Licitación ID: 897097-10-LQ21
DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE CONVENIOS MARCO 2022
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, Departamento de Desarrollo
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mantenimiento y soporte de sistemas propietarios 1 Unidad
Cod: 81111805
SERVICIOS DE DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE CONVENIOS MARCO 2022 EN LA PLATAFORMA MAGENTO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE CONVENIOS MARCO 2022
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección de Compras y Contratación Pública en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente requiere la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, adquirida en el proceso de gran compra ID N° 43.235.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
Departamento de Desarrollo
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392 piso 8
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-11-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-10-2021 13:15:00
Fecha inicio de preguntas: 27-10-2021 14:01:00
Fecha final de preguntas: 09-11-2021 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-11-2021 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-11-2021 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-11-2021 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 15-12-2021 17:58:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente
2.- Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP):
3.- Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP):
4.- Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°5: Calidad Partner y Certificación de Empresa
 
2.- Anexo N°7: Certificación Equipo de Trabajo
 
3.- Anexo N°8: Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo:
 
4.- Anexo N°12: “Planificación de desarrollo para el período 2022”
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°6: “Oferta Económica”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio del Servicio Según lo establecido en Bases de Licitación 40%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales Según lo establecido en Bases de Licitación 2%
3 Certificaciones del equipo de trabajo Según lo establecido en Bases de Licitación 30%
4 Certificación de la empresa como Partner Magento Según lo establecido en Bases de Licitación 28%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Juan Carlos Piñones
e-mail de responsable de pago: juan.pinones@chilecompra.cl
Nombre de responsable de contrato: Jose Cariqueo
e-mail de responsable de contrato: jose.cariqueo@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904419-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Publica
Fecha de vencimiento: 27-10-2021
Monto: 1 Peso Chileno
Descripción: No será solicitada según Decreto N° 1218 que modifica el DS N°250 DE 2004, del Ministerio de Hacienda.
Glosa: No será solicitada según Decreto N° 1218 que modifica el DS N°250 DE 2004, del Ministerio de Hacienda.
Forma y oportunidad de restitución: No será solicitada según Decreto N° 1218 que modifica el DS N°250 DE 2004, del Ministerio de Hacienda.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública Rut:60.808.000-7
Fecha de vencimiento: 27-03-2023
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía. Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación pública ID 897097-10-LQ21 para la adquisición de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9. Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases de Licitación
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1.- APRUÉBANSE las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento, y sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE Servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento

  1. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre de la licitación

Contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento.

Descripción

La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, adquirida en el proceso de gran compra ID N° 43.235.

Tipo de licitación

Licitación Pública superior a 2000 UTM e inferior a 5000 UTM.

Tipo de convocatoria

Abierto

Moneda

Pesos chilenos (CLP)

Etapas del proceso de apertura

Una etapa

Toma de razón por Contraloría

No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

  1. ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE

Razón Social

Dirección de Compras y Contratación Pública

Unidad de Compra

División Tecnología

R.U.T.

60.808.000-7

Dirección

Monjitas 392, piso 8

Comuna

Santiago

Región en que se genera la adquisición

Región Metropolitana

  1. ETAPAS Y PLAZOS

Fecha Inicio de Preguntas

A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.

Charla Informativa (y video)

Dentro de 3 días hábiles desde la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, se realizará charla informativa vía web, la que tiene por objetivo informar a los proponentes sobre el proceso de oferta en la presente licitación.

Fecha Charla: La fecha, hora y el link para ingresar a la reunión serán informados mediante un comunicado que se subirá al ID de la licitación una vez ésta sea publicada.

Cabe destacar que dicha charla será grabada y que el video será puesto a disposición de los oferentes en el ID de la licitación.

Fecha Final de Preguntas

8 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.

Fecha de Publicación de Respuestas

Dentro de 11 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 19:00 horas.

En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 100, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 3 días corridos adicionales.

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación.

Fecha de Cierre Recepción de Ofertas

15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de Acto de Apertura 

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:15 horas.

Fecha de adjudicación

Dentro de 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886.

Fecha de firma de Contrato

Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Consideración

Los plazos de días establecidos en la presente cláusula 3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.

En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos. Se entenderán como inhábiles los días sábado domingo y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.

  1. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS

 

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.

De conformidad a lo señalado en los “Términos y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la Dirección ChileCompra podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.

  1. Modificaciones a las Bases

La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.



  1. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA

  1. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

  1. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

  1. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, mientras esta pena esté vigente.

  1. No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión Temporal de Proveedores (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

 

Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

 

Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.

Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado y firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda, del integrante de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

 

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se descartará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

  1. INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS

Presentar Ofertas por Sistema

Obligatorio:

Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 3 anterior, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Anexos Administrativos

  • Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.

  • Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente

UTP:

 

  • Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.

  • Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.

  • Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores

  • (Solo para propuestas que se presentan bajo esta modalidad)

Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.

Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.

Anexos Técnicos

Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente:

  • Anexo N°5: Calidad Partner y Certificación de Empresa
  • Anexo N°7: Certificación Equipo de Trabajo
  • Anexo N°8: Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo: Uno por cada integrante del equipo de trabajo

Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos.

Aquellas ofertas que no entreguen los Anexos N°5, N°7 y/o N°8 serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.

Asimismo, en el Anexo N°7 debe declararse y respaldarse que al menos dos de los cinco profesionalesMagento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación:

  • Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
  • Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
  • Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer

En el caso de no cumplirse con este requisito de certificación de 2 profesionales, la oferta será declarada inadmisible.

Por su parte, para presentar su oferta técnica, los oferentes deberán tener en consideración lo dispuesto en el siguiente anexo:

  • Anexo N°12: “Planificación de desarrollo para el período 2022”

Anexos Económicos

  • Anexo N°6: “Oferta Económica”.

El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en Anexos Económicos.

Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas.

Anexo Informativo

  • Anexo N°11: “Contexto ChileCompra”.
  • Observaciones

Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores[1], el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.

En caso de editar una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

  1. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Entidad Licitante. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:

Si el adjudicatario es Persona Natural:

a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

b) Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.            

Acreditar a DCCP

Si el adjudicatario no es Persona Natural:

a) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

b) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

c) Anexo N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.

Acreditar a DCCP

NOTA:

Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

  • Observaciones

Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo, o por sí mismo en el caso de personas naturales.

Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.

El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, con excepción del Anexo N°8 y la respectiva certificación Magento para cada desarrollador, los cuales deberán ser entregados a la DCCP dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.

En el caso de resultar adjudicada una UTP, dentro del plazo establecido en las presentes bases para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá entregar físicamente, en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en su horario de funcionamiento, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.

Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores), que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.

  • Obligatoriedad de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración en los mismos plazos señalados precedentemente.

  1. GARANTÍAS REQUERIDAS

9.1.            Garantía de fiel cumplimiento del contrato

Tipo de Documento

Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.

Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar.

Beneficiario

El proveedor adjudicado deberá presentar a cada uno de los organismos de la línea de productos adjudicada, una o más garantías que, en su conjunto, consideren el monto total requerido para la caución.

Fecha de Vencimiento

No inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°12.2 “Vigencia del contrato”.

Monto

5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente:

Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación pública ID  (<>) para la adquisición de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento  y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Responsabilidad

Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 12.2 sobre “Vigencia del Contrato” y efectuar las reposiciones que procedan en virtud de la ejecución de ésta por sanciones que se puedan aplicarse durante la vigencia del contrato.

   9.1.1.      Plazos y forma de entrega de la Garantía

Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.

En ambos casos, la garantía deberá ser acompañada del Anexo N°10 - Formulario de Garantía de Fiel Cumplimiento.

   9.1.2.      Reposición, forma y oportunidad de restitución    

En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9.

Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.

Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

9.2.            Garantías por anticipo

De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del reglamento de la Ley N°19.886, las presentes bases de licitación permitirán que las partes acuerden en el respectivo contrato o cualquiera de sus modificaciones el pago de anticipos sujeto a la entrega por parte del adjudicatario de una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados, si así fuere necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de ambos contratantes. En este caso, se permitirán los mismos instrumentos establecidos para la garantía de fiel cumplimiento, señalados en la cláusula 9.1 de estas bases.

Si existiere más de un hito de pago, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito.

La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la DCCP de los servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.

10.  DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A LICITAR

10.1.        Antecedentes de la tienda B2B de Convenios Marco.

Mediante el proceso de gran compra ID 43.325, realizado en el Convenio Marco de “Data Center y servicios asociados”, ID N° 2239-17-LP11, la DCCP adquirió una nueva tienda de convenios marco B2B en modalidad Cloud.

La solución seleccionada fue Magento Commerce Cloud versión 2.3.1, en la cual ya se han implementado 12 Convenios Marco a la fecha:

1.  Convenio Marco de “Productos de Ferretería y Servicios de Mantención complementarios”, ID N° 2239-2-LR18,

2.  Convenio Marco de “Artículos de Aseo e Higiene”, ID N° 2239-5-LR19,

3.  Convenio Marco de “Emergencias, Contingencias y Prevención para la Protección Civil”, ID N° 2239-8-LR19,

4.  Convenio Marco de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in One” ID 2239-20-LR20,

5.  Convenio Marco de “Suministro de Combustible”, ID N° 2239-14-LR21,  

6.  Convenio Marco de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”, ID N° 2239-4-LR20,

7.   Convenio Marco de “Mobiliario”, ID N° 2239-13-LQ20,

8.  Convenio Marco de “Artículos de Escritorio y Papelería”, ID 2239-17-LR20,

9.  Convenio Marco de “Alimentos”, ID N° ID 2239-17-LR20,

10.  Convenio Marco de “Administración de Beneficios”, ID 2239-2-LR21,

11.  Convenio Marco de “Gas”, ID 2239-6-LR21,

12.  Convenio Marco de “Adquisición de Vehículos SUV y Camionetas”, ID 2239-5-LR21

La tienda ya posee implementaciones estándares y particulares para los convenios marcos singularizados en el párrafo anterior, los que se pueden revisar en el Anexo N° 11.

 

Actualmente se requiere el servicio de desarrollo y mantención para las distintas necesidades de la plataforma Magento; en particular para la realizar (1) el upgrade de la plataforma a su versión más reciente, (2) la implementación de 7 renovaciones de Convenios Marco, y (3) la mantención y soporte anual de la plataforma, de acuerdo a lo que solicitan en estas bases, según la planificación señalada en el Anexo N° 12.

10.2.        Servicios Licitados

La Dirección ChileCompra requiere contratar un equipo de trabajo para la ejecución de los servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, cuyos objetivos son los siguientes:

              i.      Objetivo 1: “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados.

Consiste en el desarrollo e implementación de la actualización —o upgrade de la versión de la plataforma Magento a su versión estable más reciente y sus servicios relacionados. Más detalle en el Anexo N° 12.

             ii.      Objetivo 2: Implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco.

De acuerdo a los lineamientos estratégicos de la institución, durante el período 2022 se requiere la implementación para la renovación de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento. Más detalle en el Anexo N° 12.

           iii.      Objetivo 3: Mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento.

Se requiere mantener y soportar todos los Convenios Marco que actualmente conviven en la plataforma Magento durante todo el período 2022. Esto incluye un completo plan de mejoras, mantenciones y corrección de errores que deben atenderse durante todo el año 2022.

Para el cumplimiento de los objetivos anteriormente descritos, se solicita un equipo de trabajo dedicado de profesionales:

a)      Equipo de Trabajo:

 

Se deberá ofertar 1 equipo de trabajo en la oferta económica del Anexo N°6. Este equipo deberá ejecutar los servicios cumpliendo con los objetivos (1), (2) y (3) arriba mencionados. El equipo deberá estar conformado por 5 profesionales, quienes ejercerán los siguientes roles:

  • 5 profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)”.

b)      Perfiles de los profesionales solicitados:

           i.        Magento Back-End Developer (MBD):

Responsabilidades à

  • Profesional encargado del desarrollo del tipo “backend” en la plataforma Magento 2.
  • Cada profesional debe tener una dedicación exclusiva al proyecto para todo el período del año 2022.
  • El profesional con mayor experiencia del equipo de trabajo, o el que defina el adjudicatario, deberá actuar como “líder técnico” del proyecto. Dicho profesional se encargará de gestionar las actividades y organizar al equipo de trabajo, al mismo tiempo que deberá supervisar la calidad del código entregado por sus compañeros.

Competencias mínimas (obligatorias) à

  • Experiencia profesional en roles equivalentes como desarrollador Magento.
  • Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
  • Conocimiento en lenguaje de programación PHP, y en el uso de aplicaciones de trabajo IDE como PHPStorm o equivalentes.
  • Al menos dos de los cinco profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación:

  • Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
  • Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
  • Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer

Los requerimientos mínimos técnicos declarados deben ser respaldados con los debidos antecedentes, esto es, al menos, la copia del certificado de título profesional, el Currículum Vitae del profesional que se postula, y para el caso de los profesionales certificados en Magento 2, adicionalmente se deberá incluir la URL donde se acredite la certificación en el Anexo N°7.

En caso de señalarse que no se cumple con algún requisito mínimo, la oferta será declarada inadmisible.

Consideraciones relevantes

Para la prestación de estos servicios, deberá tenerse en consideración, además, lo siguiente:

  • Dentro de las tareas de estos perfiles deben estar considerados los aspectos de calidad del software, pruebas funcionales, pruebas unitarias, pruebas de integración y herramientas de monitoreo y diagnóstico que aseguren el correcto funcionamiento de cada servicio.

  • Los participantes a este proceso licitatorio deberán realizar una única oferta por el equipo de trabajo que realizarán los servicios que consideran los 3 objetivos declarados.

10.3.        Objetivos del Servicio

El objetivo general de los servicios licitados es:

Dar continuidad al servicio de desarrollo y mantención de la plataforma Magento durante todo el año 2022, tanto para los requerimientos de nuevas funcionalidades, como para la actualización de la plataforma y la mantención evolutiva de mejoras y corrección de errores.

Los objetivos específicos son los siguientes:

  • Realizar el “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados:

  • Upgrade de Magento 2.3.1 a 2.4.x
  • Upgrade del servicio de ElasticSearch de 6.5.4 a 7.x.x
  • Upgrade del servicio de PHP de 7.2.33 a 7.4.x
  • Upgrade del servicio MariaDB de 10.0.37 a 10.x.x

  • Realizar la implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento:

  • Implementar la renovación del CM de “Artículos de Aseo e Higiene”.
  • Implementar la renovación del CM de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”.
  • Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in one”.
  • Implementar la renovación del CM de “Suministro de Combustible”.
  • Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Mobiliario General”.
  • Implementar la renovación del CM de “Artículos de Escritorio y Papelería”.
  • Implementar el nuevo CM “Infraestructura como servicio y Enlace de datos”.

Se deja constancia que la DCCP se reserva el derecho de reemplazar la implementación de un Convenio Marco por otro, en la medida que ello responda a los lineamientos institucionales, para lo cual deberá informar oportunamente al proveedor y ajustar de común acuerdo la planificación de los servicios.

  • Realizar la mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento:

  • Atender los tickets de mantenciones disponibles en la plataforma JIRA según la priorización definida por el Jefe de Producto.
  • Corregir y mejorar la usabilidad (UX) de la plataforma de cara a los usuarios.
  • Diagnosticar y resolver errores.

