GEDIVER-IN
La gestión de la diversidad religiosa en
centros hospitalarios y penitenciarios en
España
Informe final
Grupo de Investigación ISOR
Autoras del informe:
Dra. Mar Griera,
Dra. Gloria García-Romeral,
Dra. Julia Martínez-Ariño,
Anna Clot-Garrell
cr.isor@uab.cat
Universitat Autònoma de Barcelona
Septiembre 2015
Este documento está sujeto a una licencia de uso Creative Commons. Se
permite la reproducción total o parcial y la comunicación pública de la
obra, siempre que no sea con finalidad comercial y siempre que se
reconozca la autoría de la obra original. No se permite la creación de obras
derivadas.
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Índice
Resumen ejecutivo GEDIVER-IN ..................................................................................................... 6
Elàp o e toà GEDIVE‘-IN ............................................................................................................. 13
Grupo de investigación ISOR .................................................................................................................. 13
Organización de la investigación ............................................................................................................ 13
Equipo investigador ............................................................................................................................ 13
Colaboradores científicos ................................................................................................................... 14
Agradecimientos ........................................................................................................................... 17
1. Introducción .............................................................................................................................. 18
1.1. Finalidad del proyecto GEDIVER-IN ................................................................................................ 18
1.2. Antecedentes y marco teórico........................................................................................................ 20
1.2.1. Las transformaciones en el campo religioso: entre la secularización y la diversidad religiosa
............................................................................................................................................................. 20
1.2.2. Las transformaciones en la gestión de la diversidad religiosa: el modelo de relación IglesiaEstado y la acomodación de las minorías .......................................................................................... 23
1.2.3. La acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y sanitarias ...... 24
1.3. Objetivos .......................................................................................................................................... 26
2. Diseño de la investigación y metodología ............................................................................... 27
2.1. Preguntas de investigación e hipótesis de trabajo ........................................................................ 28
2.2. Operacionalización y dimensiones de análisis ............................................................................... 29
2.3. Diseño de la investigación y criterios para la selección de los casos ............................................ 32
2.4. Técnicas de recogida de la información ......................................................................................... 36
2.5. Trabajo de campo ............................................................................................................................ 39
2.6. Técnicas de análisis de la información ........................................................................................... 40
3. Resultados ................................................................................................................................. 41
3.1. Marco legal e iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa ....................................... 42
3.1.1. Regulación legal ........................................................................................................................ 43
3.1.2. Medidas políticas ...................................................................................................................... 45
3.2. Centros penitenciarios .................................................................................................................... 48
3.2.1. Asistencia religiosa ................................................................................................................... 49
3.2.2. Espacios de culto ...................................................................................................................... 55
3.2.3. Acomodación de la práctica religiosa ...................................................................................... 60
3.3. Centros hospitalarios ....................................................................................................................... 68
3.3.1. Asistencia religiosa ................................................................................................................... 68
3.3.2. Espacios de culto ...................................................................................................................... 72
3.3.3. Acomodación de la práctica religiosa ...................................................................................... 76
3
3.4. Comparación entre ambas instituciones ........................................................................................ 79
3.5. Revisión de las hipótesis.................................................................................................................. 85
3.5.1. ¿Modelo pluralista o laicista? .................................................................................................. 85
3.5.2. La actitud de la Iglesia católica: ¿colaboración o resistencia? ............................................... 89
4. Conclusiones.............................................................................................................................. 95
4.1. Nuevos interrogantes y futuras líneas de investigación ................................................................ 98
5. Publicaciones y otros productos derivados del proyecto ..................................................... 102
6. Bibliografía ............................................................................................................................... 103
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Índice de tablas y gráficos
Ta laà :àDi e sio esàdeàa
lisisàdelà o eptoà gestió àdeàlaàdi e sidadà eligiosa . ............... 30
Tabla 2. Operacionalización de las dimensiones de análisis. ...................................................... 31
Tabla 3. Centros de culto de minorías religiosas en Cataluña (2013) y Andalucía (2012). ....... 34
Tabla 4. Centros penitenciarios y hospitalarios seleccionados por comunidad autónoma. ..... 36
Tabla 5. Personas entrevistadas según el tipo de actor y el ámbito territorial. ........................ 40
Tabla 6. Cuadro para el análisis de la información. ..................................................................... 41
Tabla 7. Resumen de las principales medidas políticas adoptadas a nivel autonómico en los
ámbitos penitenciario y hospitalario............................................................................................ 48
Tabla 8. Actores religiosos acreditados y su distribución en las prisiones españolas (2011)… 50
Tabla 9. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en prisiones. ........................................... 55
Tabla 10. Retos y respuestas espacios de culto en prisiones. .................................................... 60
Gráfico 1: Evolución del número de personas que solicitaron celebrar el Ramadán en los
centros penitenciarios catalanes (2004-2012) ............................................................................ 63
Tabla 11. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en prisiones. .............................. 67
Tabla 12. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en hospitales. ....................................... 71
Tabla 13. Retos y respuestas espacios de culto en hospitales. .................................................. 75
Tabla 14. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en hospitales. ............................. 79
Tabla 15. Niveles e instrumentos legales de reconocimiento de las confesiones religiosas .... 86
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Resumen ejecutivo GEDIVER-IN
Sobre el proyecto GEDIVER-IN
El proyecto de investigación GEDIVER-IN examina el impacto de las transformaciones en el
mapa religioso en los hospitales y prisiones de Catalunya y Andalucía. El objetivo es
comprender cómo se produce el encaje entre las minorías religiosas, la Iglesia católica y las
instituciones públicas en un contexto de consolidación del proceso de secularización.
En consonancia con los debates públicos y científicos sobre la temática, el proyecto GEDIVERIN reflexiona sobre el rol que juegan las religiones en la esfera pública de los países europeos,
poniendo el énfasis en las tres cuestiones siguientes: (1) el papel de las minorías religiosas,
especialmente el islam, en la esfera pública; (2) la presencia y rol de las iglesias históricas en
un contexto de secularización avanzada; y (3) los procesos de negociación discursiva y
práctica en torno al encaje de la diversidad religiosa en el marco de las instituciones públicas..
El proyecto GEDIVER-IN no nace en el vacío sino que entronca con la experiencia y la
trayectoria investigadora del equipo ISOR en el estudio del fenómeno religioso en sus
diversas y complejas formas, acepciones y manifestaciones. El proyecto ha sido financiado
por el Ministerio de Innovación e Investigación, con referencia CSO-2010-21248, y se ha
desarrollado durante el periodo 2010-14.
Preguntas y objetivos de la investigación
La investigación parte de la constatación de que en los últimos años se ha producido una
transformación significativa del campo religioso. Por un lado, el proceso de secularización se
afianza y las cifras de pertenencia y práctica religiosa continúan descendiendo gradualmente.
Por otro lado, se produce una diversificación del mapa religioso y aumenta la relevancia y
visibilidad pública de las minorías religiosas. Finalmente, las iglesias históricas redefinen su rol
y configuran nuevas formas de intervención en la esfera pública. En este contexto, la gestión
6
de la diversidad cultural y religiosa gana centralidad y es incorporada en la agenda política de
la mayoría de gobiernos occidentales.
Fruto de este contexto nace la pregunta central que ha orientado la investigación a lo largo
de estos cuatro años: ¿qué impacto tiene la transformación del escenario religioso en el
funcionamiento de los hospitales y las cárceles en España?
La voluntad es comprender cómo cristaliza el nuevo escenario de diversidad religiosa y
secularización en estos dos tipos de institución, analizar cómo dichas instituciones responden
a este nuevo contexto y examinar el papel de la Iglesia católica en esta nueva coyuntura.
Metodología
La investigación ha empleado una metodología de carácter cualitativo basada en un estudio
de casos múltiple que ha incorporado centros penitenciarios y hospitalarios ubicados en dos
territorios diferentes, Cataluña y Andalucía. La selección de los casos ha sido realizada con el
interés de cubrir una amplia variedad de instituciones y casuísticas.
El trabajo empírico ha combinado el examen crítico y sistemático del marco legal y político
relativo a la gestión de la diversidad religiosa con una aproximación etnográfica, basada en
entrevistas y observaciones. En total se han estudiado 8 cárceles y 8 hospitales repartidos
entre Cataluña y Andalucía durante el periodo comprendido entre septiembre de 2011 y
marzo de 2014.
Se han realizado un total de 100 entrevistas: 53 para el ámbito penitenciario, 34 para el
hospitalario y 13 a personas que, por una razón u otra, tienen relación con los dos ámbitos.
Del total de las entrevistas, 47 se han realizado a personal religioso, 29 a personal de las
instituciones, 10 a cargos políticos de los gobiernos catalán, andaluz y español y 6 a personal
de ONGs que intervienen en este ámbito. Paralelamente, se han diseñado y realizado
observaciones de carácter etnográfico en los centros que han permitido complementar y
contrastar la información obtenida en las entrevistas. El trabajo de observación etnográfica
ha implicado las siguientes actividades: a) observación pautada en los centros; b) la
investigación también ha incluido la observación a los servicios c) en los centros
penitenciarios se ha utilizado, también, la técnica de shadowing en prisión, consistente en
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acompañar a los líderes religiosos en su visita y en todas sus actividades en el interior de
recinto.
Diversidad religiosa en las instituciones: nuevos retos y respuestas
En el marco de esta investigación hemos agrupado los retos en materia de gestión de la
diversidad religiosa en tres grandes ámbitos: la asistencia religiosa o espiritual, los espacios
de culto y las prácticas religiosas.
El primer ámbito, la asistencia religiosa y espiritual, es concebida como la visita y
acompañamiento religioso / espiritual a las personas internas, la formación en materia
religiosa, la celebración de actos de culto y la administración de los sacramentos. El derecho
a la asistencia religiosa está garantizado legalmente en el ordenamiento jurídico
internacional, europeo y español. Ahora bien, hospitales y prisiones han gestionado esta
cuestión de forma diferente.
Las prisiones: asistencia religiosa a demanda. La petición de asistencia espiritual /
religiosa de las personas internas que profesan una religión minoritaria se gestiona a
partir de la solicitud individual y por escrito. A partir de la petición, el centro se pone
en contacto con los representantes de la confesión religiosa en cuestión y después de
un proceso de acreditación –realizado por el gobierno español o catalán– se permite
la entrada a los ministros de culto.
Los hospitales: libre acceso y variabilidad institucional. El hecho de que los hospitales
no sean instituciones cerradas hace que en la mayoría de casos los ministros de
confesiones religiosas minoritarias provean atención espiritual o religiosa a los
pacientes de forma privada y sin que el hospital intervenga. Generalmente es la
persona hospitalizada o su familia que se ocupa de contactar con el ministro de culto,
quien acude de manera puntual en el hospital para atender a un paciente
determinado. Esto contrasta con la situación de la Iglesia católica, donde el cura tiene
una vinculación estable y regular en el hospital, recibe una remuneración por su
labor.
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El segundo ámbito en el que emergen retos es el de los espacios de culto. Son las demandas
que hacen referencia a la existencia y adecuación de un espacio físico en el que las personas
internas puedan realizar sus prácticas religiosas y donde sea posible celebrar actos de culto.
Históricamente, todos los centros penitenciarios y prácticamente todos los hospitales
contaban con una capilla católica destinada al culto. En un contexto de secularización y de
crecimiento de la diversidad, donde además la mayoría de hospitales y cárceles suelen tener
problemas de espacio, la necesidad de destinar una sala para ubicar una capilla católica es a
menudo puesta en duda.
El tercer ámbito a tener en cuenta es el que hace referencia a los elementos de la práctica
religiosa cotidiana de las personas internas que, de una manera u otra, interfieren en el
funcionamiento habitual de prisiones u hospitales. Nos referimos al seguimiento de
preceptos alimentarios por motivos religiosos, la presencia de símbolos y / o el uso de
utensilios con un significado religioso, la indumentaria religiosa o la celebración de
festividades, entre otros. De entre los numerosos retos existentes en este ámbito destaca la
cuestión de la negativa a la transfusión de sangre por parte de los Testigos Cristianos de
Jehová en los hospitales. Es esta cuestión la que, una vez tras otra, los profesionales
sanitarios mencionan cuando se les cuestiona sobre los retos más urgentes o relevantes en
este campo. Ahora bien, el estudio también ha detectado que en los últimos diez años ha
habido avances importantes en esta cuestión y hoy son numerosos los hospitales que han
implantado protocolos de actuación y mantienen un diálogo fluido con esta confesión
religiosa.
En el caso de las instituciones penitenciarias las cuestiones que emergen como retos de
mayor envergadura son aquellas que, de una manera u otra, afectan el orden, las dinámicas
internas y la rutina institucional. Son las grandes festividades religiosas y reuniones religiosas
colectivas las que, por su propia naturaleza, se convierten en el ejemplo paradigmático del
prototipo de retos que se perciben como más importantes por parte del personal ya que,
según este mismo personal de los centros, son difíciles de conciliar con los protocolos de
seguridad. En esta línea destaca la importancia que ha adquirido la celebración del Ramadán
y la atención creciente que la administración penitenciaria presta a esta cuestión. Facilitar la
celebración del Ramadán en prisión obliga a re-organizar las rutinas de la prisión y,
generalmente, implica agrupar los internos musulmanes en una zona determinada, re9
organizar la cocina para poder preparar y consumir la harira y el resto de comida tradicional
al anochecer, replantear las tareas de las personas que celebran el Ramadán así como
facilitar la realización de oraciones colectivas
Principales resultados
Pluralismo asimétrico
La investigación pone en evidencia la existencia de un sistema legal de acomodación de la
diversidad religiosa basado en lo que hemos llamado pluralismo asimétrico. El ordenamiento
jurídico garantiza el derecho a la libertad religiosa y de conciencia de toda la ciudadanía pero
el sistema de reconocimiento y protección legal de los derechos varía en función del grupo al
que se pertenece.
A nivel práctico, las diferencias existentes son especialmente evidentes al comparar la
situación de la Iglesia católica con la de las demás confesiones. El estudio ha permitido
constatar que, tal y como Fernández Fernández (2008) pone de manifiesto, las diferencias se
evidencian principalmente en los siguientes cuatro aspectos:
a) la asistencia católica es estable y permanente en todas las prisiones y hospitales, mientras
que la asistencia religiosa / espiritual de las otras confesiones está sometida a mayor
variabilidad y a un alto grado de discrecionalidad por parte de los centros.
b) el tipo de relación contractual y de reconocimiento mutuo entre la institución y la
confesión religiosa es directa en el caso católico e inexistente o débil en los demás casos.
Sólo en contadas ocasiones las instituciones penitenciarias u hospitalarias facilitan una
relación contractual con los ministros de culto de las confesiones minoritarias.
c) la legislación relativa a la asistencia religiosa a las minorías está poco detallada y da pie a
situaciones ambiguas, mientras que la católica se encuentra bien delimitada.
d) la asistencia católica disfruta de financiación mientras las otras confesiones no disponen
de financiación o, si tienen, es con una dotación mucho menor.
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Sin embargo, constatamos que el crecimiento de la diversidad religiosa no ha derivado en
una limitación de los derechos de las organizaciones religiosas ni en la restricción de la
presencia del catolicismo en las instituciones públicas, sino que, y siguiendo la tónica
dominante en la mayoría de países europeos, se ha producido una extensión de los derechos
a los grupos minoritarios. Al mismo tiempo, la desigualdad entre la Iglesia católica y demás
confesiones a nivel de status jurídico, reconocimiento institucional y recursos aportados es,
todavía, muy importante, lo que nos conduce, inevitablemente, a hablar de desigualdad
estructural .
Catolicismo banal
Las diferencias entre la Iglesia católica y el resto de confesiones no se expresan tan solo en
términos legales. La herencia monoconfesional católica impregna la cotidianidad de las
instituciones a través de las rutinas, las costumbres y las dinámicas informales. En cierto
modo, la hegemonía católica persiste y se reproduce a través de pequeños gestos que si bien
pueden parecer banales no son triviales. Con la voluntad de comprender esta situación
hemos a uñadoàelàte
i oà atoli is oà a al à–que haciendo una adaptación del concepto
de Michael Billig (1995) de nacionalismo banal enfatiza la importancia de los gestos sutiles y
las rutinas dadas por supuesto en reforzar una posición de hegemonía. Aunque en un ámbito
diferente, el catolicismo banal puede ser entendido de una manera similar. En el caso de
España, a pesar de las declaraciones formales que afirman el carácter laico de las
instituciones penitenciarias y hospitalarias, el catolicismo banal se hace presente en las
rutinas de la institución respecto la entrada y la presencia de ministros de culto en estos
contextos institucionales. En este sentido, afirmamos que el catolicismo banal naturaliza,
desproblematiza y convierte en invisible la hegemonía católica a la vez que contribuye a
reforzar la desigualdad estructural entre minorías religiosas y la Iglesia católica.
Hospitales y prisiones: similitudes y diferencias
La investigación muestra cómo la gestión de la diversidad religiosa en prisiones y en
hospitales tiene muchos puntos de contacto y similitudes pero también existen diferencias
relevantes entre ambas instituciones. En primer lugar, hemos detectado que los hospitales
son mucho más reticentes ante el hecho religioso y la labor de las organizaciones religiosas
11
que las prisiones. En el marco de los hospitales, la mayoría de profesionales entrevistados
perciben la religión como un asunto privado que pertenece a la esfera de la intimidad. Sólo
reconocen un papel a la religión en aquellos ámbitos donde la medicina, por una razón u
otra, no puede intervenir; como es el momento de la muerte o hacer frente a las situaciones
en las que la medicina no tiene respuesta. Asimismo, son una excepción los hospitales que
tienen una política proactiva de atención a la diversidad religiosa y que han institucionalizado
medidas para atender las necesidades de las minorías.
No sucede lo mismo en el marco de las instituciones penitenciarias. En este caso, la religión
es, a menudo, percibida por el mismo personal penitenciario como una aliada de la
institución. Por un lado, se considera un recurso personal para los internos para afrontar su
vida, las rutinas en la cárcel y dar sentido a su situación. Son ampliamente conocidos los
programas para atención a la drogadicción y a las toxicomanías impulsados por ONGs
vinculadas con organizaciones religiosas. Ahora bien, también es un recurso social ya que los
grupos religiosos tienen un papel crucial en la provisión de asistencia social tanto dentro de la
prisión como cuando los internos salen de la institución. En un contexto de crisis económica y
escasez donde las instituciones penitenciarias sufren recortes importantes, el papel social de
las organizaciones religiosas puede tomar mayor relevancia.
Nuevas formas de espiritualidad
La investigación muestra que en los últimos años se ha producido la emergencia, el
crecimiento y la institucionalización de nuevas formas de espiritualidad en el marco de los
hospitales y las cárceles. Nos referimos, principalmente, a la expansión de la meditación, la
filosofía budista, el yoga, el reiki o los cursos de pensamiento positivo, entre muchas otras
prácticas. No todas estas actividades, terapias o técnicas tienen una vertiente espiritual ni
son siempre practicadas con este afán pero sí que, en momentos determinados, pueden
ofrecer espacios para la trascendencia espiritual.
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Elàp o e toà GEDIVE‘-IN
Grupo de investigación ISOR
El proyecto GEDIVER-IN. La gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios y
penitenciarios en España
ha sido desarrollado por el equipo de investigación ISOR
(Investigaciones en Sociología de la Religión) y dirigido por los profesores Joan Estruch y Mar
Griera del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de Barcelona. El grupo de
investigación ISOR cuenta con una amplia trayectoria en el campo de la Sociología de la
Religión. El grupo fue fundado en 1974 por el Dr. Joan Estruch y actualmente está dirigido por
la Dra. Mar Griera. Desde 1998 se ha dedicado especialmente al estudio e investigación de la
diversidad religiosa y sus implicaciones para la sociedad contemporánea.
Organización de la investigación
El proyecto GEDIVER-IN ha sido coordinado a partir del trabajo conjunto entre el equipo
investigador y un grupo de colaboradores científicos que han ofrecido su asesoramiento en
diferentes fases de la investigación. El equipo investigador presentó a los colaboradores
científicos los avances del proyecto en dos seminarios de trabajo (celebrados en octubre de
2011 y noviembre de 2012) con el fin de enriquecer la investigación. Estas discusiones
permitieron obtener valiosas aportaciones gracias a sus conocimientos especializados sobre
cada uno de los ámbitos de estudio.
Equipo investigador
Dr. Joan Estruch, catedrático del Departamento de Sociología de la Universitat Autònoma de
Barcelona. Fundador y director del grupo de investigación ISOR hasta su jubilación en julio de
2013.
Dra. Mar Griera, profesora agregada interina del Departamento de Sociología de la
Universitat Autònoma de Barcelona. Directora del grupo de investigación ISOR.
13
Dra. Julia Martínez-Ariño, investigadora post-doctoral en el Max Planck Institute for the Study
of Religious and Ethnic Diversity (Göttingen, Alemania), miembro del grupo de investigación
ISOR.
Dra. Gloria García-Romeral, doctora en sociología, consultora del Máster de Análisis Político
de la Universitat Oberta de Catalunya, miembro del grupo de investigación ISOR.
Anna Clot-Garrell, investigadora predoctoral del Departamento de Sociología de la Universitat
Autònoma de Barcelona, miembro del grupo de investigación ISOR.
Maria Forteza, socióloga, miembro del grupo de investigación ISOR.
Colaboradores científicos
Rafael Briones, profesor titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la
Universidad de Granada y director del proyecto "Censo y análisis de la presencia y actividades
de grupos religiosos no católicos en la Comunidad Autónoma Andaluza".
Manuela Cantón, profesora titular de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de
Sevilla, especialista en Antropología de la Religión, ha dirigido diversas investigaciones sobre
las comunidades evangélicas.
Josep Cid, profesor titular de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona,
director del Grado y Máster en Criminología, director del grupo de investigación Criminología
Aplicada a la Penología de la UAB.
Maria Sagrario Esteban Lopez, asesora técnica de la Dirección General de Calidad,
Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta
de Andalucía.
Dra. Esther Fernández, profesora titular del Departamento de Sociología de la Universitat
Autònoma de Barcelona, experta en sociología del catolicismo, miembro del grupo de
investigación ISOR.
Puerto García, responsable del área de Investigación, Desarrollo e Incidencia de la Fundación
Pluralismo y Convivencia (Ministerio de Justicia) y Directora Técnica del Observatorio del
14
Pluralismo Religioso en España (Ministerio de Justicia, Federación Española de Municipios y
Provincias y Fundación Pluralismo y Convivencia).
Rita Gomes, técnico de proyectos del Área de Investigación, Desarrollo e Incidencia de la
Fundación Pluralismo y Convivencia (Ministerio de Justicia) y técnico del Observatorio del
Pluralismo Religioso en España (Ministerio de Justicia, Federación Española de Municipios y
Provincias y Fundación Pluralismo y Convivencia).
Agustí Iglesias,àso iólogo,àt
i oàdeàlaàDi e ióàGe e alàd áfe sà‘eligiososàdeàlaàGe e alitatà
de Catalunya.
José Ignacio Rivera, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona,
di e to à delà O se ato ioà delà “iste aà pe alà à losà De e hosà Hu a os à à espe ialistaà e à
Derecho penal, política criminal y criminología.
Kàtia Lurbe, investigadora de Assistance Publique – Hôpitaux de Paris. Miembro de
"Educación y Salud", grupo de investigación del Instituto Francés de Educación en la École
Normal de Lyon.
Begoña Román, profesora de la Facultad de Filosofía de la Universitat de Barcelona,
p eside taàdelàCo it àd Èti aàdeà“e eisà“o ialsàdeàCatalu a, vocal del Comitè de Bioètica de
Catalunya.
Óscar Salguero, doctor en antropología, investigador del proyecto "Censo y análisis de la
presencia y actividades de grupos religiosos no católicos en la Comunidad Autónoma
Andaluza" coordinado por Rafael Briones. Investigador en la Universidad de la Laguna y en la
Fundación Pluralismo y Convivencia.
Gemma Ubasart, doctora en Ciencia Política por la Universitat Autònoma de Barcelona,
profesora de la Universitat de Girona, especialista en políticas públicas, derecho penal e
instituciones penitenciarias.
Julio Zino, antropólogo, técnico del Servei de Rehabilitació de la Direcció General de Serveis
Penitenciaris del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Profesor asociado
del Máster oficial en Antropología y Etnografía y del Máster en Criminología y Sociología15
Jurídico Penal de la Universitat de Barcelona.
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Agradecimientos
El proyecto GEDIVE‘-IN: La gestión de la diversidad religiosa en centros hospitalarios y
pe ite iarios e
España
(referencia CSO2010-21248) ha sido realizado gracias a la
financiación del Plan Nacional de Investigación del Ministerio de Economía y Competitividad.
Agradecemos la colaboración y participación de todas las personas que han hecho posible el
desarrollo de esta investigación, en especial a aquellas que nos han facilitado el trabajo de
campo –administraciones públicas, dirección y personal de las instituciones y miembros de
las comunidades religiosas– y a las que nos han ayudado a comprender mejor este ámbito de
estudio, especialmente los colaboradores científicos del proyecto. También queremos
agradecer la colaboración del grupo de estudiantes que nos han acompañado en momentos
concretos del trabajo de campo y especialmente a Marc Sant, Judith Orta Lorente, Laia Vidal
y Gerard Tomàs.
