesiones. Es cierto que muchas de estas cuestiones se mantienen y perpetúan de forma irreflexiva y sin una intencionalidad clara detrás. Ahora bien, inevitablemente, contribuyen a ampliar la desigualdad existente entre las minorías religiosas y la Iglesia católica en nuestra sociedad. En las entrevistas realizadas a los miembros y representantes de las minorías religiosas, éstos destacan que son estas cuestiones percibidas como triviales las que, a menudo, juegan un papel clave a la hora de hacerles sentir 'ciudadanos de segunda'. La observación etnográfica revela cómo en la cotidianidad institucional estas pequeñas rutinas adquieren relevancia y se manifiestan con fuerza, si bien permanecen invisibles a ojos de la mayoría. Se trata de cuestiones como el mayor celo con el que se controla la entrada de los ministros de culto de las minorías religiosas en prisión comparado con el acceso de los capellanes católicos, o también el hecho de que el personal de enfermería haga la vista gorda cuando el capellán católico entra en habitaciones donde nadie le ha llamado pero sea muy estricto en prohibir la entrada a los ministros de culto de otras confesiones cuando no han sido solicitados previamente, entre muchas otras situaciones similares. 92 Con la voluntad de comprender esta situación, se ha acuñado el término "catolicismo banal" (Griera, 2012; Griera y Clot-Garrell, 2015) –que haciendo una adaptación del concepto de Michael Billig (1995) de nacionalismo banal enfatiza la importancia de los gestos sutiles y las rutinas dadas por supuesto a la hora de reforzar una posición hegemónica. Billig argumenta que a pesar de que el nacionalismo se suele asociar públicamente con formas agresivas, periféricas y ardientes de patriotismo, también hay mecanismos más sutiles, imperceptibles y ocultos en la reproducción de la nación. En este sentido, el autor enfatiza: "La imagen metonímica del nacionalismo banal no es una bandera que es enarbolada conscientemente con ferviente pasión, es la bandera que cuelga desapercibida en un edificio público" (Billig, 1995: 8). El catolicismo ba al à puedeà se à e te didoà deà u à odoà similar. Mientras los discursos sobre la religión en Europa tienden a presentar el fenómeno religioso en sus formas más fervientes, una atención más cuidadosa revela cómo rasgos característicos de los monopolios religiosos históricos se mantienen y se reproducen en la esfera de lo 'normal' en estas sociedades (Lehmann 2014). En el caso español, a pesar de las declaraciones formales que afirman el carácter laico de las instituciones penitenciarias y hospitalarias, la observación etnográfica y las entrevistas muestran la existencia de un catolicismo banal que se hace presente en las rutinas de la institución respecto la entrada y presencia de ministros de culto o la presencia de simbología religiosa en estos contextos. En este sentido, el catolicismo banal naturaliza, desproblematiza y convierte en invisible la hegemonía católica en el marco de las cárceles y hospitales a la vez que contribuye a reforzar la desigualdad estructural entre minorías religiosas e Iglesia católica. Oportunidades y espacios de acción El análisis de ambas instituciones muestra que, en muchas ocasiones, los representantes de la Iglesia católica realizan una amplia gama de actividades que no coinciden exclusivamente con las cuestiones asociadas con la asistencia religiosa. En primer lugar, la Iglesia católica adopta un rol clave en el marco de la cooperación y la asistencia social en la ayuda a los más desfavorecidos. Además, la crisis económica y la disminución de los recursos públicos han dotado de mayor envergadura a la acción de la Iglesia católica en este ámbito y han favorecido su acción en otros espacios. De este modo, por ejemplo, los capellanes católicos pueden acompañar a los internos en sus permisos temporales o ponerles en contacto con los 93 abogados y ayudar a sus familias y comunidades. También la provisión de refugio durante los permisos para aquellos internos que no disponen de una red social y el acompañamiento a los enfermos constituyen algunas de estas tareas. De hecho, la gestión de las casas de acogida para las personas que no cuentan con un entorno social en las cercanías del centro penitenciario ocupa una buena parte del trabajo realizado por diferentes grupos religiosos, especialmente la Iglesia católica y las iglesias protestantes. También el acompañamiento, sobre todo de personas mayores solas, durante visitas médicas o periodos de hospitalización constituye una parte importante de su trabajo. Más allá del papel social, en ocasiones los capellanes católicos realizan funciones de mediación en las instituciones. Así, por ejemplo, detectamos que en el marco de las prisiones son percibidos por la institución como cómplices en el mantenimiento de la paz social. En este sentido, uno de los entrevistados mencionó la solicitud que recibió por parte de un directivo pidiéndole