10.4.        Consideraciones para Ofertar

  1. Sólo se admitirá una oferta por participante, que incluya la totalidad de la única “línea de servicios”, entendiendo aquélla como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.
  2. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo N°62 del reglamento de la Ley de Compras.
  3. Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
  4. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.
  5. La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases de licitación.

10.5.        Presentación de ofertas

En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:

  1. Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente.

  1. Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

  1. Ingresar su oferta económica en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos (CLP).

11.  EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS

11.1.        Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.

La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
  • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
  • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

11.2.        Funciones de la Comisión en la evaluación de las ofertas

La Comisión Evaluadora, previo a iniciar la evaluación propiamente tal de las ofertas, deberá verificar lo siguiente:

  • Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
  • Que las ofertas cumplan con los requerimientos mínimos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos.
  • Que la oferta no supere el monto máximo del presupuesto definido en la cláusula 12.7.

Para efecto del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:

  • Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
  • Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
  • Proponer a la autoridad competente de la Dirección ChileCompra, o a quien la subrogue, la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación, así como las inadmisibilidades de las ofertas correspondientes.
  • Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.

Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción a las Bases de Licitación en el respectivo ID, disponible en www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura electrónica de las ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

11.3.        Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de Ofertas

Sólo serán consideradas las propuestas de aquellos oferentes que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.

En virtud de lo anterior, se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos a los que deben ajustarse los servicios, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación, para posteriormente ser sometidos al proceso de evaluación de ofertas.

11.3.1.      Verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos

La línea de servicio ofertada por los proponentes deberá cumplir con los requerimientos mínimos contenidos en los Anexos N°7 y N°8 de estas bases de licitación.

En caso de que los servicios ofertados no den cumplimiento a lo señalado en el párrafo precedente, éstos serán descartados del proceso de evaluación de ofertas y, por lo tanto, se declararán inadmisibles las ofertas de los proveedores donde se verificó que no se cumplía con alguno de los requerimientos técnicos mínimos establecidos para los servicios en las presentes bases de licitación.

11.3.2.      Procedimiento y criterios de evaluación de ofertas

Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y los servicios ofertados cumplen con los requisitos técnicos mínimos establecidos en los Anexos N°7 y N°8, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios y ponderaciones: 

Criterio de Evaluación

Ponderación

a) Precio del Servicio

40%

b) Certificaciones del equipo de trabajo

30%

c) Certificación de la empresa como Partner Magento

28%

d) Cumplimiento de Requisitos Formales

2%

Así el Puntaje Total de la Oferta por equipo estará dado por el siguiente polinomio:

PUNTAJE TOTAL OFERTA POR EQUIPO = (40% x Puntaje Precio del servicio) + (30% x Puntaje Certificaciones del equipo de trabajo) + (28% x Puntaje Certificación de la empresa como Partner Magento) + (2% x Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales).

Para efectos de la evaluación, todos los puntajes y porcentajes resultantes no serán aproximados.

a)             Precio del Servicio (40%)

Para la evaluación de este criterio se considerará y comparará el precio total ofertado en el Anexo N°6 para el equipo de trabajo, el cual corresponde a la sumatoria del valor bruto por hora hombre ofertado para cada uno de los perfiles por la cantidad de horas propuestas para el equipo ofertado:

  • Si el precio total ofertado es superior a los $263.681.580, la oferta será declarada inadmisible.
  • Si el precio total ofertado es igual o inferior a los $168.481.580, el puntaje del Precio del Servicio será 100 puntos.

El valor ofertado debe estar expresado en pesos chilenos y montos brutos (todos los impuestos incluidos).

b)              Certificaciones del equipo de trabajo (30%)[2]

Para este criterio sólo se considerarán los profesionales del perfil “Magento Back-End Developer (MBD)” que posean alguna de las siguientes certificaciones:

  • Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
  • Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
  • Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer

Para la evaluación de este criterio se asignará puntaje según las certificaciones de los profesionales declarados en el Anexo Nº7 – Certificaciones Equipo de Trabajo, otorgando puntaje acorde a la siguiente tabla:

Tipo de certificación

Puntaje asociado por cada profesional certificado propuesto

Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect

40

Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer

25

Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer

10

Cualquier otra certificación[3]

0

Dada la oferta del proveedor, se sumarán los valores de los puntajes declarados en la tabla anterior según las certificaciones que posee cada profesional. Es decir:

Cálculo de puntaje para “Certificaciones del equipo de trabajo”:

  • Si la sumatoria de los puntajes individuales es inferior o igual a 10 puntos, la oferta quedará declarada inadmisible, dado que es un requisito que al menos 2 profesionales posean la certificación de Magento.

Este puntaje será asignado para cada equipo de trabajo y no podrá superar el máximo de 100 puntos. En el caso que el profesional tenga varias de las certificaciones, sólo se considerará la certificación que entrega mayor puntaje.

En caso de que la oferta incluya uno o ningún perfil con las certificaciones solicitadas, la oferta será declarada inadmisible.

c)              Certificación de la empresa como partner Magento (28%)

Para la evaluación de este criterio se considerará lo declarado por el oferente en el Anexo N°5Calidad Partner y Certificación de Empresa”, según la siguiente tabla de puntajes:

Nivel de Partner Magento

Puntaje obtenido

No Partner

0

Bronze Partner

25

Silver Partner

50

Gold Partner o Platinum Partner

100

Se aceptarán ofertas de empresas que no sean Partner Magento, pero recibirán 0 puntos en este criterio. Se deja constancia que la DCCP podrá validar la información ingresada en este anexo a través del portal oficial de Magento Partners[4].

En caso de que la oferta sea realizada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se deberá indicar claramente la empresa a la cual se evaluará la Certificación como partner Magento en el Anexo N°9.

d)             Cumplimiento de Requisitos Formales (2%)

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales y/o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya subsanado o acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40 del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.

El resultado de la fórmula anterior se ponderará de acuerdo al peso porcentual de este criterio (2%).

SUBCRITERIOS

SUBPONDERACION

ESCALA DE CALIFICACION

DETALLE DE EVALUACION

Cumplimiento del formato de presentación de antecedentes

100%

100 puntos

Cumple con la presentación completa de antecedentes

0 puntos

No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.

 

Solicitud de aclaraciones y antecedentes

No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación.

Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.

En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

11.4.        Adjudicación

La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:

  • En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, mediante resolución fundada, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o ninguna de las ofertas resultare convenientes a sus intereses, o bien, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación.

  • Adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.

En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, aquella informará a través del sistema www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

    11.4.1.      Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando ambas ofertas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Criterio “Precio del Servicio”
  2. Criterio “Certificaciones del equipo de trabajo”.
  3. Criterio “Certificación de la empresa como Partner de Magento”.
  4. Criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.

Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, revisándose para tales efectos la fecha y hora de ingreso.

    11.4.2.      Notificación de Adjudicación

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.

    11.4.3.      Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.

    11.4.4.      Readjudicación

 

Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

    11.4.5.      Validez de la Oferta

Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

12.  CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS

12.1.        Suscripción del Contrato

El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.

12.2.        Vigencia del Contrato

El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá hasta la ejecución completa de los servicios en los plazos referidos en el punto 12.3 de esta cláusula. Con todo, en ningún caso podrá exceder al 31 de diciembre de 2022.

Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse las actividades a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.

La Dirección ChileCompra podrá renovar el contrato por una sola vez, según las necesidades del Servicio y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Administrador de Contrato solicite a la Dirección acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:

  • Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Administrador de Contrato.
  • Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato.

Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes:

                       i.            El desarrollo de software es una especialidad ligada en gran medida a quién la realiza. La escritura de un código de software podría asemejarse al trabajo de un artista o a un escritor. Si el personaje principal debe ser reemplazado, quién deba continuar con la obra deberá estudiar, entender y emular el trabajo del personaje original para poder continuar y finalizar el trabajo. El cambio del “arquitecto” sin duda tendrá un impacto en el producto final, además de requerir un tiempo de ajuste.

                     ii.            La actual plataforma de Magento ha tenido hasta ahora 5 diferentes proveedores desde que inició el proyecto (2019), y cada cual, con su propia cultura y pericia, ha debido desenvolverse en el mismo código de software que el resto de los proveedores. Esto ha implicado que cada proveedor utilice sus propios modelos, lógicas y funciones, con lo cual la calidad del software varíe según a quién pertenece el bloque de código. Esta estrategia de trabajar con distintos proveedores para un mismo software es una mala práctica, y a todas luces no recomendada, dada la pérdida de continuidad.

                   iii.            Como estrategia de mediano plazo, es relevante mantener al proveedor de software por más de un período, y evitar su reemplazo de forma frecuente. Esto permitirá dar consistencia y solidez a la solución del software, además de evitar todo el costo de reincorporación de un nuevo proveedor.

12.3.        Tiempos, planificación de actividades y lugar de ejecución de los servicios

12.3.1.       Plazos

Los plazos máximos para el logro de los objetivos 1 y 2 de los servicios corresponden a aquellos establecidos en el Anexo N°12, mientras que para el objetivo 3, al tratarse de servicios de mantención y soporte, el plazo final será el último día hábil del año 2022. Con todo, se podrán extender los plazos máximos de los servicios, siempre y cuando la planificación acordada entre la DCCP y el proveedor así lo requiera, o por retrasos en su cumplimiento por causas de fuerza mayor no imputables al proveedor.

En el caso que el aumento de los plazos de los servicios implique una extensión del plazo máximo del contrato, indicado en la cláusula 12.2, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de ejecución cuya vigencia será de 60 días hábiles posteriores a su término.

Se deja constancia que el plazo de ejecución de la totalidad de los servicios no podrá ser superior al plazo de vencimiento del contrato (31 de diciembre del año 2022), salvo que exista una modificación de contrato.

12.3.2.       Planificación de ejecución de los servicios

Se deberá realizar una planificación anual de actividades en conjunto con el proveedor adjudicado para cumplir con los tiempos de entrega propuestos en el Anexo N°12. El acuerdo mutuo entre ambas partes para cumplir con la planificación estimada en el anexo referido será la hoja de ruta que regirá las fechas de los servicios entregables. El compromiso adquirido en la planificación de cada proyecto será considerado la base para el seguimiento y control del equipo de profesionales, el cual deberá quedar documentado a modo de respaldo para asegurar el cumplimiento oportuno de los servicios. Adicionalmente, y de forma mensual, la planificación podrá ser corregida y ajustada de común acuerdo según se requiera.

En caso de constatar un desvío mayor a 15% en la planificación acordada, y en que el atraso sea atribuible al proveedor, éste tendrá la obligación de aumentar el número de profesionales y disponer de todos recursos que estén a su alcance para subsanar y corregir el atraso. Las horas trabajadas por la incorporación de profesionales adicionales para corregir el desvío, no serán de cargo de la institución. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en la planificación acordada será considerado un incumplimiento grave para efectos de la aplicación de las medidas dispuestas en estas bases.

Una propuesta de la plantificación anual para la ejecución de las actividades se puede revisar en el Anexo N°12, planificación que podrá ser ajustada de forma mensual en conjunto con el adjudicatario y las prioridades que defina la DCCP. En general, cada Convenio Marco tendrá una planificación con las siguientes actividades:

  • ~ 2 a 3 meses)
    • 3 o 4 sprints por cada Convenio Marco.
    • Cada sprint de 3 semanas; 2 semanas para desarrollo y 1 semana para revisión y correcciones del sprint.

  • ~ 1 mes)
    • Integración de código con la rama principal y corrección de conflictos.
    • Despliegue del entregable en ambiente de Staging.
    • Carga de datos del nuevo Convenio (productos, proveedores, despacho, precios)
    • Revisión cruzada del nuevo Convenio.
    • Correcciones entrega
    • Re-despliegue en ambiente de Staging
    • Revisión de correcciones en Staging
    • Aprobación de Entregable

  • “Go Live” Producción (~ 1 a 2 semanas)
    • Actividades previas (Operaciones)
    • Instalación en producción.
    • Certificación cruzada de convenio en producción
    • Preparación y carga de datos en producción.
    • Revisión en producción.
    • Habilitación de proveedores del Convenio Marco
    • Monitoreo oculto en producción.
    • Go Live.

A continuación, se puede ver una carta Gantt tipo para la implementación de un nuevo Convenio Marco:

     12.3.3.      Inicio de las actividades y formación del equipo de trabajo

Adicionalmente, respecto del inicio de las actividades, se deberá tener constituido el equipo de trabajo dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la firma del contrato, iniciando los trabajos según la planificación acordada entre las partes, a fin de cumplir con los plazos de entrega señalados en el Anexo N°12.

                                                12.3.4.      Entregables

Los entregables serán los siguientes:

  1. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma semanal mediante un informe de horas efectivamente trabajadas por el profesional, el cual quedará sujeto a la validación de la DCCP. Dicho informe debe incluir las actividades realizadas durante la semana y los tiempos asociados a cada tarea. Estos informes semanales deberán ser acompañados de las instancias de presentación y validación de los avances reportados, en fechas y plazos acordados con la DCCP. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.

  1. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma mensual, para efectos del pago, con la misma información referida en el punto anterior, para lo cual el proveedor podrá utilizar como base los mismos informes semanales agregando la información faltante para completar el mes. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.

  1. Adicionalmente, el adjudicatario deberá entregar un informe al finalizar cada uno de los sprints de desarrollo.  Dicho informe debe incluir toda la información relativa a la modificación del código fuente y a las nuevas funcionalidades implementadas o modificadas. Ejemplo de esto sería: incluir los commits realizados, nuevas “ramas” creadas, nuevos módulos instalados, resoluciones de “conflicto” en el código, correcciones realizadas al template del sitio, nuevas reglas de negocio incorporadas, nuevas validaciones a campos de los formularios, configuración necesaria en el panel de administración, etc., es decir, un resumen relacionado al desarrollo realizado en el sprint.

                                                12.3.5.      Control de ejecución de actividades

Para asegurar un correcto seguimiento sobre las horas invertidas en el mes, se le requerirá al proveedor adjudicado el uso de una aplicación de control de horas (por ejemplo, Hubstaff[5]), con la cual los profesionales deberán registrar las horas consumidas. La aplicación utilizada debe permitir:

  • Que se habiliten cuentas de usuario con el rol “Project Viewer” (gratuitas) para que el equipo de ChileCompra pueda hacer seguimiento y control de las horas ejecutadas.
  • Descartar el tiempo sin actividad (“Idle Timeout”) cuando éste sea sobre 5 minutos.
  • La captura de pantallazos en forma aleatoria del trabajo de los profesionales. Estos pantallazos no deberán vulnerar en ningún caso la privacidad o intimidad de los profesionales, debiendo estar disponible la opción de pausar el control cuando no se esté trabajando en el proyecto, o de eliminar el pantallazo en el caso que se capture una imagen de sus comunicaciones privadas, no atingentes al proyecto.

Por último, será responsabilidad del adjudicatario mantener la información actualizada de forma diaria en la plataforma de gestión de tareas JIRA de la DCCP, en donde los profesionales deberán ir reportando los avances logrados, bloqueos, atrasos y/o cualquier otro tipo de información relevante para el correcto seguimiento de la tarea.

El adjudicatario será el responsable de administrar la configuración y parametrización de la aplicación de control de horas, y por lo tanto deberá ajustarla para proteger la privacidad e intimidad de los profesionales.