17
1. Introducción
El presente informe tiene como objetivo dar a conocer el proyecto de investigación GEDIVERIN así como explicar sus principales resultados y sugerir líneas de investigación futuras. De
manera detallada se exponen, en primer lugar, los antecedentes teóricos y el diseño inicial
del proyecto con el fin de ubicar al lector en el punto de partida de la investigación. A
continuación se explica el trabajo de campo realizado para pasar después a la exposición de
los resultados. Dada la complejidad del tema y la gran cantidad de datos recopilados, la
presentación de los resultados se ha ordenado, en primer lugar, de acuerdo con el tipo de
institución (prisiones y hospitales) y éstos a su vez han sido divididos, en segundo lugar, de
acuerdo con las tres dimensiones de análisis principales del proyecto (asistencia religiosa,
espacios de culto y práctica religiosa cotidiana). Posteriormente, ofrecemos un repaso a las
hipótesis que planteamos al inicio del proyecto y cerramos con las principales conclusiones
del proyecto, las líneas de investigación que se abren para el futuro, así como los principales
productos que se han derivado de este proyecto.
1.1. Finalidad del proyecto GEDIVER-IN
Pese a la pérdida de relevancia de las iglesias tradicionales, la religión continúa jugando hoy
en día un papel muy importante en las sociedades europeas (Casanova, 2008; Davie, 2000,
2006). El crecimiento de las migraciones internacionales ha reavivado el rol de las religiones
en el continente y ha contribuido a pluralizar el paisaje religioso europeo (Bastian y Messner,
2007). Fruto de este contexto, dos ideas básicas se generalizan. Primero, que la gestión de la
diversidad cultural y religiosa emerge como elemento clave para la gobernanza de las
sociedades contemporáneas y es incorporada en la agenda política de la mayoría de
gobiernos occidentales (Beckford, 1999; Côté & Gunn, 2006; Hackett, 2005). Segundo, que
pese a la creciente centralidad política del tema, el campo de la gestión de la diversidad
religiosa aparece rodeado de incertidumbre (Bader, 2007; Torrekens, 2005) y con escasas
18
recetas de éxito. Habitualmente es percibido por las autoridades políticas como un
conglomerado difuso de problemáticas que "amenazan con estallar" (Griera, 2009; Rath et
al., 2001). En este contexto, la investigación sobre la gestión de la diversidad religiosa emerge
como un campo de estudio fundamental y, a la vez, urgente para afrontar los retos de
nuestro presente.
La investigación que aquí se presenta se centra, precisamente, en estudiar las negociaciones
que se producen en torno a la presencia de la religión y la diversidad religiosa en las
instituciones públicas españolas. Más concretamente, el objetivo del estudio es analizar de
forma paralela pero relacionada las siguientes cuestiones: (a) la emergencia de nuevos retos,
necesidades y demandas derivadas del crecimiento de la diversidad religiosa y (b) las
respuestas, estrategias y soluciones adoptadas por las instituciones públicas frente a este
nuevo contexto. Con la intención de captar las complejidades y aprehender de forma
contextualizada el objeto de estudio, el proyecto toma como casos de análisis dos
instituciones de internamiento: centros penitenciarios y hospitalarios. Acotar el campo de
análisis a contextos institucionales concretos permite una aproximación a la microsociología
de los actores (De Galembert, 2007) y poder reconstruir con mayor precisión y exhaustividad
las implicaciones asociadas a la gestión de la diversidad religiosa.
Asimismo, la realización del trabajo de campo en Andalucía y Cataluña y la comparación entre
ambas regiones permite detectar con mayor nitidez las variables más relevantes para
comprender los procesos de gestión de la diversidad religiosa en las instituciones públicas. De
manera concreta, la comparación territorial para el caso que nos ocupa permite, por un lado,
sacar a la luz las diferentes configuraciones que adopta la diversidad religiosa en las
instituciones públicas de cada una de las Comunidades Autónomas (CCAA) estudiadas y, por
el otro, identificar los factores y condiciones del contexto que permiten explicar las
similitudes y diferencias en la manera de negociar y gestionar esta diversidad religiosa.
La finalidad de la investigación radica en arrojar luz sobre el impacto que genera la
transformación del panorama religioso en el seno de las instituciones públicas, así como en
ofrecer claves de comprensión para descifrar cómo se articulan los intereses, visiones y
demandas de las minorías religiosas, la Iglesia católica y los que no se identifican con ninguna
confesión religiosa en la España contemporánea. En definitiva, el proyecto pretende
19
contribuir al debate académico señalado por Ferrari (2008) y Casanova (2007, 2008) sobre el
rol que juega(n) la(s) religión(es) en la esfera pública de los países europeos y la manera
como los estados responden a la creciente diversificación religiosa de la población. Este
debate pone en relación tres cuestiones distintas: (1) la discusión sobre el papel que se
atribuye a las minorías religiosas y, especialmente, al islam, en la esfera pública; (2) el debate
en relación al rol que se asigna a las iglesias históricas en el contexto de secularización
avanzada; y, finalmente, y más significativo para el proyecto, (3) la manera como se produce
la negociación discursiva y práctica en torno a la acomodación de la diversidad religiosa en el
contexto de las instituciones públicas.
Más allá del interés académico del proyecto, la investigación también pretende hacer visible
la realidad vivida en el día a día de las instituciones y las experiencias concretas de atención a
la diversidad religiosa desarrolladas en hospitales y prisiones. De este modo, podemos sacar a
la luz pública ejemplos de buenas prácticas mediante las cuales la acomodación de la
diversidad religiosa en las instituciones públicas no vaya en detrimento de la calidad de los
servicios públicos ni de los derechos básicos de ciudadanía.
1.2. Antecedentes y marco teórico
Tres campos de conocimiento interrelacionados nutren teóricamente la aproximación al
objeto de estudio y justifican la pertinencia de las preguntas de análisis y las hipótesis del
proyecto GEDIVER-IN, son los siguientes: a) la literatura sociológica en torno a las
transformaciones en el campo religioso en la Europa occidental; b) los estudios sobre los
cambios en la gestión política de la religión; c) la literatura especializada que analiza la
acomodación de la diversidad religiosa en contextos institucionales específicos, como son las
instituciones penitenciarias y sanitarias.
1.2.1. Las transformaciones en el campo religioso: entre la secularización y la diversidad
religiosa
El punto de partida de esta investigación es la constatación de que en los últimos años se ha
producido una significativa transformación del panorama religioso en España. Por un lado, el
20
proceso de secularización se afianza y las cifras de pertenencia y práctica religiosa continúan
descendiendo gradualmente (Bericat, 2008; Estruch, 1996; Pérez-Agote, 2007, 2012; PérezAgote y Santiago García 2005). Por otro lado, se produce un proceso de diversificación del
mapa religioso español e incrementa la relevancia y visibilidad pública de las minorías
religiosas (Briones et al., 2011; Díez de Velasco, 2008; Estruch et al., 2004; López García,
2007). La simultaneidad de estos dos procesos en un mismo territorio no es algo exclusivo del
caso español; tanto la consolidación de la secularización como la diversificación del paisaje
religioso es común a la mayoría de países de Europa (Davie, 2000). Sin embargo, en cada país
europeo estos procesos adquieren unas particularidades específicas que los hacen únicos y
singulares.
En España el proceso de secularización ha sido más tardío pero también más rápido que en la
mayoría de países europeos. La dictadura franquista "congeló artificialmente" el monopolio
católico (Estruch, 1994, 1996), pero la llegada de la transición democrática aceleró el
descenso de las cifras de pertenencia y práctica católica, proceso que ha seguido una
tendencia creciente a lo largo de los últimos cuarenta años (Pérez-Agote 2007; 2012; PérezAgote y Santiago García 2005). La consolidación del proceso de secularización y la pérdida de
relevancia social de la Iglesia católica han propiciado un replanteamiento del rol
históricamente preponderante del catolicismo en la sociedad española. Un replanteamiento
que ha generado la necesidad de renegociar el papel de la Iglesia católica en el seno de las
instituciones públicas (ej. hospitales y prisiones), a la vez que ha suscitado la necesidad de
repensar y contextualizar conceptos tales como la aconfesionalidad, la cooperación entre el
Estado y la Iglesia o la libertad religiosa. La respuesta de la institución católica a este nuevo
contexto no es homogénea ni monolítica y se sitúa en la encrucijada entre dos roles casi
opuestos: o bien convertirse en un modelo de "minoría creativa" que vele por los valores
éticos y sociales del cristianismo (Casanova, 1994; Díaz-Salazar, 2008), o bien fomentar un
modelo de catolicismo identitario más propenso a generar una identidad de resistencia
(Castells, 1998; Minkenberg, 2007; Pace, 2007). Ahora bien, en las situaciones cotidianas
generalmente ambos roles se superponen e incluso compiten entre sí. Profundizar en el
análisis de la actitud y el rol que juega la Iglesia católica en contextos concretos y definidos –
como los que propone esta investigación– resulta clave para avanzar en la comprensión de
las transformaciones del campo religioso en la modernidad tardía.
21
En relación con el proceso de diversificación religiosa, es necesario poner de manifiesto, de
entrada, que no se trata de un fenómeno completamente nuevo. Las minorías religiosas han
jugado un papel relevante en la historia de España a pesar de que han sido reiteradamente
víctimas de persecución, exclusión y estigmatización. Asimismo, la transición democrática
facilitó el crecimiento de las minorías religiosas. La difusión de las religiones orientales y la
apertura de numerosos centros budistas e hinduistas, la venida de numerosos misioneros
protestantes y la creación de los primeros oratorios islámicos, entre otros, vigorizó la
diversificación del mapa religioso español (Estruch et al. 2004; Rozenberg, 1996). Sin
embargo, y a pesar de este notable crecimiento, las minorías religiosas fueron, en gran parte,
invisibles en la esfera pública durante la década de los ochenta y principios de los noventa. A
pesar de la creación de un marco legal respetuoso con la diversidad, las necesidades de las
minorías fueron escasamente tomadas en cuenta en la gestión cotidiana de las instituciones
públicas (Moreras, 2002; Motilla, 2003).
Sin embargo, la llegada del siglo XXI viene marcada por un crecimiento exponencial de la
inmigración internacional, que se convierte en la piedra angular de la visibilización de la
diversidad religiosa y de la consolidación del pluralismo religioso en España. En pocos años,
los flujos migratorios con destino a España se han incrementado notablemente. Mientras que
en 1998 la población nacida en el extranjero representaba el 2,95% del total de la población
española, esta cifra pasó a representar el 14,15% en 2011 (INE, 2012). Las minorías religiosas
ganan presencia pública y visibilidad (Martínez-Ariño et al., 2011). Prueba de ello son los
datos referentes al número de lugares de culto de las minorías religiosas incluidos en el
Directorio de lugares de culto del Observatorio del Pluralismo Religioso en España. En junio
de 2014 se contaban un total de 6.187, de los cuales 3.549 (57,4%) pertenecían a las iglesias
evangélicas, 1.312 (21,2%) a las comunidades islámicas, 702 (11,3%) a los Testigos de Jehová,
177 (2,9%) a las iglesias ortodoxas y 136 (2,2%) al budismo. El resto se divide entre grupos
más pequeños como son el Judaísmo, el Sijismo o los Bahá'ís y Mormones.
El incremento de las comunidades religiosas minoritarias en el contexto español se produce
en paralelo a un proceso de recrudecimiento de las identidades religiosas a nivel mundial que
pasan a convertirse en un vector clave de la movilización por el reconocimiento no exento de
tensiones y consecuencias no esperadas (Modood et al. 2006). Todos estos cambios generan
nuevos retos y desafíos para la acomodación de la diversidad religiosa.
22
En definitiva, el campo religioso se encuentra sumido en un proceso de profundas
transformaciones,
principalmente
ocasionadas
por
los
procesos
simultáneos
de
secularización y diversificación de la sociedad. Ahora bien, en el análisis del campo religioso
también conviene tener en cuenta otros factores como la emergencia de nuevas formas de
religiosidad que trascienden las categorías tradicionales (Briones, 2009; Díaz-Salazar et al,
1994; Griera y Urgell, 2002; Mardones, 1999), la creciente presencia pública de las
asociaciones de ateos o el auge de las iniciativas de diálogo interreligioso (Griera, 2012;
Itçaina y Burchianti, 2007), entre otras cuestiones.
1.2.2. Las transformaciones en la gestión de la diversidad religiosa: el modelo de
relación Iglesia-Estado y la acomodación de las minorías
En segundo lugar, esta investigación deriva de las consideraciones sobre la relevancia que
adquiere la gestión de la diversidad religiosa en las sociedades contemporáneas. Tal y como
Minkenberg (2007: 900) pone de manifiesto, "la pluralización y creciente heterogeneidad del
mapa religioso comporta un aumento del número e intensidad de los conflictos en la
intersección entre política y religión que desafían el funcionamiento de la democracia". Las
cuestiones religiosas entran en la agenda política de los gobiernos occidentales y se produce
una reconfiguración de los sistemas tradicionales de regulación de la religión (Bader, 2007;
Koenig, 2005).
Al analizar las transformaciones en el campo de la gestión política de la religión conviene
tener presentes tres cuestiones. Por un lado, es importante tomar en consideración que el
proceso histórico de configuración del modelo de relación Iglesia-Estado constituye la matriz
a partir de la cual se produce la acomodación de las minorías religiosas en la actualidad
(Davie, 2000). En este sentido, las distintas respuestas políticas actuales de los gobiernos
europeos frente a la diversificación religiosa están en gran medida condicionadas –o se
pueden explicar– por el papel otorgado en cada país a nivel simbólico y legal a la iglesia
mayoritaria (Bader, 2007; Fetzer y Soper, 2005; Soper y Fetzer, 2003).
Po àot oàlado,à o oà aàseàhaà e io adoà à o oàpo eàdeà a ifiestoàDa ieà
:à
,à lasà
iglesias históricas pierden relevancia precisamente en el mismo momento en que llega un
ú e oà e ie teàdeà ue osàg uposà eligiosos .àEsteàfe ó e oàge e aàu contexto favorable
23
para la modificación y adaptación de los modelos de gestión de la diversidad religiosa. Estas
modificaciones pueden potenciar un modelo laicista –es decir, de limitación del rol de las
religiones en la esfera pública–, un modelo pluralista –o de reconocimiento de la diversidad
religiosa– o un modelo monopolista –de privilegio de una religión por encima de las otras
(Bader, 2007). La literatura especializada indica que en la actualidad existe una cierta
convergencia europea hacia el favorecimiento del modelo pluralista (Koenig, 2007), si bien
hay excepciones y no existe aún consenso sobre la dirección y las variables de la
t a sfo
a ió à Bade ,à
.à E à esteà se tido,à Fe a ià
:à
à afi
aà ueà ... à losà
sistemas tradicionales de relación entre los estados y lo religioso no funcionan de forma
fluida; tras un periodo de relativa estabilidad han entrado en una fase de transición. La
dirección de este cambio es bastante clara, pero resulta difícil precisar sus posibles
esultados .
Finalmente, para comprender cómo se produce la gestión de la diversidad religiosa en la
actualidad es imprescindible ir más allá de la mera descripción de los regímenes legales de
regulación Iglesia-Estado-minorías religiosas (Bader, 2007; Campiche, 2007; Maussen, 2007).
Como exponen Beckford y Gilliat-Ray (1998), Davie (1999) y de Galembert (2001), para
comprender cómo se desarrolla la gestión de la diversidad religiosa en la práctica resulta
esencial entender los procesos de contextualización, interpretación e implementación del
marco legal en espacios delimitados y concretos, como pueden ser las prisiones y hospitales.
1.2.3. La acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y
sanitarias
Es en las instituciones públicas de internamiento, tales como prisiones y hospitales, con
a a te ísti asà e a asà alà tipoà idealà deà i stitu ió à total à desa olladoà po à E i gà Goff a à
(1970), donde la transformación del campo religioso se hace más evidente. Las instituciones
con rasgos totales u absorbentes tienen un interés sociológico particular para el estudio del
he hoà eligiosoàdadoà ueà ep ese ta àu à hí idoàso ial,àe àpa teà o u idadà eside ialà àe à
pa teà o ga iza ió à fo
al à Goff a ,à
:à
.à E à o se ue ia,à so à luga esà do deà laà
redefinición de los modelos de gestión cristaliza en un proceso cotidiano y complejo de
administración de demandas, servicios y celebraciones religiosas, sobre todo fruto de la
24
negociación entre el papel de la Iglesia católica y las minorías religiosas. En este sentido,
como indican Beckford y Gilliat-Ray, estas instituciones se convierten en espacios e àlosà ueà
todos los desafíos, conflictos y negociaciones de una sociedad multicultural pueden
o se a seàe à i iatu a à
:à
.
El proceso de acomodación de la diversidad religiosa en instituciones penitenciarias y
hospitalarias es, por tanto, el núcleo duro del objeto de estudio. Abordarlo implica tener en
cuenta tres aspectos diferentes. En primer lugar, la gestión de la diversidad religiosa en
hospitales y prisiones engloba múltiples elementos con implicaciones diferentes. Por ello es
importante analizar cada uno de ellos por separado y posteriormente abordarlos de manera
conjunta para así identificar las posibles relaciones entre sí. Los elementos principales a tener
en cuenta son: a) la asistencia religiosa individual y la celebración de servicios religiosos
colectivos, entre los que destacan las principales festividades de cada tradición religiosa; b)
los requerimientos de espacios para la celebración de actividades religiosas; y c) el ajuste
entre el cumplimiento de preceptos y la práctica religiosa y el funcionamiento diario de los
centros.
En segundo lugar, la gestión de la diversidad religiosa en las instituciones públicas españolas
no se puede desvincular del marco legal. Así, la regulación jurídica de la diversidad religiosa
en España está conformada principalmente por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa 7/1980,
los Acuerdos entre la Santa Sede y el Gobierno español (1979) y los Acuerdos de Cooperación
con tres minorías religiosas (1992). Sin embargo, si bien es importante tener en cuenta el
marco legal, es aún más relevante observar cómo éste se adapta y se resignifica en contextos
concretos. El modelo de gestión de la diversidad religiosa se configura lentamente a partir de
las respuestas dadas a una multitud de interrogantes que surgen a pequeña escala. Entre
ellos destacan los siguientes: ¿Cuáles son las demandas de las minorías religiosas
consideradas legítimas? ¿A qué minorías religiosas se tiene que permitir ofrecer asistencia
religiosa en hospitales y prisiones? ¿Quién tiene que sufragar los gastos de la asistencia
religiosa? Analizar las respuestas dadas a estas preguntas en contextos concretos es
imprescindible para avanzar en el conocimiento sobre la gestión de la diversidad religiosa.
En tercer lugar, como indican Beckford y Gilliat-Ray (1998) y Joly y Beckford (2006), es clave
analizar cómo se producen las relaciones entre los distintos actores implicados. En este
25
sentido, por ejemplo, una investigación realizada en las prisiones del Reino Unido puso de
manifiesto que la Iglesia Anglicana era un actor crucial en los procesos de gestión de la
diversidad religiosa actuando como "broker" y "facilitador" en nombre de las minorías
religiosas (Beckford y Gilliat, 1998). Es decir, la relación entre las minorías religiosas y la
institución se encontraba mediada por el rol de los capellanes anglicanos. Asimismo, también
es importante tener en cuenta el papel que juegan los profesionales de estas instituciones.
En este sentido, no sólo resulta crucial conocer cómo los mandos directivos enfocan las
cuestiones vinculadas con la diversidad religiosa en cada uno de los centros, sino también
cómo el personal aborda las situaciones concretas que se le plantean en el día a día de su
trabajo en la institución. Precisamente son estas personas las encargadas de negociar de
manera cotidiana el ajuste entre las demandas de las personas internas con las normas y
funcionamiento de cada institución y el marco legal vigente.
En definitiva, como señala Beckford (1999), una de las ironías de la secularización es
precisamente que la religión no pasa necesariamente a ser una cuestión sencilla, sino que
puede ser aún más controvertida. Por este motivo, analizar los procesos de negociación y
gestión de la diversidad religiosa resulta esencial para comprender cómo se desarrollan
nuevos modelos de encaje entre las minorías religiosas, la Iglesia católica y las instituciones
públicas en este siglo XXI.
1.3. Objetivos
La diversidad religiosa se ha incorporado a la agenda política de la mayoría de países
occidentales. En España, el crecimiento de la inmigración ha conllevado un proceso de
diversificación religiosa que ha generado nuevos retos en la construcción de una sociedad
inclusiva y respetuosa con las distintas opciones religiosas. Las razones por las que se
considera pertinente esta investigación son dos: por un lado, la necesidad de profundizar en
el conocimiento sobre la presencia y rol de la religión en general, y las minorías religiosas en
particular, en las instituciones públicas; por otro lado, la necesidad de conocer, analizar y
diagnosticar el alcance, los efectos y las consecuencias de las acciones políticas en relación
con la acomodación de las minorías religiosas en las instituciones públicas. Enumeramos a
continuación los principales objetivos de esta investigación.
26
2. Diseño de la investigación y metodología
Desde su inicio, esta investigación fue planteada partiendo de un enfoque cualitativo que
permitiera realizar una incursión en profundidad en los diferentes aspectos que envuelven la
gestión de la diversidad religiosa. Adoptando el estudio de casos como diseño de
investigación, este estudio realiza un examen detallado de cada uno de los centros
seleccionados y de las negociaciones y tensiones que surgen en su día a día. El objetivo del
análisis es comprender los significados que las personas otorgan a las realidades que viven.
De este modo es posible profundizar en el conocimiento y explicación de las
transformaciones acaecidas en las instituciones públicas en los últimos años.
27
2.1. Preguntas de investigación e hipótesis de trabajo
A partir de la argumentación presentada en los anteriores apartados se formuló la siguiente
pregunta de investigación:
Esta pregunta, de carácter general, se concretó en las siguientes cuestiones específicas:
¿Qué consecuencias tiene el aumento de la diversidad religiosa de la población
interna en el funcionamiento cotidiano de los centros penitenciarios y
hospitalarios?
¿Cuáles son los retos que plantea a estos dos tipos de instituciones públicas (los
centros hospitalarios y penitenciarios) el aumento de la diversidad religiosa en la
sociedad española?
¿Cuáles son las principales estrategias de acomodación que se están
implementando en estas instituciones y cuál es la orientación de las mismas?
¿Existen diferencias significativas en la gestión de la diversidad religiosa en
función del tipo de institución pública? ¿A qué se deben estas diferencias?
¿Existen diferencias significativas en la gestión de la diversidad religiosa en cada
una de las Comunidades Autónomas que son objeto de estudio? ¿Qué factores las
explican?
● ¿Cómo afronta la Iglesia católica la pérdida del monopolio en las instituciones
28
públicas españolas? ¿Cuál es su actitud ante la creciente presencia de minorías
religiosas?
A partir de estas cuestiones, se plantearon dos hipótesis de trabajo, la primera referente al
modelo de gestión de la diversidad religiosa y la segunda a la actitud de la Iglesia católica
ante la desmonopolización de las instituciones públicas:
2.2. Operacionalización y dimensiones de análisis
El salto de la formulación teórica de las hipótesis de esta investigación al análisis de la
realidad empírica se realizó a partir de la operacionalización del concepto de gestión y
acomodación de la diversidad religiosa en instituciones públicas. Esta formulación general se
concretó en tres dimensiones de análisis: la asistencia religiosa, los espacios de culto y la
práctica religiosa. A continuación se explican con mayor detalle.
29
Tabla 1: Di e sio es de a álisis del o epto gestió de la diversidad religiosa .
DIMENSIÓN
DESCRIPCIÓN
1. Asistencia
religiosa
Atención religiosa y espiritual a nivel individual y colectivo de personas internadas
en prisiones y hospitales.
2. Espacios de
culto
Infraestructuras disponibles para el desarrollo de la práctica religiosa, adecuación
de un espacio físico destinado al culto dentro de las instituciones y decoración y
simbología de dicho espacio.
3. Práctica
religiosa
Ajustes realizados para encajar la práctica religiosa cotidiana y las festividades con
el funcionamiento de las instituciones.
Fuente: Elaboración propia.
Asistencia religiosa y espiritual. Tomando como referencia para su definición el modelo
católico detallado en los acuerdos concordatarios de 1979 y el contenido de los acuerdos de
cooperación de 1992 (firmados entre el Estado y las federaciones de entidades judías,
musulmanas y protestantes), se entiende por asistencia religiosa aquellas actividades
desarrolladas por los representantes religiosos dentro del ámbito hospitalario y penitenciario
(entre otros) para dar respuesta a las necesidades del personal y población usuaria de los
centros. Las principales actividades comprendidas son: la visita a personas enfermas o
reclusas, la celebración de actos de culto, la administración de los sacramentos (en el caso
que proceda) y, en definitiva, el acompañamiento y asesoramiento a nivel espiritual tanto de
las personas internas como de sus familiares y la plantilla de los centros.
Espacios para el culto. La segunda dimensión de análisis se refiere a la existencia y adecuación
de un espacio físico en el que las personas internas o ingresadas puedan realizar sus prácticas
religiosas y donde sea posible la celebración de actos de culto dentro de los recintos
hospitalario y penitenciario. Además de tomar en consideración la existencia de un espacio,
la operacionalización de esta dimensión también comprende la configuración arquitectónica
de estos espacios, el mobiliario y decoración disponibles, la presencia de símbolos religiosos y
la distribución de los usos de este espacio entre los diferentes grupos religiosos. El análisis de
los aspectos materiales y espaciales de la religión resulta clave para entender el modo en que
su presencia es negociada en el contexto de las instituciones públicas. Asimismo, permite
entender mejor las relaciones de poder existentes tanto entre los diferentes grupos religiosos
como entre los grupos religiosos y la institución secular.