que fomentara la no violencia entre los jóvenes reclusos; o el caso de otro capellán católico que medió entre la dirección y un interno, convenciendo al segundo para que detuviese una huelga de hambre. Al cumplir con esta solicitud, los capellanes católicos no sólo colaboran con el personal, sino que, además, refuerzan su legitimidad entre los miembros del personal y la dirección. Ahora bien, a veces también son percibidos como aliados de los internos, que ven en ellos a un actor independiente que puede facilitar la su relación con el personal de seguridad. En muchas ocasiones intervienen como mediadores informales entre internos y personal. En los hospitales, los capellanes católicos también desempeñan algunas funciones que van más allá de las estrictamente vinculadas a la prestación del servicio de asistencia religiosa. A veces forman parte de los comités de ética o pueden contribuir en los debates sobre cuestiones éticas así como en temas sociales a través su papel como voluntarios en vez del rol religioso. Además, en términos más concretos, en ocasiones también ayudan en la interlocución con las familias, especialmente en lo relativo a la comunicación de malas noticias o en situaciones en las que se tienen que tomar decisiones éticamente complejas en los tratamientos médicos. Sin embargo, su papel es más limitado que el de los capellanes de prisiones debido tanto a la fuerza del modelo biomédico que domina en los hospitales y los muchos otros recursos disponibles en la sociedad para hacer frente a las necesidades de los pacientes, las familias y el personal. En cierta medida, la presencia de capellanes en los 94 hospitales se ve ensombrecida por el poder de profesionales de la salud, así como la multiplicidad de organizaciones de la sociedad civil que intervienen, especialmente las asociaciones de pacientes, y la burocratización de los procedimientos. Finalmente, es relevante mencionar que, en ocasiones puntuales, el representante de la Iglesia católica colabora con los actores religiosos minoritarios para facilitarles su acción en el seno de las instituciones, como prisiones y hospitales, pero no se trata ésta de una labor recurrente. Es el caso, como se ha mencionado, de un capellán de la pastoral hospitalaria que apostó por la creación de un oratorio ecuménico en un hospital a pesar de que esta iniciativa le enfrentó a sus superiores. Otros ejemplos pueden encontrarse en el seno de las prisiones, como cuando el capellán comunica de manera informal a un representante de un grupo religioso minoritario que hay un interno que requiere de su presencia. 4. Conclusiones El desarrollo gradual del marco legal de regulación de los asuntos religiosos se ha ido construyendo mediante el establecimiento de un sistema de cooperación selectiva entre el gobierno y las comunidades religiosas, basado en tres niveles de reconocimiento. En primer lugar, el nivel católico. La Iglesia católica goza de pleno reconocimiento y apoyo a sus actividades en términos de financiación y facilidades para la provisión de la asistencia religiosa en instituciones públicas. A pesar del proceso de democratización y de desconfesionalización del Estado español, la posición dominante de la Iglesia católica sigue garantizada a través de los acuerdos concordatarios de 1976 y 1979. En segundo lugar, un segundo nivel de reconocimiento con arraigo histórico en el territorio. Los acuerdos de cooperación firmados en 1992 con las federaciones de entidades de las minorías protestante, musulmana y judía reproducen en buena medida y en términos formales el modelo de relación establecida en los acuerdos de 1979 con la Iglesia católica, aunque el grado de detalle y especificación es menor. Estas tres comunidades religiosas minoritarias gozan de reconocimiento y algún tipo de ayuda para la provisión de la asistencia religiosa, pero su estatus no es comparable en términos de la financiación, facilidades y reconocimiento 95 simbólico otorgado a la Iglesia católica. Finalmente, un tercer nivel para las organizaciones religiosas registradas en el Registro de Entidades Religiosas (RER) del Ministerio de Justicia. Estas tienen reconocido el derecho de sus miembros a recibir asistencia religiosa en las instituciones públicas pero en este tercer nivel de reconocimiento no existen mecanismos específicos de financiación que garanticen el acceso y derecho a la asistencia religiosa. Como se ha mostrado en el análisis del marco legal y las diferentes acciones políticas al respecto, desde la Transición democrática, y especialmente a partir de 2004, se ha ido configurando una nueva aproximación a la gestión de la diversidad religiosa. Este modelo se basa en un sistema de gobernanza en red (Martikainen, 2013), que concede altos niveles de e o o i ie toàaàlasà i o íasà eligiosasàaàt a sàdeà e a is osàdeà softàgo e a e , como pueden ser la financiación de actividades, las ofertas de formación o la legitimación a través de la