                                                12.3.6.      Lugar y horarios establecidos para ejecución de los servicios

Los profesionales adjudicados podrán prestar los servicios remotamente, sin tener la obligación de concurrir a las oficinas de la Dirección ChileCompra, salvo que sea requerido por ésta en forma excepcional y por ser ello imprescindible para el avance de los servicios, en cuyo caso, los valores de traslado y alojamiento deberán ser asumidos por el proveedor, teniendo en consideración lo siguiente:

  • La ejecución de las actividades será realizada en días hábiles administrativos chilenos, esto es, de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos. Para estos efectos, se deberán considerar solamente los feriados nacionales en territorio chileno para temas de planificación y ejecución del proyecto. No serán considerados los feriados del país de residencia de los profesionales que compongan el o los equipos seleccionados.

  • Los horarios en que se establezcan reuniones de coordinación, reporte de estado de avance o cualquier instancia de trabajo que requiera contar con los equipos (o parte de ellos) del adjudicatario y la Dirección ChileCompra, deberán ser en base a la zona horaria oficial de Chile durante la ejecución del proyecto. Se deja establecido que los horarios hábiles de trabajo son de lunes a viernes entre las 08:00 y las 19:00 horas, pudiendo acordarse la jornada laboral entre esos horarios. En caso de que los profesionales ejercieran sus labores fuera de estos horarios, el Proveedor no podrá aumentar la tarifa por hora.

12.4.        Obligaciones del Adjudicatario

El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:

  • Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.

  • Otorgar al Administrador de Contrato designado la facultad de operar como tal en la plataforma de Mercado Público.

  • Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.

  • Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados determinados en el Anexo Nº12 “Planificación de desarrollo para el período 2022”.

  • Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados.

  • Cumplir con los principios, estándares y lineamientos de desarrollo, calidad, arquitectura, servicios, diseño y UX y operaciones definidas por la DCCP para asegurar la calidad de los entregables.

  • Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.

  • Mantener la más estricta confidencialidad con la información proporcionada.

12.5.        Efectos derivados de Incumplimientos (Sanciones)

                                                12.5.1.      Multas por atrasos en la ejecución de las tareas

El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de las multas dispuestas en estas bases, por el incumplimiento de los Niveles de Servicio (o SLAs) descritos a continuación:

Nivel de Servicio

Cumplimiento

Medio de verificación

Multa

Tope máximo multa

Calidad de entrega por sprint.

75% de las tareas entregas en el sprint, debe ser aprobadas con éxito.

Revisión de las tareas del sprint respectivo por parte de la DCCP en un ambiente de pruebas.

5 UF por evento incumplido

-

Entrega oportuna de las actividades del último sprint del desarrollo según planificación acordada.

Implementación en un tiempo menor o igual a la fecha y hora acordada entre las partes, con el respectivo informe de cumplimiento y recepción conforme del área de negocio y técnica de la DCCP.

Informe de cumplimiento del último sprint del desarrollo.

3 UF por cada día de atraso

Hasta 15 días hábiles de atraso

Reemplazo o incorporación en forma oportuna de profesional

Dentro de los 10 días hábiles posteriores a:

  • Aceptada por la DCCP, la solicitud de cambio de profesional por el proveedor.
  • Solicitado el cambio de profesional por la DCCP.
  • Requerida la incorporación de un nuevo profesional por la DCCP.

Acta de incorporación del nuevo profesional al proyecto

3 UF por cada día hábil de atraso

Hasta 15 días hábiles de atraso

El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En el caso que no pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.

En el caso de las multas establecidas en Unidades de Fomento (UF), para efectos del pago de cada una de éstas, una vez que se encuentre firme la resolución que la aplica, deberá procederse a la transformación del valor de la multa a pesos chilenos, considerándose para ello el valor de la UF vigente a la fecha de dictación de la resolución.

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor. Por lo tanto, para el efecto del cálculo de las multas, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del Adjudicatario.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

De igual forma, si los tiempos de ejecución sobrepasan el plazo máximo de vigencia del contrato señalado en la cláusula 12.2, ello dará fundamento al término anticipado de contrato.

                                                12.5.2.      Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
  2. Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días de notificado el cobro.
  3. Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
  4. Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula 12.6 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.

En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.

En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.6, número 9 de las presentes bases.

 

                                                12.5.3.      Procedimiento para la aplicación de sanciones

A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:

  1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la cláusula 12.6, numeral 1, de las presentes Bases), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información , informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
  2. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
  3. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.
  4. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información, o a través de otro medio verificable en el caso que sea pertinente.
  5. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
  6. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción finalmente cursada sea una multa, ésta se hará efectiva cobrando directamente al proveedor, quien deberá pagar dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que rechace el recurso de reposición, y en caso de no pagar en este plazo, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.

12.6.        Término anticipado del contrato

La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.

  1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

  1. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

  1. Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.

  1. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.

  1. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.  Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.

b.  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

c.   Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.

  1. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.

10.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.15 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.

11.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.9 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.

12.Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

13.La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

14.En el caso que la aplicación de multas supere el 20% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.5.1. de estas bases.

15.En el caso que la implementación final de cada uno de los Convenios Marco presente atrasos superiores a 21 días hábiles respecto a la fecha acordada por ambas partes.

16.Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.

17.Reiteración de atrasos injustificados a las actividades programadas dando paso a incumplimientos por parte del Proveedor. No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor.

18.Si los tiempos de ejecución sobrepasan el máximo establecido en la cláusula 12.2 “Vigencia del Contrato” de las presentes bases.

19.Si el proveedor participa, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, o mediante una Unión Temporal de Proveedores, en el proceso licitatorio de cualquiera de los dos Convenios Marco referidos en la presente licitación y que se implementarán durante el año 2022 en virtud de los servicios licitados.

20.En caso de incumplimiento grave a lo establecido en la cláusula 12.11 sobre “Continuidad de Personal”, cuando los cambios de personal afecten la integridad del contrato.

En los casos señalados en los numerales 2 a 20, con excepción del numeral 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N° 1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en las presentes bases.

12.7.        Presupuesto disponible

El presupuesto máximo disponible para el servicio licitado es de $263.681.580 (CLP) (doscientos sesenta y tres millones seiscientos ochenta y un mil quinientos ochenta pesos chilenos), incluidos los impuestos en caso de que procedan.

En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.

12.8.        Pagos

Los pagos se realizarán de forma mensual, de acuerdo al detalle de las horas ejecutadas durante dicho período, según cada informe mensual con las actividades y detalle de las horas.

Cada informe debe contar con recepción conforme del área de negocios de la DCCP y el área técnica respectiva. Una vez aprobado el informe mensual, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago.

El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido en el hito de pago correspondiente.  

Para tramitar el pago de la prestación de los servicios efectivamente prestados, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:

  • Informe mensual con el detalle de las horas ejecutadas, firmado por parte del administrador del Contrato.

  • En caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.

  • En caso de que corresponda, un “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.

  • En caso de que corresponda, las Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.

La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.

La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos luego de la recepción conforme del documento de cobro.

Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a las horas efectivamente ejecutadas, previa liquidación del contrato.

Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.

12.9.        Confidencialidad

El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El Adjudicatario, así como los profesionales adjudicados, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se les solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad a cada uno de los profesionales.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.

Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.

12.10.   Propiedad de la información

La Oferta técnica presentada por el adjudicatario será de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de ésta sin la autorización previa y escrita por parte de la misma.

Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Entidad Licitante, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.

12.11.   Continuidad del personal

En el caso de personas jurídicas, si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal (jefe de proyecto y equipo) que presta el Servicio, deberá informar y proponer oportunamente un Cambio de Nómina de Personal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.

Con objeto de dar continuidad del servicio y mayor efectividad de éste, la Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de los servicios, con objeto de evitar repetir el proceso de inducción y aprendizaje.

De acuerdo con lo anterior, en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, podrá solicitar a la Dirección ChileCompra, a través de su contraparte, salvo que concurra alguna causal inimputable al proveedor, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio.  Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:

             i.        La criticidad del proyecto y de la etapa de éste en la que esté involucrado el personal.

            ii.        El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.

De ser necesario, se procederá a extender tiempos de prestación del servicio (en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.2 de las presentes Bases), en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.

Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la DCCP, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar o proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del contrato. El proveedor adjudicado deberá remplazar a sus profesionales en el mínimo tiempo posible, no pudiendo sobrepasar 10 días hábiles, incluido el tiempo de validación de el o los candidatos propuestos a la DCCP. En todo caso, si la DCCP considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner Término Anticipado al Contrato.

De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su Contraparte u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal, todos los antecedentes solicitados en el Anexo N°8 “Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo”, de estas Bases de Licitación, para que esta Dirección evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.

El proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.

El formato de la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal será definido por la Dirección ChileCompra, y será entregado al proveedor adjudicado.

Se deja expresa constancia que la DCCP podrá solicitar el cambio de parte o del total del equipo de profesionales propuestos en su oferta, si hay incumplimiento en los entregables. El nuevo profesional propuesto deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar, así como también la misma especialización o mayor. El proveedor debe proceder al cambio solicitado dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se le comunica por la DCCP.

El incumplimiento a las obligaciones del adjudicatario establecidas en esta cláusula será sancionado con las multas correspondientes dispuestas en la cláusula 10.5.1 de estas bases.

12.12.   Coordinador del Contrato

El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de contrato, quien no podrá ser ninguno de los profesionales que presten el servicio, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato. En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:

             i.        Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios de los profesionales de acuerdo a las indicaciones establecidas en la cláusula 12.11, “Continuidad del personal” de las presentes Bases.

            ii.        Representar al Proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

           iii.        Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

          iv.        Indicar a la DCCP el correo electrónico mediante el cual se realizarán las comunicaciones oficiales entre ambas partes.

Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

12.13.   Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra

La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo a las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:

  1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
  2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
  3. Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios.
  4. Realizar las coordinaciones necesarias cuando se lleve a efecto una modificación de contrato, elaborando informe técnico, solicitándole la renovación de la garantía de fiel cumplimiento al proveedor de ser procedente, remitiéndole el documento para firma, etc.
  5. Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
  6. Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
  7. Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
  8. Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
  9. Las demás que le encomiende el presente instrumento.

12.14.   Modificación de Contrato

El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:

  1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza u objeto, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.

Cabe señalar que, frente a una eventual modificación de contrato en donde se requiera ampliar alguno de los servicios dentro del alcance de estas bases de licitación, se deberá ajustar el monto como máximo a los valores ofertados para cada profesional.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente consensuadas.

12.15.   Cesión de contrato y subcontratación

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.

Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.

Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.

Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.

La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12.F. N°10 de las presentes bases.

12.16.   Estándares de probidad

Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

12.17.   Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo a lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.

12.18.   Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales

Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, en el caso que corresponda.

En el caso de UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.

Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.

El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula 12.8 “Pagos”, si corresponde, la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.  

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o profesionales contratados para los efectos de la prestación de estos servicios.

Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones u honorarios de sus trabajadores o profesionales.

La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.

El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

12.19.   Documentos integrantes.

La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

                         i.                   La Ley N°19.886 y su Reglamento.

                       ii.                   Bases de Licitación y sus Anexos.

                      iii.                   Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.

                      iv.                   Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.

                        v.                   Oferta Adjudicada.

                      vi.                   Resolución de Adjudicación.

                    vii.                   Contrato definitivo suscrito entre las partes.

                  viii.                   Orden de Compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.

  1. PRODUCTOS / SERVICIOS REQUERIDOS

Clasificación ONU

Cant.

Tipo

Descripción

Producto o servicio a contratar

1

81111805

1

Soporte

Desarrollo, mantenimiento y soporte de sistemas propietarios

Equipo dedicado de profesionales para desarrollo, mantención y soporte de la plataforma Magento.






2.- PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el sistema www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en las bases que se aprueban mediante la presente resolución, una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.

Anótese, Comuníquese y Archívese.






[1] Unión Temporal de Proveedores (UTP): Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886. Para mayor entendimiento, se sugiere leer las recomendaciones de la Directiva N° 22 de la Dirección ChileCompra, la cual se encuentra disponible en el sitio:  http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/

[2] Siempre que la oferta no haya quedado inadmisible por no haberse ofertado a dos o más profesionales con las certificaciones requeridas, de conformidad a la cláusula 10.2, letra b) de estas bases.

