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Empresas de alquiler de patinetas y bicicletas fueron habilitadas para operar en Bogotá

Las empresas Grin y Muvo, que cumplieron con todos los requisitos para su reapertura, podrán alquilar 5.000 patinetas eléctricas y 3.000 bicicletas, para que los bogotanos puedan transportarse de manera individual por las calles de la capital y prevenir el contagio por COVID-19.

Redacción Bogotá
05 de junio de 2020 - 09:27 p. m.
Los permisos son otorgados para operar únicamente durante el estado de calamidad pública por el Covid-19.
Los permisos son otorgados para operar únicamente durante el estado de calamidad pública por el Covid-19.

A partir de este viernes, dos empresas que se dedican al alquiler de bicicletas y patinetas eléctricas tienen permiso del Distrito para prestar este servicio a los bogotanos, luego de cumplir con los requisitos que decretó en Distrito en la circular 013 de 2020, expedida por la Secretaría de Movilidad. Así las cosas, las empresas Grin y Muvo podrán alquilar 5.000 patinetas eléctricas y 3.000 bicicletas, para que los bogotanos puedan transportarse de manera individual por las calles de la capital y prevenir el contagio por COVID-19.

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Según la Secretaría de Movilidad, estas autorizaciones, que en principio se le otorgaron a las dos empresas mencionadas (pero que se espera que sean más en las próximas semanas), están alineadas con las metas del nuevo Plan Distrital de Desarrollo, que impulsa las estrategias de transporte ambientalmente sostenible mediante el fomento de modos de transporte de micromovilidad, con un uso adecuado del espacio público y facilitando la interconexión con el sistema integrado de transporte público.

Nicolás Estupiñán, secretario de Movilidad, dijo que “en el Plan de Desarrollo quedó establecida la meta de promover distintas alternativas de movilidad para los ciudadanos, pero además de eso, en momentos de emergencia sanitaria, necesitamos poder contar con una oferta adicional”, explicó, y señaló que Bogotá cuenta para ello con 84 ciclocarriles temporales, que próximamente se convertirán en permanentes.

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Para poder operar, el Distrito indicó que las empresas y usuarios deben tener en cuenta los siguientes puntos: a cada empresa se le exigió constituir pólizas para cubrir ante accidentes tanto de usuarios como de terceros. Las empresas deberán proporcionar a sus clientes información sobre el uso adecuado y seguro de los vehículos de micromovilidad.

Por otra parte, todos los vehículos de micromovilidad deben tener como mínimo: freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible. El estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público, ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén.

A su vez, es importante recordar que las restricciones al estacionamiento, definidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre, aplican para estos vehículos, incluida la prohibición de estacionar en vías en las que haya señales de prohibido parquear, sobre andenes, antejardines, parques y plazas o frente a entradas y salidas vehiculares, en accesos a predios, rampas peatonales, paraderos escolares, hidrantes, hospitales, bancos, embajadas o instituciones militares. De no cumplir con estas normas, las autoridades de tránsito impondrán comparendos a los infractores.

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La Secretaría de Movilidad también dio algunas recomendaciones para el uso seguro de estos vehículos como, por ejemplo:

Transitar por la red de ciclorrutas de la ciudad.

- Circular por la calzada en aquellos casos en los que no existe ciclorruta en vía o fuera de vía.

- No transitar por andenes.

- Respetar siempre la prioridad de peatones y personas en condición de movilidad reducida.

- No interrumpir la circulación de personas y vehículos en cruces o intersecciones.

- Seguir los protocolos de bioseguridad y autocuidado establecidos por el prestador del servicio y la Alcaldía Distrital.

- Transitar a una velocidad máxima de 20 km/h.

- Utilizar el casco y asegurarse que esté correctamente ajustado.

- Para el caso de usuarios novatos, realizar al menos un recorrido de prueba en una zona de poco tránsito antes de iniciar el primer recorrido con el fin de conocer y adaptarse a este tipo de vehículo.

- No manipular dispositivos móviles, audífonos o cualquier otro elemento que pueda restarle capacidad de respuesta antes cualquier novedad en la vía.

- Evitar transportar paquetes u objetos que dificulten las maniobras o reduzcan la visibilidad durante la circulación.

- En horas de baja visibilidad, utilizar elementos reflectivos sobre el vehículo y la ropa de manera frontal, lateral y posterior que les permita hacerse visibles ante los demás usuarios viales.

- No utilizar estos vehículos en estado de embriaguez, bajo los efectos de sustancias psicoactivas o en caso de sentirse con las capacidades físicas o mentales disminuidas.

- No hacer saltos o maniobras imprudentes y usar siempre las dos manos mientras se conduce.

- Conocer y respetar la señalización vial y demás normas de tránsito.

- Viajar una persona por vehículo.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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