difusión de información (Griera et al., 2014). En este sentido, la Fundación Pluralismo y Co i e iaà à laà Di e ióà Ge e alà d áfe sà ‘eligiososà so à losà dosà ó ga osà deà gestió à à exponentes más visibles, a nivel estatal y catalán respectivamente, de este nuevo modelo. El trabajo de campo realizado muestra, sin embargo, que la evolución legal no tiene una traslación directa y completa en las instituciones analizadas. Es decir, a pesar del reconocimiento formal de los derechos de las minorías religiosas, la implementación de este reconocimiento en las instituciones concretas es más débil. Existen por tanto importantes diferencias entre el marco legal, las recomendaciones políticas y el grado de implementación de las mismas en la práctica real desarrollada por las instituciones públicas. A pesar de los recientes esfuerzos del gobierno en este terreno, el total cumplimiento de los derechos reconocidos a las minorías religiosas está en la actualidad lejos de ser alcanzado en las instituciones públicas españolas. El análisis también muestra cómo la Iglesia católica tiene sus derechos garantizados e integrados en el funcionamiento diario de estas instituciones. Por lo tanto, las desigualdades entre la Iglesia católica y otras comunidades religiosas, ya presentes en el marco legal, aumentan en su implementación sobre el terreno. Estas desigualdades en la presencia y acomodación de la Iglesia católica y el resto de comunidades religiosas se hace más evidente en el plano de lo invisible, en las actitudes, gestos y símbolos, al darse por supuesto y asumiendo como naturales unos beneficios de los que disfruta la Iglesia católica en la actividad cotidiana de las instituciones públicas. 96 Al mismo tiempo se ha podido detectar que las recientes recomendaciones políticas en este campo han tenido un impacto moderado en la acomodación de la diversidad religiosa en centros penitenciarios y hospitalarios. Estos cambios han sido mayoritariamente en aspectos formales (como puede ser el cambio de denominación de determinadas capillas católicas por oratorios en algunos hospitales) pero, en general, no se han traducido en cambios más profundos en el funcionamiento de las instituciones. Además, la difusión de las guías de recomendaciones resulta todavía muy limitada y el escaso conocimiento de su existencia y contenido por parte del personal de los diferentes centros así lo evidencia. El tiempo de asentamiento de la minoría religiosa influye en la capacidad de reivindicación de sus derechos y en la percepción de recibir un trato desigual o injusto por parte de la institución pública. En este sentido son los grupos protestantes los que mantienen una postura más reivindicativa ante su presencia en las instituciones públicas y el ejercicio de la asistencia religiosa en estos espacios. Otros colectivos, como las organizaciones de personas musulmanas o grupos ortodoxos, formados mayoritariamente por personas inmigradas, suelen mostrarse más conformistas con una actitud acomodaticia respecto a las condiciones que impone el centro sin llegar a cuestionarlas. Asimismo, el sentimiento de encontrarse en el punto de mira de las autoridades, especialmente en el caso de los actores musulmanes, reduce todavía más su actividad reivindicativa en estos contextos. En el proceso de acomodación y gestión de la diversidad religiosa hay determinadas personas –o perfiles profesionales– que emergen como actores claves. No son siempre los mismos sino que pueden variar dependiendo del contexto particular. Sin embargo, destacan las siguientes: las figuras del capellán de prisiones y hospitales, el director de la prisión, y los responsables de planta de los servicios de enfermería, que en los centros hospitalarios emergen como actores claves, junto con la gerencia y el comité de bioética en casos determinados. La capacidad de decidir e implementar órdenes y su predisposición o sensibilidad hacia las cuestiones religiosas marcará el tono de la relación y presencia dentro del centro. Por su parte el capellán es la persona con un vínculo con el centro hospitalario o penitenciario para la gestión y provisión del servicio de asistencia religiosa católica, haciéndolo extensible en ocasiones a otras religiones. Finalmente, en relación con los retos de futuro, los profesionales sanitarios prevén que este 97 tipo de cuestiones puedan tomar mayor relevancia, especialmente como consecuencia del envejecimiento de la población de origen inmigrante. Del mismo modo, enfatizan la importancia de la formación del personal y la mayor difusión de las herramientas de gestión ya existentes, o oàlaàguíaàso eà áte ió à‘eligiosaàalàFi al de la Vida. Conocimientos útiles so eà ee iasà à o i io es à oà laà Guiaà deà gestióà deà laà di e sitatà eligiosaà alsà e t esà sa ita is , entre otros. Se menciona, también, la necesidad de conocer otros modelos europeos de gestión de la diversidad religiosa y trabajar en este sentido, aunque en estas instituciones también tienen un peso importante aquellos que enfatizan el carácter privado de la opción religiosa y la neutralidad que debería mantener al respecto la institución. 