[4] https://solutionpartners.adobe.com/s/directory/

[5] https://app.hubstaff.com/download


1.- APRUÉBANSE las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento, y sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE CONVENIOS MARCO 2022 EN LA PLATAFORMA MAGENTO
CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN
Nombre de la licitación
Contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento. Descripción
La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, adquirida en el proceso de gran compra ID N° 43.235. Tipo de licitación
Licitación Pública superior a 2000 UTM e inferior a 5000 UTM. Tipo de convocatoria
Abierto Moneda
Pesos chilenos (CLP) Etapas del proceso de apertura
Una etapa Toma de razón por Contraloría
No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social
Dirección de Compras y Contratación Pública Unidad de Compra
División Tecnología R.U.T.
60.808.000-7 Dirección
Monjitas 392, piso 8 Comuna
Santiago Región en que se genera la adquisición
Región Metropolitana
ETAPAS Y PLAZOS
Fecha Inicio de Preguntas
A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl. Charla Informativa (y video)
Dentro de 3 días hábiles desde la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, se realizará charla informativa vía web, la que tiene por objetivo informar a los proponentes sobre el proceso de oferta en la presente licitación.
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Fecha Charla: La fecha, hora y el link para ingresar a la reunión serán informados mediante un comunicado que se subirá al ID de la licitación una vez ésta sea publicada.
Cabe destacar que dicha charla será grabada y que el video será puesto a disposición de los oferentes en el ID de la licitación. Fecha Final de Preguntas
8 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas. Fecha de Publicación de Respuestas
Dentro de 11 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 19:00 horas.
En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 100, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 3 días corridos adicionales.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. Fecha de Acto de Apertura
El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:15 horas. Fecha de adjudicación
Dentro de 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886. Fecha de firma de Contrato
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Consideración
Los plazos de días establecidos en la presente cláusula 3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.
En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos. Se entenderán como inhábiles los días sábado domingo y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.
INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
De conformidad a lo señalado en los “Términos y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la
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Dirección ChileCompra podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.
MODIFICACIONES A LAS BASES
La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
1. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
2. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
3. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, mientras esta pena esté vigente.
4. No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:
Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
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Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado y firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda, del integrante de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se descartará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS
Presentar Ofertas por Sistema
Obligatorio:
Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 3 anterior, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Anexos Administrativos
• Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.
• Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente
UTP:
• Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
• Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
• Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
o (Solo para propuestas que se presentan bajo esta modalidad)
Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.
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Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Anexos Técnicos Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente: • Anexo N°5: Calidad Partner y Certificación de Empresa • Anexo N°7: Certificación Equipo de Trabajo • Anexo N°8: Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo: Uno por cada integrante del equipo de trabajo Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos. Aquellas ofertas que no entreguen los Anexos N°5, N°7 y/o N°8 serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Asimismo, en el Anexo N°7 debe declararse y respaldarse que al menos dos de los cinco profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación: • Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect • Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer • Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer En el caso de no cumplirse con este requisito de certificación de 2 profesionales, la oferta será declarada inadmisible. Por su parte, para presentar su oferta técnica, los oferentes deberán tener en consideración lo dispuesto en el siguiente anexo: • Anexo N°12: “Planificación de desarrollo para el período 2022” Anexos Económicos
• Anexo N°6: “Oferta Económica”.
El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en Anexos Económicos.
Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas. Anexo Informativo
• Anexo N°11: “Contexto ChileCompra”.
• Observaciones
Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores1, el apoderado de la misma deberá tener
1 Unión Temporal de Proveedores (UTP): Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886. Para mayor entendimiento, se sugiere leer las recomendaciones de la Directiva N° 22 de la Dirección ChileCompra, la cual se encuentra disponible en el sitio: http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/
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poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de editar una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Entidad Licitante. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:
Si el adjudicatario es Persona Natural:
a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
b) Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
Acreditar a DCCP Si el adjudicatario no es Persona Natural:
a) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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b) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
c) Anexo N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
Acreditar a DCCP
NOTA:
Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
• Observaciones
Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo, o por sí mismo en el caso de personas naturales.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, con excepción del Anexo N°8 y la respectiva certificación Magento para cada desarrollador, los cuales deberán ser entregados a la DCCP dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En el caso de resultar adjudicada una UTP, dentro del plazo establecido en las presentes bases para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá entregar físicamente, en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en su horario de funcionamiento,
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la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores), que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.
Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.
• Obligatoriedad de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración en los mismos plazos señalados precedentemente.
GARANTÍAS REQUERIDAS
9.1. Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Tipo de Documento
Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar. Beneficiario
El proveedor adjudicado deberá presentar a cada uno de los organismos de la línea de productos adjudicada, una o más garantías que, en su conjunto, consideren el monto total requerido para la caución. Fecha de Vencimiento
No inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°12.2 “Vigencia del contrato”. Monto
5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos. Glosa
El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente:
“Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación pública ID (<>) para la adquisición de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
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En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Responsabilidad
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 12.2 sobre “Vigencia del Contrato” y efectuar las reposiciones que procedan en virtud de la ejecución de ésta por sanciones que se puedan aplicarse durante la vigencia del contrato.
Plazos y forma de entrega de la Garantía
Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En ambos casos, la garantía deberá ser acompañada del Anexo N°10 - Formulario de Garantía de Fiel Cumplimiento.
Reposición, forma y oportunidad de restitución
En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9.
Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.
Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9.2. Garantías por anticipo
De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del reglamento de la Ley N°19.886, las presentes bases de licitación permitirán que las partes acuerden en el respectivo contrato o cualquiera de sus modificaciones el pago de anticipos sujeto a la entrega por parte del adjudicatario de una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados, si así fuere necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de ambos contratantes. En este caso, se permitirán los mismos instrumentos establecidos para la garantía de fiel cumplimiento, señalados en la cláusula 9.1 de estas bases.
Si existiere más de un hito de pago, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito.
La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la DCCP de los servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.
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DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A LICITAR
10.1. Antecedentes de la tienda B2B de Convenios Marco.
Mediante el proceso de gran compra ID 43.325, realizado en el Convenio Marco de “Data Center y servicios asociados”, ID N° 2239-17-LP11, la DCCP adquirió una nueva tienda de convenios marco B2B en modalidad Cloud.
La solución seleccionada fue Magento Commerce Cloud versión 2.3.1, en la cual ya se han implementado 12 Convenios Marco a la fecha:
1. Convenio Marco de “Productos de Ferretería y Servicios de Mantención complementarios”, ID N° 2239-2-LR18,
2. Convenio Marco de “Artículos de Aseo e Higiene”, ID N° 2239-5-LR19,
3. Convenio Marco de “Emergencias, Contingencias y Prevención para la Protección Civil”, ID N° 2239-8-LR19,
4. Convenio Marco de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in One” ID 2239-20-LR20, 5. Convenio Marco de “Suministro de Combustible”, ID N° 2239-14-LR21,
6. Convenio Marco de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”, ID N° 2239-4-LR20,
7. Convenio Marco de “Mobiliario”, ID N° 2239-13-LQ20,
8. Convenio Marco de “Artículos de Escritorio y Papelería”, ID 2239-17-LR20,
9. Convenio Marco de “Alimentos”, ID N° ID 2239-17-LR20,
10. Convenio Marco de “Administración de Beneficios”, ID 2239-2-LR21,
11. Convenio Marco de “Gas”, ID 2239-6-LR21,
12. Convenio Marco de “Adquisición de Vehículos SUV y Camionetas”, ID 2239-5-LR21
La tienda ya posee implementaciones estándares y particulares para los convenios marcos singularizados en el párrafo anterior, los que se pueden revisar en el Anexo N° 11.
Actualmente se requiere el servicio de desarrollo y mantención para las distintas necesidades de la plataforma Magento; en particular para la realizar (1) el upgrade de la plataforma a su versión más reciente, (2) la implementación de 7 renovaciones de Convenios Marco, y (3) la mantención y soporte anual de la plataforma, de acuerdo a lo que solicitan en estas bases, según la planificación señalada en el Anexo N° 12.
10.2. Servicios Licitados
La Dirección ChileCompra requiere contratar un equipo de trabajo para la ejecución de los servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, cuyos objetivos son los siguientes:
i. Objetivo 1: “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados.
Consiste en el desarrollo e implementación de la actualización —o upgrade— de la versión de la plataforma Magento a su versión estable más reciente y sus servicios relacionados. Más detalle en el Anexo N° 12.
ii. Objetivo 2: Implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco.
De acuerdo a los lineamientos estratégicos de la institución, durante el período 2022 se requiere la implementación para la renovación de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento. Más detalle en el Anexo N° 12.
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iii. Objetivo 3: Mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento.
Se requiere mantener y soportar todos los Convenios Marco que actualmente conviven en la plataforma Magento durante todo el período 2022. Esto incluye un completo plan de mejoras, mantenciones y corrección de errores que deben atenderse durante todo el año 2022.
Para el cumplimiento de los objetivos anteriormente descritos, se solicita un equipo de trabajo dedicado de profesionales:
a) Equipo de Trabajo:
Se deberá ofertar 1 equipo de trabajo en la oferta económica del Anexo N°6. Este equipo deberá ejecutar los servicios cumpliendo con los objetivos (1), (2) y (3) arriba mencionados. El equipo deberá estar conformado por 5 profesionales, quienes ejercerán los siguientes roles:
• 5 profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)”.
b) Perfiles de los profesionales solicitados:
i. Magento Back-End Developer (MBD):
Responsabilidades →
• Profesional encargado del desarrollo del tipo “backend” en la plataforma Magento 2.
• Cada profesional debe tener una dedicación exclusiva al proyecto para todo el período del año 2022.
• El profesional con mayor experiencia del equipo de trabajo, o el que defina el adjudicatario, deberá actuar como “líder técnico” del proyecto. Dicho profesional se encargará de gestionar las actividades y organizar al equipo de trabajo, al mismo tiempo que deberá supervisar la calidad del código entregado por sus compañeros.
Competencias mínimas (obligatorias) →
• Experiencia profesional en roles equivalentes como desarrollador Magento.
• Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
• Conocimiento en lenguaje de programación PHP, y en el uso de aplicaciones de trabajo IDE como PHPStorm o equivalentes.
• Al menos dos de los cinco profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación:
• Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
• Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
• Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
Los requerimientos mínimos técnicos declarados deben ser respaldados con los debidos antecedentes, esto es, al menos, la copia del certificado de título profesional, el Currículum Vitae del profesional que se postula, y para el caso de los profesionales certificados en Magento 2, adicionalmente se deberá incluir la URL donde se acredite la certificación en el Anexo N°7.
En caso de señalarse que no se cumple con algún requisito mínimo, la oferta será declarada inadmisible.
Consideraciones relevantes
Para la prestación de estos servicios, deberá tenerse en consideración, además, lo siguiente:
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• Dentro de las tareas de estos perfiles deben estar considerados los aspectos de calidad del software, pruebas funcionales, pruebas unitarias, pruebas de integración y herramientas de monitoreo y diagnóstico que aseguren el correcto funcionamiento de cada servicio.
• Los participantes a este proceso licitatorio deberán realizar una única oferta por el equipo de trabajo que realizarán los servicios que consideran los 3 objetivos declarados.
10.3. Objetivos del Servicio
El objetivo general de los servicios licitados es:
Dar continuidad al servicio de desarrollo y mantención de la plataforma Magento durante todo el año 2022, tanto para los requerimientos de nuevas funcionalidades, como para la actualización de la plataforma y la mantención evolutiva de mejoras y corrección de errores.
Los objetivos específicos son los siguientes:
• Realizar el “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados:
• Upgrade de Magento 2.3.1 a 2.4.x
• Upgrade del servicio de ElasticSearch de 6.5.4 a 7.x.x
• Upgrade del servicio de PHP de 7.2.33 a 7.4.x
• Upgrade del servicio MariaDB de 10.0.37 a 10.x.x
• Realizar la implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento:
• Implementar la renovación del CM de “Artículos de Aseo e Higiene”.
• Implementar la renovación del CM de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”.
• Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in one”.
• Implementar la renovación del CM de “Suministro de Combustible”.
• Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Mobiliario General”.
• Implementar la renovación del CM de “Artículos de Escritorio y Papelería”. • Implementar el nuevo CM “Infraestructura como servicio y Enlace de datos”.
Se deja constancia que la DCCP se reserva el derecho de reemplazar la implementación de un Convenio Marco por otro, en la medida que ello responda a los lineamientos institucionales, para lo cual deberá informar oportunamente al proveedor y ajustar de común acuerdo la planificación de los servicios.
• Realizar la mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento:
• Atender los tickets de mantenciones disponibles en la plataforma JIRA según la priorización definida por el Jefe de Producto.
• Corregir y mejorar la usabilidad (UX) de la plataforma de cara a los usuarios.
• Diagnosticar y resolver errores.
10.4. Consideraciones para Ofertar
a. Sólo se admitirá una oferta por participante, que incluya la totalidad de la única “línea de servicios”, entendiendo aquélla como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.
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b. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo N°62 del reglamento de la Ley de Compras.
c. Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
d. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.
e. La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases de licitación.
10.5. Presentación de ofertas
En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:
1. Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente.
2. Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
3. Ingresar su oferta económica en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos (CLP).
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1. Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
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• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
11.2. Funciones de la Comisión en la evaluación de las ofertas
La Comisión Evaluadora, previo a iniciar la evaluación propiamente tal de las ofertas, deberá verificar lo siguiente:
• Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
• Que las ofertas cumplan con los requerimientos mínimos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos.
• Que la oferta no supere el monto máximo del presupuesto definido en la cláusula 12.7.
Para efecto del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:
• Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
• Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
• Proponer a la autoridad competente de la Dirección ChileCompra, o a quien la subrogue, la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación, así como las inadmisibilidades de las ofertas correspondientes.
• Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción a las Bases de Licitación en el respectivo ID, disponible en www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura electrónica de las ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
11.3. Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de Ofertas
Sólo serán consideradas las propuestas de aquellos oferentes que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.
En virtud de lo anterior, se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos a los que deben ajustarse los servicios, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación, para posteriormente ser sometidos al proceso de evaluación de ofertas.
Verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos
La línea de servicio ofertada por los proponentes deberá cumplir con los requerimientos mínimos contenidos en los Anexos N°7 y N°8 de estas bases de licitación.
En caso de que los servicios ofertados no den cumplimiento a lo señalado en el párrafo precedente, éstos serán descartados del proceso de evaluación de ofertas y, por lo tanto, se declararán inadmisibles las ofertas
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de los proveedores donde se verificó que no se cumplía con alguno de los requerimientos técnicos mínimos establecidos para los servicios en las presentes bases de licitación.
Procedimiento y criterios de evaluación de ofertas
Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y los servicios ofertados cumplen con los requisitos técnicos mínimos establecidos en los Anexos N°7 y N°8, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios y ponderaciones:
Criterio de Evaluación
Ponderación a) Precio del Servicio
40% b) Certificaciones del equipo de trabajo
30% c) Certificación de la empresa como Partner Magento
28% d) Cumplimiento de Requisitos Formales
2%
Así el Puntaje Total de la Oferta por equipo estará dado por el siguiente polinomio:
PUNTAJE TOTAL OFERTA POR EQUIPO = (40% x Puntaje Precio del servicio) + (30% x Puntaje Certificaciones del equipo de trabajo) + (28% x Puntaje Certificación de la empresa como Partner Magento) + (2% x Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales).
Para efectos de la evaluación, todos los puntajes y porcentajes resultantes no serán aproximados.
a) Precio del Servicio (40%)