30
Ajuste entre la práctica religiosa cotidiana y el funcionamiento de hospitales y prisiones. En la
cotidianeidad de las personas internas en hospitales y prisiones hay elementos de la práctica
religiosa que pueden hacerse presentes de manera visible en el funcionamiento habitual de
ambas instituciones. En este sentido, este estudio toma en consideración la posibilidad y
condiciones del desarrollo de los siguientes aspectos: el seguimiento de preceptos
alimentarios por motivos religiosos, el uso de símbolos religiosos o de indumentaria con un
significado religioso y el desarrollo de los rituales y prácticas religiosas vinculadas al momento
del nacimiento y de la muerte de las personas dentro de estas instituciones. En este punto
resulta de especial relevancia conocer no sólo las respuestas que las instituciones ofrecen
para satisfacer las demandas, sino también los discursos que las enmarcan.
Para poder llevar a cabo la recogida de la información empírica en torno a las anteriores
dimensiones y para su posterior análisis se tomaron en consideración diferentes indicadores,
expuestos en la tabla 2.
Tabla 2. Operacionalización de las dimensiones de análisis.
DIMENSIÓN
INDICADORES
Posibilidad de los internos de recibir asistencia religiosa y condiciones para ello
Ministros de culto con autorización para acceder a las instituciones, condiciones
requeridas y tipo de vínculo con la institución (estable, temporal, contractual, etc.)
Asistencia
religiosa
Existencia de un espacio dentro de la institución, capacidad de acción y
participación en el funcionamiento de la institución
Existencia y tipos de financiación de los ministros de culto
Tipos de actividades incluidas en la asistencia religiosa (atención individual, rituales
colectivos, formación) y condiciones para realizarlas
Reconocimiento institucional y simbólico de la institución hacia los ministros de
culto
Existencia de lugares de culto
Uso pluriconfesional (o no) del lugar de culto
Espacios de culto
Existencia de símbolos religiosos y decoración de los espacios
Gestión de los usos de los espacios para actividades religiosas
Denominación del espacio (capilla, oratorio, sala multiconfesional, etc.)
31
Posibilidad de llevar a cabo y de celebrar las principales festividades religiosas
Posi ilidadàdeàte e àa esoàaà ate ialà eligiosoà Bi lia,àCo
,à u ifijos,à osa ios… à
Posibilidad de recibir alimentación de acuerdo con los preceptos religiosos
Encaje práctica
religiosa funcionamiento
de la institución
Posibilidad de utilizar indumentaria de carácter religioso
Posibilidad de llevar a cabo rituales de paso, como por ejemplo el momento del
nacimiento y de la defunción
Presencia de símbolos religiosos en los edificios
Incompatibilidad entre tratamientos médicos y preceptos religiosos
Fuente: Elaboración propia.
2.3. Diseño de la investigación y criterios para la selección de los casos
La investigación, a partir de un diseño de estudio de caso, se centra en el estudio de la
gestión de la diversidad religiosa en instituciones públicas. El diseño basado en el estudio de
asoàseà o side aà o oà elàestudioài te si oàdeàu aàu idadà o àelào jeti oàdeà o p e de à
u à g upoà
sà g a deà deà u idadesà si ila es à Ge i g,à
: 342). En este diseño1 se han
considerado dos casos de estudio, los centros hospitalarios y penitenciarios. En estos dos
tipos de instituciones públicas se han seleccionado, en un mismo momento temporal,
diferentes unidades introduciendo en el análisis una variación territorial al realizarse el
estudio en dos contextos territoriales diferentes: las comunidades autónomas de Andalucía y
Cataluña.
Por tanto, para cada caso (centros hospitalarios y centros penitenciarios) se han seleccionado
diferentes unidades, considerándose para el análisis un total de 8 centros penitenciarios (2
en Andalucía, 6 en Cataluña) y 5 centros hospitalarios (2 en Andalucía y 3 en Cataluña).
Si bien los centros penitenciarios y hospitalarios presentan diferencias notables en una
aproximación más detallada, los dos casos comparten una serie de características comunes
que justifican su comparación. En primer lugar, podemos destacar como rasgo común el
hecho de ser instituciones públicas que implican una situación de internamiento, si bien
1
Sería lo que Gerring (2004) denomina e su tipología co o estudio c oss-sectio al , e el ue se a aliza e
un mismo momento temporal diferentes unidades incorporando una variación espacial.
32
adoptan formas muy diferentes (diferente nivel de cierre y aislamiento y de contacto con
personas del exterior de la institución, entre otros aspectos). En segundo lugar, a pesar de
tener objetivos diferentes, el internamiento supone en ambos casos una separación de los
entornos habituales de las personas, la dificultad de desarrollar una vida con normalidad y la
dependencia de otras personas para llevar a cabo las actividades cotidianas. También la
forma de organización y gestión política de las dos instituciones es sustancialmente diferente.
Mientras los centros penitenciarios (salvo en el caso de Cataluña, que cuenta con las
competencias ejecutivas) se rigen de manera centralizada a través de la Secretaría General
de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, la gestión hospitalaria se encuentra
descentralizada a nivel de las consejerías de salud de las comunidades autónomas. Aún más,
los centros hospitalarios a nivel individual gozan de una mayor autonomía que los centros
penitenciarios.
A nivel territorial, el objeto de estudio se ha delimitado espacialmente a dos contextos
concretos donde se ha llevado a cabo el trabajo de campo: las comunidades autónomas de
Andalucía y Cataluña. La elección de estos dos territorios responde a los siguientes criterios:
En primer lugar, se trata de dos CCAA con un tamaño de población grande para asegurar la
existencia de una mayor diversidad cultural y religiosa. En segundo lugar, ambas son regiones
con una amplia diversidad religiosa en la composición de su población. Los siguientes datos,
referidos al número de centros de culto de las minorías religiosas en cada una de ellas así lo
demuestran.
33
Tabla 3. Centros de culto de minorías religiosas en Cataluña (2013) y Andalucía (2012).
TRADICIÓN RELIGIOSA
CATALUÑA (2013)
ANDALUCÍA (2012)
Iglesias Evangélicas
657
504
Islam
231
180
Testigos de Jehová
126
130
Budismo
66
14
Hinduismo
28
3
Iglesias Ortodoxas
52
16
Adventistas
23
11
Mormones
13
31
FeàBaha í
12
1
Sijismo
9
-
Taoísmo
5
-
Judaísmo
4
4
Otros
31
5
TOTAL
1257
899
Fuente: Base de datos de centros de culto de las minorías religiosas de Cataluña (ISOR-DGAR, 2013) y Directorio
de lugares de culto (Observatorio del Pluralismo Religioso en España, 2012).
En segundo lugar, son comunidades autónomas con patrones religiosos distintos. Por lo que
respecta a la asistencia e identificación religiosa así como a la práctica institucionalizada,
Cataluña representa uno de los territorios con índices de secularización más elevados, a
diferencia de Andalucía (Pérez-Agote, 2012). Evidencia de ello son los datos de matriculación
de alumnos en la asignatura de religión facilitados por el Ministerio de Educación Cultura y
Deporte (2012). En el nivel de educación primaria, un 88,2% del total de alumnos y alumnas
cursó la asignatura de religión católica para el curso 2011-12, mientras que la cifra en
Cataluña desciende a un 39,8%. Estas diferencias también son evidentes en la Educación
Secundaria Obligatoria, donde los datos son 66,1% y 33% respectivamente.
34
Como tercer criterio, se tomó en consideración que ambas cuentan con un elevado número
de población reclusa (16.174 en el caso de Andalucía y 10.497 en Cataluña en diciembre de
2011, lo que supone respectivamente un 15% y un 23% sobre el total de la población reclusa
en España (INE, 2011).
En cuarto lugar, son comunidades que cuentan con un número de centros penitenciarios
considerable que permitiera un cierto margen de maniobra en la selección de los centros.
Andalucía cuenta con 12 centros penitenciarios y Cataluña con 14. Entre las dos representan
el 33% sobre el total de centros penitenciarios de España.
Por último, se trata de CCAA con sistemas penitenciarios y sanitarios diferentes, lo que
permite su comparación. Dado que Cataluña es la única comunidad autónoma que tiene
transferidas las competencias ejecutivas en materia penitenciaria y que cuenta, por tanto,
con un modelo penitenciario diferente al del resto de España, y dado que el sistema sanitario
varía entre todas las CCAA, la elección de los territorios debía incluir por defecto el caso
catalán y otra comunidad que compartiera algunas características.
Por lo que respecta a la selección de los diferentes centros en los que se ha llevado a cabo el
estudio, se han tomado en consideración los siguientes criterios muestrales:
Centros hospitalarios: ser centros de titularidad pública, estar ubicados en ciudades con una
importante presencia de diversidad religiosa y tomar en consideración ciudades de diferentes
tamaños.
Centros penitenciarios: el número de personas internas, la concentración de diversidad
religiosa (apreciable en el número y variedad de ministros de culto autorizados para prestar
el servicio de asistencia religiosa), ser centros de régimen interno (prevención y
cumplimiento) y el año de apertura.
35
Tabla 4. Centros penitenciarios y hospitalarios seleccionados por comunidad autónoma.
DIMENSIÓN
CATALUÑA
ANDALUCÍA
TOTAL
Hospitales
5
2
7
Prisiones
6
2
8
Total
11
4
15
Fuente: Elaboración propia.
El conjunto final de centros hospitalarios y penitenciarios seleccionados como unidades para
el estudio de cada caso no pretende ser una muestra estadísticamente representativa del
total de centros de cada una de las dos CCAA, pero sí que abarca instituciones con
situaciones comunes al conjunto de ambas instituciones públicas. De este modo se obtiene
una imagen amplia de las distintas situaciones que se encuentran en los dos tipos de
institución.
2.4. Técnicas de recogida de la información
La investigación empírica ha adoptado un diseño metodológico de carácter cualitativo de
acuerdo con los objetivos planteados. Este tipo de enfoque permite una aproximación a la
complejidad y matices de las instituciones estudiadas. Además posibilita situar críticamente
los marcos legales y políticos con las prácticas cotidianas de cada centro. La naturaleza
cualitativa del estudio ha facilitado la flexibilidad y a su vez sistematización del proceso de
investigación, muy arraigado en los entornos locales pero a su vez en diálogo con los trabajos
y literatura internacionales. Por consiguiente, la generalización y representación deriva del
tratamiento minucioso de los datos (Coffey y Atkinson, 2003), es decir, del examen intensivo
de realidades empíricas informado por marcos teóricos que trascienden la particularidad y
especificidad y que facilitan su comparación.
Para la recogida de la información se ha seguido una estrategia metodológica basada en la
triangulación de diferentes técnicas de recogida de la información: el análisis documental, la
entrevista semiestructurada, la observación etnográfica pautada y la técnica de shadowing.
La combinación de diferentes técnicas permite captar las consistencias e inconsistencias
existentes en el campo y los diferentes puntos de vista y perspectivas de los distintos actores
36
implicados.
Análisis documental: revisión de diferentes materiales relacionados con la gestión y
acomodación de la diversidad religiosa, como por ejemplo: legislación, jurisprudencia,
medidas políticas, circulares institucionales de prisiones y hospitales, normativas internas de
las diferentes instituciones, etc. El objetivo de esta revisión era conocer el marco legal y los
reglamentos que encuadran el encaje de las minorías religiosas en instituciones públicas de
internamiento que hasta hace unas décadas funcionaban en lo que a aspectos religiosos se
refiere según la lógica y pautas del catolicismo. Del mismo modo, también se ha analizado
material recogido en las diferentes instituciones con información referente al servicio de
asistencia religiosa, así como también el material producido por algunos grupos religiosos
para su uso en el entorno de los hospitales y las prisiones.
Entrevistas semiestructuradas a responsables políticos y técnicos: se han realizado entrevistas
a personas con cargos de responsabilidad política y técnica en la administración pública,
tanto en el ámbito sanitario como en el penitenciario. Estas entrevistas resultan de especial
relevancia para conocer las principales líneas de trabajo desarrolladas desde la
administración en relación con la presencia de la diversidad religiosa en hospitales y
prisiones. Se ha entrevistado a personas de cada uno de los dos ámbitos (hospitalario y
penitenciario) en cada una de las dos comunidades autónomas, así como también a nivel
nacional. También se han realizado entrevistas con cargos políticos y técnicos en la gestión de
la diversidad religiosa a nivel general, más allá de los ámbitos hospitalario y penitenciario.
Entrevistas semiestructuradas con personal de los centros: se han llevado a cabo entrevistas
con diferentes cargos directivos y trabajadores y trabajadoras de las instituciones
seleccionadas para esta investigación, que han aportado información valiosa sobre el
funcionamiento cotidiano de éstas en relación con la presencia de la diversidad religiosa. La
información recogida ha permitido complementar aquella facilitada por los cargos políticos y
técnicos sobre experiencias vividas en los diferentes centros. Más concretamente, aunque no
en todos los casos haya sido posible realizarlas, se solicitó entrevistar a los siguientes actores
de cada ámbito:
● Centros hospitalarios: director/a o gerente, personal responsable de ingreso y
37
atención al paciente/usuarios, director/a de enfermería, director/a médico/a y
miembros del comité de bioética o ética asistencial.
● Centros penitenciarios: director/a de la prisión, subdirector/a de tratamiento,
responsable de relaciones con las instituciones sociales, personal de los equipos
técnicos
de
tratamiento
(trabajadores/as sociales, educadores/as,
etc.)
y
funcionariado (en general).
Entrevistas semiestructuradas a representantes de los grupos religiosos: se han entrevistado a
representantes de diferentes tradiciones religiosas a nivel nacional y autonómico para
conocer y recoger sus percepciones en torno al tratamiento de lo religioso en las
instituciones hospitalarias y penitenciarias. Las entrevistas a los representantes religiosos han
permitido conocer sus demandas y necesidades y ha facilitado el acceso a otros informantes
clave, como son las personas religiosas encargadas de proveer asistencia religiosa en los
centros seleccionados.
Entrevistas semiestructuradas a las personas encargadas de la asistencia religiosa en los
centros: se ha entrevistado a personas de las diferentes tradiciones religiosas encargadas de
ofrecer asistencia religiosa en los hospitales y prisiones seleccionados con el objetivo de
conocer el día a día y las situaciones concretas que se desarrollan en estos centros en torno a
la gestión de la diversidad religiosa. En este grupo se encuentran también personas
pertenecientes a la rama social de las diferentes organizaciones religiosas (ONGs de carácter
religioso, principalmente).
Observación pautada: se ha llevado a cabo observaciones pautadas de los diferentes espacios
físicos que son objeto de análisis, especialmente aquellos que dentro de las instituciones
estudiadas están destinados a la celebración de actividades religiosas. Se ha prestado
atención no sólo a su diseño arquitectónico, sino también al proceso de construcción y
renovación de dichos espacios, a su decoración, denominación, simbología y toda
información relativa a su financiación, mantenimiento, gestión y uso por parte de los
diferentes grupos religiosos, personal de los centros u otros actores.
Shadowing: en el caso de los centros penitenciarios la observación ha incluido la técnica del
38
shadowing2, que consistió en acompañar a los líderes religiosos en sus visitas a la prisión y en
todas sus actividades en el interior del recinto. Esta técnica, ya utilizada por Gilliat-Ray (2011)
en el marco de su investigación sobre los actores musulmanes en hospitales ingleses,
permitió captar con mayor detalle las sutilezas, matices y complejidad de la figura y trabajo
de estas personas en cada uno de los casos.
2.5. Trabajo de campo
El trabajo de campo se llevó a cabo entre el mes de septiembre de 2011 y el mes de febrero
de 2014. En el caso de los centros penitenciarios el acceso fue facilitado por el Ministerio de
Justicia y el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, que valoraron
positivamente la investigación y emitieron las autorizaciones necesarias para que las
investigadoras pudieran acceder a las prisiones para la realización del trabajo de campo. En el
caso de los centros hospitalarios se negoció el acceso y realización del trabajo de campo de
manera individual con la dirección de cada hospital. La propuesta fue sometida al análisis de
los comités de ética de la investigación o las direcciones de los centros. Las mayores
reticencias a participar en el estudio por parte de algunos centros hospitalarios supusieron
una dilatación del proceso de autorización para acceder a los centros y un retraso del trabajo
de campo en relación con la planificación inicial.
El trabajo de campo se realizó en dos fases. En una primera (septiembre 2011 - octubre
2012) se estudiaron en profundidad cuatro centros hospitalarios (dos en Cataluña y dos en
Andalucía) y seis centros penitenciarios (dos en Andalucía y cuatro en Cataluña). Esta primera
etapa del trabajo de campo permitió realizar un primer diagnóstico de la situación, así como
también identificar aspectos de gran relevancia no tenidos en cuenta en la formulación inicial
del proyecto.
Posteriormente, tras un primer análisis del material recogido, se amplió el trabajo de campo
a otros centros penitenciarios y hospitalarios de Cataluña para profundizar en cuestiones
2
La téc ica de shado i g i plica po pa te del i estigado el segui de ce ca a u sujeto du a te un período de
tiempo para investigar lo que la gente realmente hace durante su vida cotidiana, no lo que se espera en función de su rol.
Como resultado se obtiene una descripción densa de sus comportamientos, opiniones, acciones y explicaciones de esas
accio es (Quinlan, 2008: 1480).
39
concretas que resaltaron en la primera fase del análisis: diseño y uso de los espacios de culto,
la celebración del Ramadán o la presencia de otras expresiones de religiosidad diferentes de
las tradicionales. Entre marzo de 2013 y abril de 2014 se realizó esta segunda fase del trabajo
de campo con la observación de tres centros hospitalarios y dos centros penitenciarios en
Cataluña, todos ellos de régimen interno (tanto de carácter preventivo como de
cumplimiento) con la intención de contrastar los datos y ampliar la información recogida en
la primera fase del trabajo de campo.
En total, desde el inicio de la investigación en septiembre de 2011, se realizaron 100
entrevistas con una duración que oscila entre 45 y 120 minutos. Todas ellas, salvo contadas
excepciones, fueron grabadas, previo consentimiento oral de la persona entrevistada, y
transcritas de manera literal. Los diarios de campo de las observaciones y los diferentes
documentos recogidos durante el trabajo de campo también entraron a formar parte del
material empírico para el análisis.
Tabla 5. Personas entrevistadas según el tipo de actor y el ámbito territorial.
CATALUÑA
ANDALUCÍA
ÁMBITO ESTATAL
TOTAL
Actores políticos /
técnicos
7
-
4
11
Cargos directivos y
personal
instituciones
18
13
-
31
Actores religiosos
/ ONGs religiosas
23
26
3
52
Otros actores
6
-
-
6
TOTAL
54
39
7
100
Fuente: Elaboración propia.
2.6. Técnicas de análisis de la información
Se realizó un análisis de contenido o análisis temático de todo el material empírico
recopilado. El material de campo se organizó y codificó de acuerdo con las tres dimensiones
de análisis: la asistencia religiosa, los espacios de culto y la adecuación entre la práctica
40
religiosa y el funcionamiento de la institución. Esta estrategia de análisis queda recogida en la
tabla 6, que ordena la información en un primer lugar de carácter descriptivo, un segundo
bloque que analiza las situaciones en clave de desigualdad entre confesiones religiosas, un
tercer bloque que hace referencia a las respuestas que desde las instituciones públicas se
están desarrollando para gestionar esta diversidad y, finalmente, se recogen aquellas
situaciones concretas o retos que quedan sin resolver en la actualidad en las instituciones
estudiadas.
Tabla 6. Cuadro para el análisis de la información.
SITUACIONES
NUEVAS
SITUACIONES
DESIGUALDAD
ESTRATEGIAS
DE
ACOMODACIÓN
RETOS
Y
NECESIDADES
Asistencia religiosa
Espacios de culto
Adecuación
prácticafuncionamiento
institucional
Fuente: Elaboración propia.
3. Resultados
La investigación ha puesto de manifiesto que la realidad en torno a la gestión de la diversidad
religiosa en las instituciones públicas españolas dista de ser simple e unívoca. Al contrario, la
experiencia durante estos 4 años de proyecto evidencia la existencia de una multiplicidad de
situaciones y condiciones específicas de cada institución y territorio que difícilmente pueden
ampararse bajo un único paraguas. Así, la variabilidad territorial, institucional y la distancia
entre la normativa legal y la realidad de los centros impiden hablar, como también
argumentan otros autores (Bowen et al., 2014; Astor, 2014), de un único modelo nacional de
gestión de la diversidad religiosa. Como los siguientes apartados demuestran, son numerosos
41
los aspectos a tener en cuenta a la hora de analizar el modo en que las instituciones públicas
y las personas que en ellas interactúan negocian la presencia de la religión y la diversidad
religiosa. Así, además del marco legal y de las medidas políticas que regulan este campo, no
pueden obviarse factores como el margen de maniobra de los cargos directivos de los
centros y su actitud personal y sensibilidad hacia la religión y las minorías religiosas, la
permeabilidad o impermeabilidad de una determinada institución ante la presencia de
actores religiosos, los diferenciales de poder entre los distintos grupos religiosos, la
legitimidad y reconocimiento institucional de que gozan los representantes de la Iglesia
católica en la mayoría de los centros o su actitud hacia la presencia de los representantes de
las minorías religiosas, entre muchos otros.
La cantidad y complejidad de la información recopilada durante los 4 años de proyecto
obligan a presentar de forma sintética y comprimida los principales resultados obtenidos.
Para ello, el presente apartado se divide en cinco subapartados, a su vez divididos en
diferentes secciones. En primer lugar se recogen de forma resumida las líneas generales del
marco legal y político que regula la presencia de la religión en las instituciones públicas
españolas. El segundo y tercer subapartados entran en mayor detalle en cada una de las dos
instituciones analizadas poniendo de manifiesto los principales retos y respuestas
identificadas en torno a las tres dimensiones de análisis (asistencia religiosa, espacios de
culto y práctica religiosa cotidiana). Seguidamente se presenta de manera somera la
comparación entre los principales hallazgos en cada una de las instituciones, subrayando las
principales similitudes y diferencias. Por último, se realiza un repaso a las hipótesis de trabajo
a la luz de los principales resultados expuestos.
3.1. Marco legal e iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa
El primero de los ámbitos de análisis considerado en esta investigación es el marco legal y las
iniciativas políticas de gestión de la diversidad religiosa a nivel estatal, autonómico y local. El
estudio de este marco general permite conocer cómo el estado regula la presencia de la
religión en las instituciones públicas. Asimismo, permite observar cómo ha evolucionado esta
regulación en las últimas décadas y cuáles son los momentos más destacables del cambio.
Tomar en consideración el marco legal resultó de gran relevancia para conocer los pilares
42
sobre los que se asienta la gestión de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones e
identificar las inconsistencias y carencias en su implementación real.
3.1.1. Regulación legal
La regulación de las relaciones entre comunidades religiosas y estado y, en particular, la
legislación en torno a la presencia de la religión en las instituciones públicas españolas,
comprende textos de distinto alcance. Desde la aprobación de la Constitución de 1978 a la
actualidad, diversas leyes, acuerdos, decretos e instrucciones establecen los contornos de la
presencia y rol públicos de las comunidades religiosas, especialmente en el contexto de los
centros hospitalarios y penitenciarios.
El análisis de este marco legal pone en evidencia la existencia de una evolución en relación a
la regulación de la religión y de la acomodación de la diversidad religiosa en las instituciones
públicas españolas. La tendencia general es la evolución de un enfoque monopolista a uno
pluralista. Durante la dictadura franquista, a través del Concordato entre el Gobierno español
y la Santa Sede de 1953, se estableció un modelo de integración orgánica (Martín Sánchez,
2008: 80). La Iglesia católica gozaba de una posición hegemónica en la que los sacerdotes o
personal religioso encargados de la asistencia religiosa gozaban del estatuto de funcionarios.
La Transición democrática supuso un punto de inflexión, lo que Hall y Taylor (1996)
de o i a à
iti alà ju tu e ,à à elà i i ioà delà desa olloà deà u à ue oà odelo.à áà t a sà delà
análisis del marco legal se identificaron tres fases en la construcción de esta nueva
aproximación a la diversidad religiosa.
La primera fase, de reconocimiento de los derechos de libertad religiosa, se inicia con la
Constitución española de 1978 y la Ley de Libertad Religiosa de 1980. Estos dos textos
establecen el marco legal de protección de la libertad religiosa a nivel individual y colectivo.