4.1. Nuevos interrogantes y futuras líneas de investigación Una investigación no finaliza sin un planteamiento de nuevos interrogantes y futuras líneas de investigación. Este estudio no es una excepción. Los resultados de este trabajo pionero en España en el terreno del análisis de la gestión de la diversidad religiosa contemporánea en instituciones públicas se convierten así en punto de partida para una mayor profundización sobre esta cuestión. Este trabajo abre la puerta a nuevas cuestiones y ámbitos de estudio sobre la pluralidad religiosa y la gestión de espacios e instituciones públicas. A continuación, se establecen cinco líneas que marcan nuevos interrogantes y caminos para complementar, profundizar, contrastar o, simplemente, continuar el trabajo realizado: La recepción de la gestión de la diversidad religiosa Esta investigación se ha centrado en analizar la gestión de la diversidad religiosa en dos instituciones públicas tomando como base la perspectiva de los responsables de la administración, así como las personas implicadas directamente en la provisión de estos servicios en estas instituciones. La información se ha contrastado con el discurso y percepción de los representantes de las minorías religiosas, tanto de los órganos federativos, como de los ministros de culto encargados de ofrecer el servicio en los diferentes centros analizados. Sin embargo, el propio desarrollo de la investigación evidencia la necesidad de completar y contrastar estas dos visiones con la opinión, vivencia y perspectiva de las personas que han sido usuarias (enfermos, familiares e internos) de estos servicios en 98 centros hospitalarios y penitenciarios. Por consiguiente, una ampliación a nivel empírico en esta línea permitiría un examen más global y afinado, incorporando la recepción de la gestión de la diversidad religiosa entre diferentes tipos y perfiles de usuarios. Formas de espiritualidad emergentes en las instituciones públicas Más allá de la pluralidad que ha generado la mayor visibilización de las minorías religiosas, la investigación ha puesto de manifiesto que loà ueàBe ià àK o elà àde o i a à zo asà g ises àdeàlaà idaà eligiosaàe àlaàp isió àest àad ui ie doàu àpapelà e ie teà à adaà ezà sà importante en los centros penitenciarios españoles. Esto refleja lo que ocurre también en el ámbito social en España (Cornejo 2012; Prat et al. 2012; Griera y Urgell 2002;) y en otros países a nivel europeo e internacional (Roof 1999; Heelas y Woodhead 2006; Aupers y Houtman 2006; Dawson 2007; Fedele 2013). Durante la realización del trabajo de campo, se detectó que, en los confines de las religiones tradiciones, se produce una proliferación de prácticas relacionadas con la nueva espiritualidad o la religiosidad holística, como por ejemplo cursos de yoga, reiki o meditación zen, entre otras técnicas similares. Estas nuevas expresiones han tenido una notable acogida en distintas prisiones, tanto en lo que se refiere al personal penitenciario como los propios internos. El trabajo de campo realizado en los hospitales ha permitido también detectar la creciente importancia de las terapias alternativas y la espiritualidad dentro de áreas específicas de las instituciones sanitarias, tales como las unidades de cuidados paliativos. Así, este proyecto deja abierta la puerta a un análisis en mayor profundidad de este nuevo tipo de realidades con el fin de comprender los procesos de definición de las fronteras entre lo que es considerado religioso y no religioso así como legítimo e ilegítimo. En esta línea, las investigadoras del ISOR Mar Griera y Anna Clot-Garrell ha ài pulsadoàlaài estiga ió à Laàp a ti aàdelà ogaàe àlosà e t osàpe ite ia ios , financiada por el Centro de Estudios Jurídicos de la Generalitat de Catalunya. El rol de la iglesia católica en una sociedad secular y plural También se desprende de esta investigación que si bien debe considerarse con toda amplitud la diversidad religiosa incluyendo una mayor consideración de estas nuevas formas de religiosidad emergentes, hay que tener presente la gran variabilidad en las respuestas y 99 actitudes que adopta la Iglesia católica ante los procesos de secularización y diversificación de las instituciones públicas españolas. Más allá de la postura oficial que pueda adoptar la institución eclesiástica, existe todo un conjunto de factores que influyen de manera diferente en el modo en que los actores católicos negocian su presencia en el seno de las instituciones públicas. Por ello resultaría de interés analizar con más detalle las consistencias e incoherencias entre la postura oficial y aquella adoptada en contextos concretos con el fin de sacar a la luz la complejidad de esta realidad. Religión y rehabilitación En el caso concreto del contexto