Para la evaluación de este criterio se considerará y comparará el precio total ofertado en el Anexo N°6 para el equipo de trabajo, el cual corresponde a la sumatoria del valor bruto por hora hombre ofertado para cada uno de los perfiles por la cantidad de horas propuestas para el equipo ofertado:
𝐏𝐮𝐧𝐭𝐚𝐣𝐞 "𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐒𝐞𝐫𝐯𝐢𝐜𝐢𝐨" =𝟏𝟎+ 𝟗𝟎 𝐱 (𝟐𝟔𝟑.𝟔𝟖𝟏.𝟓𝟖𝟎− 𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨 𝐭𝐨𝐭𝐚𝐥 𝐨𝐟𝐞𝐫𝐭𝐚𝐝𝐨 )𝟗𝟓.𝟐𝟎𝟎.𝟎𝟎𝟎
• Si el precio total ofertado es superior a los $263.681.580, la oferta será declarada inadmisible.
• Si el precio total ofertado es igual o inferior a los $168.481.580, el puntaje del Precio del Servicio será 100 puntos.
El valor ofertado debe estar expresado en pesos chilenos y montos brutos (todos los impuestos incluidos).
b) Certificaciones del equipo de trabajo (30%)2
Para este criterio sólo se considerarán los profesionales del perfil “Magento Back-End Developer (MBD)” que posean alguna de las siguientes certificaciones:
• Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
• Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
• Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
Para la evaluación de este criterio se asignará puntaje según las certificaciones de los profesionales declarados en el Anexo Nº7 – Certificaciones Equipo de Trabajo, otorgando puntaje acorde a la siguiente tabla:
2 Siempre que la oferta no haya quedado inadmisible por no haberse ofertado a dos o más profesionales con las certificaciones requeridas, de conformidad a la cláusula 10.2, letra b) de estas bases.
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Tipo de certificación
Puntaje asociado por cada profesional certificado propuesto Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
40 Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
25 Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
10 Cualquier otra certificación3
0
Dada la oferta del proveedor, se sumarán los valores de los puntajes declarados en la tabla anterior según las certificaciones que posee cada profesional. Es decir:
Cálculo de puntaje para “Certificaciones del equipo de trabajo”: 𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆= Σ𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝒅𝒆 𝒄𝒂𝒅𝒂 𝒑𝒓𝒐𝒇𝒆𝒔𝒊𝒐𝒏𝒂𝒍
• Si la sumatoria de los puntajes individuales es inferior o igual a 10 puntos, la oferta quedará declarada inadmisible, dado que es un requisito que al menos 2 profesionales posean la certificación de Magento.
Este puntaje será asignado para cada equipo de trabajo y no podrá superar el máximo de 100 puntos. En el caso que el profesional tenga varias de las certificaciones, sólo se considerará la certificación que entrega mayor puntaje.
En caso de que la oferta incluya uno o ningún perfil con las certificaciones solicitadas, la oferta será declarada inadmisible.
c) Certificación de la empresa como partner Magento (28%)
Para la evaluación de este criterio se considerará lo declarado por el oferente en el Anexo N°5 “Calidad Partner y Certificación de Empresa”, según la siguiente tabla de puntajes:
Nivel de Partner Magento
Puntaje obtenido No Partner
0 Bronze Partner
25 Silver Partner
50 Gold Partner o Platinum Partner
100
Se aceptarán ofertas de empresas que no sean Partner Magento, pero recibirán 0 puntos en este criterio. Se deja constancia que la DCCP podrá validar la información ingresada en este anexo a través del portal oficial de Magento Partners4.
En caso de que la oferta sea realizada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se deberá indicar claramente la empresa a la cual se evaluará la Certificación como partner Magento en el Anexo N°9.
d) Cumplimiento de Requisitos Formales (2%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales y/o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya subsanado o acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40 del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.
El resultado de la fórmula anterior se ponderará de acuerdo al peso porcentual de este criterio (2%).
4 https://solutionpartners.adobe.com/s/directory/
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SUBCRITERIOS SUBPONDERACION ESCALA DE CALIFICACION DETALLE DE EVALUACION Cumplimiento del formato de presentación de antecedentes 100%
100 puntos
Cumple con la presentación completa de antecedentes
0 puntos
No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación.
Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
11.4. Adjudicación
La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:
• En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, mediante resolución fundada, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o ninguna de las ofertas resultare convenientes a sus intereses, o bien, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación.
• Adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, aquella informará a través del sistema www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Resolución de Empates
En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando ambas ofertas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:
1. Criterio “Precio del Servicio”
2. Criterio “Certificaciones del equipo de trabajo”.
3. Criterio “Certificación de la empresa como Partner de Magento”.
4. Criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, revisándose para tales efectos la fecha y hora de ingreso.
Notificación de Adjudicación
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.
Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS
12.1. Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
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Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.
12.2. Vigencia del Contrato
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá hasta la ejecución completa de los servicios en los plazos referidos en el punto 12.3 de esta cláusula. Con todo, en ningún caso podrá exceder al 31 de diciembre de 2022.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse las actividades a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.
La Dirección ChileCompra podrá renovar el contrato por una sola vez, según las necesidades del Servicio y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Administrador de Contrato solicite a la Dirección acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:
• Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Administrador de Contrato.
• Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato.
Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes:
i. El desarrollo de software es una especialidad ligada en gran medida a quién la realiza. La escritura de un código de software podría asemejarse al trabajo de un artista o a un escritor. Si el personaje principal debe ser reemplazado, quién deba continuar con la obra deberá estudiar, entender y emular el trabajo del personaje original para poder continuar y finalizar el trabajo. El cambio del “arquitecto” sin duda tendrá un impacto en el producto final, además de requerir un tiempo de ajuste.
ii. La actual plataforma de Magento ha tenido hasta ahora 5 diferentes proveedores desde que inició el proyecto (2019), y cada cual, con su propia cultura y pericia, ha debido desenvolverse en el mismo código de software que el resto de los proveedores. Esto ha implicado que cada proveedor utilice sus propios modelos, lógicas y funciones, con lo cual la calidad del software varíe según a quién pertenece el bloque de código. Esta estrategia de trabajar con distintos proveedores para un mismo software es una mala práctica, y a todas luces no recomendada, dada la pérdida de continuidad.
iii. Como estrategia de mediano plazo, es relevante mantener al proveedor de software por más de un período, y evitar su reemplazo de forma frecuente. Esto permitirá dar consistencia y solidez a la solución del software, además de evitar todo el costo de reincorporación de un nuevo proveedor.
12.3. Tiempos, planificación de actividades y lugar de ejecución de los servicios
Plazos
Los plazos máximos para el logro de los objetivos 1 y 2 de los servicios corresponden a aquellos establecidos en el Anexo N°12, mientras que para el objetivo 3, al tratarse de servicios de mantención y soporte, el plazo final será el último día hábil del año 2022. Con todo, se podrán extender los plazos máximos de los servicios,
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siempre y cuando la planificación acordada entre la DCCP y el proveedor así lo requiera, o por retrasos en su cumplimiento por causas de fuerza mayor no imputables al proveedor.
En el caso que el aumento de los plazos de los servicios implique una extensión del plazo máximo del contrato, indicado en la cláusula 12.2, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de ejecución cuya vigencia será de 60 días hábiles posteriores a su término.
Se deja constancia que el plazo de ejecución de la totalidad de los servicios no podrá ser superior al plazo de vencimiento del contrato (31 de diciembre del año 2022), salvo que exista una modificación de contrato.
Planificación de ejecución de los servicios
Se deberá realizar una planificación anual de actividades en conjunto con el proveedor adjudicado para cumplir con los tiempos de entrega propuestos en el Anexo N°12. El acuerdo mutuo entre ambas partes para cumplir con la planificación estimada en el anexo referido será la hoja de ruta que regirá las fechas de los servicios entregables. El compromiso adquirido en la planificación de cada proyecto será considerado la base para el seguimiento y control del equipo de profesionales, el cual deberá quedar documentado a modo de respaldo para asegurar el cumplimiento oportuno de los servicios. Adicionalmente, y de forma mensual, la planificación podrá ser corregida y ajustada de común acuerdo según se requiera.
En caso de constatar un desvío mayor a 15% en la planificación acordada, y en que el atraso sea atribuible al proveedor, éste tendrá la obligación de aumentar el número de profesionales y disponer de todos recursos que estén a su alcance para subsanar y corregir el atraso. Las horas trabajadas por la incorporación de profesionales adicionales para corregir el desvío, no serán de cargo de la institución. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en la planificación acordada será considerado un incumplimiento grave para efectos de la aplicación de las medidas dispuestas en estas bases.
Una propuesta de la plantificación anual para la ejecución de las actividades se puede revisar en el Anexo N°12, planificación que podrá ser ajustada de forma mensual en conjunto con el adjudicatario y las prioridades que defina la DCCP. En general, cada Convenio Marco tendrá una planificación con las siguientes actividades:
• Desarrollo (~ 2 a 3 meses)
o 3 o 4 sprints por cada Convenio Marco.
o Cada sprint de 3 semanas; 2 semanas para desarrollo y 1 semana para revisión y correcciones del sprint.
• Certificación (~ 1 mes)
o Integración de código con la rama principal y corrección de conflictos.
o Despliegue del entregable en ambiente de Staging.
o Carga de datos del nuevo Convenio (productos, proveedores, despacho, precios)
o Revisión cruzada del nuevo Convenio.
o Correcciones entrega
o Re-despliegue en ambiente de Staging
o Revisión de correcciones en Staging
o Aprobación de Entregable
• “Go Live” Producción (~ 1 a 2 semanas)
o Actividades previas (Operaciones)
o Instalación en producción.
o Certificación cruzada de convenio en producción
o Preparación y carga de datos en producción.
o Revisión en producción.
o Habilitación de proveedores del Convenio Marco
o Monitoreo oculto en producción.
o Go Live.
A continuación, se puede ver una carta Gantt tipo para la implementación de un nuevo Convenio Marco:
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Inicio de las actividades y formación del equipo de trabajo
Adicionalmente, respecto del inicio de las actividades, se deberá tener constituido el equipo de trabajo dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la firma del contrato, iniciando los trabajos según la planificación acordada entre las partes, a fin de cumplir con los plazos de entrega señalados en el Anexo N°12.
Entregables
Los entregables serán los siguientes:
1. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma semanal mediante un informe de horas efectivamente trabajadas por el profesional, el cual quedará sujeto a la validación de la DCCP. Dicho informe debe incluir las actividades realizadas durante la semana y los tiempos asociados a cada tarea. Estos informes semanales deberán ser acompañados de las instancias de presentación y validación de los avances reportados, en fechas y plazos acordados con la DCCP. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.
2. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma mensual, para efectos del pago, con la misma información referida en el punto anterior, para lo cual el proveedor podrá utilizar como base los mismos informes semanales agregando la información faltante para completar el mes. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.
3. Adicionalmente, el adjudicatario deberá entregar un informe al finalizar cada uno de los sprints de desarrollo. Dicho informe debe incluir toda la información relativa a la modificación del código fuente y a las nuevas funcionalidades implementadas o modificadas. Ejemplo de esto sería: incluir los commits realizados, nuevas “ramas” creadas, nuevos módulos instalados, resoluciones de “conflicto” en el código, correcciones realizadas al template del sitio, nuevas reglas de negocio incorporadas, nuevas validaciones a campos de los formularios, configuración necesaria en el panel de administración, etc., es decir, un resumen relacionado al desarrollo realizado en el sprint.
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Control de ejecución de actividades
Para asegurar un correcto seguimiento sobre las horas invertidas en el mes, se le requerirá al proveedor adjudicado el uso de una aplicación de control de horas (por ejemplo, Hubstaff5), con la cual los profesionales deberán registrar las horas consumidas. La aplicación utilizada debe permitir:
• Que se habiliten cuentas de usuario con el rol “Project Viewer” (gratuitas) para que el equipo de ChileCompra pueda hacer seguimiento y control de las horas ejecutadas.
• Descartar el tiempo sin actividad (“Idle Timeout”) cuando éste sea sobre 5 minutos.
• La captura de pantallazos en forma aleatoria del trabajo de los profesionales. Estos pantallazos no deberán vulnerar en ningún caso la privacidad o intimidad de los profesionales, debiendo estar disponible la opción de pausar el control cuando no se esté trabajando en el proyecto, o de eliminar el pantallazo en el caso que se capture una imagen de sus comunicaciones privadas, no atingentes al proyecto.
Por último, será responsabilidad del adjudicatario mantener la información actualizada de forma diaria en la plataforma de gestión de tareas JIRA de la DCCP, en donde los profesionales deberán ir reportando los avances logrados, bloqueos, atrasos y/o cualquier otro tipo de información relevante para el correcto seguimiento de la tarea.
El adjudicatario será el responsable de administrar la configuración y parametrización de la aplicación de control de horas, y por lo tanto deberá ajustarla para proteger la privacidad e intimidad de los profesionales.
Lugar y horarios establecidos para ejecución de los servicios
Los profesionales adjudicados podrán prestar los servicios remotamente, sin tener la obligación de concurrir a las oficinas de la Dirección ChileCompra, salvo que sea requerido por ésta en forma excepcional y por ser ello imprescindible para el avance de los servicios, en cuyo caso, los valores de traslado y alojamiento deberán ser asumidos por el proveedor, teniendo en consideración lo siguiente:
• La ejecución de las actividades será realizada en días hábiles administrativos chilenos, esto es, de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos. Para estos efectos, se deberán considerar solamente los feriados nacionales en territorio chileno para temas de planificación y ejecución del proyecto. No serán considerados los feriados del país de residencia de los profesionales que compongan el o los equipos seleccionados.
• Los horarios en que se establezcan reuniones de coordinación, reporte de estado de avance o cualquier instancia de trabajo que requiera contar con los equipos (o parte de ellos) del adjudicatario y la Dirección ChileCompra, deberán ser en base a la zona horaria oficial de Chile durante la ejecución del proyecto. Se deja establecido que los horarios hábiles de trabajo son de lunes a viernes entre las 08:00 y las 19:00 horas, pudiendo acordarse la jornada laboral entre esos horarios. En caso de que los profesionales ejercieran sus labores fuera de estos horarios, el Proveedor no podrá aumentar la tarifa por hora.
12.4. Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:
• Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.
• Otorgar al Administrador de Contrato designado la facultad de operar como tal en la plataforma de Mercado Público.
5 https://app.hubstaff.com/download
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• Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
• Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados determinados en el Anexo Nº12 “Planificación de desarrollo para el período 2022”.
• Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados.
• Cumplir con los principios, estándares y lineamientos de desarrollo, calidad, arquitectura, servicios, diseño y UX y operaciones definidas por la DCCP para asegurar la calidad de los entregables.
• Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.
• Mantener la más estricta confidencialidad con la información proporcionada.
12.5. Efectos derivados de Incumplimientos (Sanciones)
Multas por atrasos en la ejecución de las tareas
El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de las multas dispuestas en estas bases, por el incumplimiento de los Niveles de Servicio (o SLAs) descritos a continuación:
Nivel de Servicio Cumplimiento Medio de verificación Multa Tope máximo multa Calidad de entrega por sprint.
75% de las tareas entregas en el sprint, debe ser aprobadas con éxito.
Revisión de las tareas del sprint respectivo por parte de la DCCP en un ambiente de pruebas.
5 UF por evento incumplido - Entrega oportuna de las actividades del último sprint del desarrollo según planificación acordada.
Implementación en un tiempo menor o igual a la fecha y hora acordada entre las partes, con el respectivo informe de cumplimiento y recepción conforme del área de negocio y técnica de la DCCP.
Informe de cumplimiento del último sprint del desarrollo.
3 UF por cada día de atraso
Hasta 15 días hábiles de atraso Reemplazo o incorporación en forma oportuna de profesional
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a:
• Aceptada por la DCCP, la solicitud de cambio de profesional por el proveedor.
• Solicitado el cambio de profesional por la DCCP.
• Requerida la incorporación de un nuevo profesional por la DCCP.
Acta de incorporación del nuevo profesional al proyecto
3 UF por cada día hábil de atraso
Hasta 15 días hábiles de atraso
El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En el caso que no pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.
En el caso de las multas establecidas en Unidades de Fomento (UF), para efectos del pago de cada una de éstas, una vez que se encuentre firme la resolución que la aplica, deberá procederse a la transformación del valor de la multa a pesos chilenos, considerándose para ello el valor de la UF vigente a la fecha de dictación de la resolución.
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Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor. Por lo tanto, para el efecto del cálculo de las multas, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del Adjudicatario.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.
Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
De igual forma, si los tiempos de ejecución sobrepasan el plazo máximo de vigencia del contrato señalado en la cláusula 12.2, ello dará fundamento al término anticipado de contrato.
Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato
La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
b. Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días de notificado el cobro.
c. Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
d. Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula 12.6 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.
En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.
En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.6, número 9 de las presentes bases.
Procedimiento para la aplicación de sanciones
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:
f. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la cláusula 12.6, numeral 1, de las presentes Bases), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información , informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
g. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
h. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.
i. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del
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proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información, o a través de otro medio verificable en el caso que sea pertinente.
j. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
k. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción finalmente cursada sea una multa, ésta se hará efectiva cobrando directamente al proveedor, quien deberá pagar dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que rechace el recurso de reposición, y en caso de no pagar en este plazo, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.
12.6. Término anticipado del contrato
La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
3. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.
7. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.
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8. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.
9. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.
10. En caso de incumplimiento de la cláusula 12.15 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.