Los acuerdos concordatarios de 1979 entre el Gobierno español y la Santa Sede definen el rol
deàlaàIglesiaà atóli aàe àelà ue oàsiste aàde o
ti o.àE àesteàse tidoàelàestadoà econoce y
garantiza el ejercicio del derecho a la asistencia religiosa de los ciudadanos internados en
establecimientos penitenciarios, hospitales, sanatorios, orfanatos y centros similares, tanto
p i adosà o oà pú li os à Co o datoà ,à a tí uloà IV .à Losà t rminos de la provisión de la
asistencia religiosa establecidos en el acuerdo concordatario se desarrollan a través de
43
diferentes instrumentos legales que concretan, entre otros, la obligación del gobierno de
pagar un salario a los responsables de la asistencia religiosa así como el número de
capellanes en función del número de camas en cada hospital (Moreno Antón, 2006). En esta
primera fase de desarrollo, en relación a otras tradiciones religiosas, la Ley de Libertad
‘eligiosaà LOL‘à /
à esta le eà ueà toda persona tiene derecho a recibir asistencia
eligiosaàdeàsuàp opiaà o fesió à á t.à .
à àelàestadoàtie eàlaào liga ió àdeàasegu a à ueà
todo ciudadano disponga de este derecho.
La segunda fase del desarrollo legal, que se plasma en la firma en 1992 de los acuerdos de
cooperación entre el Gobierno español y las federaciones de entidades musulmanas, judías y
protestantes, supone una apertura del modelo y la extensión del reconocimiento a otras
tradiciones religiosas. Los acuerdos de cooperación garantizan, entre otros, el derecho a los
miembros de estas tres minorías a la asistencia religiosa en instituciones públicas. En el caso
del acuerdo de cooperación con la Comisión Islámica de España (CIE) se contempla la
financiación de los imames que trabajen en prisión, pero en el momento de su firma no se
concretaron protocolos específicos para la implementación de los acuerdos ni una dotación
económica que hiciera posible su desarrollo.
Los cambios producidos durante estas dos primeras fases fueron motivados por el deseo de
democratizar el país y de reconciliarse con el pasado, pero no estaban directamente
destinados a la acomodación de las minorías religiosas presentes en el territorio (Moreras,
2002; Rozenberg, 1996). La firma de los acuerdos de cooperación responde a la voluntad de
conmemorar el quinto centenario de la expulsión de judíos y musulmanes de la península
ibérica y el deseo de compensar simbólicamente a estas dos comunidades (Rozenberg,
1996).
A partir de 2004 se inicia una tercera fase en el desarrollo del sistema legal, que se
caracteriza por la aprobación de regulaciones específicas en materia de asistencia religiosa en
prisiones. Ejemplo de ello son el Real Decreto 710/2006, la Instrucción 6/2007 sobre la
atención pastoral en prisiones y la Instrucción catalana 1/2005 sobre el derecho a recibir
asistencia religiosa en prisiones. Estas iniciativas a nivel legal vienen motivadas en parte por
el aumento de la diversidad religiosa en la sociedad española, especialmente significativo en
el caso de las comunidades islámicas y protestantes, que ha generado nuevos retos a las
44
instituciones públicas. El nuevo escenario, junto con la mayor atención social y mediática tras
los atentados del 11S y 11M, explican el creciente interés por la gestión de la diversidad
religiosa que se incorpora a partir de este momento a la agenda política.
En el caso de los hospitales no se produce un desarrollo de instrumentos similares relativos a
la provisión de la asistencia religiosa, siendo una de las diferencias más importantes entre
estas dos instituciones a tener en cuenta en el análisis comparativo. Así, más allá de los
acuerdos concordatarios y los subsecuentes acuerdos específicos entre las diferentes
diócesis de la Iglesia católica y los departamentos de salud autonómicos, la Ley de Libertad
Religiosa y los acuerdos de cooperación de 1992, no existen otros textos legales destinados a
regular la presencia de la diversidad religiosa en el contexto hospitalario.
3.1.2. Medidas políticas
El análisis del marco general que regula la religión en España incluyó, además de las leyes,
aquellas medidas políticas dirigidas a gestionar la diversidad religiosa en ámbitos concretos.
Si bien su diseño es reciente y su implementación en muchos casos todavía incipiente,
algunas de ellas son significativas.
A nivel estatal es destacable la creación en 2004 de la Fundación Pluralismo y Convivencia,
dependiente del Ministerio de Justicia, cuyo objetivo principal es promover la acomodación
de la diversidad religiosa y gestionar las relaciones entre el Estado y las minorías religiosas. En
relación a la gestión de la diversidad religiosa en instituciones públicas, la principal iniciativa
que se ha promovido desde la Fundación ha sido la edición y publicación de guías con
recomendaciones sobre la asistencia religiosa en hospitales (2011) y prisiones (actualmente
en preparación), así como el fomento de la creación de salas multi-religiosas (Díez de
45
Velasco, 2011). Estas guías de recomendaciones tienen como objetivo favorecer la
acomodación de la diversidad religiosa mediante la provisión de información a las diferentes
administraciones y autoridades públicas encargadas de su gestión. La Fundación ha realizado
un importante trabajo de difusión del marco legal y de buenas prácticas en esta área, a través
de su página web3 y de la celebración de jornadas de formación, seminarios y otros actos
públicos. En resumen, la Fundación Pluralismo y Convivencia se ha convertido en uno de los
exponentes de este nuevo enfoque público de aproximación y gestión de las minorías
religiosas.
En la visibilización y acomodación de las minorías religiosas destaca a nivel regional el rol de
la Generalitat de Catalunya (Griera, 2009). En el año 2000, y a pesar de no tener atribuidas
competencias directas, el Gobierno catalán creó la Secretaria de Relació amb les Confessions
Religioses, actual Di e ióàGe e alàd áfe sà‘eligiososà DGá‘ ,à o i ti
doseàasíàe àelàp i e à
órgano autonómico dedicado exclusivamente a cuestiones religiosas (García-Romeral y
Griera, 2011). Las competencias en esta materia pertenecen a la Administración del Estado
pero desde la DGAR se ha promovido el establecimiento de relaciones de cooperación con
diferentes grupos religiosos, incluidas las minorías religiosas, y la implementación de acciones
políticas dirigidas a la gestión de la diversidad religiosa en áreas que son competencias de su
administración (como, por ejemplo, el sistema educativo, el sanitario y el penitenciario). En el
caso de la asistencia religiosa en hospitales y prisiones, el Gobierno catalán ha desarrollado
las siguientes medidas:
● Firma de acuerdos marco y convenios de colaboración con representantes católicos,
musulmanes, judíos, protestantes, iglesia de filadelfia,à à hu a istasà se ula es ,à
aportando financiación a católicos, musulmanes y protestantes para cubrir los gastos
derivados de la provisión de la asistencia religiosa (en el caso de las minorías
religiosas, estos gastos no cubren los salarios, como sí ocurre en el caso de los
capellanes católicos).
● Financiación para la formación del personal de los centros penitenciarios sobre
diversidad religiosa a través de la Asociación UNESCO para el Diálogo Interreligioso.
3
La Fundación Pluralismo y Convivencia impulsó en 2011 la creación del Observatorio del Pluralismo Religioso
en España, como instrumento de transferencia de conocimiento y de soporte a la gestión pública de la
diversidad religiosa. http://www.observatorioreligion.es/
46
● Publicación de guías de buenas prácticas sobre acomodación de la diversidad religiosa
en hospitales (2005) y prisiones (2011).
● Convenio de colaboración con el GTER (Grup de Treball Estable de les Religions) para
organizar anualmente actividades interreligiosas en centros penitenciarios, así como
otras iniciativas concretas (como llevar literatura religiosa a las prisiones).
La Junta de Andalucía no ha desarrollado una acción política tan activa en relación con la
gobernanza de los asuntos religiosos como ha ocurrido en el caso catalán. En el ámbito
penitenciario, en Andalucía, como en el resto de España, excepto Cataluña que tiene
competencias transferidas, el gobierno central es el responsable de la gestión. En el caso de
los hospitales, la Junta de Andalucía ha delegado la gestión de las cuestiones religiosas a los
actores locales, como pueden ser los directores o juntas de dirección de cada centro. Ahora
bien, a pesar de no haber adoptado un rol tan destacado como en el caso catalán, el
Gobierno andaluz ha desarrollado iniciativas concretas que es importante tener en cuenta:
Firma del Convenio entre la Consejería y la representación de los obispos de
Andalucía para la asistencia religiosa católica en los centros hospitalarios de la Red
Pública Integrada de Andalucía en 1986.
Firma en 2006 del Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Andalucía y el
Consejo Evangélico Autonómico de Andalucía, el cual, entre otros aspectos, recoge un
apartado sobre salud en el que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) se compromete a
emitir acreditaciones a pastores y pastoras, diáconos y diaconisas válidos en todos los
hospitales y centros de asistencia del SAS para la asistencia religiosa.
Edición pionera de un documento con recomendaciones para todos los hospitales
para elaborar protocolos de atención sanitaria a aquellas personas que rechazan la
terapia con sangre o hemoderivados (mayoritariamente Testigos de Jehová) en 2011.
47
Tabla 7. Resumen de las principales medidas políticas adoptadas a nivel autonómico en los
ámbitos penitenciario y hospitalario.
ANDALUCÍA
PRISIONES
CATALUÑA
Gestión centralizada por parte del
Ministerio de Justicia:
Convenio Conferencia
Episcopal Española (1985)
Convenio Comisión
Islámica de España (2007)
Acuerdo marco sobre asistencia católica
(1987) y Convenio Conferència
Episcopal Tarraconense (2008)
Convenio de colaboración Consell
Islàmic Cultural de Cataluña (2008 y
2012, 2014, 2015)
Acuerdo marco sobre asistencia
evangélica (1995) y Convenio Consell
Evangèlic de Catalunya (2009, 2012,
2014, 2015)
Guía de atención a la diversidad (2011)
Acuerdo UNESCOCAT (2011)
Acuerdo GTER (2009)
HOSPITALES
Convenio Consejería de Asuntos
Sociales y Obispos de las diócesis
de Andalucía (1986)
Convenio Iglesia católica (1986)
Guía de atención a la diversidad
religiosa (2005)
Convenio Marco de Colaboración
entre la Junta de Andalucía y el
Consejo Evangélico Autonómico
de Andalucía (2006)
Documento protocolo atención a
personas
que
rechazan
tratamientos con sangre y
hemoderivados (2011
Fuente: Elaboración propia.
3.2. Centros penitenciarios
La institución penitenciaria provee un escenario de especial interés para analizar el modo en
que el estado aborda las cuestiones vinculadas con la diversidad religiosa. Al tratarse de una
institución en la cual las personas se encuentran bajo la tutela del estado, éste es el principal
responsable a la hora de cubrir las necesidades básicas de los presos. En el ámbito religioso,
también la propia institución es la responsable de asegurar que la libertad religiosa de los
presos es respetada y el cumplimiento de sus derechos se materializa. Esta particularidad de
la institución penitenciaria, y en especial su carácter cerrado, tiene implicaciones en el
48
tratamiento de la diversidad religiosa que, como se muestra más adelante, la diferencian de
la institución hospitalaria.
A continuación se presentan los principales resultados para cada una de las dimensiones de
análisis definidas: la asistencia religiosa, la existencia de lugares de culto y acomodación de la
práctica religiosa en el funcionamiento cotidiano de la institución penitenciaria. Haciendo un
énfasis especial en los retos y respuestas que se plantean en las instituciones penitenciarias
estudiadas, este apartado ofrece una aproximación general al modo en que éstas gestionan
en el día a día las demandas en materia religiosa. Al mismo tiempo, analizar estas respuestas,
o su ausencia, también permite poner de manifiesto algunos aspectos que pasan
desapercibidos a simple vista porque se encuentran totalmente normalizados, pero que
resultan de gran interés a la hora de entender las acciones y discursos analizados.
3.2.1. Asistencia religiosa
El aumento del número de personas internas de origen extranjero en los centros
penitenciarios ha supuesto también un aumento de la diversidad religiosa dentro de estas
instituciones. No es posible disponer de información sistematizada sobre la afiliación religiosa
en España, pero los datos de la encuesta realizada por Gallego et al. (2010) en los centros
penitenciarios españoles muestra la importancia de la asistencia religiosa en estas
instituciones. De esta manera, casi un tercio (29,5%) de la población penitenciaria
encuestada señaló que había solicitado alguna vez este servicio.
También esta diversificación de la población penitenciaria se hace evidente en la
diversificación del perfil religioso del personal que asiste a los centros penitenciarios a
proporcionar asistencia religiosa. El aumento en la diversidad en el interior de las prisiones ha
propiciado un aumento de las demandas de ministros de culto de diferentes tradiciones
religiosas, estableciéndose por parte de la administración penitenciaria un procedimiento de
acreditación formal de este personal como voluntariado religioso. Durante el desarrollo del
trabajo de campo se ha puesto de manifiesto cómo actualmente en los centros
penitenciarios la asistencia religiosa a las personas católicas y a las pertenecientes a las
minorías religiosas está garantizada, previa solicitud a la dirección del centro (Martínez-Ariño
et al., 2015). Ahora bien, como se muestra más adelante, las condiciones bajo las cuales se
49
desarrolla esta provisión varían entre centros y entre grupos religiosos.
Tabla 8. Actores religiosos acreditados y su distribución en las prisiones españolas (2011).
ACTORES RELIGIOSOS
AUTORIZADOS
PRISIONES CON
ACTORES RELIGIOSOS
(SOBRE UN TOTAL DE
80 PRISIONES)
% DE PRISIONES CON
ACTORES RELIGIOSOS
Católicos
318
80
100
Musulmanes
24
23
28,7
Protestantes
268
50
62,5
Adventistas
15
7
8,7
Ortodoxos
21
19
23,7
Testigos de Jehová
245
42
52,5
Judíos
1
1
1,2
Budistas
1
1
1,2
Fuente: Martínez-Ariño et al. (2015).
Como muestra la Tabla 8, además de la Iglesia católica, que cuenta con presencia en la
totalidad de los centros penitenciarios españoles, hay acreditados como voluntarios para
proporcionar asistencia religiosa un número importante de ministros y voluntarios de
diferentes minorías religiosas. Los representantes de las Iglesias protestantes y Testigos de
Jehová están presentes en más del 50 % de las prisiones españolas, mientras que menos del
30 % de los centros son atendidos por un imán o un miembro de las iglesia ortodoxas. Otras
religiones minoritarias, como el judaísmo o el budismo, tienen una presencia testimonial. Lo
anterior muestra la ruptura del tradicional monopolio de la Iglesia católica como única
tradición religiosa presente en la institución penitenciaria, ofreciéndose a los internos un
mayor número de servicios y posibilidades de asistencia religiosa acorde a sus creencias.
A continuación se apuntan las diferencias generales y principales entre grupos religiosos en la
forma de proveer la asistencia religiosa según la confesión religiosa, las vías de financiación
de la asistencia religiosa, los procedimientos y requisitos necesarios para su desarrollo y,
especialmente, la legitimidad que se atribuye a unos y otros grupos. Estos aspectos varían de
50
manera sustancial entre grupos religiosos tanto a nivel material como simbólico. Asimismo,
no es posible señalar una única pauta de funcionamiento para todos los centros estudiados,
dado que cada uno presenta situaciones específicas que lo distinguen del resto. No obstante,
sí es posible indicar algunos de los aspectos comunes y significativos observados.
Financiación: herencia histórica y autosuficiencia
La asistencia religiosa católica, tal y como está establecido en los acuerdos concordatarios
con la Santa Sede de 1979, recibe una asignación de los presupuestos del Estado español que
cubre la totalidad del servicio. Esto posibilita que tradicionalmente el servicio de asistencia
religioso esté integrado orgánicamente en el funcionamiento normal de la institución, siendo
frecuente la presencia diaria del capellán católico en el centro penitenciario. Los grupos
religiosos minoritarios no reciben una financiación por proporcionar el servicio de asistencia
religiosa en las instituciones penitenciarias pública equiparable a la católica. El acuerdo de
2007 entre el estado y la Comisión Islámica de España sufraga una parte de este servicio, así
como los dos acuerdos existentes entre el Gobierno catalán y el Consell Evangèlic de
Catalunya –firmado por primera vez en 1995 y que se ha ido renovando con ligeras
modificaciones- y el Consell Islàmic i Cultural de Catalunya –el primer convenio fue firmado
en 2008 y se ha ido renovando regularmente. La aportación presupuestaria de la Generalitat
de Catalunya ha sido variable en los últimos años, siendo siempre mayor la aportación a la
Iglesia Católica, menor la de los grupos protestantes y aún más menor la que reciben las
comunidades islámicas. Ahora bien, la asistencia religiosa de las confesiones minoritarias es
financiada mayoritariamente por los propios grupos y organizaciones religiosas que realizan
esta labor de manera voluntaria, normalmente sin recibir ningún tipo de compensación.
Las diferencias en las vías financiación se traducen al mismo tiempo en desigualdades
respecto a la frecuencia y accesibilidad del servicio por parte de las personas reclusas dentro
de la institución. De esta manera, mientras los capellanes católicos pueden visitar a diario el
centro penitenciario y tienen la posibilidad de dedicarse en la mayoría de los casos de
manera exclusiva a la atención a los internos, los ministros religiosos de las confesiones
minoritarias deben compaginar su actividad laboral principal con la visita voluntaria (entre 1
día a la semana o cada 15 días en el caso de aquellos centros que implican un mayor
51
desplazamiento) al centro penitenciario. Además, a las restricciones presupuestarias que
asumen los grupos minoritarios, se le suma la existencia de diferentes tarjetas acreditativas a
las que acceden los capellanes católicos y el resto de ministros de culto. Así, mientras en una
pa teà i po ta teà deà losà e t osà losà p i e osà tie e à ta jetasà espe ífi asà deà apell
,à losà
i ist osàdeàlasà i o íasà ue ta à o àta jetasàdeà olu ta iosà eligiosos ,à ueàe ào asio esà
dan acceso a menos espacios de los centros, limitando en algunos casos el acceso al servicio
de asistencia religiosa en determinados módulos.
Las desigualdades en el acceso a la financiación destinada a la prestación del servicio de
asistencia religiosa es uno de los puntos que generan mayor malestar entre los grupos
minoritarios, en especial aquellos que se encuentran mejor organizados y tienen una mayor
conciencia de sus derechos (como es el caso de los protestantes). Para ellos, esta situación es
una muestra del trato y consideración desigual recibida por parte de la administración y
debería ser uno de los puntos a mejorar.
Diferentes requisitos y puertas de acceso a la institución
El procedimiento y los requisitos necesarios para el desarrollo del servicio de asistencia
religiosa también son diferentes en función de la confesión religiosa, si bien a nivel formal la
regulación es la misma. En una parte importante de los centros estudiados, los capellanes
católicos cuentan con una acreditación distinta al resto de actores religiosos para acceder al
centro penitenciario. Esta condición especial en la que se encuentran los capellanes, junto
con aspectos menos obvios, como es la familiaridad con una buena parte del personal de los
centros, reduce los controles de seguridad, los requisitos y el tiempo necesario para acceder
al recinto. En el caso de los ministros de las minorías religiosas, como se ha señalado
anteriormente, se ha establecido un sistema de autorización formal y acceden al centro
penitenciario en condición de visitantes (con una autorización puntual) o como voluntarios –
en algunos casos se les pide que acrediten haber realizado un curso de formación, con una
autorización que reciben del Ministerio de Justicia o del Departament de Justícia de la
Generalitat y que es renovado anualmente. Si bien los capellanes también deben renovar su
acreditación anualmente, su presencia a menudo diaria en los centros facilita el
procedimiento, que se realiza casi de manera automática.
52
La libertad de movimiento es otro elemento de diferenciación entre los diferentes
representantes religiosos, ya que en la mayoría de los centros analizados el capellán católico
tiene acceso a todos los módulos de la prisión, incluido el módulo de aislamiento o primer
grado, a diferencia del resto de representantes religiosos, que tienen limitado el acceso a
unas áreas determinadas del recinto. Ahora bien, esta cuestión no parece levantar demasiada
controversia entre los miembros de las minorías, quienes asumen que las restricciones de
movimiento a las que se ven sometidos son razonables puesto que responden a las medidas
de seguridad de los centros.
El acceso de las personas presas a su ministro de culto
En función de la organización interna de cada centro penitenciario varían las vías de las que
disponen los internos para solicitar el servicio de asistencia religiosa. La práctica habitual
consiste en que los mediadores o personal del centro, con el fin de controlar las entradas y
salidas de cada módulo, organicen listas con los internos que previamente soliciten por
escrito mediante instancia a la dirección del centro el servicio de asistencia religiosa. Este
sistema de control acostumbra a ser menos rígido para el caso de la Iglesia católica,
permitiéndose que el capellán pase personalmente por los módulos a buscar a los internos e
incluso que en algunos casos, aunque se controla la asistencia, no sea necesario haberse
apuntado con anterioridad para poder acceder al servicio católico. En el caso de las minorías,
algunos centros también permiten a los ministros de culto o asistentes acceder a los módulos
para tener acceso a los internos, si bien en estos casos existen restricciones y un mayor
control.
Como en muchos otros aspectos, la forma en que las personas presas acceden a sus
ministros de culto y a las actividades religiosas que se celebran varía de manera sustancial de
un centro a otro. Resulta importante constatar que esta cuestión depende, notablemente, de
la predisposición del equipo directivo y personal del centro hacia las cuestiones religiosas.
Asimismo, en función de las relaciones de confianza que se generen entre la institución, los
ministros de culto y los voluntarios, el acceso de estos últimos será más sencillo o requerirá
de procedimientos formales más complejos.
No obstante, la principal desigualdad entre la Iglesia católica y las minorías radica en aquellas
53
cuestiones más informales, como son la familiaridad y confianza en el trato que, por ejemplo,
convierten al capellán católico en un actor clave dentro de las instituciones, mientras los
agentes pastorales de las minorías continúan siendo percibidos como actores externos,
a os à à u aà p ese iaà uedaà est i gidaà aà laà p esta ió à deà u à se i ioà u à o
etoà à
limitado en el tiempo. Es destacable, además, el rol clave que aún hoy en día juega el
capellán católico en las prisiones; a la vez que deviene cómplice de los internos tiene también
un vínculo importante con la institución, lo que le convierte en una figura funcional para
ambos grupos (presos y personal de la prisión) en tanto que mediador. La mayor experiencia,
capacidad de relación y control de los códigos culturales dentro de la institución suponen una
ventaja para el capellán católico respecto a la relación que mantienen el resto de
representantes religiosos con la institución penitenciaria. Estas diferencias se ponen también
de manifiesto en el desconocimiento que muestran algunos de los equipos de dirección, al
ser, por ejemplo, incapaces de enumerar los grupos religiosos minoritarios que acceden al
centro penitenciario.
En definitiva, más allá de las regulaciones y reglamentos que rigen la vida cotidiana de los
centros penitenciarios y que influyen de manera significativa en la forma como la asistencia
religiosa es organizada y financiada, no pueden obviarse todos aquellos gestos y aspectos
menos evidentes a la hora de estudiar la gestión de la diversidad religiosa en estas
instituciones. Las relaciones personales entre los diferentes actores que intervienen en la
vida de las prisiones, la confianza y desconfianza hacia determinadas tradiciones religiosas,
influidas aquéllas por el conocimiento, desconocimiento y estereotipos reinantes, así como el
peso del legado católico en la mayoría de los centros estudiados son claves para entender las
negociaciones cotidianas entre la institución y los grupos religiosos, por un lado, y entre los
propios grupos religiosos, por el otro. Dicho de otro modo, para entender cómo se articulan
la secularización y la diversificación religiosa en el contexto penitenciario es imprescindible
indagar en los aspectos menos visibles que también intervienen de manera significativa.
A modo de resumen
El acceso a un ministro de culto de la confesión religiosa propia es uno de los derechos de
libertad
religiosa
reconocidos
a
todas
54
las
personas
residentes
en
España,
independientemente de su situación legal. Las prisiones tienen la obligación de garantizar su
cumplimiento real y por ello deben facilitar los medios necesarios para que todo persona
privada de libertad que lo solicite pueda recibir la asistencia religiosa de la confesión elegida.
Para dar respuesta a las demandas de la población reclusa, los sistemas penitenciarios
español y catalán han establecido una serie de procedimientos formales de acreditación para
los ministros de culto y voluntarios. Si bien de este modo se garantiza el acceso a la asistencia
religiosa, los capellanes católicos continúan disfrutando de un estatus especial respecto al
resto de ministros de culto, sobre todo en lo que respecta a la financiación y los aspectos
informales de las relaciones personales de confianza con el personal de los centros.
Tabla 9. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en prisiones.
RETOS
RESPUESTAS
Aumento demandas de asistencia religiosa no
católica
Instancia a la dirección del centro para solicitar la
asistencia
Selección y autorización de los ministros de
culto
Procedimiento de acreditación formal (Ministerio de
Justicia y Generalitat de Catalunya)
Financiación de la asistencia religiosa
Financiación desigual regida por los acuerdos
estado-grupos religiosos
Posibilidad de acceder a los presos
Acreditaciones con distintas restricciones a la
libertad de movimiento
Fuente: Elaboración propia.
3.2.2. Espacios de culto
Históricamente, los centros penitenciarios en España han contado en el interior de sus
instalaciones con capillas católicas donde se celebraban las actividades religiosas como la
misa semanal. Estos espacios físicos eran la muestra más visible del monopolio religioso y del
modelo de integración orgánica de la Iglesia católica en la institución. Las transformaciones
jurídicas y sociales que se han sucedido desde la Transición democrática han ido poco a poco
calando y modificando los espacios físicos reservados para las actividades religiosas en los
centros penitenciarios. Estos cambios a nivel social y jurídico, unido a las demandas de
algunos grupos religiosos minoritarios, de manera particular de los protestantes dada su
55
arraigo histórico, ha puesto en evidencia la falta de espacio dentro de las prisiones para que
las personas detenidas pertenecientes a diferentes confesiones puedan desarrollar sus
actividades religiosas con plena normalidad.