carcelario, un aspecto que se abre a partir de este proyecto es el análisis del papel de las organizaciones religiosas en los programas de rehabilitación dentro de los centros penitenciarios. El SEPAP, Secretariado Diocesano de Pastoral Penitenciaria, es el grupo de voluntarios más numeroso en el conjunto de centros penitenciarios españoles. Al mismo tiempo, desde principios de la década del 2000, las ONGs y grupos de voluntarios evangélicos han ido ganando peso dentro de las prisiones, siendo hoy día uno de los grupos de voluntarios más activos y que cuenta con presencia en todos los centros penitenciarios. El trabajo de campo ha mostrado el rol central que ocupan estas organizaciones vinculadas con diferentes grupos religiosos a la hora de cubrir algunos de los vacíos que deja la institución penitenciaria, y el estado de bienestar en general, en términos de servicios sociales, atención a drogodependencias, educación, talleres de tiempo libre, etc. Por ello, resultaría de interés analizar las negociaciones que se producen entre la institución y este tipo de entidades a la hora de decidir el tipo de servicios provistos y de limitar o permitir el contenido religioso. Asimismo, de una manera también significativa, se evidencia esta realidad en el contexto hospitalario, donde en el desarrollo de tareas sociales las organizaciones religiosas, particularmente en el marco católico, requiere una atención especial. Reflexión e innovación metodológica Este escenario empírico extremadamente plural y complejo dentro de cada institución así como dentro de cada confesión religiosa y entre distintas confesiones religiosas obliga 100 inevitablemente a un proceso de reflexión metodológica en la investigación sobre religión y diversidad religiosa en instituciones públicas. Por un lado, sería necesario abrir el debate sobre los temas vinculados con la ética de la investigación que pueden emerger en este tipo de investigaciones y que deben ser resueltos en el transcurso de las mismas. Por otro lado, el trabajo de campo en una gran variedad de espacios y contextos plantea, en la línea de aproximaciones internacionales emergentes (Hazard, 2013), la necesidad de una mayor atención y sistematización a la materialidad como perspectiva metodológica para un análisis más innovador de la diversidad religiosa. El trabajo de campo y de análisis ha puesto de manifiesto la importancia de esta dimensión como un aspecto concreto del trabajo cualitativo. Una profundización del estudio de la materialidad de la religión en estos espacios permitiría profundizar en el conocimiento sobre las transformaciones en las expresiones de la religiosidad contemporánea así como de las tensiones y negociaciones para su visibilización y ocupación de los espacios en instituciones públicas. Investigaciones pioneras como la de Barbara Thériault (2014) sobre el significado que adquieren objetos pequeños, como un rosario, en el contexto de la prisión pueden arrojar ideas interesantes sobre cómo abordar este objeto de estudio. Además, de este modo podrían analizarse no sólo los significados religiosos que los objetos adquieren en el contexto de las instituciones públicas, sino también las formas como son regulados, restringidos o permitidos. 101 5. Publicaciones y otros productos derivados del proyecto o Publicaciones principales: Martínez-Ariño, J; Griera, M. (en revisión). Responding to Religious Diversity in Spain: Hospitals and Prisons in Comparative Perspective .àReligion and Transformation in Contemporary Societies. Griera, M.; Martínez-Ariño, J.; Clot-Garrell, A.; García-‘o e al,à G.à e à p e sa à ‘eligió à eà instituciones públicas en España. Hospitales y prisiones en perspectiva o pa ada .àRevista Internacional de Sociología. Martínez-Ariño, J.; García-Romeral, G.; Ubasart, G.; Griera, M. (2015). Demonopolisation and dislocation: (Re-)negotiati gà theà pla eà a dà oleà ofà eligio à i à “pa ishà p iso s ,à Social Compass, 62(1): 3-21. Griera, M.; Clot-Ga ell,àá.à .à Ba alàisà otàt i ial.àVisi ilit ,à e og itio àa dài e ualitiesà et ee à eligiousàg oupsài àp iso ,àJournal of Contemporary Religion 30(1): 23-37. Griera, M. and Martínez-á iño,à J.à à The Accommodation of Religious Diversity in P iso sàa dàHospitalsài à“pai ,àRECODE Working Paper Series, nº 28. Griera, M.; Martínez-Ariño, J; García-‘o e al,à G.