11. En caso de incumplimiento de la cláusula 12.9 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.
12. Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.
13. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
14. En el caso que la aplicación de multas supere el 20% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.5.1. de estas bases.
15. En el caso que la implementación final de cada uno de los Convenios Marco presente atrasos superiores a 21 días hábiles respecto a la fecha acordada por ambas partes.
16. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
17. Reiteración de atrasos injustificados a las actividades programadas dando paso a incumplimientos por parte del Proveedor. No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor.
18. Si los tiempos de ejecución sobrepasan el máximo establecido en la cláusula 12.2 “Vigencia del Contrato” de las presentes bases.
19. Si el proveedor participa, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, o mediante una Unión Temporal de Proveedores, en el proceso licitatorio de cualquiera de los dos Convenios Marco referidos en la presente licitación y que se implementarán durante el año 2022 en virtud de los servicios licitados.
20. En caso de incumplimiento grave a lo establecido en la cláusula 12.11 sobre “Continuidad de Personal”, cuando los cambios de personal afecten la integridad del contrato.
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En los casos señalados en los numerales 2 a 20, con excepción del numeral 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N° 1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en las presentes bases.
12.7. Presupuesto disponible
El presupuesto máximo disponible para el servicio licitado es de $263.681.580 (CLP) (doscientos sesenta y tres millones seiscientos ochenta y un mil quinientos ochenta pesos chilenos), incluidos los impuestos en caso de que procedan.
En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
12.8. Pagos
Los pagos se realizarán de forma mensual, de acuerdo al detalle de las horas ejecutadas durante dicho período, según cada informe mensual con las actividades y detalle de las horas.
Cada informe debe contar con recepción conforme del área de negocios de la DCCP y el área técnica respectiva. Una vez aprobado el informe mensual, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago.
El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido en el hito de pago correspondiente.
Para tramitar el pago de la prestación de los servicios efectivamente prestados, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
• Informe mensual con el detalle de las horas ejecutadas, firmado por parte del administrador del Contrato.
• En caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.
• En caso de que corresponda, un “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.
• En caso de que corresponda, las Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.
La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos luego de la recepción conforme del documento de cobro.
Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP.
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Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a las horas efectivamente ejecutadas, previa liquidación del contrato.
Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.
12.9. Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El Adjudicatario, así como los profesionales adjudicados, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se les solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad a cada uno de los profesionales.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.
12.10. Propiedad de la información
La Oferta técnica presentada por el adjudicatario será de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de ésta sin la autorización previa y escrita por parte de la misma.
Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Entidad Licitante, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
12.11. Continuidad del personal
En el caso de personas jurídicas, si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal (jefe de proyecto y equipo) que presta el Servicio, deberá informar y proponer oportunamente un Cambio de Nómina de Personal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.
Con objeto de dar continuidad del servicio y mayor efectividad de éste, la Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de los servicios, con objeto de evitar repetir el proceso de inducción y aprendizaje.
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De acuerdo con lo anterior, en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, podrá solicitar a la Dirección ChileCompra, a través de su contraparte, salvo que concurra alguna causal inimputable al proveedor, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio. Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:
i. La criticidad del proyecto y de la etapa de éste en la que esté involucrado el personal.
ii. El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
De ser necesario, se procederá a extender tiempos de prestación del servicio (en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.2 de las presentes Bases), en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.
Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la DCCP, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar o proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del contrato. El proveedor adjudicado deberá remplazar a sus profesionales en el mínimo tiempo posible, no pudiendo sobrepasar 10 días hábiles, incluido el tiempo de validación de el o los candidatos propuestos a la DCCP. En todo caso, si la DCCP considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner Término Anticipado al Contrato.
De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su Contraparte u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal, todos los antecedentes solicitados en el Anexo N°8 “Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo”, de estas Bases de Licitación, para que esta Dirección evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.
El formato de la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal será definido por la Dirección ChileCompra, y será entregado al proveedor adjudicado.
Se deja expresa constancia que la DCCP podrá solicitar el cambio de parte o del total del equipo de profesionales propuestos en su oferta, si hay incumplimiento en los entregables. El nuevo profesional propuesto deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar, así como también la misma especialización o mayor. El proveedor debe proceder al cambio solicitado dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se le comunica por la DCCP.
El incumplimiento a las obligaciones del adjudicatario establecidas en esta cláusula será sancionado con las multas correspondientes dispuestas en la cláusula 10.5.1 de estas bases.
12.12. Coordinador del Contrato
El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de contrato, quien no podrá ser ninguno de los profesionales que presten el servicio, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato. En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:
i. Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios de los profesionales de acuerdo a las indicaciones establecidas en la cláusula 12.11, “Continuidad del personal” de las presentes Bases.
ii. Representar al Proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
iv. Indicar a la DCCP el correo electrónico mediante el cual se realizarán las comunicaciones oficiales entre ambas partes.
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Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
12.13. Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra
La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo a las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:
1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
3. Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios.
4. Realizar las coordinaciones necesarias cuando se lleve a efecto una modificación de contrato, elaborando informe técnico, solicitándole la renovación de la garantía de fiel cumplimiento al proveedor de ser procedente, remitiéndole el documento para firma, etc.
5. Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
6. Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
7. Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
8. Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
9. Las demás que le encomiende el presente instrumento.
12.14. Modificación de Contrato
El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:
1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza u objeto, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.
Cabe señalar que, frente a una eventual modificación de contrato en donde se requiera ampliar alguno de los servicios dentro del alcance de estas bases de licitación, se deberá ajustar el monto como máximo a los valores ofertados para cada profesional.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente consensuadas.
12.15. Cesión de contrato y subcontratación
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.
Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.
La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12.F. N°10 de las presentes bases.
12.16. Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
12.17. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
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6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo a lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
12.18. Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales
Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, en el caso que corresponda.
En el caso de UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.
Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.
El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula 12.8 “Pagos”, si corresponde, la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o profesionales contratados para los efectos de la prestación de estos servicios.
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Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones u honorarios de sus trabajadores o profesionales.
La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.
El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
12.19. Documentos integrantes.
La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i. La Ley N°19.886 y su Reglamento.
ii. Bases de Licitación y sus Anexos.
iii. Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.
iv. Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
v. Oferta Adjudicada.
vi. Resolución de Adjudicación.
vii. Contrato definitivo suscrito entre las partes.
viii. Orden de Compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.
PRODUCTOS / SERVICIOS REQUERIDOS
N° Clasificación ONU Cant. Tipo Descripción
Producto o servicio a contratar 1 81111805 1 Soporte Desarrollo, mantenimiento y soporte de sistemas propietarios
Equipo dedicado de profesionales para desarrollo, mantención y soporte de la plataforma Magento.1.- APRUÉBANSE las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento, y sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE CONVENIOS MARCO 2022 EN LA PLATAFORMA MAGENTO
CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN
Nombre de la licitación
Contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento. Descripción
La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, adquirida en el proceso de gran compra ID N° 43.235. Tipo de licitación
Licitación Pública superior a 2000 UTM e inferior a 5000 UTM. Tipo de convocatoria
Abierto Moneda
Pesos chilenos (CLP) Etapas del proceso de apertura
Una etapa Toma de razón por Contraloría
No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social
Dirección de Compras y Contratación Pública Unidad de Compra
División Tecnología R.U.T.
60.808.000-7 Dirección
Monjitas 392, piso 8 Comuna
Santiago Región en que se genera la adquisición
Región Metropolitana
ETAPAS Y PLAZOS
Fecha Inicio de Preguntas
A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl. Charla Informativa (y video)
Dentro de 3 días hábiles desde la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, se realizará charla informativa vía web, la que tiene por objetivo informar a los proponentes sobre el proceso de oferta en la presente licitación.
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Fecha Charla: La fecha, hora y el link para ingresar a la reunión serán informados mediante un comunicado que se subirá al ID de la licitación una vez ésta sea publicada.
Cabe destacar que dicha charla será grabada y que el video será puesto a disposición de los oferentes en el ID de la licitación. Fecha Final de Preguntas
8 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas. Fecha de Publicación de Respuestas
Dentro de 11 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 19:00 horas.
En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 100, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 3 días corridos adicionales.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. Fecha de Acto de Apertura
El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:15 horas. Fecha de adjudicación
Dentro de 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886. Fecha de firma de Contrato
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Consideración
Los plazos de días establecidos en la presente cláusula 3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.
En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos. Se entenderán como inhábiles los días sábado domingo y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.
INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
De conformidad a lo señalado en los “Términos y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la
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Dirección ChileCompra podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.
MODIFICACIONES A LAS BASES
La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
1. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
2. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
3. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, mientras esta pena esté vigente.
4. No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:
Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
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Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado y firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda, del integrante de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se descartará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS
Presentar Ofertas por Sistema
Obligatorio:
Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 3 anterior, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Anexos Administrativos
• Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.
• Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente
UTP:
• Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
• Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
• Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
o (Solo para propuestas que se presentan bajo esta modalidad)
Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.
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Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Anexos Técnicos Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente: • Anexo N°5: Calidad Partner y Certificación de Empresa • Anexo N°7: Certificación Equipo de Trabajo • Anexo N°8: Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo: Uno por cada integrante del equipo de trabajo Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos. Aquellas ofertas que no entreguen los Anexos N°5, N°7 y/o N°8 serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Asimismo, en el Anexo N°7 debe declararse y respaldarse que al menos dos de los cinco profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación: • Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect • Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer • Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer En el caso de no cumplirse con este requisito de certificación de 2 profesionales, la oferta será declarada inadmisible. Por su parte, para presentar su oferta técnica, los oferentes deberán tener en consideración lo dispuesto en el siguiente anexo: • Anexo N°12: “Planificación de desarrollo para el período 2022” Anexos Económicos
• Anexo N°6: “Oferta Económica”.
El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en Anexos Económicos.
Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas. Anexo Informativo
• Anexo N°11: “Contexto ChileCompra”.
• Observaciones
Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores1, el apoderado de la misma deberá tener
1 Unión Temporal de Proveedores (UTP): Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886. Para mayor entendimiento, se sugiere leer las recomendaciones de la Directiva N° 22 de la Dirección ChileCompra, la cual se encuentra disponible en el sitio: http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/
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poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de editar una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Entidad Licitante. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:
Si el adjudicatario es Persona Natural:
a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
b) Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
Acreditar a DCCP Si el adjudicatario no es Persona Natural:
a) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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b) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
c) Anexo N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
Acreditar a DCCP
NOTA:
Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
• Observaciones
Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo, o por sí mismo en el caso de personas naturales.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, con excepción del Anexo N°8 y la respectiva certificación Magento para cada desarrollador, los cuales deberán ser entregados a la DCCP dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En el caso de resultar adjudicada una UTP, dentro del plazo establecido en las presentes bases para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá entregar físicamente, en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en su horario de funcionamiento,
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la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores), que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.
Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.
• Obligatoriedad de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración en los mismos plazos señalados precedentemente.
GARANTÍAS REQUERIDAS
9.1. Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Tipo de Documento
Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar. Beneficiario
El proveedor adjudicado deberá presentar a cada uno de los organismos de la línea de productos adjudicada, una o más garantías que, en su conjunto, consideren el monto total requerido para la caución. Fecha de Vencimiento
No inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°12.2 “Vigencia del contrato”. Monto
5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos. Glosa
El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente:
“Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación pública ID (<>) para la adquisición de servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco 2022 en la plataforma Magento y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
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En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Responsabilidad
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 12.2 sobre “Vigencia del Contrato” y efectuar las reposiciones que procedan en virtud de la ejecución de ésta por sanciones que se puedan aplicarse durante la vigencia del contrato.
Plazos y forma de entrega de la Garantía
Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En ambos casos, la garantía deberá ser acompañada del Anexo N°10 - Formulario de Garantía de Fiel Cumplimiento.
Reposición, forma y oportunidad de restitución
En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9.
Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.
Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9.2. Garantías por anticipo
De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del reglamento de la Ley N°19.886, las presentes bases de licitación permitirán que las partes acuerden en el respectivo contrato o cualquiera de sus modificaciones el pago de anticipos sujeto a la entrega por parte del adjudicatario de una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados, si así fuere necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de ambos contratantes. En este caso, se permitirán los mismos instrumentos establecidos para la garantía de fiel cumplimiento, señalados en la cláusula 9.1 de estas bases.
Si existiere más de un hito de pago, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito.
La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la DCCP de los servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.
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DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A LICITAR
10.1. Antecedentes de la tienda B2B de Convenios Marco.
Mediante el proceso de gran compra ID 43.325, realizado en el Convenio Marco de “Data Center y servicios asociados”, ID N° 2239-17-LP11, la DCCP adquirió una nueva tienda de convenios marco B2B en modalidad Cloud.
La solución seleccionada fue Magento Commerce Cloud versión 2.3.1, en la cual ya se han implementado 12 Convenios Marco a la fecha:
1. Convenio Marco de “Productos de Ferretería y Servicios de Mantención complementarios”, ID N° 2239-2-LR18,
2. Convenio Marco de “Artículos de Aseo e Higiene”, ID N° 2239-5-LR19,
3. Convenio Marco de “Emergencias, Contingencias y Prevención para la Protección Civil”, ID N° 2239-8-LR19,
4. Convenio Marco de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in One” ID 2239-20-LR20, 5. Convenio Marco de “Suministro de Combustible”, ID N° 2239-14-LR21,
6. Convenio Marco de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”, ID N° 2239-4-LR20,