Cuatro respuestas ante la falta de espacios para el culto
Éste constituye uno de los principales retos a los que se enfrentan las instituciones
penitenciarias a la hora de dar respuesta a las demandas religiosas de la población reclusa. La
sobreocupación de la mayoría de centros, la gran variedad de actividades que en ellos se
organizan y la ausencia en muchos de ellos de espacios reservados exclusivamente para la
celebración de actividades religiosas ha obligado a las instituciones a buscar y adoptar
distintas soluciones. Se han identificado diferentes estrategias para dar respuesta a las
nuevas necesidades en relación con los espacios destinados a actividades religiosas dentro de
las prisiones. Destacan cuatro tipos de organización de los espacios: a) las capillas
tradicionales, b) las capillas convertibles, c) los espacios multiusos y d) los espacios de
silencio.
La primera respuesta es una de inmovilidad, que denominamos como
apillas tradi io ales .à
Aunque es minoritaria, en algunos de los centros más antiguos todavía se pueden encontrar
capillas católicas que no han sufrido ninguna transformación y cuyo uso está dedicado
exclusivamente a la celebración de servicios católicos. Estos espacios, en claro retroceso,
podrían considerarse reminiscencias del pasado en el que existía una integración orgánica
entre la Iglesia católica y la institución penitenciaria.
No obstante, la mayoría de casos en los que la tradicional capilla católica continúa existiendo
e àlasàp isio esàe t a àe àelà odeloà ueàhe osàde o i adoà capillas convertibles .àE àesteà
sentido, es habitual que las tradicionales capillas católicas hayan sido transformadas en
espacios de usos múltiples o de uso compartido con otras confesiones religiosas. En algunos
casos se ha optado por convertir su mobiliario en móvil, lo que permite adaptarlas a las
necesidades y requerimientos de otras confesiones. En otras ocasiones la alternativa
adoptada ha consistido en introducir una barrera física, como por ejemplo un biombo
tapando el altar católico, cuando la sala es utilizada por otros grupos religiosos. Pero este
cambio en los usos del espacio no comporta necesariamente la sustitución del mobiliario o la
56
eliminación de los símbolos religiosos católicos. Ante esta situación, los grupos religiosos
minoritarios suelen mostrar una alta capacidad de adaptación a las condiciones de la
institución y, en caso de no contar con otra opción, realizan sus actividades de espaldas a los
símbolos religiosos.
En aquellos centros donde no había capilla o un espacio reservado para las actividades
religiosas los grupos religiosos utilizan espacios polivalentes, aulas, despachos, teatros u otros
espacios del centro, como las instalaciones deportivas, para sus oraciones y celebraciones. En
esosà asos,à ueà he osà de o i adoà odeloà deà espa ios
ultiusos , algunos ministros y
representantes religiosos han optado por llevar sus propios símbolos religiosos con ellos o
guardarlos en un armario dentro del centro penitenciario para no tener que transportarlos (y
pasar las medidas de seguridad) en cada visita. Estos casos, en los que el espacio multiusos es
empleado también para otro tipo de actividades de tipo secular, son un claro ejemplo de la
pérdida de la presencia física de la religión en la institución penitenciaria. Se trata de una de
los signos más visibles de la secularización de este tipo de instituciones.
En el caso de Cataluña, en los centros penitenciarios de nueva construcción se ha promovido
a partir del año 2000 la creación de los denominados espa ios de sile io .à“eàt ataàdeàsalas
construidas con la finalidad de ser neutras en términos religiosos, sin ningún tipo de
simbología, destinadas a las actividades religiosas y por tanto, compartidas por las diferentes
confesiones presentes en el centro. Sin embargo, el trabajo de campo ha permitido constatar
que en la práctica el uso de estos espacios varía sustancialmente según la realidad de cada
centro. Así, mientras en algunos de los centros estos espacios cumplen la función para la que
fueron diseñados y los grupos religiosos se reúnen en ellos, en otros casos la situación es muy
diferente. En ocasiones, su limitado tamaño y ubicación, a menudo cerca de lugares de paso,
ruidosos o muy transitados, han motivado que sean utilizados para otro tipo de actividades,
mientras que las actividades religiosas son realizadas en aulas u otros espacios del centro. Por
otro lado, la variedad de grupos religiosos que visitan algunos centros penitenciarios pone en
evidencia la dificultad de compaginar sus necesidades en un único espacio, poniendo en
cuestión que ésta sea la solución más apropiada para todos los centros. Por otro lado, de
acuerdo con los análisis de Gilliat-Ray (2005), cabría cuestionar si su diseño no acaba
correspondiéndose, aunque de manera sutil, con el diseño de las capillas católicas. Si bien el
mobiliario se puede desplazar de acuerdo con las necesidades, la existencia de un conjunto
57
de filas de sillas ubicadas frente a una mesa central recuerda claramente a la estructura de
una capilla.
En resumen, aunque los resultados del trabajo de campo ponen de manifiesto que no existe
una política coordinada de gestión de los espacios de culto en las instituciones penitenciarias,
todas lasà espuestas,à sal oà laà deà lasà capillas tradicionales ,à tie e à e à o ú à elà i à
encaminadas hacia la progresiva eliminación de un espacio exclusivo para la realización de las
actividades religiosas católicas. Así, la transformación de algunas capillas en espacios
multiusos, las modificaciones realizadas en el mobiliario y decoración o la utilización de
espacios seculares para las celebraciones religiosas ponen de manifiesto la pérdida de la
presencia de espacios exclusivos de uso católico y, en términos generales, de la presencia
física de la religión. De igual modo, el trabajo de campo muestra que son excepcionales los
casos en que se puede encontrar un espacio aconfesional con un diseño y decoración neutral
e àt
i osà eligiososà o oàesàelà asoàdeàlosà espa iosàdeàsile io .
La permanencia de los símbolos católicos
A pesar de la variedad de transformaciones en los espacios destinados a las actividades
religiosas en los centros penitenciarios, las minorías religiosas subrayan la permanencia de
símbolos religiosos católicos, tanto en los espacios dedicados al culto como en otros espacios
de las instalaciones. La fuerza de estos símbolos e imágenes radica en el hecho de ser
considerados algo tradicional y no religioso, lo que los hace invisibles a primera vista. De este
modo, su presencia no es cuestionada, sino que es considerada como algo dado por
supuesto. Así, mientras en ocasiones se ha optado por su eliminación completa de las
instalaciones de los centros, como sucede en la mayoría de centros catalanes analizados, en
otros la tendencia es a mantenerlos (como es el caso de los dos centros analizados en
Andalucía) o convertirlos en símbolos móviles. Esta última situación da lugar a lo que
o side a osà eligió à deà uitaà à po ,à e à elà se tidoà deà ueà laà p
ti a y simbología son
versátiles y se adaptan a las condiciones concretas de cada momento. Al final, la
discrecionalidad de la dirección del centro y la actitud de la Iglesia católica y la capacidad de
presionar de las minorías a nivel de cada centro es lo que marca la respuesta dada en cada
caso.
58
Adaptación a los espacios
Las personas encargadas de ofrecer la asistencia religiosa en prisiones señalan que en
ocasiones las condiciones de los espacios en los que ésta se desarrolla no son las adecuadas.
Así, si bien en general la actitud mayoritaria es de acomodación a las condiciones particulares
y especiales de la prisión, la comodidad y calidez de los espacios dedicados a las actividades
religiosas son puestas en cuestión. Las respuestas a estas necesidades provienen en general
de los propios grupos religiosos, que introducen símbolos y objetos religiosos, así como
también plantas e instrumentos musicales, para generar un ambiente más acogedor.
La distribución del uso de los espacios destinados al culto entre los diferentes grupos
religiosos y también de acuerdo con las necesidades de espacios para actividades no
religiosas, como programas de rehabilitación o de formación, también supone un reto para
las prisiones y los grupos religiosos que ofrecen asistencia religiosa en ellas. Ante estas
incompatibilidades, la tendencia es a relegar las actividades religiosas a los fines de semana,
cuando las actividades seculares finalizan. Esto ocurre sobre todo con las actividades
colectivas como son los servicios religiosos colectivos, ya que la asistencia individual se
mantiene en algunos centros también en los días entre semana. Generalmente los centros
elaboran un horario en el que, de acuerdo con las demandas y disponibilidades de los
diferentes representantes religiosos y la presencia de personal del centro de fin de semana,
se distribuyen los diversos espacios disponibles.
A modo de resumen
La presencia espacial de la religión en las prisiones es el signo más visible de las controversias
y negociaciones en torno a la secularización de las instituciones y la diversificación de la
población. Las capillas católicas han atravesado importantes procesos de transformación en
la línea de reducir significativamente la simbología y usos religiosos, por un lado y, por el
otro, han pasado a ser empleadas por un abanico de grupos religiosos más amplio. Las
prisiones en España han adoptado estrategias diversas a la hora de dar respuesta a las
carencias de espacio para las actividades religiosas, lo que indica que no existe una única
política en este ámbito. Los grupos religiosos manifiestan la existencia de carencias con
relación a las condiciones y disponibilidad de estos espacios, lo que pone de manifiesto el
59
lugar secundario al cual ha sido desplazada la religión en las instituciones tras la
secularización del estado. No obstante, la presencia inadvertida en algunos centros de
símbolos católicos indica que el legado heredado de la anterior integración orgánica entre
Iglesia católica e instituciones estatales sigue todavía vivo.
Tabla 10. Retos y respuestas espacios de culto en prisiones.
RETOS
RESPUESTAS
Capillas tradicionales
Necesidad de espacios para actividades
religiosas de diferentes grupos
Capillas convertibles
Espacios multiusos
Espacios de silencio
Retirada de símbolos católicos
Permanencia del legado católico en diferentes
espacios de los centros
Permanencia de símbolos católicos
Condiciones e incomodidad de los espacios
dedicados al culto
Objetos y símbolos de los propios grupos religiosos
para generar un ambiente más acogedor
Distribución de los espacios y horarios de uso
entre las distintas actividades programadas
Símbolos católicos móviles
Programación de actividades religiosas los fines de
semana
Elaboración de horarios para la distribución de los
usos de los espacios
Fuente: Elaboración propia.
3.2.3. Acomodación de la práctica religiosa
El ajuste entre la práctica religiosa diaria y el funcionamiento cotidiano de los centros
penitenciarios es una dimensión cuyo análisis empírico resulta complejo debido al amplio
número de prácticas que incluye y al elevado margen de acción del que dispone cada centro.
Ante cuestiones como las grandes celebraciones religiosas, la celebración de rituales o la
alimentación según preceptos religiosos las instituciones ofrecen en general una respuesta
de mínimos que se basa en la resolución de las demandas caso por caso. Al mismo tiempo, se
observa una actitud de indiferencia que tiende a minimizar o invisibilizar aquellas
necesidades religiosas que pueden generar mayores desafíos a la institución. En cambio, no
60
existen respuestas generalizables a todos los centros, por lo que resulta crucial identificar los
matices y diferencias que caracterizan a cada uno de ellos.
Las celebraciones religiosas colectivas y el reto de la seguridad
El primero de los aspectos que es considerado un reto para las instituciones, según las
personas entrevistadas, pero también para los representantes y voluntarios de los diferentes
grupos religiosos, son las celebraciones religiosas colectivas. Para la dirección y personal de
los centros, las celebraciones religiosas suponen un desafío puesto que, según las entrevistas,
existen dificultades a la hora de conciliarlas con los protocolos de seguridad de los centros.
Los argumentos que se utilizan para justificar las reticencias hacia las celebraciones religiosas
son que la concentración de internos durante estos eventos implica la necesidad de controlar
a la multitud, lo que supone un esfuerzo a la institución en términos de medios personales y
organización. Las personas entrevistadas coinciden en señalar sus reticencias ante una
situación en la que pueden coincidir en el mismo espacio internos con incompatibilidades a
nivel personal que pueden dificultar el desarrollo de la celebración y el control de la misma
por parte de los funcionarios o personal de seguridad encargado del centro.
Sin embargo, el trabajo de campo también pone en evidencia que las principales festividades
católicas como la Navidad, la Pascua o la semana de la Merced, patrona de la institución
penitenciaria, son integradas y promovidas institucionalmente, aunque éstas pueden implicar
también la participación de un número significativo de personas. La habitual presencia de las
autoridades penitenciarias en estas celebraciones católicas es una muestra de la
permanencia de dinámicas derivadas de la anterior integración entre la Iglesia católica y la
institución penitenciaria. Esta tolerancia institucional selectiva hacia las celebraciones
masivas puede entenderse como el resultado de la familiaridad y proximidad a una tradición
religiosa determinada por parte de la dirección y el personal de los centros. Al mismo tiempo,
el hecho de que rara vez las mismas autoridades participen en las celebraciones más
importantes de las minorías religiosas refuerza la percepción de desigualdad entre los grupos
minoritarios y la Iglesia católica.
En Cataluña, las reticencias van más allá de las grandes celebraciones y no se contempla la
posibilidad de realizar la oración islámica de manera comunitaria y gestionada por los propios
61
internos dentro del centro penitenciario. Las personas internas pueden recibir la visita del
imam así como asistir a la sesión programada semanal o quincenalmente, pero el rezo tiene
que realizarse de manera individual en la celda. Esta negativa es justificada por parte de las
autoridades, en primer lugar, en términos pragmáticos por una incompatibilidad con el
horario habitual de los centros. La oración comunitaria islámica se realiza tradicionalmente el
viernes, cuando las personas internas están trabajando, por lo que su celebración implicaría
modificar este tipo de actividades (talleres, actividades formativas, jornada de trabajo, etc.).
Los internos católicos y evangélicos sí que celebran semanalmente en el interior de la prisión
la oración comunitaria, pero al tener lugar el sábado o el domingo la interferencia con las
actividades programadas por el centro es considerada menor. En segundo lugar, la negativa a
la oración comunitaria islámica se debe también a motivos de seguridad y al deseo de que en
caso de celebrarse, ésta sea conducida por los imames reconocidos y autorizados por el
Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Sin embargo, por el momento, esta
situación no es factible dado que el personal religioso autorizado, perteneciente al Consell
Islàmic i Cultural de Catalunya (CICC), no tiene disponibilidad para asistir los viernes a dirigir la
oración en los centros penitenciarios, ya que al no tener dedicación exclusiva a la asistencia
religiosa en prisiones debe atender la oración comunitaria en su mezquita.
La celebración del Ramadán: el mayor reto para la institución
Sin duda el reto más importante con el que se han encontrado las instituciones penitenciarias
en cuanto a la acomodación de una práctica de las minorías religiosas ha sido la gestión del
Ramadán. En la celebración del Ramadán, uno de los cinco pilares 4 en los que se sustenta la
práctica islámica y una de las celebraciones más importantes del islam, confluyen aspectos
relativos tanto a la cuestión de las celebraciones religiosas colectivas como de alimentación.
El acomodo de esta práctica religiosa tiene importantes implicaciones para los centros
penitenciarios ya que las prisiones organizan sus actividades en torno a los horarios de las
comidas, siendo precisamente éste el cambio más significativo que en términos prácticos
4
La fe islámica se basa en cinco preceptos fundamentales de obligado cumplimiento para las personas
practicantes: la profesión de fé (Shahada), la oración cinco veces al día (Salat), el ayuno durante las horas de
sol del mes de Ramadán, la peregrinación a la Meca una vez en la vida (Hajj) y la limosna (Zakat).
62
supone el seguimiento del Ramadán5. Por otro lado, la importante presencia numérica de
población de origen musulmán hace que esta celebración adquiera una dimensión
significativa en algunos centros. Según los datos disponibles para las prisiones catalanas,
referentes al número de personas que solicitaron formalmente seguir su celebración, esta
práctica experimentó un aumento sostenido desde el año 2004, en el que se inició la
recogida de datos (ausencia de datos en 2005), hasta el año 2009, a partir del que éstos se
estabilizaron.
Gráfico 1: Evolución del número de personas que solicitaron celebrar el Ramadán en los
centros penitenciarios catalanes (2004-2012)
Fuente: Elaboración propia a partir de datos Departament de Justícia Generalitat de Catalunya.
No obstante, es importante señalar que, según los datos provistos por la administración
penitenciaria catalana, esta cifra nunca superó el 32% del total de detenidos en un centro,
salvo en el caso de una prisión de jóvenes, donde la mayor proporción de internos de origen
magrebí la hizo aumentar hasta un 45% en 2006. En el caso de las prisiones de mujeres, la
5
Durante el mes de Ramadán se realiza un ayuno (sawn en árabe) que implica la prohibición de que entre
nada en el cuerpo de la persona musulmana durante las horas de sol siempre y cuando este esté sano y en
plenas facultades de consciencia. Esto se traduce en la abstención de comer, beber, fumar y tener relaciones
sexuales desde el alba hasta la puesta de sol (Bramon, 2002).
63
cifra es muy inferior, no superando en ningún caso el 3% del total de mujeres detenidas.
Como respuesta a esta nueva realidad, en la última década los centros penitenciarios han
prestado cada vez más atención a las prescripciones de esta celebración. Una de las muestras
más evidentes de ello es la propia recolección de datos por parte de la administración
penitenciaria catalana, la cual, por otro lado, parece haber realizado un mayor esfuerzo al
respecto. Con antelación al mes de la celebración, los gerentes de los centros de esta
comunidad autónoma reorganizan los horarios de las comidas y la distribución de la
población interna musulmana que desea celebrarlo. De este modo, se les agrupa intentando
que compartan celda y posibilitando que puedan llevar la comida para romper el ayuno
conjuntamente al ponerse el sol. En algún centro, se designa a un interno musulmán en cada
módulo como responsable para establecer la comunicación entre la dirección y los internos
que están siguiendo el mes de ayuno. En otros centros analizados, se intenta que haya
internos musulmanes en la cocina para preparar los alimentos típicos de esta celebración,
como es la harira, sopa típica marroquí. Además, en algunos casos se autoriza, después de
obtener el correspondiente certificado de higiene alimentaria, que asociaciones islámicas y el
Consulado de Marruecos introduzcan en las prisiones los dulces típicos para la ruptura
colectiva del ayuno del Ramadán (Idu Al-Fitr).
En términos generales se puede afirmar que se ha desarrollado poco a poco una manera más
formal de gestionar esta gran celebración. Las direcciones de los centros son conscientes de
la llegada del mes de Ramadán y conocen mejor sus implicaciones. Al mismo tiempo, las
propias comunidades islámicas también han adquirido un mayor conocimiento del
funcionamiento y requerimientos de los centros, lo que también facilita la organización. En
definitiva, y en especial para el caso de las prisiones ubicadas en Cataluña, se ha producido
una institucionalización de la gestión del Ramadán en los últimos años. Esto no quiere decir,
no obstante, que todas las demandas se encuentren cubiertas en todos los centros o que no
exista improvisación. La gran variedad de respuestas indica que las direcciones de los centros
y la administración penitenciaria se encuentran todavía ante dudas e inquietudes que
resuelven a partir de respuestas de ensayo-error.
64
La celebración de los ritos de paso: permitida, pero no fomentada
Dentro de los centros penitenciarios es posible celebrar también algunos ritos de paso de
diferentes tradiciones religiosas, siendo los más habituales los matrimonios y bautizos. La
institución facilita el espacio y la autorización para que los representantes religiosos puedan
entrar en el centro con el material necesario para la celebración. En ocasiones, también se
autoriza a familiares u otras personas cercanas el acceso al centro penitenciario durante el
momento de la celebración. Aún así, este tipo de rituales, especialmente los matrimonios,
son desincentivados dentro del centro penitenciario, tanto por parte de los capellanes
católicos como por los representantes de las minorías religiosas y la propia institución. Los
representantes religiosos entrevistados manifiestan que intentan disuadir, o derivar hacia la
celebración civil, a aquellas personas internas que muestran su deseo de celebrar el rito
religioso dentro del centro penitenciario. Esta reticencia se debe en el caso de los
matrimonios a que los representantes religiosos consideran poco estables y duraderas las
uniones dentro del centro penitenciario, por lo que no son partidarios de su celebración e
instan a los internos a esperar a la obtención de la libertad. En el caso de los bautizos los
representantes católicos y de otras confesiones prefieren mayoritariamente también que se
celebren fuera del centro penitenciario por considerar un espacio poco acogedor e incómodo
para llevar a cabo la celebración. En esta misma línea se sitúa el personal de los centros, si
bien en el caso de que el interno quiera llevar adelante la celebración tienen obligación de
autorizarla.
Alimentación y preceptos religiosos
La demanda de menús adaptados en función de prescripciones religiosas supone un nuevo
reto para instituciones que, como los centros penitenciarios, estaban acostumbradas a alojar
a una población homogénea a nivel religioso. Así, la presencia de personas de diferentes
tradiciones religiosas ha puesto en cuestión la tradicional composición de los menús y junto
con el Reglamento de Prisiones de 1996, obliga a la institución a tomar medidas para
garantizar que las personas internas pueden cumplir sus obligaciones religiosas vinculadas
con la alimentación.
65
Según las entrevistas realizadas, la principal demanda relacionada con la alimentación es la
proveniente de personas musulmanas que solicitan comer de acuerdo con las prescripciones
de su religión. En respuesta a estas demandas, la mayoría de los centros ha optado por una
respuesta de mínimos que no supone una reformulación de los menús. Así, las respuestas
más comunes consisten en la oferta del ya existente menú vegetariano o la completa
eliminación de la carne de cerdo del menú. No se ha tenido constancia de otros cambios en
la composición de los menús por motivos religiosos.
Más allá de los cambios reales introducidos en la composición de los menús, resulta
interesante también indagar en las representaciones y discursos empleados en torno a la
cuestión de la alimentación y de las restricciones por motivos religiosos. Así, para los
miembros de algunas direcciones de prisiones, las necesidades de los internos musulmanes
han tenido un impacto importante en la organización interna de los centros, repercutiendo
en la composición general de los menús ofrecidos. Sus demandas son vistas con una cierta
suspicacia puesto que son interpretadas como deseos caprichosos . Sin embargo, es
destacable constatar cómo demandas similares procedentes de la tradición católica con
frecuencia reciben respuesta sin ningún tipo de cuestionamiento, al tratarse de prácticas que
forman parte de la dinámica institucional y de la tradición cultural de una buena parte de los
responsables de los centros. Es el caso, por ejemplo, de una de las prisiones estudiadas en la
que por iniciativa propia la dirección optó por eliminar temporalmente la carne del menú
para cumplir con la tradición de la Cuaresma, anticipándose así a que existiera una demanda
por parte de los internos o del capellán católico. Éste último es un claro ejemplo de lo que
Irene Becci (2015) denomina neutralización institucional del cristianismo.
Uso de símbolos religiosos personales: un asunto poco controvertido
El uso de símbolos religiosos de carácter personal es otro de los aspectos que para algunas
personas creyentes y practicantes de una religión puede tener un significado especial y
resultar importante. De manera generalizada, el uso de vestimenta y símbolos religiosos de
carácter personal dentro de las prisiones no parece suponer un aspecto controvertido.
Siempre sujeto a los requerimientos de seguridad estimados por la dirección de los centros y
los reglamentos vigentes, la utilización de símbolos y vestimenta con significado religioso está
66
permitido. Se trata en la mayoría de los casos de pequeños símbolos incorporados en el
cuerpo o de imágenes que decoran las celdas de los presos. En el caso de las prisiones de
mujeres, el uso del pañuelo islámico, la práctica que algunas personas entrevistadas nombran
como la que podría generar alguna controversia, resulta anecdótico y por tanto hasta el
momento no ha generado ninguna discusión significativa.
A modo de resumen
A grandes rasgos, el trabajo de campo permitió identificar una tendencia a resolver las
cuestiones relacionadas con la acomodación de la práctica religiosa en el día a día de las
instituciones penitenciarias bajo una lógica de mínimos. Más concretamente, resulta común
que las demandas de los internos se resuelvan caso por caso de acuerdo con las condiciones
concretas de cada centro. Así, no fue posible identificar pautas generalizadas encaminadas a
guiar las respuestas de los centros, salvo en el caso de la celebración del Ramadán en
Cataluña, donde el trabajo conjunto entre el Departament de Justícia y la Direcció General
d áfe sà ‘eligiososà haà ge e adoà u aà se ieà deà i di a io esà o u esà aà todosà losà e t osà
penitenciarios. En general, la ausencia de directrices concretas atribuye una mayor
discrecionalidad a la actuación de los directivos y profesionales de los centros al mismo
tiempo que evidencia la permanencia de ciertas inercias católicas del pasado y una mayor
sospecha hacia las celebraciones islámicas.
Tabla 11. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en prisiones.
RETOS
RESPUESTAS
Organización de celebraciones religiosas
colectivas y conciliación con la seguridad del
centro, la población penitenciaria y el
funcionariado
Listas de internos (selección)
Prescripciones alimentarias
Respuesta de mínimos en la adaptación de menús
(eliminación del cerdo o menús vegetarianos)
Celebración del mes del Ramadán (horarios,
alimentación, ruptura del ayuno al final del mes)
Registro del número de internos que solicitan
celebrar el Ramadán, reorganización temporal de
horarios de comidas, alimentos especiales,
reagrupación temporal de internos por celdas
Celebración de los ritos de paso principales
(principalmente bautizos y bodas)
Permitida la celebración de ritos de paso y
autorización de personas externas
Limitación del aforo permitido
Planificación con antelación
67
Utilización de símbolos religiosos personales
Autorización de símbolos religiosos personales,
salvo los que impidan la identificación y los que no
cumplan los requisitos de seguridad
Fuente: Elaboración propia.