à à Beyond the Separation of Church a dà “tate:à E plai i gà theà Ne à Go e a eà ofà ‘eligiousà Di e sit à i à “pai ,à MMG Working Paper. Max Planck Institute for the Study of Religious and Ethnic Diversity (Alemania). o Otros productos derivados del proyecto: C ea ió àdeàlaà edàdeài estiga ió à ‘eligio à&àPu li àI stitutio s à ueàagluti aàaà u e ososà investigadores internacionales especializados en la temática. Para más información, visitar el blog: http://religionpublicinstitutions.com/ Blog con información del proyecto GEDIVER-IN. Para más información, visitar el blog: http://www.religionspublicsphere.com/ 102 6. Bibliografía Astor, A. (2014). Religious governance and the accommodation of Islam in contemporary Spain. Journal of Ethnic and Migration Studies, 40(11), 1716–1735. Aupers, S., & Houtman, D. (2006). Beyond the spiritual supermarket: The social and public significance of new age spirituality. Journal of Contemporary Religion, 21(2), 201–222. Bader, V. (2007). The Governance of Islam in Europe: The Perils of Modelling. Journal of Ethnic and Migration Studies, 33(6), 871-886. Bader, V. M. (2007). Democracy or Secularism? Associational Governance of Religious Diversity. Amsterdam: Amsterdam University Press. Bastian, J.-P., & Messner, F. (2007). Mi orités religieuses da s l espa e européen. Paris: PUF. Becci, I. (2015). Institutional Resistance to Religious Diversity in Prisons: Comparative Reflections Based on Studies in Eastern Germany, Italy and Switzerland. International Journal of Politics, Culture, and Society 28(1): 5-19. Becci, I., & Knobel, B. (2014). La diversité religieuse en prison: entre modèles de régulation et émergence de zones grises (Suisse, Italie et Allemagne). En A. S. Lamine (Ed.), Quand le religieux fait conflit, déscaccords négociations ou arrangements. Rennes: Presses Universitaires Rennes. Beckford, J. A. (1999). The management of religious diversity in England and Wales with special reference to prison Chaplaincy. International Journal on Multicultural Societies, 1(2), 55–66. Beckford, J., & Gilliat, S. (1998). Religion in Prison. Equal rites in a multi-faith society. Cambridge: Cambridge University Press. Bericat, Eduardo (Ed.). (2008). El fenómeno religioso. Centro de Estudios Andaluces. Billig, M. (1995). Banal nationalism. London: Sage Publications Ltd. Bowen, J. R., Bertossi, C., Duyvendak, J. W., & Krook, M. L. (2013). European States and their Muslim Citizens. Cambridge University Press. Bramon, D. (2002). O ertura a l isla . Barcelona: Cruïlla. Briones, R. (2009). Religión y Rituales en Andalucía. La mirada antropológica de los últimos treinta años. En VV.AA, Aportaciones de la Antroplogía Social y Cultural al conocimiento de Andalucía. Sevilla: Centro de Estudios Andaluces. Briones, R., Tarrés, S., Salguero, Ó., Fernández, E., Macías, C., & Suárez, V. (2010). Y tu (de) quién eres?: Minorías religiosas en Andalucía. Barcelona: Icaria. Cadge, W. (2012). Paging god: Religion in the halls of medicine. University of Chicago Press. Campiche, R. (2007). Gestion publique des minorités religieuses et pluralisme démocratique. En J.-P. Bastian & F. Messner (Ed.), Mi orités religieuses da s l espa e europée (Presses Universitaires de France). Paris. 103 Casanova, J. (1994). Public religions in the modern world. Chicago: The University of Chicago Press. Casanova, J. (2007). Immigration and the New Religious Pluralism: A European Union/United States Comparison. En T. Banc (Ed.), Democracy and the New Religious Pluralism. Oxford University Press. Casanova, J. (2008). The problem of religion and the anxieties of European secular democracy. En Motzkin, G & Fischer, Y (Ed.), Religion and Democracy in Contemporary Europe (p. 63-74). London: Alliance Publishing Trust. Castells, M. (1998). La era de la información. Vol. 3: Fin de milenio. Madrid: Alianza. Coffey, A., & Atkinson, P. (2003). Encontrar el sentido a los datos cualitativos. Estrategias complementarias de investigación. Medellín: Editorial Universidad de Antioquia. Cornejo, M. (2012). Religión y espiritualidad,?` dos modelos enfrentados?. Trayectorias poscatólicas entre budistas Soka Gakkai. Revista Internacional de Sociología, 70(2), 327–346. Côté, P., & Gunn, T. J. (2006). La Nouvelle Question Religieuse the New Religious Question: Regulation Ou Ingere e de L Etat? State Regulation Or State Interference? (Vol. 9). Peter Lang. Davie, G. (1999). Religious Representation in a Revised House of Lords. The Public Management of Religious Diversity, 1(2), 67-71. Davie, G. (2000). ‘eligio i Moder Europe : A Memory Mutates. Oxford University Press. Davie, G. (2006). Religion in Europe in the 21st Century: The Factors to Take into Account. European Journal of Sociology, XLVII(2), 271-296. Dawson, A. (2007). New era, new religions: religious transformation in contemporary Brazil. Ashgate Publishing, Ltd. de Galembert, C. (1994). Intégration des musulmans en France et en Allemagne: le poids de l i te diai eà atholi ue .à Pluralis e religieu et laï ités da s l U io europée e, 109–21. de Galembert, C. (2001 .àLaà gulatio à tati ueàduà eligieu à àl p eu eàdeàlaàglo alisatio .àE à La globalisation du religieu.àPa is:àL Ha atta . Díaz Salazar, R. (2008). España laica: ciudadanía plural y convivencia nacional. Díaz-Salazar, R., Giner, S., & Velasco, F. (1994). Formas modernas de religión. Madrid: Alianza. Díez de Velasco, F. D. (2010). The Visibilization of Religious Minorities in Spain. Social Compass, 57(2), 235–252. Enyedi, Z. (2003). Conclusion: emerging issues in the study of church–state relations. West European Politics, 26(1), 218–232. Estruch, J. (1994). El mito de la secularización. En R. Díaz-Salazar, S. Giner, & Velasco (Ed.), Formas modernas de religión (p. 267-281). Madrid: Alianza. Estruch, J. (1996). Secularització i pluralisme en la societat catala aà d a ui.