7. Convenio Marco de “Mobiliario”, ID N° 2239-13-LQ20,
8. Convenio Marco de “Artículos de Escritorio y Papelería”, ID 2239-17-LR20,
9. Convenio Marco de “Alimentos”, ID N° ID 2239-17-LR20,
10. Convenio Marco de “Administración de Beneficios”, ID 2239-2-LR21,
11. Convenio Marco de “Gas”, ID 2239-6-LR21,
12. Convenio Marco de “Adquisición de Vehículos SUV y Camionetas”, ID 2239-5-LR21
La tienda ya posee implementaciones estándares y particulares para los convenios marcos singularizados en el párrafo anterior, los que se pueden revisar en el Anexo N° 11.
Actualmente se requiere el servicio de desarrollo y mantención para las distintas necesidades de la plataforma Magento; en particular para la realizar (1) el upgrade de la plataforma a su versión más reciente, (2) la implementación de 7 renovaciones de Convenios Marco, y (3) la mantención y soporte anual de la plataforma, de acuerdo a lo que solicitan en estas bases, según la planificación señalada en el Anexo N° 12.
10.2. Servicios Licitados
La Dirección ChileCompra requiere contratar un equipo de trabajo para la ejecución de los servicios de desarrollo y mantención de Convenios Marco durante el año 2022 en la plataforma Magento, cuyos objetivos son los siguientes:
i. Objetivo 1: “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados.
Consiste en el desarrollo e implementación de la actualización —o upgrade— de la versión de la plataforma Magento a su versión estable más reciente y sus servicios relacionados. Más detalle en el Anexo N° 12.
ii. Objetivo 2: Implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco.
De acuerdo a los lineamientos estratégicos de la institución, durante el período 2022 se requiere la implementación para la renovación de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento. Más detalle en el Anexo N° 12.
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iii. Objetivo 3: Mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento.
Se requiere mantener y soportar todos los Convenios Marco que actualmente conviven en la plataforma Magento durante todo el período 2022. Esto incluye un completo plan de mejoras, mantenciones y corrección de errores que deben atenderse durante todo el año 2022.
Para el cumplimiento de los objetivos anteriormente descritos, se solicita un equipo de trabajo dedicado de profesionales:
a) Equipo de Trabajo:
Se deberá ofertar 1 equipo de trabajo en la oferta económica del Anexo N°6. Este equipo deberá ejecutar los servicios cumpliendo con los objetivos (1), (2) y (3) arriba mencionados. El equipo deberá estar conformado por 5 profesionales, quienes ejercerán los siguientes roles:
• 5 profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)”.
b) Perfiles de los profesionales solicitados:
i. Magento Back-End Developer (MBD):
Responsabilidades →
• Profesional encargado del desarrollo del tipo “backend” en la plataforma Magento 2.
• Cada profesional debe tener una dedicación exclusiva al proyecto para todo el período del año 2022.
• El profesional con mayor experiencia del equipo de trabajo, o el que defina el adjudicatario, deberá actuar como “líder técnico” del proyecto. Dicho profesional se encargará de gestionar las actividades y organizar al equipo de trabajo, al mismo tiempo que deberá supervisar la calidad del código entregado por sus compañeros.
Competencias mínimas (obligatorias) →
• Experiencia profesional en roles equivalentes como desarrollador Magento.
• Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
• Conocimiento en lenguaje de programación PHP, y en el uso de aplicaciones de trabajo IDE como PHPStorm o equivalentes.
• Al menos dos de los cinco profesionales “Magento Back-End Developer (MBD)” deberán contar con alguna de las certificaciones de Magento 2 que se señalan a continuación:
• Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
• Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
• Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
Los requerimientos mínimos técnicos declarados deben ser respaldados con los debidos antecedentes, esto es, al menos, la copia del certificado de título profesional, el Currículum Vitae del profesional que se postula, y para el caso de los profesionales certificados en Magento 2, adicionalmente se deberá incluir la URL donde se acredite la certificación en el Anexo N°7.
En caso de señalarse que no se cumple con algún requisito mínimo, la oferta será declarada inadmisible.
Consideraciones relevantes
Para la prestación de estos servicios, deberá tenerse en consideración, además, lo siguiente:
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• Dentro de las tareas de estos perfiles deben estar considerados los aspectos de calidad del software, pruebas funcionales, pruebas unitarias, pruebas de integración y herramientas de monitoreo y diagnóstico que aseguren el correcto funcionamiento de cada servicio.
• Los participantes a este proceso licitatorio deberán realizar una única oferta por el equipo de trabajo que realizarán los servicios que consideran los 3 objetivos declarados.
10.3. Objetivos del Servicio
El objetivo general de los servicios licitados es:
Dar continuidad al servicio de desarrollo y mantención de la plataforma Magento durante todo el año 2022, tanto para los requerimientos de nuevas funcionalidades, como para la actualización de la plataforma y la mantención evolutiva de mejoras y corrección de errores.
Los objetivos específicos son los siguientes:
• Realizar el “Upgrade” de la plataforma Magento y de los servicios relacionados:
• Upgrade de Magento 2.3.1 a 2.4.x
• Upgrade del servicio de ElasticSearch de 6.5.4 a 7.x.x
• Upgrade del servicio de PHP de 7.2.33 a 7.4.x
• Upgrade del servicio MariaDB de 10.0.37 a 10.x.x
• Realizar la implementación y desarrollo de 7 Convenios Marco en la plataforma Magento:
• Implementar la renovación del CM de “Artículos de Aseo e Higiene”.
• Implementar la renovación del CM de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”.
• Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Laptop, Desktop y All in one”.
• Implementar la renovación del CM de “Suministro de Combustible”.
• Implementar la renovación del CM de “Adquisición de Mobiliario General”.
• Implementar la renovación del CM de “Artículos de Escritorio y Papelería”. • Implementar el nuevo CM “Infraestructura como servicio y Enlace de datos”.
Se deja constancia que la DCCP se reserva el derecho de reemplazar la implementación de un Convenio Marco por otro, en la medida que ello responda a los lineamientos institucionales, para lo cual deberá informar oportunamente al proveedor y ajustar de común acuerdo la planificación de los servicios.
• Realizar la mantención y soporte anual 2022 de la plataforma Magento:
• Atender los tickets de mantenciones disponibles en la plataforma JIRA según la priorización definida por el Jefe de Producto.
• Corregir y mejorar la usabilidad (UX) de la plataforma de cara a los usuarios.
• Diagnosticar y resolver errores.
10.4. Consideraciones para Ofertar
a. Sólo se admitirá una oferta por participante, que incluya la totalidad de la única “línea de servicios”, entendiendo aquélla como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.
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b. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo N°62 del reglamento de la Ley de Compras.
c. Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
d. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.
e. La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases de licitación.
10.5. Presentación de ofertas
En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:
1. Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente.
2. Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
3. Ingresar su oferta económica en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos (CLP).
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1. Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
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• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
11.2. Funciones de la Comisión en la evaluación de las ofertas
La Comisión Evaluadora, previo a iniciar la evaluación propiamente tal de las ofertas, deberá verificar lo siguiente:
• Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
• Que las ofertas cumplan con los requerimientos mínimos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos.
• Que la oferta no supere el monto máximo del presupuesto definido en la cláusula 12.7.
Para efecto del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:
• Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
• Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
• Proponer a la autoridad competente de la Dirección ChileCompra, o a quien la subrogue, la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación, así como las inadmisibilidades de las ofertas correspondientes.
• Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción a las Bases de Licitación en el respectivo ID, disponible en www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura electrónica de las ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
11.3. Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de Ofertas
Sólo serán consideradas las propuestas de aquellos oferentes que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.
En virtud de lo anterior, se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos a los que deben ajustarse los servicios, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación, para posteriormente ser sometidos al proceso de evaluación de ofertas.
Verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos
La línea de servicio ofertada por los proponentes deberá cumplir con los requerimientos mínimos contenidos en los Anexos N°7 y N°8 de estas bases de licitación.
En caso de que los servicios ofertados no den cumplimiento a lo señalado en el párrafo precedente, éstos serán descartados del proceso de evaluación de ofertas y, por lo tanto, se declararán inadmisibles las ofertas
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de los proveedores donde se verificó que no se cumplía con alguno de los requerimientos técnicos mínimos establecidos para los servicios en las presentes bases de licitación.
Procedimiento y criterios de evaluación de ofertas
Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y los servicios ofertados cumplen con los requisitos técnicos mínimos establecidos en los Anexos N°7 y N°8, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios y ponderaciones:
Criterio de Evaluación
Ponderación a) Precio del Servicio
40% b) Certificaciones del equipo de trabajo
30% c) Certificación de la empresa como Partner Magento
28% d) Cumplimiento de Requisitos Formales
2%
Así el Puntaje Total de la Oferta por equipo estará dado por el siguiente polinomio:
PUNTAJE TOTAL OFERTA POR EQUIPO = (40% x Puntaje Precio del servicio) + (30% x Puntaje Certificaciones del equipo de trabajo) + (28% x Puntaje Certificación de la empresa como Partner Magento) + (2% x Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales).
Para efectos de la evaluación, todos los puntajes y porcentajes resultantes no serán aproximados.
a) Precio del Servicio (40%)
Para la evaluación de este criterio se considerará y comparará el precio total ofertado en el Anexo N°6 para el equipo de trabajo, el cual corresponde a la sumatoria del valor bruto por hora hombre ofertado para cada uno de los perfiles por la cantidad de horas propuestas para el equipo ofertado:
𝐏𝐮𝐧𝐭𝐚𝐣𝐞 "𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐒𝐞𝐫𝐯𝐢𝐜𝐢𝐨" =𝟏𝟎+ 𝟗𝟎 𝐱 (𝟐𝟔𝟑.𝟔𝟖𝟏.𝟓𝟖𝟎− 𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨 𝐭𝐨𝐭𝐚𝐥 𝐨𝐟𝐞𝐫𝐭𝐚𝐝𝐨 )𝟗𝟓.𝟐𝟎𝟎.𝟎𝟎𝟎
• Si el precio total ofertado es superior a los $263.681.580, la oferta será declarada inadmisible.
• Si el precio total ofertado es igual o inferior a los $168.481.580, el puntaje del Precio del Servicio será 100 puntos.
El valor ofertado debe estar expresado en pesos chilenos y montos brutos (todos los impuestos incluidos).
b) Certificaciones del equipo de trabajo (30%)2
Para este criterio sólo se considerarán los profesionales del perfil “Magento Back-End Developer (MBD)” que posean alguna de las siguientes certificaciones:
• Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
• Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
• Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
Para la evaluación de este criterio se asignará puntaje según las certificaciones de los profesionales declarados en el Anexo Nº7 – Certificaciones Equipo de Trabajo, otorgando puntaje acorde a la siguiente tabla:
2 Siempre que la oferta no haya quedado inadmisible por no haberse ofertado a dos o más profesionales con las certificaciones requeridas, de conformidad a la cláusula 10.2, letra b) de estas bases.
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Tipo de certificación
Puntaje asociado por cada profesional certificado propuesto Adobe Certified Master - Adobe Commerce Architect
40 Adobe Certified Expert - Adobe Commerce Developer
25 Adobe Certified Professional - Adobe Commerce Developer
10 Cualquier otra certificación3
0
Dada la oferta del proveedor, se sumarán los valores de los puntajes declarados en la tabla anterior según las certificaciones que posee cada profesional. Es decir:
Cálculo de puntaje para “Certificaciones del equipo de trabajo”: 𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆= Σ𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝒅𝒆 𝒄𝒂𝒅𝒂 𝒑𝒓𝒐𝒇𝒆𝒔𝒊𝒐𝒏𝒂𝒍
• Si la sumatoria de los puntajes individuales es inferior o igual a 10 puntos, la oferta quedará declarada inadmisible, dado que es un requisito que al menos 2 profesionales posean la certificación de Magento.
Este puntaje será asignado para cada equipo de trabajo y no podrá superar el máximo de 100 puntos. En el caso que el profesional tenga varias de las certificaciones, sólo se considerará la certificación que entrega mayor puntaje.
En caso de que la oferta incluya uno o ningún perfil con las certificaciones solicitadas, la oferta será declarada inadmisible.
c) Certificación de la empresa como partner Magento (28%)
Para la evaluación de este criterio se considerará lo declarado por el oferente en el Anexo N°5 “Calidad Partner y Certificación de Empresa”, según la siguiente tabla de puntajes:
Nivel de Partner Magento
Puntaje obtenido No Partner
0 Bronze Partner
25 Silver Partner
50 Gold Partner o Platinum Partner
100
Se aceptarán ofertas de empresas que no sean Partner Magento, pero recibirán 0 puntos en este criterio. Se deja constancia que la DCCP podrá validar la información ingresada en este anexo a través del portal oficial de Magento Partners4.
En caso de que la oferta sea realizada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se deberá indicar claramente la empresa a la cual se evaluará la Certificación como partner Magento en el Anexo N°9.
d) Cumplimiento de Requisitos Formales (2%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales y/o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya subsanado o acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40 del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.
El resultado de la fórmula anterior se ponderará de acuerdo al peso porcentual de este criterio (2%).
4 https://solutionpartners.adobe.com/s/directory/
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SUBCRITERIOS SUBPONDERACION ESCALA DE CALIFICACION DETALLE DE EVALUACION Cumplimiento del formato de presentación de antecedentes 100%
100 puntos
Cumple con la presentación completa de antecedentes
0 puntos
No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación.
Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
11.4. Adjudicación
La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:
• En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, mediante resolución fundada, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o ninguna de las ofertas resultare convenientes a sus intereses, o bien, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación.
• Adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, aquella informará a través del sistema www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Resolución de Empates
En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando ambas ofertas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:
1. Criterio “Precio del Servicio”
2. Criterio “Certificaciones del equipo de trabajo”.
3. Criterio “Certificación de la empresa como Partner de Magento”.
4. Criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, revisándose para tales efectos la fecha y hora de ingreso.
Notificación de Adjudicación
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.
Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS
12.1. Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
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Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.
12.2. Vigencia del Contrato
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá hasta la ejecución completa de los servicios en los plazos referidos en el punto 12.3 de esta cláusula. Con todo, en ningún caso podrá exceder al 31 de diciembre de 2022.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse las actividades a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.
La Dirección ChileCompra podrá renovar el contrato por una sola vez, según las necesidades del Servicio y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Administrador de Contrato solicite a la Dirección acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:
• Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Administrador de Contrato.
• Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato.
Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes:
i. El desarrollo de software es una especialidad ligada en gran medida a quién la realiza. La escritura de un código de software podría asemejarse al trabajo de un artista o a un escritor. Si el personaje principal debe ser reemplazado, quién deba continuar con la obra deberá estudiar, entender y emular el trabajo del personaje original para poder continuar y finalizar el trabajo. El cambio del “arquitecto” sin duda tendrá un impacto en el producto final, además de requerir un tiempo de ajuste.
ii. La actual plataforma de Magento ha tenido hasta ahora 5 diferentes proveedores desde que inició el proyecto (2019), y cada cual, con su propia cultura y pericia, ha debido desenvolverse en el mismo código de software que el resto de los proveedores. Esto ha implicado que cada proveedor utilice sus propios modelos, lógicas y funciones, con lo cual la calidad del software varíe según a quién pertenece el bloque de código. Esta estrategia de trabajar con distintos proveedores para un mismo software es una mala práctica, y a todas luces no recomendada, dada la pérdida de continuidad.
iii. Como estrategia de mediano plazo, es relevante mantener al proveedor de software por más de un período, y evitar su reemplazo de forma frecuente. Esto permitirá dar consistencia y solidez a la solución del software, además de evitar todo el costo de reincorporación de un nuevo proveedor.
12.3. Tiempos, planificación de actividades y lugar de ejecución de los servicios
Plazos
Los plazos máximos para el logro de los objetivos 1 y 2 de los servicios corresponden a aquellos establecidos en el Anexo N°12, mientras que para el objetivo 3, al tratarse de servicios de mantención y soporte, el plazo final será el último día hábil del año 2022. Con todo, se podrán extender los plazos máximos de los servicios,
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siempre y cuando la planificación acordada entre la DCCP y el proveedor así lo requiera, o por retrasos en su cumplimiento por causas de fuerza mayor no imputables al proveedor.
En el caso que el aumento de los plazos de los servicios implique una extensión del plazo máximo del contrato, indicado en la cláusula 12.2, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de ejecución cuya vigencia será de 60 días hábiles posteriores a su término.
Se deja constancia que el plazo de ejecución de la totalidad de los servicios no podrá ser superior al plazo de vencimiento del contrato (31 de diciembre del año 2022), salvo que exista una modificación de contrato.
Planificación de ejecución de los servicios
Se deberá realizar una planificación anual de actividades en conjunto con el proveedor adjudicado para cumplir con los tiempos de entrega propuestos en el Anexo N°12. El acuerdo mutuo entre ambas partes para cumplir con la planificación estimada en el anexo referido será la hoja de ruta que regirá las fechas de los servicios entregables. El compromiso adquirido en la planificación de cada proyecto será considerado la base para el seguimiento y control del equipo de profesionales, el cual deberá quedar documentado a modo de respaldo para asegurar el cumplimiento oportuno de los servicios. Adicionalmente, y de forma mensual, la planificación podrá ser corregida y ajustada de común acuerdo según se requiera.
En caso de constatar un desvío mayor a 15% en la planificación acordada, y en que el atraso sea atribuible al proveedor, éste tendrá la obligación de aumentar el número de profesionales y disponer de todos recursos que estén a su alcance para subsanar y corregir el atraso. Las horas trabajadas por la incorporación de profesionales adicionales para corregir el desvío, no serán de cargo de la institución. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en la planificación acordada será considerado un incumplimiento grave para efectos de la aplicación de las medidas dispuestas en estas bases.
Una propuesta de la plantificación anual para la ejecución de las actividades se puede revisar en el Anexo N°12, planificación que podrá ser ajustada de forma mensual en conjunto con el adjudicatario y las prioridades que defina la DCCP. En general, cada Convenio Marco tendrá una planificación con las siguientes actividades:
• Desarrollo (~ 2 a 3 meses)
o 3 o 4 sprints por cada Convenio Marco.
o Cada sprint de 3 semanas; 2 semanas para desarrollo y 1 semana para revisión y correcciones del sprint.
• Certificación (~ 1 mes)
o Integración de código con la rama principal y corrección de conflictos.
o Despliegue del entregable en ambiente de Staging.
o Carga de datos del nuevo Convenio (productos, proveedores, despacho, precios)