3.3. Centros hospitalarios
Se presentan a continuación los resultados del análisis de la gestión de la diversidad religiosa
en centros hospitalarios a partir de las tres dimensiones utilizadas para sistematizar la
información de los centros penitenciarios: la asistencia religiosa, la presencia de espacios de
culto y la acomodación de la práctica religiosa en la actividad cotidiana de los centros
hospitalarios.
3.3.1. Asistencia religiosa
Como en el caso de los centros penitenciarios, el crecimiento de la población de origen
extranjero que visita o es ingresada en establecimientos hospitalarios ha aumentado en los
últimos años. No se dispone de datos exhaustivos, pero el personal sanitario entrevistado
tanto en Andalucía como en Cataluña constata este aumento y visibilización de la diversidad
cultural y religiosa. No obstante, aunque en el marco hospitalario se reconoce la importancia
del respeto a la libertad religiosa, las cuestiones relacionadas con la religión son
generalmente poco visibles y consideradas como un asunto secundario por parte de la
institución. Desde la gran mayoría de hospitales se percibe que las cuestiones religiosas
generan poca conflictividad y que normalmente se encuentran cubiertas por los mismos
pacientes a través de los familiares o de su propia comunidad religiosa. Sin embargo, cuando
los pacientes solicitan algún servicio de asistencia religiosa, estas demandas suelen
canalizarse a través del personal de enfermería de las distintas plantas que habitualmente
destina una persona a encargarse de gestionarla. En algunos centros se ofrece información
de los servicios religiosos en la guía del usuario o se incluyen las necesidades espirituales
como parte del formulario y la entrevista personal de ingreso pero la forma de exposición es
variable. Algunos hospitales anuncian un servicio religioso que no sólo incluye la asistencia
católica sino también la amplia gama de posibilidades de asistencia por parte de diversos
grupos religiosos. Otros, sin embargo, no explicitan en su servicio religioso la pluralidad
68
religiosa y tan sólo especifican la asistencia del capellán católico del hospital. A pesar de las
diferencias entre los distintos hospitales, podemos trazar a grandes rasgos como se organiza
la asistencia religiosa en los hospitales.
Una presencia permanente: herencia histórica y catolicismo
En el caso católico, el contacto con el responsable de la asistencia religiosa católica se realiza
y gestiona a través del mismo hospital que tiene un capellán asignado con un dispositivo de
búsqueda (un busca) facilitado por el propio centro hospitalario en ocasiones o usualmente
con un teléfono de contacto directo a través del que se encuentra disponible las 24 horas del
dúa. La asistencia religiosa católica se encuentra regulada a través de los acuerdos
concordatarios de 1979 con la Santa Sede y financiada mediante fondos públicos
procedentes de los presupuestos del Estado, como establece esta legislación. Esta
financiación pública garantiza la presencia de capellanes católicos en todos los hospitales
públicos y establece el personal católico que corresponde a cada centro hospitalario según el
número de camas del mismo. Actualmente, aunque el capellán continúa teniendo una
presencia estable y destacada en el interior de los centros hospitalarios, siendo muchas veces
percibido como una persona más del personal de plantilla y con funciones que van más allá
de las atribuidas formalmente en el marco legal (vínculos con tareas sociales o la
participación informal en los comités de ética asistencial), la tendencia mayoritaria se dirige
hacia su menor presencia física en la institución, manteniendo su disponibilidad bajo
demanda.
Una presencia intermitente: diversidad religiosa emergente
En contraste con el caso católico, la presencia formal de ministros y voluntarios religiosos
pertenecientes a las minorías religiosas es prácticamente anecdótica en todos los hospitales y
extremadamente escasa su acreditación formal por parte de la institución. Y es que a
diferencia de los centros penitenciarios, el carácter abierto de la institución hospitalaria
permite el libre acceso de las personas encargadas de asistir las necesidades religiosas y
espirituales a las personas ingresadas. En las últimas dos décadas, con el aumento de la
población extranjera, se han hecho más presentes dentro de los hospitales algunas
69
cuestiones relacionadas con las minorías religiosas. En el caso de provisión de la asistencia
religiosa para los pacientes que forman parte de alguna minoría religiosa, el trabajo de
campo pone de manifiesto un cierto desconocimiento por parte del personal sanitario de
cómo se organiza y gestiona este servicio. Al mismo tiempo se ha podido constatar a través
de las entrevistas con el personal de los centros hospitalarios cómo este personal tiene
dificultades en la identificación de los ministros de culto, siendo relativamente común la
confusión entre diferentes grupos. A diferencia de la asistencia religiosa católica, las minorías
religiosas no cuentan con financiación pública que cubra los gastos derivados de la asistencia
religiosa en centros hospitalarios. Las diferentes comunidades autofinancian su actividad o la
realizan a través del trabajo voluntario de los miembros.
Asimismo, la organización de la asistencia religiosa de las minorías funciona al margen de los
cauces institucionales. Son pocos los centros que disponen de un contacto directo con los
responsables de las minorías. Desde los centros hospitalarios mayoritariamente se considera
que no es la institución sino las redes familiares y las comunidades religiosas las principales
proveedoras de este servicio y las demandas de los pacientes se canalizan a través de los
propios familiares sin que intervenga la institución. Sin embargo, en algunos centros son los
capellanes católicos los encargados de atender estas demandas de asistencia religiosa de
otras confesiones religiosas y buscar a la persona adecuada que pueda ofrecerla. En
ocasiones particulares, ciertas instituciones hospitalarias han empezado a mantener vínculos
más formales y convenios con ministros de culto de minorías pero son aún casos
excepcionales. Conviene, por tanto, resaltar la existencia de importantes diferencias en el
grado de formalización de la relación entre la institución y los representantes de las minorías
religiosas entre unos centros hospitalarios y otros. Por ejemplo, en determinados casos los
pastores evangélicos han establecido un servicio de asistencia más regular y la institución ha
ofrecido un reconocimiento simbólico al facilitarles el uso de una bata e identificación
especial. Asimismo, en el caso de los musulmanes, en algunos centros disponen de un
teléfono de contacto directo con imames, iniciativa que surgió principalmente a raíz de dudas
relacionadas con cuestiones culturales, más que religiosas. Sin embargo, en la mayoría de los
hospitales, los representantes religiosos de las minorías religiosas acuden al centro de
manera privada y discreta en el horario de visitas sin que exista una autorización o
supervisión por parte de la institución.
70
En este sentido, los representantes de las minorías religiosas perciben que existe un doble
rasero en la aplicación de la legislación en comparación con la Iglesia católica, sobre todo los
grupos evangélicos que, con un mayor arraigo histórico, son los más críticos ante lo que
consideran un trato desigual por parte de la institución. Si bien la normativa de protección de
datos regula el acceso y contacto con los pacientes mediante la demanda previa y explícita de
sus servicios, en la práctica esta restricción es más laxa para los capellanes católicos aunque
hemos encontrado variaciones entre los centros y según el capellán. Esta general
permisividad contrasta con la desconfianza y sospecha de proselitismo que a menudo
generan las actividades y presencia de otros grupos religiosos, sobre todo los evangélicos,
que son la minoría que gana terreno en el reconocimiento formal de servicio de asistencia
religiosa no católica en algunos hospitales.
Cuidados paliativos: un espacio atento a la religiosidad
Finalmente, cabe destacar cómo la asistencia religiosa, así como las cuestiones religiosas y
espirituales en general, cobran una mayor importancia en ámbito de los cuidados paliativos.
Sin embargo, ésta asistencia se conceptualiza hoy por hoy casi en exclusiva desde de una
perspectiva católica que se concreta en la presencia del capellán. No obstante, el trabajo de
campo y las entrevistas con grupos de minorías religiosas pone en evidencia cómo la
confesión evangélica, sobre todo en el caso catalán, tiene un especial interés en trabajar esta
cuestión.
Tabla 12. Retos y respuestas en la asistencia religiosa en hospitales.
RETOS
Demandas de asistencia religiosa por parte de los
internos
Selección y autorización de los ministros de culto
RESPUESTAS
Desequilibrio entre la respuesta institucional e
individual
Procedimiento de acreditación formal y
discrecionalidad respecto ministros de culto
presentes informalmente
71
Libertad/Restricciones de movimiento de los
ministros de culto
Financiación de la asistencia religiosa
Desigualdades en los accesos y espacios permitidos
realizar visitas
Desigualdades en la financiación de la asistencia
religiosa
Fuente: Elaboración propia.
A modo de resumen
En los centros hospitalarios las cuestiones relacionadas con la religión son generalmente
poco visibles y consideradas como un asunto secundario por parte de la institución. En
general no se considera un aspecto conflictivo y las demandas por parte de los pacientes se
cubren en su mayoría de manera privada a través de familiares o de la comunidad religiosa
de pertenencia. Existen considerables diferencias entre la asistencia religiosa católica, que se
encuentra institucionalizada y goza de financiación, y la del resto de confesiones religiosas,
que depende más de la voluntad de cada centro. En la mayoría de los casos los
representantes de las minorías religiosas acceden a los hospitales como visitas particulares
bajo de demanda de familiares o miembros de sus comunidades religiosas. Los cuidados
paliativos son un ámbito donde la dimensión espiritual del individuo cobra una mayor
importancia.
3.3.2. Espacios de culto
Como en el caso de los centros penitenciarios, los centros hospitalarios en España han
contado históricamente con capillas católicas. La estrecha vinculación entre Iglesia católica y
la institución pública ha dejado huella hasta hoy a pesar de las transformaciones del
escenario religioso y la diversificación del bagaje religioso de la población. Si bien en el caso
de prisiones se hace evidente la falta de espacio, en el caso de hospitales pueden
identificarse cuatro tipos de respuestas ante una posible reconfiguración de la denominación,
diseño y uso de los espacios destinados a los cultos religiosos.
72
Cuatro respuestas ante la reconfiguración de los espacios de culto
Los acuerdos concordatarios firmados por el Estado español con la Santa Sede en 1979 y el
hecho de que la cuestión religiosa sea considerada secundaria han dado lugar a que muchos
centros no hayan realizado ningún tipo de adaptación, renovación o redistribución del diseño
de los espacios de culto existentes, manteniéndose intactas las capillas católicas como los
únicos espacios para las celebraciones religiosas. Esta tendencia encontrada en muchos
centros no se ha traducido tampoco en una alteración de la manera de denominar e indicar
el espacio de culto, un espacio reservado exclusivamente, aunque sea de manera simbólica,
al capellán y población católica.
Algunos centros, sin embargo, han introducido pequeñas modificaciones. Es el caso de los
centros que han modificado el nombre de este espacio sustituyendo la denominación de
apilla àpo àu àt
i oà
sà eut alà o oàesàelàdeà o ato io . No obstante, esta adaptación
no ha ido acompañada de un rediseño del espacio y se ha mantenido la arquitectura de la
capilla. Estas pequeñas alteraciones formales en algunos casos han implicado, por iniciativa
del propio capellán, ceder ocasionalmente el espacio a otros grupos religiosos como los
evangélicos y anunciar sus servicios religiosos.
Una tercera respuesta, claramente excepcional, ha sido la reconversión de las antiguas
capillas católicas en espacios multiconfesionales . En este caso, la antigua capilla ha pasado
aàde o i a seà espa ioà ulti o fesio al à ,àsià ie àseàhaà a te idoàlaàa uite tu aà atóli a,à
se han incorporado pequeñas modificaciones atentas a la diversidad, como por ejemplo un
armario donde las minorías pueden guardar el material que utilizan.
En cuarto lugar, en los centros de creación más reciente se ha optado por sustituir la antigua
capilla por la creación de nuevos espacios
ulti o fesio ales ,à espa iosà deà sile ioà oà
reflexión en la línea de incorporar la dimensión religiosa y espiritual en un sentido más
amplio dentro de una visión integral del paciente. Esta respuesta ha dado lugar a espacios
muy heterogéneos: desde destinar una habitación vacía, a crear un espacio más cálido y
respetuoso con las distintas minorías religiosas incluyendo objetos y diversa simbología. No
obstante, la vigencia de los acuerdos concordatarios y los convenios específicos sobre
asistencia católica en hospitales ha dificultado la búsqueda de la neutralidad en términos de
73
ausencia de simbología católica por parte de los hospitales. La neutralidad promovida desde
ciertos sectores católicos ha sido en términos de movilidad más que una ausencia de
símbolos y mobiliario. Este ha sido sobretodo el caso de ciertos capellanes intentando
compaginar la visión del hospital con la del obispado. En este sentido, es habitual encontrar
símbolos religiosos católicos en estas nuevas salas, como por ejemplo un altar (con ruedas) o
un crucifijo (móvil). Y es que en la toma de decisiones y proceso de remodelación de estos
espacios de culto el capellán católico sigue ejerciendo un papel destacado a diferencia de las
minorías religiosas, que no han sido directamente partícipes de este proceso de diseño
integrador.
En su conjunto, por consiguiente, puede afirmarse que, respecto a estas cuatro respuestas
observadas y tomando el continuum propuesto por Wendy Cadge (2012) en la descripción y
análisis de los hospitales americanos, la denominación y diseño de los espacios de culto en
los centros hospitalarios se han mantenido muy ligados a la tradición católica. La
investigación ha puesto de manifiesto que, como en el caso de las prisiones, en los hospitales
no existe una política única y generalizada de gestión de los espacios dedicados al culto y las
actividades religiosas en general. En cambio, como elemento característico de los hospitales
destaca el hecho que frente a medidas incipientes de mayor apertura a la diversidad
religiosa, permanecen en la mayoría de los hospitales las tradicionales capillas de uso
exclusivamente católico. Estos espacios son el legado de la previa integración orgánica entre
Iglesia católica y estado, pero también la evidencia de que en la actualidad la asistencia
religiosa católica cuenta con un mayor apoyo institucional real y simbólico que el resto de
grupos religiosos.
Antiguos, ausentes o emergentes: los usos de los espacios de culto
Más allá de las contadas adaptaciones y remodelaciones del espacio, se pone en evidencia
que estas tienen pocas consecuencias prácticas ya que estos espacios continúan utilizándose
casi exclusivamente para la celebración de ceremonias católicas. Por su parte, los
representantes de los grupos religiosos minoritarios, aunque consideran positivamente esta
iniciativa, a excepción de los grupos evangélicos, la mayoría dice no hacer uso de ellos. La
práctica y asistencia religiosa se continúa realizando de manera individual en las
74
habitaciones, ya que con frecuencia son consideradas por algunos grupos como espacios más
acogedores para oraciones y rituales. De hecho, durante el trabajo de campo, determinados
grupos, como es el caso de los musulmanes, han manifestado su deseo de no compartir
espacio con otras confesiones religiosas a pesar de que teóricamente cumpla con los
requisitos que serían deseables para ellos, como puede ser el contar con una piedra que
indique la orientación a la Meca. Este hecho representaría un ejemplo de las consecuencias
no deseadas de una gestión atenta a la diversidad. Es decir, que la adopción de medidas
específicas para dar respuesta a los desafíos que se plantean en las instituciones no siempre
se traduce en los resultados esperados. Ello puede, en ocasiones, ser consecuencia del
escaso espacio de participación concedido a los grupos minoritarios o de la falta de interés
por su parte de participar en tales procesos. Los profesionales sanitarios también coinciden
en señalar que estos espacios son infrautilizados por parte de las minorías religiosas a pesar
de las modificaciones que se han incorporando en algunos hospitales. Al mismo tiempo se ha
observado, como también apunta la socióloga americana Wendy Cadge (2012), que la
remodelaciones de los espacios de culto hacia salas multiconfesionales ha dado lugar a
nuevos usos de dichos espacios como espacios de silencio y meditación desvinculados de
cualquier tradición religiosa. Tenemos constancia de que familiares de personas ingresadas o
incluso miembros del personal del centro utiliza con esta finalidad las salas de culto. Sin
embargo, no disponemos de datos exhaustivos para cuantificar este uso emergente.
Tabla 13. Retos y respuestas espacios de culto en hospitales.
RETOS
RESPUESTAS
Espacios religiosos
Escasas o tímidas transformaciones para garantizar
la neutralidad en un nuevo escenario de diversidad
Condiciones de los espacios de culto
Mantenimiento de símbolos católicos
Distribución de los horarios
Programación de actividades religiosas los fines de
semana y horas libres
Nuevos usos desligados de confesiones religiosas
Fuente: Elaboración propia.
75
A modo de resumen
Históricamente, y como recoge el acuerdo firmado con el Vaticano, todos los centros
hospitalarios españoles disponen de una capilla católica. Actualmente estos lugares de culto
continúan siendo mayoritariamente de uso exclusivamente católico, aunque algunos centros
han ido introduciendo paulatinas modificaciones (cambio de denominación, uso de
mobiliario móvil, etc.) para dar respuesta al aumento de la diversidad religiosa.
3.3.3. Acomodación de la práctica religiosa
A pesar de que el tiempo de ingreso hospitalario ha ido disminuyendo, en los hospitales aún
tienen lugar prácticas religiosas como las celebraciones, los rituales o el seguimiento de
preceptos alimentarios que se hacían presentes en el análisis de los centros penitenciarios.
Las respuestas en el caso de los centros hospitalarios se encuentran muy marcadas por el
grado conflictividad o por si son prácticas que entran en contradicción con criterios
asistenciales, es decir, si van más allá del ámbito propiamente religioso. Si no comportan
otras dificultades, la tendencia general es mantener u obviar estás cuestiones.
Las celebraciones religiosas colectivas: tradición
La celebración de manera regular, semanalmente, de ceremonias de culto católicas es quizás
uno de los elementos anteriormente señalados que recibe menos atención, pero se pone de
manifiesto en el trabajo de campo. Estas celebraciones son generalmente poco numerosas y
atendidas mayoritariamente por miembros externos del hospital, feligreses de la parroquia
local, más que por pacientes del hospital o familiares. Aunque es aún excepcional, algunos
hospitales permiten la celebración de cultos evangélicos, siendo estas las únicas
celebraciones religiosas más allá de las católicas que se llevan a cabo en centros hospitalarios
de manera colectiva.
Testigos de Jehová y tratamientos con sangre y hemoderivados: el mayor reto para la
institución
En la acomodación de la práctica religiosa en el funcionamiento cotidiano de los centros
76
hospitalarios, la cuestión que ha generado mayor controversia y ha recibido una mayor
atención a nivel institucional es la negación de los Testigos de Jehová a recibir tratamientos
con sangre y hemoderivados. Este es un tema que ha sido muy trabajado tanto desde los
centros hospitalarios, que han creado protocolos de actuación, como a través de las propias
comunidades de Testigos de Jehová que en algunos casos han facilitado materiales de trabajo
a los centros, ejerciendo presión y reivindicando lo que ellos consideran un derecho. Desde
lasà o u idadesàseàhaàp o o idoàlaà ea ió àdeàlosà o it sàdeàe la eà o àlosàhospitales ,à
grupos de Testigos de Jehová que intentan mediar entre el paciente y el centro hospitalario
en casos de conflicto. Actualmente se trata de una cuestión que está totalmente
protocolizada, por lo que se ha reducido la conflictividad tratándose como casos
relativamente normalizados ante los que la institución y el personal sanitario cuentan con un
protocolo de actuación. Ahora bien, la presencia de menores continúa generando gran
controversia y en estos casos es la justicia quien interviene en la decisión final.
Para los Testigos de Jehová continúa existiendo una situación de discrecionalidad y un doble
rasero por parte de la institución hospitalaria, ya que consideran que otras prácticas que
pueden ser controvertidas a nivel de principios morales, como es el caso del aborto, se
proporciona una alternativa desde la sanidad pública, derivando a un centro privado la
intervención. Al mismo tiempo, medidas como el testamento vital o el documento de
voluntades anticipadas, elaborado en el marco de la Ley de Autonomía del Enfermo, son
valorados muy positivamente por parte de los representantes de la comunidad como un gran
avance que facilita expresar con claridad el deseo de no recibir una transfusión o cualquier
otro tratamiento con hemoderivados. Más aún, los propios comités de enlace con los
hospitales han generado un documento propio, laà ta jetaà deà i st u io esà p e ias , en el
que cada persona en caso de encontrarse inconsciente u incapacitada para tomar decisiones
en materia de salud, especifica las instrucciones de no administrar sangre haciendo
referencia explícita al testamento vital registrado oficialmente en caso de ser necesaria la
verificación de esta voluntad.
Otros retos presentes
A parte de la negación a recibir tratamientos, ciertos hospitales han manifestado la negativa
77
de algunas personas musulmanas a ser sometidas a una operación quirúrgica durante el mes
sagrado del Ramadán. Son casos excepcionales pero que el personal sanitario destaca
respecto a las dificultades de programación y reorganización de intervenciones por motivos
religiosos. Otros temas relacionados con la práctica cotidiana tienen una presencia
anecdótica. Es el caso, por ejemplo, de las circuncisiones por motivos religiosos, que no
acostumbran a realizarse a través de la sanidad pública, ya que se incluyen en su cartera de
servicios, realizándose de manera privada por especialistas de la comunidad religiosa o en
centros médicos privados.
Respecto al momento de la muerte, a menudo las familias solicitan llevar a cabo algunas
prácticas justo después de fallecer la persona enferma. Si estas no implican la manipulación
del cadáver (lavado ritual, unción, etc.) se realizan en la intimidad de la habitación del
hospital. Si no, se desarrollan en el tanatorio, donde el servicio funerario suele tener un
espacio habilitado para este tipo de prácticas.
En el caso de los símbolos religiosos normalmente los pacientes pueden tener en la
habitación, como objetos personales, símbolos religiosos siempre y cuando no sean de
grandes dimensiones y no impidan el normal funcionamiento de las actividades sanitarias.
Este tipo de objetos y símbolos son autorizados en la medida en que su impacto negativo, es
a ojos de los profesionales, nulo y, en cambio, pueden proporcionar bienestar y tranquilidad
a quienes los utilizan.
Alimentación y preceptos religiosos
Finalmente, un último aspecto destacado es respecto al seguimiento de preceptos
alimentarios durante la estancia del paciente en el hospital. Estos casos reciben desde la
institución la misma consideración que las alergias alimentarias o la necesidad de dietas
específicas fijadas por motivos médicos. Existen menús alternativos que consisten
si ple e teà e à laà op ió à egeta ia aà oà si à e do ,à si à se à u à
e úà ueà puedaà se à
considerado específicamente kosher (judío) o halal (permitido por la tradición islámica). Por
parte de la institución, está cuestión no presenta problemas y es percibida como un aspecto
menor.
78
Tabla 14. Retos y respuestas respecto a la práctica religiosa en hospitales.
RETOS
RESPUESTAS
Celebraciones religiosas
Permitidas en el espacio de culto
Rechazo tratamientos con sangre y
hemoderivados por parte de los Testigos de
Jehová
Protocolización y documento de voluntades
anticipadas
Prescripciones dietéticas
Variedad de dietas inherente a los hospitales
Ritos
Son permitidos
Símbolos religiosos personales
Son permitidos
Fuente: Elaboración propia
A modo de resumen
La práctica religiosa cotidiana de los pacientes no es considerada un aspecto conflictivo por
parte de los centros, excepto en aquellos casos que entra en contradicción con el
tratamiento o práctica sanitaria. El caso más destacado en este sentido es la negación por
parte de los miembros de los Testigos de Jehová a recibir tratamientos con sangre o
hemoderivados. Actualmente todos los hospitales disponen de un protocolo que regula cómo
proceder ante la negación de un paciente a este tipo de tratamientos alegando motivos
religiosos, siendo un proceso incorporado en la lógica de la institución y que únicamente
requiere de intervención judicial en caso de que sean menores las personas involucradas. El
resto de prácticas religiosas, como la celebración de ritos de paso, actividades de culto,
prescripciones alimentarias o tenencia de símbolos religiosos, son permitidos siempre y
cuando no sean obstáculo para el desarrollo del tratamiento o la actividad de los
profesionales.
3.4. Comparación entre ambas instituciones
Una vez presentados por separado los resultados de centros hospitalarios y centros
penitenciarios trazando los paralelismos entre ambos tipos de instituciones públicas que
implican el internamiento y estancia de personas durante un periodo de tiempo variable,
cabe destacar que entre ellas existen también importantes diferencias en lo que respecta a la
79
gestión de la diversidad religiosa. De entrada, el hecho de tratarse de instituciones con
temporalidades y espacialidades muy diferentes genera al mismo tiempo necesidades muy
distintas y respuestas deudoras de estas especificidades institucionales.