à E à Discurs de recepció de Joan Estruch i Gibert com a membre numerari de la Secció de Filosofia i Ciències Socials.àBa elo a:àI stitutàd EstudisàCatala s. 104 Estruch, J., Gómez, J., Griera, M., & Iglesias, A. (2004). Les altres religions. Minories religioses a Catalunya. Barcelona: Mediterrània. Fernández Fernández, E. (2008). La asistencia religiosa hospitalaria en el nuevo marco de pluralismo religioso: caso de grupos religiosos no católicos de Granada. Universidad de Granada, Granada. Ferrari, S. (2008). State Regulation of Religion in the European Democracies: The Decline of the Old Pattern. En Y. Fischer & Motzkin, G (Ed.), Religion and democracy in contemporary Europe. London: Alliance Publishing Trust. Fetzer, J. S., & Soper, J. C. (2005). Muslim and the State in Britain, France and Germany. New York: Cambridge University Press. Galembert, C. d. (2007). La ciudad de Mantes-la-Jolie y «su» mezquita. ¿Un nuevo orden político-religioso en construcción? ‘evista CIDOB d Afers I ter a io als, No.77, 111136. Gallego, M., Cabrera, P. J., Ríos, J. C., & Segovia, J. L. (2010). Andar 1 Km en línea recta: La cárcel del siglo XXI que vive el preso. Madrid: Universidad Pontificia de Comillas. García-‘o e al,àG.,à&àG ie a,àM.à .àLaà o st u ióàdeàl Islam com a objecte de polítiques públiques a Catalunya. En Societat Catalana 2011 / coordinat per Josep M. Masjuan (p. 231-253). Barcelona: IEC. Gerring, J. (2004). What Is a Case Study and What Is It Good for? American Political Science Review, null(02), 341–354. Gilliat-‘a ,à “.à .à F o à hapel toà p a e à oo :à Theà p odu tio ,à use,à a dà politi sà ofà sacred space in public institutions. Culture and Religion, 6(2), 287–308. Gilliat-‘a ,à “.à .à Bei gà the e à theà e pe ie eà ofà shado i gà aà B itishà Muslim Hospital chaplain. Qualitative Research, 11(5), 469-486. Goffman, E. (1961). Asylums: Essays on the social situation of mental patients and other inmates (Vol. 277). Anchor Books New York. Goffman, E. (1970). Internados: ensayos sobre la situación social de los enfermos mentales. Buenos Aires: Amorrortu. Griera, M. (2009a). De la Religió a les Religions. Polítiques públiques i minories religioses a Catalunya. Universitat Autònoma de Barcelona, Barcelona. Griera, M. (2009b). De la religió a les religions. Polítiques públiques i minories religioses a Catalunya. Universitat Autònoma de Barcelona, Departament de Sociologia, Bellaterra. Griera, M. (2012). Public policies, interfaith associations and religious minorities: a new policy paradigm? Evidence from the case of Barcelona. Social Compass, 59(4), 570-587. Griera, M., & Clot-Garrell, A. (2015). Banal is not Trivial: Visibility, Recognition, and Inequalities between Religious Groups in Prison. Journal of Contemporary Religion, 30(1), 23-37. Griera, M., & Urgell, F. (2002). Consumiendo religión. Nuevas formas de espiritualidad entre la población juvenil. Barcelona: Fundació «la Caixa». 105 Hackett, R. I. J. (2005). Rethinking the Role of Religion in the Public Sphere: Local and Global Perspectives. Comparative Perspe tives o “hari ah i Nigeria, I ada : “pe tru , 74100. Hall, P. A., & Taylor, R. C. R. (1996). Political Science and the Three New Institutionalisms*. Political Studies, 44(5), 936-957. Hazard, S. (2013). The Material Turn in the Study of Religion. Religion and Society: Advances in Research, 4(1), 58–78. Heelas, P., Woodhead, L., Seel, B., Tusting, K., & Szerszynski, B. (2005). The Spiritual Revolution: Why Religion is Giving Way to Spirituality. Blackwell. Recuperat de http://eprints.lancs.ac.uk/id/eprint/1486 INE. Instituto Nacional de Estadística. (2011). Población reclusa. INE. Instituto Nacional de Estadística. (2012). Explotación Estadística del Padrón Continuo. ISOR-DGAR. (2013). Base de datos de centros de culto de las minorías religiosas de Cataluña. Itçaina, X. (2006). The Roman Catholic Church and the Immigration Issue: The Relative Secularization of Political Life in Spain. American Behavioral Scientist, 49(11), 14711488. Itçaina, X., & Burchianti, F. (2007). Local authorities and interfaith dialogue in Spain. En Council of Europe (Ed.), Gods in the city. Intercultural and inter-religious dialogue at local level (p. 99-126). France: Local & Regional. Joly, D., & Beckford, J. (2006). «Race» Relations and Discrimination in Prison: The Case of Muslims in France and Britain. Journal of Immigrant & Refugee Studies, 4(2), 1–30. Koenig, M. (2007). Europeanising the Governance of Religious Diversity: An Institutionalist Account of Muslim Struggles for Public Recognition. Journal of Ethnic and Migration Studies, 33(6), 911-932 Lehmann, David. “e ula is :àáàCo eptài