o Revisión cruzada del nuevo Convenio.
o Correcciones entrega
o Re-despliegue en ambiente de Staging
o Revisión de correcciones en Staging
o Aprobación de Entregable
• “Go Live” Producción (~ 1 a 2 semanas)
o Actividades previas (Operaciones)
o Instalación en producción.
o Certificación cruzada de convenio en producción
o Preparación y carga de datos en producción.
o Revisión en producción.
o Habilitación de proveedores del Convenio Marco
o Monitoreo oculto en producción.
o Go Live.
A continuación, se puede ver una carta Gantt tipo para la implementación de un nuevo Convenio Marco:
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Inicio de las actividades y formación del equipo de trabajo
Adicionalmente, respecto del inicio de las actividades, se deberá tener constituido el equipo de trabajo dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la firma del contrato, iniciando los trabajos según la planificación acordada entre las partes, a fin de cumplir con los plazos de entrega señalados en el Anexo N°12.
Entregables
Los entregables serán los siguientes:
1. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma semanal mediante un informe de horas efectivamente trabajadas por el profesional, el cual quedará sujeto a la validación de la DCCP. Dicho informe debe incluir las actividades realizadas durante la semana y los tiempos asociados a cada tarea. Estos informes semanales deberán ser acompañados de las instancias de presentación y validación de los avances reportados, en fechas y plazos acordados con la DCCP. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.
2. El adjudicatario deberá reportar el consumo de horas de forma mensual, para efectos del pago, con la misma información referida en el punto anterior, para lo cual el proveedor podrá utilizar como base los mismos informes semanales agregando la información faltante para completar el mes. Cada informe deberá ser remitido al Administrador de Contrato de la DCCP en la forma acordada en el respectivo contrato.
3. Adicionalmente, el adjudicatario deberá entregar un informe al finalizar cada uno de los sprints de desarrollo. Dicho informe debe incluir toda la información relativa a la modificación del código fuente y a las nuevas funcionalidades implementadas o modificadas. Ejemplo de esto sería: incluir los commits realizados, nuevas “ramas” creadas, nuevos módulos instalados, resoluciones de “conflicto” en el código, correcciones realizadas al template del sitio, nuevas reglas de negocio incorporadas, nuevas validaciones a campos de los formularios, configuración necesaria en el panel de administración, etc., es decir, un resumen relacionado al desarrollo realizado en el sprint.
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Control de ejecución de actividades
Para asegurar un correcto seguimiento sobre las horas invertidas en el mes, se le requerirá al proveedor adjudicado el uso de una aplicación de control de horas (por ejemplo, Hubstaff5), con la cual los profesionales deberán registrar las horas consumidas. La aplicación utilizada debe permitir:
• Que se habiliten cuentas de usuario con el rol “Project Viewer” (gratuitas) para que el equipo de ChileCompra pueda hacer seguimiento y control de las horas ejecutadas.
• Descartar el tiempo sin actividad (“Idle Timeout”) cuando éste sea sobre 5 minutos.
• La captura de pantallazos en forma aleatoria del trabajo de los profesionales. Estos pantallazos no deberán vulnerar en ningún caso la privacidad o intimidad de los profesionales, debiendo estar disponible la opción de pausar el control cuando no se esté trabajando en el proyecto, o de eliminar el pantallazo en el caso que se capture una imagen de sus comunicaciones privadas, no atingentes al proyecto.
Por último, será responsabilidad del adjudicatario mantener la información actualizada de forma diaria en la plataforma de gestión de tareas JIRA de la DCCP, en donde los profesionales deberán ir reportando los avances logrados, bloqueos, atrasos y/o cualquier otro tipo de información relevante para el correcto seguimiento de la tarea.
El adjudicatario será el responsable de administrar la configuración y parametrización de la aplicación de control de horas, y por lo tanto deberá ajustarla para proteger la privacidad e intimidad de los profesionales.
Lugar y horarios establecidos para ejecución de los servicios
Los profesionales adjudicados podrán prestar los servicios remotamente, sin tener la obligación de concurrir a las oficinas de la Dirección ChileCompra, salvo que sea requerido por ésta en forma excepcional y por ser ello imprescindible para el avance de los servicios, en cuyo caso, los valores de traslado y alojamiento deberán ser asumidos por el proveedor, teniendo en consideración lo siguiente:
• La ejecución de las actividades será realizada en días hábiles administrativos chilenos, esto es, de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos. Para estos efectos, se deberán considerar solamente los feriados nacionales en territorio chileno para temas de planificación y ejecución del proyecto. No serán considerados los feriados del país de residencia de los profesionales que compongan el o los equipos seleccionados.
• Los horarios en que se establezcan reuniones de coordinación, reporte de estado de avance o cualquier instancia de trabajo que requiera contar con los equipos (o parte de ellos) del adjudicatario y la Dirección ChileCompra, deberán ser en base a la zona horaria oficial de Chile durante la ejecución del proyecto. Se deja establecido que los horarios hábiles de trabajo son de lunes a viernes entre las 08:00 y las 19:00 horas, pudiendo acordarse la jornada laboral entre esos horarios. En caso de que los profesionales ejercieran sus labores fuera de estos horarios, el Proveedor no podrá aumentar la tarifa por hora.
12.4. Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:
• Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.
• Otorgar al Administrador de Contrato designado la facultad de operar como tal en la plataforma de Mercado Público.
5 https://app.hubstaff.com/download
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• Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
• Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados determinados en el Anexo Nº12 “Planificación de desarrollo para el período 2022”.
• Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios esperados.
• Cumplir con los principios, estándares y lineamientos de desarrollo, calidad, arquitectura, servicios, diseño y UX y operaciones definidas por la DCCP para asegurar la calidad de los entregables.
• Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.
• Mantener la más estricta confidencialidad con la información proporcionada.
12.5. Efectos derivados de Incumplimientos (Sanciones)
Multas por atrasos en la ejecución de las tareas
El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de las multas dispuestas en estas bases, por el incumplimiento de los Niveles de Servicio (o SLAs) descritos a continuación:
Nivel de Servicio Cumplimiento Medio de verificación Multa Tope máximo multa Calidad de entrega por sprint.
75% de las tareas entregas en el sprint, debe ser aprobadas con éxito.
Revisión de las tareas del sprint respectivo por parte de la DCCP en un ambiente de pruebas.
5 UF por evento incumplido - Entrega oportuna de las actividades del último sprint del desarrollo según planificación acordada.
Implementación en un tiempo menor o igual a la fecha y hora acordada entre las partes, con el respectivo informe de cumplimiento y recepción conforme del área de negocio y técnica de la DCCP.
Informe de cumplimiento del último sprint del desarrollo.
3 UF por cada día de atraso
Hasta 15 días hábiles de atraso Reemplazo o incorporación en forma oportuna de profesional
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a:
• Aceptada por la DCCP, la solicitud de cambio de profesional por el proveedor.
• Solicitado el cambio de profesional por la DCCP.
• Requerida la incorporación de un nuevo profesional por la DCCP.
Acta de incorporación del nuevo profesional al proyecto
3 UF por cada día hábil de atraso
Hasta 15 días hábiles de atraso
El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En el caso que no pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.
En el caso de las multas establecidas en Unidades de Fomento (UF), para efectos del pago de cada una de éstas, una vez que se encuentre firme la resolución que la aplica, deberá procederse a la transformación del valor de la multa a pesos chilenos, considerándose para ello el valor de la UF vigente a la fecha de dictación de la resolución.
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Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor. Por lo tanto, para el efecto del cálculo de las multas, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del Adjudicatario.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.
Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
De igual forma, si los tiempos de ejecución sobrepasan el plazo máximo de vigencia del contrato señalado en la cláusula 12.2, ello dará fundamento al término anticipado de contrato.
Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato
La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
b. Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días de notificado el cobro.
c. Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
d. Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula 12.6 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.
En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.
En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.6, número 9 de las presentes bases.
Procedimiento para la aplicación de sanciones
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:
f. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la cláusula 12.6, numeral 1, de las presentes Bases), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información , informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
g. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
h. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.
i. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del
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proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información, o a través de otro medio verificable en el caso que sea pertinente.
j. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
k. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción finalmente cursada sea una multa, ésta se hará efectiva cobrando directamente al proveedor, quien deberá pagar dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que rechace el recurso de reposición, y en caso de no pagar en este plazo, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.
12.6. Término anticipado del contrato
La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
3. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.
7. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.
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8. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.
9. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.
10. En caso de incumplimiento de la cláusula 12.15 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.
11. En caso de incumplimiento de la cláusula 12.9 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.
12. Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.
13. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
14. En el caso que la aplicación de multas supere el 20% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.5.1. de estas bases.
15. En el caso que la implementación final de cada uno de los Convenios Marco presente atrasos superiores a 21 días hábiles respecto a la fecha acordada por ambas partes.
16. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
17. Reiteración de atrasos injustificados a las actividades programadas dando paso a incumplimientos por parte del Proveedor. No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor.
18. Si los tiempos de ejecución sobrepasan el máximo establecido en la cláusula 12.2 “Vigencia del Contrato” de las presentes bases.
19. Si el proveedor participa, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, o mediante una Unión Temporal de Proveedores, en el proceso licitatorio de cualquiera de los dos Convenios Marco referidos en la presente licitación y que se implementarán durante el año 2022 en virtud de los servicios licitados.
20. En caso de incumplimiento grave a lo establecido en la cláusula 12.11 sobre “Continuidad de Personal”, cuando los cambios de personal afecten la integridad del contrato.
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En los casos señalados en los numerales 2 a 20, con excepción del numeral 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N° 1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en las presentes bases.
12.7. Presupuesto disponible
El presupuesto máximo disponible para el servicio licitado es de $263.681.580 (CLP) (doscientos sesenta y tres millones seiscientos ochenta y un mil quinientos ochenta pesos chilenos), incluidos los impuestos en caso de que procedan.
En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
12.8. Pagos
Los pagos se realizarán de forma mensual, de acuerdo al detalle de las horas ejecutadas durante dicho período, según cada informe mensual con las actividades y detalle de las horas.
Cada informe debe contar con recepción conforme del área de negocios de la DCCP y el área técnica respectiva. Una vez aprobado el informe mensual, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago.
El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido en el hito de pago correspondiente.
Para tramitar el pago de la prestación de los servicios efectivamente prestados, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
• Informe mensual con el detalle de las horas ejecutadas, firmado por parte del administrador del Contrato.
• En caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.
• En caso de que corresponda, un “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.
• En caso de que corresponda, las Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.
La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos luego de la recepción conforme del documento de cobro.
Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP.
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Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a las horas efectivamente ejecutadas, previa liquidación del contrato.
Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.
12.9. Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El Adjudicatario, así como los profesionales adjudicados, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se les solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad a cada uno de los profesionales.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.
12.10. Propiedad de la información
La Oferta técnica presentada por el adjudicatario será de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de ésta sin la autorización previa y escrita por parte de la misma.
Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Entidad Licitante, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
12.11. Continuidad del personal
En el caso de personas jurídicas, si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal (jefe de proyecto y equipo) que presta el Servicio, deberá informar y proponer oportunamente un Cambio de Nómina de Personal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.
Con objeto de dar continuidad del servicio y mayor efectividad de éste, la Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de los servicios, con objeto de evitar repetir el proceso de inducción y aprendizaje.
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De acuerdo con lo anterior, en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, podrá solicitar a la Dirección ChileCompra, a través de su contraparte, salvo que concurra alguna causal inimputable al proveedor, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio. Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:
i. La criticidad del proyecto y de la etapa de éste en la que esté involucrado el personal.
ii. El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
De ser necesario, se procederá a extender tiempos de prestación del servicio (en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.2 de las presentes Bases), en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.
Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la DCCP, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar o proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del contrato. El proveedor adjudicado deberá remplazar a sus profesionales en el mínimo tiempo posible, no pudiendo sobrepasar 10 días hábiles, incluido el tiempo de validación de el o los candidatos propuestos a la DCCP. En todo caso, si la DCCP considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner Término Anticipado al Contrato.
De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su Contraparte u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal, todos los antecedentes solicitados en el Anexo N°8 “Declaración de Competencias mínimas del Equipo de Trabajo”, de estas Bases de Licitación, para que esta Dirección evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.
El formato de la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal será definido por la Dirección ChileCompra, y será entregado al proveedor adjudicado.
Se deja expresa constancia que la DCCP podrá solicitar el cambio de parte o del total del equipo de profesionales propuestos en su oferta, si hay incumplimiento en los entregables. El nuevo profesional propuesto deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar, así como también la misma especialización o mayor. El proveedor debe proceder al cambio solicitado dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se le comunica por la DCCP.
El incumplimiento a las obligaciones del adjudicatario establecidas en esta cláusula será sancionado con las multas correspondientes dispuestas en la cláusula 10.5.1 de estas bases.
12.12. Coordinador del Contrato
El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de contrato, quien no podrá ser ninguno de los profesionales que presten el servicio, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato. En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:
i. Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios de los profesionales de acuerdo a las indicaciones establecidas en la cláusula 12.11, “Continuidad del personal” de las presentes Bases.
ii. Representar al Proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
iv. Indicar a la DCCP el correo electrónico mediante el cual se realizarán las comunicaciones oficiales entre ambas partes.
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Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
12.13. Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra
La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo a las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:
1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
3. Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios.
4. Realizar las coordinaciones necesarias cuando se lleve a efecto una modificación de contrato, elaborando informe técnico, solicitándole la renovación de la garantía de fiel cumplimiento al proveedor de ser procedente, remitiéndole el documento para firma, etc.
5. Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
6. Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
7. Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
8. Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
9. Las demás que le encomiende el presente instrumento.
12.14. Modificación de Contrato
El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:
1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza u objeto, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.
Cabe señalar que, frente a una eventual modificación de contrato en donde se requiera ampliar alguno de los servicios dentro del alcance de estas bases de licitación, se deberá ajustar el monto como máximo a los valores ofertados para cada profesional.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente consensuadas.
12.15. Cesión de contrato y subcontratación
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.
Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.
La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12.F. N°10 de las presentes bases.
12.16. Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
12.17. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
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6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo a lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
12.18. Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales
Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, en el caso que corresponda.
En el caso de UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.
Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.
El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula 12.8 “Pagos”, si corresponde, la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o profesionales contratados para los efectos de la prestación de estos servicios.
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Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones u honorarios de sus trabajadores o profesionales.
La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.
El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
12.19. Documentos integrantes.
La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i. La Ley N°19.886 y su Reglamento.
ii. Bases de Licitación y sus Anexos.
iii. Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.
iv. Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
v. Oferta Adjudicada.
vi. Resolución de Adjudicación.
vii. Contrato definitivo suscrito entre las partes.
viii. Orden de Compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.
PRODUCTOS / SERVICIOS REQUERIDOS
N° Clasificación ONU Cant. Tipo Descripción
Producto o servicio a contratar 1 81111805 1 Soporte Desarrollo, mantenimiento y soporte de sistemas propietarios
Equipo dedicado de profesionales para desarrollo, mantención y soporte de la plataforma Magento.