León
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El hombre que llevó a Franco ante la justicia
El juez Baltasar Garzón esgrime como fuente para imputar a Franco en un plan de exterminio los artículos y publicaciones del historiador leonés Secundino Serrano
leonoticias.com
17/10/2008 (18:12 horas)
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Francisco Franco y otros 34 jefes que dirigieron la rebelión contra el régimen legalmente constituido de la República pueden ser imputados por crímenes de guerra. Así lo entiende el juez Baltasar Garzón en su auto, en el que se declara competente para estudiar, analizar y buscar las responsabilidades pasadas y presentes de una represión que acabó con al menos 114.266 personas desaparecidas, más de 1.200 de ellas vinculadas a la provincia de León.

Para que el juez tomase esta decisión han sido determinantes los estudios y las argumentaciones del historiador leonés Secundino Serrano, autor de diferentes publicaciones vinculadas a la Guerra Civil.

Para Garzón la presencia de los artículos de Secundino Serrano es determinante, por ejemplo, a la hora de imputar a Francisco Franco. Garzón cita para la imputación una frase del general en una entrevista con el periodista Jay Allen, del Chicago Daily Tribune, recogida por Secundino Serrano en un artículo titulado "Génesis del conflicto. La represión de los huidos" que pertenece al libro colectivo "Federación guerrillera de León-Galicia. El último frente. La resistencia armada antifranquista en España 1939-1952".

Para establecer la existencia del plan de desaparición y exterminio cita a varios historiadores y concluye Garzón con el corolario de Secundino Serrano: "En su conquista del país, los rebeldes se vieron obligados a pacificar la retaguardia y, como no disponían de las fuerzas necesarias para ello, utilizaron la violencia como parte de la estrategia militar. La oleada de terror que sacudió a las provincias conforme triunfaba la sublevación, seguía esas pautas: impedir la reacción de los vencidos, invitarlos a la rendición sin condiciones. En la mentalidad de los jefes sublevados no cabía negociación alguna. El corolario parecía evidente: no sólo era una guerra civil, sino también un programa de exterminio. » ( ), acompañado del ocultamiento sistemático de los cuerpos, de modo que los familiares no pudieran ubicar el lugar de inhumación".

La presencia de los apuntes del historiador leonés es reiterada en el auto del Juez Garzón. "Ningún Gobierno u otro poder del Estado, especialmente el Judicial, pueden desconocer estos valores y principios que antes que estatales son humanos y que necesariamente se integran en el sistema de derecho interno, de ahí su obligatoriedad si no se quiere dar cobertura a la barbarie. Obviamente el hecho de que durante el tiempo en el que se mantuvo el sistema represivo no se diera cobertura a aquellos principios no significa  más que la consecuencia lógica de autoprotección de los que ostentaban el poder político y militar por las eventuales responsabilidades en las que hubieran incurrido por su participación en el marco de una acción criminal masiva y sistemática, dirigida y organizada por ellos mismos, hasta cumplir los objetivos, como bien claramente lo decía uno de los sublevados asumiendo, por vía de los hechos, la doctrina del “nuevo régimen” que llevaría, en su caso, si fuere necesario a la eliminación y exterminio de “media España para conseguir mis objetivos”. ( )", también advierte el juez poniendo como base los artículos del historiador leonés.

Las citas a las publicaciones del autor leonés aparecen en al menos cuatro ocasiones en el auto judicial. "Una Orden de 26 de Agosto de 1941, firmada por el General Emilio Álvarez Areces, revela la importancia que para el Régimen tenían los resistentes: “El actual estado de cosas ha de desaparecer en un corto plazo, por lo que no hemos de reparar en los medios para conseguirlo por enérgicos y duros que ellos sean. A los enemigos en el campo hay que hacerles la guerra sin cuartel hasta lograr su exterminio, y como la actuación de ellos es facilitada por su cómplices, encubridores y confidentes, con ellos hay que seguir idéntico sistema, con las modificaciones que las circunstancias impongan”…(Boletín Oficial de la Guardia Civil, Septiembre de 1941). En 1942 apareció una modalidad contrainsurgente, las Contrapartidas¸ cuya denominación oficial era la de Grupo de Fuerzas del Servicio Especial de la Guardia Civil (GESEGC) … al principio las componían guardias civiles y falangistas…A partir de 1945, cuando se generalizaron las contrapartidas estaban formados por civiles, -de hecho eran conocidos como Unidades Civiles-, sobre todo falangistas y somatenistas pero también guerrilleros y delincuentes comunes. Un miembro de la benemérita, que dirigía el grupo, era el único acompañante oficial.» ( )", también se puede leer.

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