Así, por ejemplo, los centros penitenciarios albergan una población más estable que los
hospitales. En las prisiones, los periodos de internamiento son mucho más prolongados y los
familiares o la comunidad religiosa propia difícilmente pueden satisfacer las necesidades
religiosas y espirituales de los internos de manera autónoma. En este sentido, la institución
es la única garante y gestora del cumplimiento de los derechos de asistencia religiosa. Por el
contrario, en los hospitales el carácter abierto de la institución permite un mayor margen de
maniobra del entorno más cercano de los pacientes a la hora de proveer y gestionar la
asistencia religiosa. Es decir, en el caso de los hospitales el acceso de personas ajenas a la
institución sin ningún tipo de autorización resulta mucho más fácil, lo que posibilita que sea
el propio entorno social de las personas ingresadas el que se encargue de manera autónoma
de organizar la asistencia a sus seres queridos. Ahora bien, éste es sobre todo el caso de las
personas de las minorías religiosas, y no tanto el de la Iglesia católica, que cuenta con apoyo
institucional para ofrecer sus servicios a las personas ingresadas.
Por otro lado, en relación con la existencia y gestión de los espacios dedicados al culto, si
bien la ausencia de una política general es una constante tanto en el ámbito penitenciario
como en el hospitalario, existen diferencias significativas entre ambos contextos
institucionales. Así, la limitación de espacios disponibles para las actividades religiosas en
ambas instituciones encuentra diferentes respuestas: mientras en los centros penitenciarios
de manera general se ha optado por reformular los espacios dedicados a usos religiosos de
modo que cubran las necesidades de otras actividades seculares y de otros grupos religiosos,
en la mayoría de los hospitales la capilla católica continúa manteniendo su carácter exclusivo
religioso y católico. Sólo en contadas ocasiones son utilizadas las capillas católicas de los
centros hospitalarios por otros grupos religiosos o destinadas a la celebración de actividades
no religiosas, como pueden ser reuniones del personal;à à laà o st u ió à deà espa iosà
ulti o fessio ales à es aún anecdótica si bien una tendencia levemente creciente. En
definitiva, la observación en los centros penitenciarios pone en evidencia la existencia de una
mayor apertura, intencional o no, a la diversidad religiosa en términos de espacios, así como
también una mayor conciencia por parte de la Iglesia católica de las necesidades del resto de
80
grupos religiosos. Por el contrario, en los centros hospitalarios se evidencia una menor
conciencia en torno a presencia de grupos religiosos minoritarios y el dominio católico y
exclusividad del uso de los espacios continúa siendo mucho más evidente. A ello se suma,
además, que en el caso de los hospitales es habitual que las personas pertenecientes a las
minorías con frecuencia consideren más acogedora la propia habitación para realizar las
oraciones y rituales deseados, por lo que no suelen realizar demandas de espacios
específicos.
Finalmente, también existen diferencias notables en el nivel de ajuste entre el
funcionamiento de las instituciones y la práctica religiosa cotidiana de las personas internas o
ingresadas en estas dos instituciones. En el caso de las prisiones al estar privadas de libertad
es la institución la responsable y encargada de gestionar y proveer todos los aspectos de la
vida de las personas internas. Por este motivo, resulta más sencillo identificar una actividad
más proactiva por parte de los centros penitenciaros en relación a estas cuestiones a
diferencia de los hospitales, donde hay una mayor apertura y flexibilidad en el régimen de
ingreso de los pacientes. De esta manera, en el caso de las prisiones, la propia institución es
la principal y única garante del respeto al derecho de libertad religiosa y, por tanto, se
encuentra sujeta a una mayor exigencia de responder a las demandas de los usuarios. Por el
contrario, en los hospitales, en caso de necesidad es de nuevo el propio entorno social el que
con frecuencia satisface esas demandas. Al mismo tiempo, la mayor duración de las estancias
también favorece que sea en los centros penitenciaros donde surgen un número mayor de
necesidades y demandas relacionadas con cuestiones religiosas. Así, por ejemplo, mientras
que en las prisiones, aunque como hemos visto sean desincentivados por parte de la
institución y las propias comunidades religiosas en el caso de celebrarse en su interior, la
dirección gestiona la organización de los rituales de paso de manera conjunta con el grupo
religioso en cuestión. En el caso de los hospitales, estas celebraciones tienden a
externalizarse y a desarrollarse bien en los tanatorios en el caso de las defunciones, bien en
las comunidades religiosas de pertenencia, en el caso de rituales asociados con el
nacimiento. Por tanto, según se pone de manifiesto en el trabajo de campo realizado, en el
ámbito hospitalario estas necesidades pasan más desapercibidas o son prácticamente
inexistentes.
81
Pueden identificarse diversos factores externos e internos que ayudan a explicar las
diferencias en la acomodación de la diversidad religiosa en ambas instituciones:
Factores explicativos externos
Un primer factor explicativo de las diferencias en la acomodación de las minorías religiosas
de carácter externo se asocia a la repercusión que tuvo el atentado terrorista de 2004 en la
gestión de la diversidad religiosa en el contexto carcelario. El 11M amplió las preocupaciones
de seguridad con respecto a la religión y alentó la implementación de mecanismos para
garantizar los derechos religiosos de los internos en los centros penitenciarios. El atentado
generó una gran preocupación a nivel político y de las fuerzas de seguridad así como un
creciente interés por el respeto, pero también control, de los derechos de los internos
especialmente en relación a las personas musulmanas. En este contexto se consideró que era
mejor anticiparse para evitar posibles problemas adoptándose una actitud proactiva en este
ámbito. Esta lógica es lo que ha llevado a las instituciones penitenciarias a desarrollar
iniciativas como la financiación pública de los imames y a organizar el servicio de asistencia
religiosa islámica en prisiones. Esta actitud proactiva puede generar algunas situaciones
peculiares en las que el personal de las instituciones penitenciarias puede acabar
traspasando los límites de su función, interviniendo y posicionándose en aspectos
estrictamente religiosos. Como ejemplo de este tipo de situaciones, destaca, como el trabajo
de campo puso de manifiesto, que durante la celebración del Ramadán en algunos centros
penitenciarios el personal funcionario controlaba el seguimiento del ayuno de las personas
musulmanas que habían solicitado celebrarlo. Esta función de control tenía en algunos casos
como consecuencia que el personal funcionario se mostrara crítico e incluso reprochara a
aquellas personas que optaban por abandonar la práctica del ayuno antes de la finalización
del mes sagrado de Ramadán.
Otro de los elementos externos a tener en cuenta a la hora de explicar las diferencias en el
enfoque y tratamiento de la diversidad religiosa en hospitales y prisiones es el perfil de la
población que alberga cada una de estas instituciones. Así, mientras en el caso de las
prisiones existe una mayor diversidad religiosa, sobre todo como consecuencia de la elevada
presencia de personas internas de origen extranjero, en el caso de los hospitales el perfil es
82
menos diverso, puesto que la población inmigrante tiene una edad media joven y, por tanto,
su presencia en estas instituciones es menor. Esta diferencia en el perfil de la población
implica una menor demanda de asistencia religiosa de personas pertenecientes a las minorías
religiosas que en el caso de hospitales. Será interesante ver si la respuesta de los hospitales
variará con el envejecimiento de la población de origen extranjero y la previsible
diversificación religiosa de la población usuaria de los servicios.
Finalmente, a partir del trabajo de campo se ha podido evidenciar un tercer factor externo
que también puede dar cuenta de las diferencias entre hospitales y prisiones en la gestión y
acomodación de la diversidad religiosa. Se trata de la orientación ideológica de los miembros
de la Iglesia católica que trabajan en estos dos tipos de instituciones. Así, mientras en el caso
de las prisiones los capellanes católicos suelen adoptar en términos generales una actitud
más progresista, también en relación con la diversificación religiosa de la población, en los
hospitales se ha observado una menor conciencia de la diversidad y mayor resistencia a la
pérdida del monopolio. En el caso de los centros hospitalarios se observa que los
representantes de la Iglesia católica tienen una visión más conservadora de la religión y más
relacionada con la celebración de sacramentos que en el caso de las prisiones, donde las
celebraciones y tipo de actividades religiosas se adaptan a las necesidades de la población y
las condiciones específicas de cada centro. Sin embargo, el contexto hospitalario también
está lleno de matices y a pesar de esta tendencia general más conservadora muy ligada al
cumplimiento de los acuerdos concordatarios, el nuevo escenario de diversidad ha llevado a
algunos capellanes, sobre todo en los hospitales de nueva construcción, a conciliar, a
diferentes niveles según cada caso, estos acuerdos con la voluntad de adecuar los espacios a
la pluralidad religiosa exigida por la administración del hospital.
Factores explicativos internos
Por otra parte, también deben considerarse diversos factores internos que explican las
diferencias en la gestión de las cuestiones religiosas en ambas instituciones. En este sentido,
uno de los factores que afecta a la gestión de la diversidad religiosa es que los centros
penitenciarios son una de las instituciones públicas menos privatizadas en España. Como
institución total, en términos de Goffman (1961), el Estado es el responsable de garantizar los
83
derechos de las personas internas, que en este caso no tienen otra manera de acceder a la
asistencia religiosa. En el sistema penitenciario se han previsto, estructurado y organizado
todos aquellos aspectos relacionados con las cuestiones religiosas. Las prisiones son
instituciones de internamiento herméticas, lo que obliga a la creación y seguimiento estricto
de los procedimientos establecidos. Éste sería el caso de la necesidad de acreditación formal
de las personas encargadas de prestar la asistencia religiosa en los centros y de la prestación
de asistencia religiosa que se encuentra también institucionalmente regulada, planificada e
implementada. Hay poco espacio para la espontaneidad y para incorporar innovaciones
procedentes de fuera de la institución. Por el contrario, los hospitales, incluso públicos,
comparten rasgos de las instituciones privadas y más a menudo son atravesados por lógicas
neoliberales. Por lo tanto, los derechos religiosos son percibidos a través de esta misma
lógica, lo que ha favorecido la aparición de lo que se ha llamado un modelo de acceso libre .
Este modelo delega parte de la responsabilidad de la prestación de la asistencia religiosa no
católica a las familias de los pacientes, que a menudo se ven obligadas a buscar sus propios
ministros de culto. Sin embargo, la lógica neoliberal de los hospitales también favorece la
aparición de "emprendedores" que luchan por los derechos de las minorías. Los centros
hospitalarios son mucho más permeables a este tipo de iniciativas externas que las prisiones.
El funcionamiento de los hospitales anima a la materialización de ciertas excepciones que
pueden llegar a ser más igualitarias e inclusivas; experiencias promovidas por un miembro del
personal, un paciente o alguien vinculado de una u otra forma con el hospital. Sin embargo,
e à losà asosà e à ueà oà ha à u à e p e dedo à ueà lu heà oà eleà po à losà de e hosà deà lasà
minorías, la situación con respecto a la acomodación de la diversidad religiosa es más
deficiente en estas instituciones que en los centros penitenciarios.
Por último, un segundo factor interno inherente a las propias instituciones, y a tener en
cuenta a la hora de buscar explicaciones a las diferencias entre ambas, es la función social y
las expectativas depositadas en ellas. En este sentido, las prisiones y su función explícita de
control y rehabilitación gozan de menor prestigio y legitimidad social que los hospitales, cuya
función de atención, cuidado y cura de los pacientes goza de una gran valoración social. Por
tanto, los esfuerzos realizados por parte de las instituciones penitenciarias para dar
respuestas más activas e inclusivas en términos religiosos pueden también entenderse como
una estrategia por potenciar y hacer visible una cara más amable de la institución donde está
84
presente el respeto a los derechos de las personas internas y la legitimación social de la
propia institución.
3.5. Revisión de las hipótesis
3.5.1. ¿Modelo pluralista o laicista?
Hipótesis 1: El modelo de acomodación de la diversidad religiosa que se está desarrollando en
las instituciones públicas españolas tiende hacia una gestión pluralista. Es decir, se dirige no
tanto hacia la eliminación de la religión de estos ámbitos, como a la incorporación de nuevos
elementos de diferentes minorías religiosas que tienen actualmente una mayor presencia
pública.
Pluralismo asimétrico o desigual
El crecimiento de la diversidad religiosa no ha derivado en una limitación de los derechos de
las organizaciones religiosas ni en la restricción de la presencia del catolicismo en las
instituciones públicas, sino que, y siguiendo la tónica dominante en la mayoría de países
europeos, se ha producido una "extensión de los privilegios a un número cada vez mayor de
confesiones religiosas" (Enyedi 2003: 219). De este modo, los resultados obtenidos en la
investigación llevada a cabo confirman la primera hipótesis. El crecimiento de las minorías
religiosas y la secularización del estado y de la sociedad española en términos generales ha
conllevado la construcción de un modelo de gestión de tipo pluralista. Sin embargo, es
importante destacar que no se puede hablar de modelo de gestión como una entidad
homogénea y coherente ya que se aprecian diferencias considerables entre lo que propugna
el marco legal, las políticas públicas impulsadas por el gobierno y las acciones que se llevan a
cabo en cada contexto institucional.
Por un lado, a nivel legal, se constata la creación de un sistema de pluralismo asimétrico
basado en un mecanismo de cooperación selectiva con las organizaciones religiosas, un
sistema de trato desigual hacia las confesiones religiosas. De este modo, la investigación
pone en evidencia la existencia de un sistema legal de acomodación de la diversidad religiosa
85
basado en lo que hemos denominado pluralismo asimétrico. El ordenamiento jurídico
garantiza el derecho a la libertad religiosa y de conciencia de toda la ciudadanía pero el
sistema de reconocimiento y protección legal de los derechos varía en función del grupo
religioso al que se pertenece. Es decir, desde la Transición democrática hasta nuestros días se
ha establecido un sistema jerárquico organizado a partir de cuatro niveles diferentes de
reconocimiento que, articulados a partir de instrumentos jurídicos distintos, atribuyen mayor
o menor protección a los derechos individuales y colectivos en materia religiosa.
Tabla 15. Niveles e instrumentos legales de reconocimiento de las confesiones religiosas
NIVELES DE
CONFESIONES RELIGIOSAS
INSTRUMENTO LEGAL
RECONOCIMIENTO
Primer nivel de
Iglesia Católica
Acuerdos concordatarios con rango
de Tratado Internacional (1979)
reconocimiento
Segundo nivel de
Protestantismo, Judaísmo e Islam
Acuerdos de Cooperación con rango
de Ley Orgánica (1992)
reconocimiento
Tercer nivel de
Iglesia de Jesucristo de los Santos
Reconocimiento jurídico de notorio
reconocimiento
de los Últimos Días (2004),
arraigo
Testigos de Jehová (2006),
Budismo (2007), Iglesia Ortodoxa
(2010)
Cuarto nivel de
Las otras confesiones religiosas
reconocimiento
(Hinduismo, Taoísmo, Cienciología,
Registro de Entidades Religiosas
etc.)
Fuente: Elaboración propia.
A nivel práctico, las diferencias existentes son especialmente evidentes al comparar la
situación de la Iglesia católica con la de las demás confesiones. El estudio ha permitido
constatar que, tal y como Fernández Fernández (2008) pone de manifiesto, las diferencias se
evidencian principalmente en los siguientes cuatro aspectos:
86
A. La asistencia católica es estable y permanente en todos los centros penitenciarios y
hospitalarios analizados, mientras que la asistencia religiosa y espiritual de las otras
confesiones está sometida a una mayor variabilidad así como a un elevado grado de
discrecionalidad por parte de la dirección de los centros.
B. El tipo de relación contractual y de reconocimiento mutuo entre la institución y la
confesión religiosa es directa en el caso católico e inexistente o débil en los demás
casos. Sólo en contadas ocasiones las instituciones penitenciarias y hospitalarias
facilitan una relación contractual con los ministros de culto de las confesiones
minoritarias.
C. La legislación relativa a la asistencia religiosa de las minorías es poco detallada y da
pie a situaciones ambiguas, mientras que la católica se encuentra bien delimitada,
especificando incluso el número de capellanes correspondientes de acuerdo con el
número de camas existentes.
D. La asistencia católica disfruta de financiación estatal mientras que las otras
confesiones no disponen de tales fondos o, en aquellos casos en los que cuentan con
financiación pública, la dotación es mucho menor. En este sentido, a modo de
ejemplo, es pertinente destacar que mientras la partida presupuestaria dedicada a la
prestación de la asistencia católica en prisiones en 2010 ascendió a 777.940 euros,
según datos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a la Comisión
Islámica de España en el mismo año y para la misma finalidad (SGIP, 2010) se le
adjudicaron 8.648 euros, y al resto de confesiones nada.
Prag atis o, dere hos hu a os apro i a ió
aso por aso
En los últimos años, desde las instituciones gubernamentales, y especialmente desde la
Dirección General de Asuntos Religiosos de la Generalitat de Catalunya y desde la Fundación
Pluralismo y Convivencia del Ministerio de Justicia, se ha potenciado un sistema de
gobernanza de la diversidad más inclusiva y encaminada a normalizar la presencia de las
minorías religiosas en la vida pública y en el marco de instituciones como los hospitales y las
prisiones. En esta línea, se han publicado guías de buenas prácticas, se ha potenciado la
87
formación de los profesionales en esta temática y se ha facilitado la financiación de algunas
actividades organizadas por las minorías, entre otras cuestiones. Sin embargo, la desigualdad
entre la Iglesia católica y demás confesiones a nivel de status jurídico, reconocimiento
institucional y recursos aportados es, todavía, muy importante.
Ello conduce,
inevitablemente, a hablar de 'desigualdad estructural' entre la Iglesia católica y el resto de
organizaciones religiosas en cuanto el reconocimiento y la protección y salvaguarda de los
derechos de libertad religiosa.
Situar el caso español en perspectiva comparada muestra similitudes con el caso británico,
descrito por Beckford y Gilliat-Ray (1998) en su análisis de los centros penitenciarios. En
ambos países las prisiones han formalizado los procesos de atención religiosa a los internos
independientemente de su confesión religiosa. De la misma manera, si bien aun
tímidamente, en los dos casos el estado ha comenzado a financiar la atención religiosa de
confesiones distintas a la mayoritaria y ha creado protocolos para facilitar la creación y
acondicionamiento de espacios comunes multiconfesionales o interconfesionales para
desarrollar las prácticas religiosas. En ambos países, además, las autoridades de los centros
penitenciarios y hospitalarios muestran un cierto interés y preocupación por esta cuestión –
elemento, por ejemplo, que no tiene parangón en Francia (Joly y Beckford, 2006).
Es importante mencionar también que existe un discurso compartido por el personal
directivo de las diferentes prisiones y hospitales que enfatiza que la gestión de la diversidad
religiosa responde a la necesidad de garantizar el derecho a la libertad religiosa sin alterar,
sustancialmente, el funcionamiento ordinario de los centros. Esta actitud pragmática frente a
la tensión entre la voluntad universalista de los servicios públicos y los intereses particulares
ep ese tadosàe àlasàde a dasà eligiosasàdeàlosài te osà oi ideà o àlaà filosofíaàp
ti a à
que según Zapata-Barrero orienta la política sobre inmigración en España, la cual no se basa
e à u aà ideaà p e o e ida,à si oà so eà lasà p egu tasà à lasà espuestasà ueà ge e aà laà p opiaà
p
ti aàdeàgo e a ilidadàdeàlaài
ig a ió à
:à
.àEsteàhe hoàesà la a e teà isi leàalà
analizar el marco discursivo-ideológico que orienta la gestión pública en esta área. Así,
mientras el multiculturalismo es la ideología empleada por las autoridades británicas para
justificar su modelo y el laicismo en Francia, en el caso español es el discurso de los derechos
constitucionales y la consideración práctica de hacer compatibles los distintos intereses en
juego lo que configura el marco normativo-discursivo de referencia. Esta voluntad pragmática
88
favorece la estrategia de la negociación entre los actores y, por lo tanto, facilita la
acomodación de las diferencias en el seno de las instituciones. Sin embargo,
simultáneamente, la ausencia de una narrativa ideológica clara de referencia junto con el
peso histórico del confesionalismo español abren la puerta a una mayor discrecionalidad y
disparidad en la forma como las distintas instituciones públicas responden a las nuevas
situaciones que se les plantean. Es decir, la adopción de una lógica pragmática de
acomodación constituye un arma de doble filo: si bien puede facilitar la consecución de
acuerdos, también abre la puerta a la perpetuación del catolicismo banal (Griera y ClotGarrell, 2015) y a los mecanismos informales e invisibles de discriminación. Esta cuestión nos
conduce a la segunda hipótesis que analiza el papel de la Iglesia católica en este nuevo
escenario.
3.5.2. La actitud de la Iglesia católica: ¿colaboración o resistencia?
Hipótesis 2: La presencia de minorías religiosas en las instituciones públicas, como es el caso de
los hospitales y prisiones, pone en cuestión el monopolio del que gozaba tradicionalmente la
Iglesia Católica. En este sentido, ésta opone una cierta resistencia a la pérdida de espacios y de
presencia en estas instituciones.
Heterogeneidad
La revisión de esta segunda hipótesis permite analizar la actitud adoptada por la Iglesia
católica ante la secularización y desmonopolización de las instituciones públicas españolas. La
primera observación más relevante es constatar la ausencia de una postura única y
coherente al respecto. Las circunstancias concretas de cada contexto institucional así como la
actitud y personalidad de cada actor dotan de gran complejidad al asunto y muestran la
necesidad de no considerar a la Iglesia católica como una institución monolítica.
Resulta clarificador poner el caso español en perspectiva comparada. Tomando de nuevo la
investigación de Beckford y Gilliat-Ray (1998) como referencia, si comparamos el caso
español con el inglés observamos que en ambos territorios la iglesia mayoritaria –la anglicana
en el caso británico y la católica en el español– goza de una posición privilegiada en el seno
de las instituciones penitenciarias y hospitalarias. Esta posición dominante se explica en el
89
caso británico por la lógica del establishment y en el caso español como consecuencia de una
tradición de monopolio religioso, que fue especialmente visible en las instituciones analizadas
(Fernández Fernández, 2008) y que está arraigada en su funcionamiento cotidiano, como
muestran los resultados del trabajo etnográfico realizado. Beckford y Gilliat-Ray afirman que
la Iglesia anglicana justifica públicamente su posición todavía dominante en las instituciones
de internamiento dado su rol de bróker o intermediaria entre las minorías religiosas y el
estado.
En el caso español, en cambio, la posición central de la Iglesia católica se justifica
frecuentemente con la idea de que el catolicismo es una tradición histórica bien arraigada en
la sociedad española que hay que conservar. Ahora bien, por lo que respecta a su relación
con las minorías religiosas, el análisis del rol de la Iglesia católica en el seno de los centros
penitenciarios y hospitalarios en España evidencia, en cambio, la ausencia de una estrategia
común y homogénea. Los resultados del trabajo de campo muestran que la actitud, las
prácticas y el discurso de los actores católicos frente a las minorías religiosas varía y es
contingente a cada contexto concreto, tal y como pone de relieve un representante
p otesta te:à todoàdepe deàta
i
àdelà apell .àá uíàte e osàu oà ueàesàu àa igoà íoà à
entonces en el centro él a veces pide cosas y lo hace por nosotros, pero si al capellán no le
interesa, no quiere contacto con nosotros, pues, todo funciona así, a base de relaciones à
(entrevista, 13/12/2011). Otro ejemplo de la importancia de las personalidad de cada actor
se encuentra en el caso de un capellán católico que se enfrentó (sin éxito) a la dirección del
hospital en el que trabajaba y al obispado de su zona para que se creara un oratorio
ecuménico que diera cabida a un público no exclusivamente católico (entrevista,
30/10/2012). En los mismos discursos de los capellanes católicos se aprecia esta actitud
contradictoria que, de acuerdo con Itçaina (2006), se puede afirmar que oscila entre el
se ti ie toà o pasi oàpo àlosà a gi ados à àlaàp eo upa ió àpo àlaàaparición de un rival
(Galembert,
.à Mie t asà u oà deà losà apella esà seà efie eà aà u aà o fa ula ió à e t eà
p otesta tesà à atóli os à pa aà o segui à u aà ejo aà e à laà p isió ,à alà is oà tie poà afi
aà
ueà haà ha idoà u à oo à ha iaà elà espetoà delà isla à à todoà eso en detrimento de otras
eligio es à e t e ista,à
/
/
. Además, la antigüedad de los grupos religiosos
minoritarios en un determinado contexto puede favorecer el establecimiento de contactos
más frecuentes con los representantes de la Iglesia católica y ello desembocar en una mejor
90
relación.
Estos resultados contradicen ligeramente la segunda hipótesis, que afirmaba que la Iglesia
católica opone resistencia activa a la pérdida del monopolio religioso del que gozaba en el
pasado. El trabajo de campo permite constatar que no hay una actitud de rechazo
generalizado hacia las minorías religiosas. Dada su menor capacidad organizativa y debilidad
numérica, estos grupos difícilmente son percibidos por la Iglesia católica como amenazas
reales para su preponderancia entre la población. En este sentido, es más perceptible la
resistencia de la Iglesia católica hacia las autoridades políticas y administrativas que, en
o asio es,à so à pe i idasà o oà p opulso asà deà u aà políti aà lai izado a , que no hacia las
otras confesiones religiosas. Ejemplos de ello son las medidas legales adoptadas para
garantizar la autonomía y protección de datos de los pacientes, que introducen obstáculos en
el trabajo de los capellanes; o casos más simples como el hecho de que personal médico
arranque carteles de información sobre el servicio de asistencia católica o que los
funcionarios de prisiones no siempre se muestren amables a la hora de facilitar el acceso de
los actores religiosos en los centros.