àNeedàofà‘eapp aisal. àDisponible en: http://www. davidlehmann.org/daviddocspdf/Unppap/Secularism_a_concept_in_need_of_reappraisal.pdf, López García, B. (2007). Arraigados: Minorías religiosas en la Comunidad de Madrid (Vol. 3). Icaria Editorial. Mardones, J. M. (1999). Nueva Espiritualidad: Sociedad Moderna y Cristianismo. Universidad Iberoamericana. Martikainen, T. (2013). Multilevel and Pluricentric Network Governance of Religion. En T. Martikainen & F. Gauthier (Ed.), Religion in the Neoliberal Age (p. 129-142). Surrey: Ashgate Publishing Limited. Martínez-Ariño, J., García-Romeral, G., Ubasart, G., & Griera, M. (2015). Demonopolization and dislocation: (re-) negotiating the place and role of religion in Spanish prisons. Social Compass, 62(1), 3-21. Martínez-Ariño, J., Griera, M., García-Romeral, G., & Forteza, M. (2011). Inmigración, diversidad religiosa y centros de culto en la ciudad de Barcelona. Migraciones, (30), 101-133. 106 Maussen, M. (2007). The governance of Islam in Western Europe. A state of the art report. IMISCOE Report, Amsterdam. Recuperat de http://www.imiscoe.org/publications/workingpapers/onlinediscussionislam.html Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. (2012). Estadística de las Enseñanzas no universitarias. Curso 2011-2012. Recuperat de http://www.mecd.gob.es/servicios-alciudadano-mecd/estadisticas/educacion/indicadores-publicaciones-sintesis/cifraseducacion-espana/2014.html Minkenberg, M. (2007). Democracy and religion: theoretical and empirical observations on the relationship between Christianity, Islam and liberal democracy. Journal of Ethnic and Migration Studies, 33(6), 887–909. Modood, T., Triandafyllidou, A., & Zapata-Barrero, R. (2006). Multiculturalism, Muslims and citizenship: a European approach. New York: Routledge. Moreno Antón, M. (2006). La asistencia religiosa en España. En I. Martín Sánchez & J. G. Navarro (Ed.), La libertad religiosa en España y Argentina (p. 99-119). Madrid: Fundación Universitaria Española. Mo e as,àJ.à .à"Li itsàa dàCo t adi tio sài àtheàLegalà‘e og itio àofàMusli sài à“pai à .à Religious Freedom and the Neutrality of the State: The Position of Islam in the European Union, 52–64. Moreras, J. (2002). Limits and contradictions in the legal recognition of Muslims in Spain. En W. Shadid & P. S. v. e. Koningsveld (Ed.), Religious Freedom and the Neutrality of the State: The Position of Islam in the European Union (p. 52-64). Leuven: Peeters. Motilla, A. (2003). El islam en España: marco legal. MA Roque, El islam plural, Barcelona: Icaria. Observatorio del Pluralismo Religioso en España. (2012). Directorio de lugares de culto. Pace, E. (2007). Religion as communication: The changing shape of Catholicism in Europe. En Everyday Religion: Observing Modern Religious Lives (p. 37-49). New York: Oxford University Press. Pérez-Agote, A. (2012). Cambio religioso en España: los avatares de la secularización. Madrid: CIS. Pérez-Agote, A. (2007). El proceso de secularización en la sociedad española. Revista CIDOB d Afers I ter a io als, (77), 65-82. Pérez-Agote, A., & Santiago García, J. A. (2005). La situación de la religión en España a principios del siglo XXI. Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Recuperat de http://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=255235 Prat, J. (Ed.). (2011). Els nous imaginaris culturals: espiritualitats orientals, teràpies naturals i sabers esotèrics (Vol. 20). Publicacions Universitat Rovira i Virgili. Recuperat de https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=2XgAgAAQBAJ&oi=fnd&pg=PA292&dq=Els+nous+imaginaris+culturals:+Espiritualitats+ori entals,+&ots=9VBWoAQQms&sig=_lT6UYUMiTS_7ZUY7zSk4tzTZwo Quinlan, E. (2008). Conspicuous Invisibility Shadowing as a Data Collection Strategy. Qualitative Inquiry, 14(8), 1480–1499. 107 Rath, J., Pennix, R., Groenendijk, K., & Meyer, A. (2001). Western Europe and Its Islam. Leiden: Brill. Roof, W. C., & Greer, B. (1994). A generation of seekers: The spiritual journeys of the baby boom generation. HarperSanFrancisco. Rozenberg, D. (1996). Minorías religiosas y construcción democrática en España. (Del monopolio de la Iglesia a la gestión del pluralismo). REIS: Revista Española de Investigaciones Sociológicas, 74, 245-265. Sánchez, I. M. (2008). El modelo actual de relación entre el Estado y el factor religioso en España. Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, (16), 8. Soper, J. C., & Fetzer, J. S. (2003). Explaining the Accommodation of Muslim Religious Practices in France, Britain, and Germany. French Politics, 1(1), 39-59. Thériault, B. (2014). Porter le chapelet. Formes religieuses dans une prison pour femmes. Studies in Religion/Sciences Religieuses, 43(1), 172–180. To eke s,àC.à 58. .à« Leàplu alis eà eligieu àe à Belgi ue».à Diversité Canadienne, 4(3), 56- Díaz de Velasco, F. (2008). Religiones entre continentes: minorías religiosas en Canarias. Barcelona: Icaria Editorial. 108