De este modo, resulta ser más importante la lógica de oposición entre las autoridades
públicas seculares y la Iglesia católica que entre esta última y las minorías. Son las medidas
secularizadoras del estado –como la limitación de los espacios para uso exclusivo del culto en
el marco de las instituciones– las que son percibidas como un ataque y contestadas con una
resistencia explícita. Un técnico de la administración penitenciaria mencionaba:
e ide te e teàlaàIglesiaà atóli aà a a,à a aà u ho.àOàsea,à o side aà ueàtie eàde e hosà
adquiridosà àleà uestaà u hoàdesp e de seàdeàesoà¿ o? à E t e ista,à
/
/
.àE àesteà
sentido, es en esta dinámica de relación entre la Iglesia y el estado donde existen diferencias
sustantivas entre Inglaterra y España. En Inglaterra, la mayor parte de los ministros de culto
son funcionarios del estado y su labor como organizadores de la asistencia religiosa de las
minorías les es adjudicada y reconocida por parte de las autoridades públicas (Wilkie-Buckley,
2008). En el caso español, y a pesar de que en momentos concretos un capellán puede actuar
como mediador entre las instituciones y las minorías religiosas, esta figura no está investida
con esta responsabilidad por parte de las autoridades políticas, ni tampoco tiene
actualmente la categoría laboral de los funcionarios. Es decir, la lógica del establishment en
Inglaterra genera una relación simbiótica entre el estado y la iglesia que en ningún caso es
91
trasladable al modelo de cooperación español.
Catolicismo banal
Las diferencias y desigualdades en el trato y condiciones entre la Iglesia católica y demás
confesiones en el seno de hospitales y prisiones se expresan, principalmente, en los gestos
simbólicos y las dinámicas informales. De este modo, la cotidianidad de las instituciones está
imbuida de la herencia monoconfesional católica que se perpetúa a través de las rutinas y las
costumbres. De una forma casi dada por supuesto, la hegemonía católica persiste y se
reproduce a través de pequeños gestos que, si bien pueden parecer banales, no son triviales.
Nos referimos, por ejemplo, a las celebraciones de la Merced (patrona de Instituciones
Penitenciarias) o Navidad en los centros penitenciarios, la existencia de símbolos católicos
como una virgen o una cruz en recintos institucionales o el hecho de conceder indultos a un
número determinado de presos durante la Semana Santa, entre muchos otros ejemplos.
A menudo se alega que todas estas cuestiones son, simplemente, tradiciones que persisten
por inercia pero que hoy no tienen connotaciones religiosas ni afán de discriminación hacia el
resto de confesiones. Es cierto que muchas de estas cuestiones se mantienen y perpetúan de
forma irreflexiva y sin una intencionalidad clara detrás. Ahora bien, inevitablemente,
contribuyen a ampliar la desigualdad existente entre las minorías religiosas y la Iglesia
católica en nuestra sociedad. En las entrevistas realizadas a los miembros y representantes
de las minorías religiosas, éstos destacan que son estas cuestiones percibidas como triviales
las que, a menudo, juegan un papel clave a la hora de hacerles sentir 'ciudadanos de
segunda'. La observación etnográfica revela cómo en la cotidianidad institucional estas
pequeñas rutinas adquieren relevancia y se manifiestan con fuerza, si bien permanecen
invisibles a ojos de la mayoría. Se trata de cuestiones como el mayor celo con el que se
controla la entrada de los ministros de culto de las minorías religiosas en prisión comparado
con el acceso de los capellanes católicos, o también el hecho de que el personal de
enfermería haga la vista gorda cuando el capellán católico entra en habitaciones donde
nadie le ha llamado pero sea muy estricto en prohibir la entrada a los ministros de culto de
otras confesiones cuando no han sido solicitados previamente, entre muchas otras
situaciones similares.
92
Con la voluntad de comprender esta situación, se ha acuñado el término "catolicismo banal"
(Griera, 2012; Griera y Clot-Garrell, 2015) –que haciendo una adaptación del concepto de
Michael Billig (1995) de nacionalismo banal enfatiza la importancia de los gestos sutiles y
las rutinas dadas por supuesto a la hora de reforzar una posición hegemónica. Billig
argumenta que a pesar de que el nacionalismo se suele asociar públicamente con formas
agresivas, periféricas y ardientes de patriotismo, también hay mecanismos más sutiles,
imperceptibles y ocultos en la reproducción de la nación. En este sentido, el autor enfatiza:
"La imagen metonímica del nacionalismo banal no es una bandera que es enarbolada
conscientemente con ferviente pasión, es la bandera que cuelga desapercibida en un edificio
público" (Billig, 1995: 8). El catolicismo ba al à puedeà se à e te didoà deà u à odoà similar.
Mientras los discursos sobre la religión en Europa tienden a presentar el fenómeno religioso
en sus formas más fervientes, una atención más cuidadosa revela cómo rasgos característicos
de los monopolios religiosos históricos se mantienen y se reproducen en la esfera de lo
'normal' en estas sociedades (Lehmann 2014). En el caso español, a pesar de las
declaraciones formales que afirman el carácter laico de las instituciones penitenciarias y
hospitalarias, la observación etnográfica y las entrevistas muestran la existencia de un
catolicismo banal que se hace presente en las rutinas de la institución respecto la entrada y
presencia de ministros de culto o la presencia de simbología religiosa en estos contextos. En
este sentido, el catolicismo banal naturaliza, desproblematiza y convierte en invisible la
hegemonía católica en el marco de las cárceles y hospitales a la vez que contribuye a reforzar
la desigualdad estructural entre minorías religiosas e Iglesia católica.
Oportunidades y espacios de acción
El análisis de ambas instituciones muestra que, en muchas ocasiones, los representantes de
la Iglesia católica realizan una amplia gama de actividades que no coinciden exclusivamente
con las cuestiones asociadas con la asistencia religiosa. En primer lugar, la Iglesia católica
adopta un rol clave en el marco de la cooperación y la asistencia social en la ayuda a los más
desfavorecidos. Además, la crisis económica y la disminución de los recursos públicos han
dotado de mayor envergadura a la acción de la Iglesia católica en este ámbito y han
favorecido su acción en otros espacios. De este modo, por ejemplo, los capellanes católicos
pueden acompañar a los internos en sus permisos temporales o ponerles en contacto con los
93
abogados y ayudar a sus familias y comunidades. También la provisión de refugio durante los
permisos para aquellos internos que no disponen de una red social y el acompañamiento a
los enfermos constituyen algunas de estas tareas. De hecho, la gestión de las casas de
acogida para las personas que no cuentan con un entorno social en las cercanías del centro
penitenciario ocupa una buena parte del trabajo realizado por diferentes grupos religiosos,
especialmente la Iglesia católica y las iglesias protestantes. También el acompañamiento,
sobre todo de personas mayores solas, durante visitas médicas o periodos de hospitalización
constituye una parte importante de su trabajo.
Más allá del papel social, en ocasiones los capellanes católicos realizan funciones de
mediación en las instituciones. Así, por ejemplo, detectamos que en el marco de las prisiones
son percibidos por la institución como cómplices en el mantenimiento de la paz social. En
este sentido, uno de los entrevistados mencionó la solicitud que recibió por parte de un
directivo pidiéndole que fomentara la no violencia entre los jóvenes reclusos; o el caso de
otro capellán católico que medió entre la dirección y un interno, convenciendo al segundo
para que detuviese una huelga de hambre. Al cumplir con esta solicitud, los capellanes
católicos no sólo colaboran con el personal, sino que, además, refuerzan su legitimidad entre
los miembros del personal y la dirección. Ahora bien, a veces también son percibidos como
aliados de los internos, que ven en ellos a un actor independiente que puede facilitar la su
relación con el personal de seguridad. En muchas ocasiones intervienen como mediadores
informales entre internos y personal.
En los hospitales, los capellanes católicos también desempeñan algunas funciones que van
más allá de las estrictamente vinculadas a la prestación del servicio de asistencia religiosa. A
veces forman parte de los comités de ética o pueden contribuir en los debates sobre
cuestiones éticas así como en temas sociales a través su papel como voluntarios en vez del
rol religioso. Además, en términos más concretos, en ocasiones también ayudan en la
interlocución con las familias, especialmente en lo relativo a la comunicación de malas
noticias o en situaciones en las que se tienen que tomar decisiones éticamente complejas en
los tratamientos médicos. Sin embargo, su papel es más limitado que el de los capellanes de
prisiones debido tanto a la fuerza del modelo biomédico que domina en los hospitales y los
muchos otros recursos disponibles en la sociedad para hacer frente a las necesidades de los
pacientes, las familias y el personal. En cierta medida, la presencia de capellanes en los
94
hospitales se ve ensombrecida por el poder de profesionales de la salud, así como la
multiplicidad de organizaciones de la sociedad civil que intervienen, especialmente las
asociaciones de pacientes, y la burocratización de los procedimientos.
Finalmente, es relevante mencionar que, en ocasiones puntuales, el representante de la
Iglesia católica colabora con los actores religiosos minoritarios para facilitarles su acción en el
seno de las instituciones, como prisiones y hospitales, pero no se trata ésta de una labor
recurrente. Es el caso, como se ha mencionado, de un capellán de la pastoral hospitalaria que
apostó por la creación de un oratorio ecuménico en un hospital a pesar de que esta iniciativa
le enfrentó a sus superiores. Otros ejemplos pueden encontrarse en el seno de las prisiones,
como cuando el capellán comunica de manera informal a un representante de un grupo
religioso minoritario que hay un interno que requiere de su presencia.
4. Conclusiones
El desarrollo gradual del marco legal de regulación de los asuntos religiosos se ha ido
construyendo mediante el establecimiento de un sistema de cooperación selectiva entre el
gobierno y las comunidades religiosas, basado en tres niveles de reconocimiento. En primer
lugar, el nivel católico. La Iglesia católica goza de pleno reconocimiento y apoyo a sus
actividades en términos de financiación y facilidades para la provisión de la asistencia
religiosa en instituciones públicas. A pesar del proceso de democratización y de
desconfesionalización del Estado español, la posición dominante de la Iglesia católica sigue
garantizada a través de los acuerdos concordatarios de 1976 y 1979. En segundo lugar, un
segundo nivel de reconocimiento con arraigo histórico en el territorio. Los acuerdos de
cooperación firmados en 1992 con las federaciones de entidades de las minorías protestante,
musulmana y judía reproducen en buena medida y en términos formales el modelo de
relación establecida en los acuerdos de 1979 con la Iglesia católica, aunque el grado de
detalle y especificación es menor. Estas tres comunidades religiosas minoritarias gozan de
reconocimiento y algún tipo de ayuda para la provisión de la asistencia religiosa, pero su
estatus no es comparable en términos de la financiación, facilidades y reconocimiento
95
simbólico otorgado a la Iglesia católica. Finalmente, un tercer nivel para las organizaciones
religiosas registradas en el Registro de Entidades Religiosas (RER) del Ministerio de Justicia.
Estas tienen reconocido el derecho de sus miembros a recibir asistencia religiosa en las
instituciones públicas pero en este tercer nivel de reconocimiento no existen mecanismos
específicos de financiación que garanticen el acceso y derecho a la asistencia religiosa.
Como se ha mostrado en el análisis del marco legal y las diferentes acciones políticas al
respecto, desde la Transición democrática, y especialmente a partir de 2004, se ha ido
configurando una nueva aproximación a la gestión de la diversidad religiosa. Este modelo se
basa en un sistema de gobernanza en red (Martikainen, 2013), que concede altos niveles de
e o o i ie toàaàlasà i o íasà eligiosasàaàt a sàdeà e a is osàdeà softàgo e a e , como
pueden ser la financiación de actividades, las ofertas de formación o la legitimación a través
de la difusión de información (Griera et al., 2014). En este sentido, la Fundación Pluralismo y
Co i e iaà à laà Di e ióà Ge e alà d áfe sà ‘eligiososà so à losà dosà ó ga osà deà gestió à à
exponentes más visibles, a nivel estatal y catalán respectivamente, de este nuevo modelo.
El trabajo de campo realizado muestra, sin embargo, que la evolución legal no tiene una
traslación directa y completa en las instituciones analizadas. Es decir, a pesar del
reconocimiento formal de los derechos de las minorías religiosas, la implementación de este
reconocimiento en las instituciones concretas es más débil. Existen por tanto importantes
diferencias entre el marco legal, las recomendaciones políticas y el grado de implementación
de las mismas en la práctica real desarrollada por las instituciones públicas. A pesar de los
recientes esfuerzos del gobierno en este terreno, el total cumplimiento de los derechos
reconocidos a las minorías religiosas está en la actualidad lejos de ser alcanzado en las
instituciones públicas españolas. El análisis también muestra cómo la Iglesia católica tiene sus
derechos garantizados e integrados en el funcionamiento diario de estas instituciones. Por lo
tanto, las desigualdades entre la Iglesia católica y otras comunidades religiosas, ya presentes
en el marco legal, aumentan en su implementación sobre el terreno. Estas desigualdades en
la presencia y acomodación de la Iglesia católica y el resto de comunidades religiosas se hace
más evidente en el plano de lo invisible, en las actitudes, gestos y símbolos, al darse por
supuesto y asumiendo como naturales unos beneficios de los que disfruta la Iglesia católica
en la actividad cotidiana de las instituciones públicas.
96
Al mismo tiempo se ha podido detectar que las recientes recomendaciones políticas en este
campo han tenido un impacto moderado en la acomodación de la diversidad religiosa en
centros penitenciarios y hospitalarios. Estos cambios han sido mayoritariamente en aspectos
formales (como puede ser el cambio de denominación de determinadas capillas católicas por
oratorios en algunos hospitales) pero, en general, no se han traducido en cambios más
profundos en el funcionamiento de las instituciones. Además, la difusión de las guías de
recomendaciones resulta todavía muy limitada y el escaso conocimiento de su existencia y
contenido por parte del personal de los diferentes centros así lo evidencia.
El tiempo de asentamiento de la minoría religiosa influye en la capacidad de reivindicación de
sus derechos y en la percepción de recibir un trato desigual o injusto por parte de la
institución pública. En este sentido son los grupos protestantes los que mantienen una
postura más reivindicativa ante su presencia en las instituciones públicas y el ejercicio de la
asistencia religiosa en estos espacios. Otros colectivos, como las organizaciones de personas
musulmanas o grupos ortodoxos, formados mayoritariamente por personas inmigradas,
suelen mostrarse más conformistas con una actitud acomodaticia respecto a las condiciones
que impone el centro sin llegar a cuestionarlas. Asimismo, el sentimiento de encontrarse en
el punto de mira de las autoridades, especialmente en el caso de los actores musulmanes,
reduce todavía más su actividad reivindicativa en estos contextos.
En el proceso de acomodación y gestión de la diversidad religiosa hay determinadas personas
–o perfiles profesionales– que emergen como actores claves. No son siempre los mismos sino
que pueden variar dependiendo del contexto particular. Sin embargo, destacan las
siguientes: las figuras del capellán de prisiones y hospitales, el director de la prisión, y los
responsables de planta de los servicios de enfermería, que en los centros hospitalarios
emergen como actores claves, junto con la gerencia y el comité de bioética en casos
determinados. La capacidad de decidir e implementar órdenes y su predisposición o
sensibilidad hacia las cuestiones religiosas marcará el tono de la relación y presencia dentro
del centro. Por su parte el capellán es la persona con un vínculo con el centro hospitalario o
penitenciario para la gestión y provisión del servicio de asistencia religiosa católica,
haciéndolo extensible en ocasiones a otras religiones.
Finalmente, en relación con los retos de futuro, los profesionales sanitarios prevén que este
97
tipo de cuestiones puedan tomar mayor relevancia, especialmente como consecuencia del
envejecimiento de la población de origen inmigrante. Del mismo modo, enfatizan la
importancia de la formación del personal y la mayor difusión de las herramientas de gestión
ya existentes, o oàlaàguíaàso eà áte ió à‘eligiosaàalàFi al de la Vida. Conocimientos útiles
so eà ee iasà à o i io es à oà laà Guiaà deà gestióà deà laà di e sitatà eligiosaà alsà e t esà
sa ita is , entre otros. Se menciona, también, la necesidad de conocer otros modelos
europeos de gestión de la diversidad religiosa y trabajar en este sentido, aunque en estas
instituciones también tienen un peso importante aquellos que enfatizan el carácter privado
de la opción religiosa y la neutralidad que debería mantener al respecto la institución.
4.1. Nuevos interrogantes y futuras líneas de investigación
Una investigación no finaliza sin un planteamiento de nuevos interrogantes y futuras líneas
de investigación. Este estudio no es una excepción. Los resultados de este trabajo pionero en
España en el terreno del análisis de la gestión de la diversidad religiosa contemporánea en
instituciones públicas se convierten así en punto de partida para una mayor profundización
sobre esta cuestión. Este trabajo abre la puerta a nuevas cuestiones y ámbitos de estudio
sobre la pluralidad religiosa y la gestión de espacios e instituciones públicas. A continuación,
se establecen cinco líneas que marcan nuevos interrogantes y caminos para complementar,
profundizar, contrastar o, simplemente, continuar el trabajo realizado:
La recepción de la gestión de la diversidad religiosa
Esta investigación se ha centrado en analizar la gestión de la diversidad religiosa en dos
instituciones públicas tomando como base la perspectiva de los responsables de la
administración, así como las personas implicadas directamente en la provisión de estos
servicios en estas instituciones. La información se ha contrastado con el discurso y
percepción de los representantes de las minorías religiosas, tanto de los órganos federativos,
como de los ministros de culto encargados de ofrecer el servicio en los diferentes centros
analizados. Sin embargo, el propio desarrollo de la investigación evidencia la necesidad de
completar y contrastar estas dos visiones con la opinión, vivencia y perspectiva de las
personas que han sido usuarias (enfermos, familiares e internos) de estos servicios en
98
centros hospitalarios y penitenciarios. Por consiguiente, una ampliación a nivel empírico en
esta línea permitiría un examen más global y afinado, incorporando la recepción de la gestión
de la diversidad religiosa entre diferentes tipos y perfiles de usuarios.
Formas de espiritualidad emergentes en las instituciones públicas
Más allá de la pluralidad que ha generado la mayor visibilización de las minorías religiosas, la
investigación ha puesto de manifiesto que loà ueàBe ià àK o elà
àde o i a à zo asà
g ises àdeàlaà idaà eligiosaàe àlaàp isió àest àad ui ie doàu àpapelà e ie teà à adaà ezà
sà
importante en los centros penitenciarios españoles. Esto refleja lo que ocurre también en el
ámbito social en España (Cornejo 2012; Prat et al. 2012; Griera y Urgell 2002;) y en otros
países a nivel europeo e internacional (Roof 1999; Heelas y Woodhead 2006; Aupers y
Houtman 2006; Dawson 2007; Fedele 2013). Durante la realización del trabajo de campo, se
detectó que, en los confines de las religiones tradiciones, se produce una proliferación de
prácticas relacionadas con la nueva espiritualidad o la religiosidad holística, como por
ejemplo cursos de yoga, reiki o meditación zen, entre otras técnicas similares. Estas nuevas
expresiones han tenido una notable acogida en distintas prisiones, tanto en lo que se refiere
al personal penitenciario como los propios internos. El trabajo de campo realizado en los
hospitales ha permitido también detectar la creciente importancia de las terapias alternativas
y la espiritualidad dentro de áreas específicas de las instituciones sanitarias, tales como las
unidades de cuidados paliativos. Así, este proyecto deja abierta la puerta a un análisis en
mayor profundidad de este nuevo tipo de realidades con el fin de comprender los procesos
de definición de las fronteras entre lo que es considerado religioso y no religioso así como
legítimo e ilegítimo. En esta línea, las investigadoras del ISOR Mar Griera y Anna Clot-Garrell
ha ài pulsadoàlaài estiga ió à Laàp a ti aàdelà ogaàe àlosà e t osàpe ite ia ios , financiada
por el Centro de Estudios Jurídicos de la Generalitat de Catalunya.
El rol de la iglesia católica en una sociedad secular y plural
También se desprende de esta investigación que si bien debe considerarse con toda amplitud
la diversidad religiosa incluyendo una mayor consideración de estas nuevas formas de
religiosidad emergentes, hay que tener presente la gran variabilidad en las respuestas y
99
actitudes que adopta la Iglesia católica ante los procesos de secularización y diversificación
de las instituciones públicas españolas. Más allá de la postura oficial que pueda adoptar la
institución eclesiástica, existe todo un conjunto de factores que influyen de manera diferente
en el modo en que los actores católicos negocian su presencia en el seno de las instituciones
públicas. Por ello resultaría de interés analizar con más detalle las consistencias e
incoherencias entre la postura oficial y aquella adoptada en contextos concretos con el fin de
sacar a la luz la complejidad de esta realidad.
Religión y rehabilitación
En el caso concreto del contexto carcelario, un aspecto que se abre a partir de este proyecto
es el análisis del papel de las organizaciones religiosas en los programas de rehabilitación
dentro de los centros penitenciarios. El SEPAP, Secretariado Diocesano de Pastoral
Penitenciaria, es el grupo de voluntarios más numeroso en el conjunto de centros
penitenciarios españoles. Al mismo tiempo, desde principios de la década del 2000, las ONGs
y grupos de voluntarios evangélicos han ido ganando peso dentro de las prisiones, siendo hoy
día uno de los grupos de voluntarios más activos y que cuenta con presencia en todos los
centros penitenciarios. El trabajo de campo ha mostrado el rol central que ocupan estas
organizaciones vinculadas con diferentes grupos religiosos a la hora de cubrir algunos de los
vacíos que deja la institución penitenciaria, y el estado de bienestar en general, en términos
de servicios sociales, atención a drogodependencias, educación, talleres de tiempo libre, etc.
Por ello, resultaría de interés analizar las negociaciones que se producen entre la institución y
este tipo de entidades a la hora de decidir el tipo de servicios provistos y de limitar o permitir
el contenido religioso. Asimismo, de una manera también significativa, se evidencia esta
realidad en el contexto hospitalario, donde en el desarrollo de tareas sociales las
organizaciones religiosas, particularmente en el marco católico, requiere una atención
especial.
Reflexión e innovación metodológica
Este escenario empírico extremadamente plural y complejo dentro de cada institución así
como dentro de cada confesión religiosa y entre distintas confesiones religiosas obliga
100
inevitablemente a un proceso de reflexión metodológica en la investigación sobre religión y
diversidad religiosa en instituciones públicas. Por un lado, sería necesario abrir el debate
sobre los temas vinculados con la ética de la investigación que pueden emerger en este tipo
de investigaciones y que deben ser resueltos en el transcurso de las mismas. Por otro lado, el
trabajo de campo en una gran variedad de espacios y contextos plantea, en la línea de
aproximaciones internacionales emergentes (Hazard, 2013), la necesidad de una mayor
atención y sistematización a la materialidad como perspectiva metodológica para un análisis
más innovador de la diversidad religiosa. El trabajo de campo y de análisis ha puesto de
manifiesto la importancia de esta dimensión como un aspecto concreto del trabajo
cualitativo. Una profundización del estudio de la materialidad de la religión en estos espacios
permitiría profundizar en el conocimiento sobre las transformaciones en las expresiones de la
religiosidad contemporánea así como de las tensiones y negociaciones para su visibilización y
ocupación de los espacios en instituciones públicas. Investigaciones pioneras como la de
Barbara Thériault (2014) sobre el significado que adquieren objetos pequeños, como un
rosario, en el contexto de la prisión pueden arrojar ideas interesantes sobre cómo abordar
este objeto de estudio. Además, de este modo podrían analizarse no sólo los significados
religiosos que los objetos adquieren en el contexto de las instituciones públicas, sino también
las formas como son regulados, restringidos o permitidos.
101
5. Publicaciones y otros productos derivados del proyecto
o Publicaciones principales:
Martínez-Ariño, J; Griera, M. (en revisión). Responding to Religious Diversity in Spain:
Hospitals and Prisons in Comparative Perspective .àReligion and Transformation in
Contemporary Societies.
Griera, M.; Martínez-Ariño, J.; Clot-Garrell, A.; García-‘o e al,à G.à e à p e sa à ‘eligió à eà
instituciones públicas en España. Hospitales y prisiones en perspectiva
o pa ada .àRevista Internacional de Sociología.
Martínez-Ariño, J.; García-Romeral, G.; Ubasart, G.; Griera, M. (2015). Demonopolisation and
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Griera, M.; Clot-Ga ell,àá.à
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et ee à eligiousàg oupsài àp iso ,àJournal of Contemporary Religion 30(1): 23-37.
Griera, M. and Martínez-á iño,à J.à
à The Accommodation of Religious Diversity in
P iso sàa dàHospitalsài à“pai ,àRECODE Working Paper Series, nº 28.
Griera, M.; Martínez-Ariño, J; García-‘o e al,à G.à
à Beyond the Separation of Church
a dà “tate:à E plai i gà theà Ne à Go e a eà ofà ‘eligiousà Di e sit à i à “pai ,à MMG
Working Paper. Max Planck Institute for the Study of Religious and Ethnic Diversity
(Alemania).
o Otros productos derivados del proyecto:
C ea ió àdeàlaà edàdeài estiga ió à ‘eligio à&àPu li àI stitutio s à ueàagluti aàaà u e ososà
investigadores internacionales especializados en la temática. Para más información, visitar el
blog: http://religionpublicinstitutions.com/
Blog con información del proyecto GEDIVER-IN. Para más información, visitar el blog:
http://www.religionspublicsphere.com/
102
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